MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Resolución 318/2013

Créase la Comisión por la Memoria, la Verdad y la Justicia.

Bs. As., 3/7/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0108990/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y las políticas implementadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en materia de Derechos Humanos y con el objeto de reparar históricamente la Memoria, la Verdad y la Justicia, y

CONSIDERANDO:

Que el ESTADO NACIONAL en todas sus instancias ha asumido el compromiso de promover, respetar y garantizar los derechos humanos, incluidos los derechos a la verdad, la justicia y la reparación, a través de la contención a las víctimas del terrorismo de Estado de la última dictadura cívico-militar y asegurando las condiciones de un Estado Democrático para las generaciones actuales y futuras.

Que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS se encuentra comprometido con los acontecimientos históricos vinculados con la Memoria, la Verdad y la Justicia en el marco de la reivindicación de los Derechos Humanos y en acompañar las políticas públicas tendientes a procurar la memoria viva sobre los acontecimientos sucedidos durante la última dictadura cívico-militar.

Que a fin de propender al cumplimiento de tales objetivos, es oportuno crear en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio, la COMISION POR LA MEMORIA, LA VERDAD Y LA JUSTICIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que con respecto a la conformación de dicha Comisión se ha decidido integrarla con personal que revista en el ámbito de esta Cartera.

Que las responsabilidades y tareas que desarrollen los integrantes de la citada Comisión serán ejercidas independientemente del cumplimiento de las que actualmente tengan asignadas, por lo que no darán lugar a reconocimiento alguno de suplementos, adicionales o incrementos en sus retribuciones.

Que es conveniente encomendar a la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio la integración de la COMISION POR LA MEMORIA, LA VERDAD Y LA JUSTICIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, así como disponer quién de sus integrantes tendrá la responsabilidad de coordinar el accionar de la misma.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades emergentes del Artículo 4°, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1° — Créase en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES dependiente de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio, la COMISION POR LA MEMORIA, LA VERDAD Y LA JUSTICIA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, cuya misión será impulsar toda actividad que tienda a procurar la memoria viva en el marco de la reivindicación de los derechos humanos.

Art. 2° — Establécese que la Comisión creada por el Artículo 1° de la presente resolución, tendrá como funciones investigar, difundir y archivar toda información y documentación atinente a los hechos relacionados con su misión y asesorar en los temas de su competencia, coordinando su accionar con los distintos actores del sector público y privado que trabajen en el marco de las mencionadas políticas públicas.

Art. 3° — Encomiéndase a la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA, en el marco de las atribuciones previstas en la Resolución Nº 779 de fecha 6 de diciembre de 2004 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la integración de la COMISION POR LA MEMORIA, LA VERDAD Y LA JUSTICIA, así como disponer quién de sus integrantes tendrá la responsabilidad de coordinar el accionar de la misma.

Art. 4° — Establécese que las responsabilidades y las tareas desarrolladas por los integrantes de la mencionada Comisión serán ejercidas independientemente de las que dichos agentes tengan asignadas, por lo que no darán lugar a reconocimiento alguno de suplementos, adicionales o incrementos en sus retribuciones.

Art. 5° — Encomiéndase a la SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, el dictado de las normas aclaratorias, complementarias y/o de gestión necesarias para posibilitar el óptimo funcionamiento de la citada Comisión.

Art. 6° — Instrúyese a las dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS para que presten plena colaboración a la Comisión creada por esta medida a los efectos de cumplimentar su misión.

Art. 7° — Dispónese que la Comisión en cuestión deberá elaborar un proyecto de reglamento  interno de funcionamiento y elevarlo para su aprobación al señor Subsecretario de Relaciones Institucionales dentro del plazo de NOVENTA (90) días.

Art. 8° — El gasto que demande la presente medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio.

Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Hernán G. Lorenzino.