DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 1272/1982


Bs. As., 18/11/1982

VISTO la necesidad de la Secretaría General de la PRESIDENCIA DE LA NACION de disponer de cargos vacantes comprendidos en los alcances del artículo 1° del Decreto Nº 669 de fecha 1° de abril de 1982, y

CONSIDERANDO:

Que impostergables exigencias del servicio de la Subsecretaría de la Función Pública - Dirección Nacional de Políticas Administrativas hacen imprescindible reforzar la dotación actual a los efectos de posibilitar la atención de las tareas que se desarrollan, las que por su especialidad deben ser consideradas en niveles operativos que resguarden la acción de las respectivas tomas de decisión.

Que en el caso, el nivel de la planta ocupada no llega a cubrir las responsabilidades y los trabajos que impone el ritmo laboral, por lo que frente a la existencia de dos cargos vacantes previstos en la estructura orgánico-funcional aprobada por Decreto Nº 3.244/77 se estima conveniente, en la emergencia, adoptar un medio de excepción que permita lograr el objetivo perseguido.

Que es necesario modificar la distribución por cargos y horas de cátedra del Inciso 11 - Personal aprobada por el Decreto Nº 783 del 29 de setiembre de 1982, incorporando a los fines comentados un (1) cargo categoría 23 y uno (1) categoría 16 en el Programa 001 - Conducción Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º —
Modifícase, de acuerdo con la planilla anexa, que forma parte del presente artículo, la distribución por cargos y horas de cátedra del Inciso 11 - Personal, aprobada por el Decreto Nº 783 del 29 de setiembre de 1982 en el Programa 001 - Conducción Nacional de la Jurisdicción 20 - Presidencia de la Nación.

Art. 2° —
Autorízase a la Secretaría General de la PRESIDENCIA DE LA NACION - Subsecretaría de la Función Pública - a disponer de DOS (2) cargos, UNO (1) de categoría 23 y UNO (1) de categoría 16 del Agrupamiento Administrativo correspondiente a la Dirección General de Políticas Administrativas emergente de la estructura orgánico-funcional aprobada por Decreto Nº 3.244 de fecha 21 de octubre de 1977, con carácter de excepción a las previsiones que fija el artículo 1° del Decreto Nº 669 de fecha 1° de abril de 1982.

Art. 3° —
Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — BIGNONE.

Planilla anexa al artículo 1º