MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCION NACIONAL ELECTORAL

Disposición Nº 113/2013

Bs. As., 3/7/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0082759/2013 del registro de este Ministerio y la Resolución Ministerial Nº 594 del 25 de junio de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° de la Resolución Ministerial Nº 594 del 25 de junio de 2013 se determina el monto global para la asignación del aporte por campaña para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias convocadas para el 11 de agosto de 2013.

Que previo a disponer la distribución de los mencionados aportes es preciso que esta DIRECCION NACIONAL ELECTORAL determine la cantidad que le corresponde de dicho monto a cada distrito electoral.

Que a la fecha de suscripción de la presente el número de electores por distrito informado es el que se consigna en los Anexos I y II de esta Disposición.

Que resulta oportuno efectuar la determinación del monto global a distribuir en consonancia con lo dispuesto por los artículos 34 de la Ley Nº 26.215 y 32 de la Ley Nº 26.571.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que el presente acto se dicta por aplicación de los artículos 34, 36, 37 y 38 de la Ley Nº 26.215 y 32 de la Ley Nº 26.571 y en ejercicio de la facultad conferida al suscripto por el Decreto Nº 682 del 14 de mayo de 2010 y el artículo 3° de la Resolución Ministerial Nº 594 del 25 de junio de 2013.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL ELECTORAL
DISPONE:

ARTICULO 1° — Asígnese como monto global por distrito para el aporte de campaña establecido para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias convocadas para el 11 de agosto de 2013, en la categoría de Diputados Nacionales en las sumas determinadas en el Anexo I, el que forma parte de la presente Disposición.

ARTICULO 2° — Asígnese como monto global por distrito para el aporte de campaña establecido para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias convocadas para el 11 de agosto de 2013, en la categoría de Senadores Nacionales en las sumas determinadas en el Anexo II, el que forma parte de la presente Disposición.

ARTICULO 3° — Los gastos que demande la presente se imputarán al programa 16, actividad 3, inciso 5, partida 1, parcial 7 de la Jurisdicción 3000 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, para el ejercicio 2013.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ALEJANDRO TULLIO, Director Nacional Electoral.

ANEXO I

DIPUTADOS PRIMARIAS 11/08/13
DISTRITOELECTORES%18.000.000,00
CAPITAL FEDERAL2.519.2498,271.488.306,57
BUENOS AIRES11.395.65637,406.732.256,18
CATAMARCA276.9710,91163.627,24
CORDOBA2.619.3818,601.547.461,94
CORRIENTES765.7652,51452.393,98
CHACO811.8202,66479.602,07
CHUBUT385.2981,26227.624,00
ENTRE RIOS980.5373,22579.275,67
FORMOSA391.7331,29231.425,63
JUJUY477.5081,57282.099,27
LA PAMPA262.1270,86154.857,79
LA RIOJA245.0550,80144.772,10
MENDOZA1.304.7494,28770.811,66
MISIONES787.6502,59465.323,07
NEUQUEN436.4101,43257.819,64
RIO NEGRO474.8701,56280.540,80
SALTA883.1592,90521.747,29
SAN JUAN503.7641,65297.610,62
SAN LUIS334.3761,10197.540,61
SANTA CRUZ219.6800,72129.781,21
SANTA FE2.553.0538,381.508.277,09
SGO. ESTERO646.2192,12381.769,32
TA. DEL FUEGO114.0770,3767.393,71
TUCUMAN1.079.4023,54637.682,53
TOTAL GENERAL30.468.509100%
  
ANEXO II


SENADORES PRIMARIAS 11/08/13
DISTRITOELECTORES%6.000.000,00
CAPITAL FEDERAL2.519.24936,692.201.389,94
CHACO811.82011,82709.390,93
ENTRE RIOS980.53714,28856.820,54
NEUQUEN436.4106,36381.347,21
RIO NEGRO474.8706,92414.954,63
SALTA883.15912,86771.728,93
SGO. ESTERO646.2199,41564.684,16
TA. DEL FUEGO114.0771,6699.683,66
TOTAL GENERAL6.866.341100%

e. 05/07/2013 N° 50814/13 v. 05/07/2013