MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
DIRECCION NACIONAL ELECTORAL
Disposición Nº 111/2013
Bs. As., 27/6/2013
VISTO el Expediente Nº S02:0081835/2013 del registro de este
Ministerio, los Decretos Nº 577 del 24 de mayo de 2013 y, Nº 760 del 17
de junio de 2013 y el fallo de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA
NACION recaído en la causa “RIZZO JORGE GABRIEL (Apoderado Lista 3
“Gente de Derecho”) S/ACCION DE AMPARO C/PODER EJECUTIVO NACIONAL LEY
26.855, MEDIDA CAUTELAR (expte. 3034/13)”, y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 10 del Decreto Nº 760 del 17 de junio de 2013,
determina la distribución de los espacios en los servicios de
comunicación audiovisual entre las agrupaciones políticas, por
categoría de cargos a elegir, para la difusión de mensajes de campaña
electoral, durante los períodos de campaña en medios audiovisuales para
las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias y las Elecciones
Nacionales.
Que, en dicho artículo se prevé que para la categoría de Consejeros del
Consejo de la Magistratura deberá asignarse el VEINTE POR CIENTO (20%)
del espacio destinado a difusión de mensajes de campaña.
Que, el artículo 11 de dicha norma, establece que para el caso de
simultaneidad de elecciones de una Provincia o de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y de adhesión al régimen reglamentado por el decreto,
dispone en su inciso b) la distribución del DIEZ POR CIENTO (10%) para
la campaña de Consejeros del Consejo de la Magistratura.
Que, en el mismo sentido, el artículo 12 del mencionado decreto,
dispone que en el caso de las señales nacionales se distribuirá el DIEZ
POR CIENTO (10%) de la totalidad del tiempo cedido por los servicios de
comunicación audiovisual, para la categoría Consejeros del Consejo de
la Magistratura.
Que, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, en el marco de la causa
citada en el Visto, declara inconstitucional los artículos 2º, 4º, 18 y
30 de la Ley Nº 26.855 y, anula el Decreto Nº 577 del 24 de mayo de
2013.
Que, en virtud de la anulación del Decreto Nº 577 del 24 de mayo de
2013, se ha suspendido la elección de los Consejeros del Consejo de la
Magistratura.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en virtud del artículo 37 del Decreto Nº 760 del 17 de junio de 2013.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL
DISPONE:
ARTICULO 1º — Los espacios para mensajes de publicidad electoral que en
virtud de los artículos 10, 11 y 12 del Decreto Nº 760 del 17 de junio
de 2013 hubieran correspondido a las listas de precandidatos para
Consejeros del Consejo de la Magistratura, se adicionarán en partes
iguales al total de los espacios distribuidos a las categorías de
Senadores y Diputados Nacionales.
ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ALEJANDRO TULLIO, Director Nacional
Electoral.
e. 03/07/2013 N° 49560/13 v. 03/07/2013