MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 555/2013
Tope Nº 305/2013
Bs. As., 14/5/2013
VISTO el Expediente Nº 1.416.778/10 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la
SECRETARIA DE TRABAJO Nº 189 del 17 de marzo de 2011 y la Disposición
de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 66 del 21 de
enero 2011, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/4 del Expediente Nº 1.416.778/10, obra el Acuerdo pactado
entre la UNION PERSONAL AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS, por el sector
sindical, y la empresa AMERICAN AIRLINES INC, en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 271/75, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que dicho Acuerdo fue homologado por la Disposición D.N.R.T. Nº 66/11 y
registrado bajo el Nº 118/11, conforme surge de fojas 34/36 y 39,
respectivamente.
Que mediante el artículo 4º de la Disposición D.N.R.T. Nº 66/11 se
intimó a las partes a que presenten las escalas salariales
correspondientes al Acuerdo de marras.
Que ante la falta de respuesta, mediante la Resolución de la SECRETARIA
DE TRABAJO Nº 189 del 17 de marzo de 2011 se emplazó a las partes para
que presenten las escalas salariales correspondientes al Acuerdo de
marras.
Que en respuesta a ello, a fojas 59/61 obra la presentación de la UNION
PERSONAL AERONAVEGACION DE ENTES PRIVADOS mediante la cual se
cumplimenta lo requerido.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976)
y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las
remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la
indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de
extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio
que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe
promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus
respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 69/73, obra el informe técnico elaborado por la Dirección
Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría,
por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios
adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope
indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en
esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en
el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto Nº 357 del 21
de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de
fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el
tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la
Disposición D.N.R.T. Nº 66 del 21 de enero de 2011 y registrado bajo el
Nº 118/11 suscripto entre la UNION PERSONAL AERONAVEGACION DE ENTES
PRIVADOS, por el sector sindical, y la empresa AMERICAN AIRLINES INC,
conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la
presente.
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección
Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento
Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del
tope indemnizatorio fijado por este acto.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la
notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la
guarda del presente legajo.
ARTICULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
ANEXO
Expediente Nº 1.416.778/10.
PARTES SIGNATARIAS
|
FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA
|
BASE PROMEDIO
|
TOPE INDEMNIZATORIO
|
UNION PERSONAL AREONAVEGACION
DE ENTES PRIVADOS
C/
AMERICAN AIRLINES INC.
CCT Nº 271/75
|
01/09/2010
01/03/2011
|
$ 6.348,88
$ 6.869,25
|
$ 19.046,64
$ 20.607,75
|
Expediente Nº 1.416.778/10
Buenos Aires, 16 de Mayo de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 555/13, se ha
tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de
referencia, quedando registrado con el número 305/13 T. — VALERIA A.
VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.