Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS


Resolución 1095/2013


Ofrécese recompensa destinada a quienes brinden datos para la aprehensión de determinada persona.


Bs. As., 5/7/2013

VISTO la Ley Nº 26.538, la Resolución M.I. Nº 1561 del 12 de julio de 2007, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012, 2318 del 29 de octubre de 2012, el Legajo Nº 5/07 del FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución M.I. Nº 1561/07, se estableció como recompensa dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), en el marco de las causas Nros. 5506/08, caratulada “Autores Desconocidos s/ Robo Agravado” y 2933/07, caratulada “VERA, Jorge Orlando s/triple Homicidio” que tramita por ante la FISCALIA EN LO PENAL DE INSTRUCCION DE LA IV NOMINACION, CENTRO JUDICIAL CONCEPCION, Provincia de TUCUMAN, destinada a aquellas personas quienes sin haber intervenido en el hecho delictual brinden datos útiles que sirvan para lograr la captura de Jorge Orlando VERA (D.N.I. Nº 13.803.235).

Que la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318 de fecha 29 de octubre de 2012, establece el procedimiento regulatorio del funcionamiento de los Fondos de Recompensas creado por las Leyes Nros. 26.375 y 26.538, en lo atinente el ofrecimiento y pago de éstas.

Que el artículo 3° de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por si o a requerimiento del MINISTERIO PUBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que asimismo, mediante Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de 2013 se incluyó la partida correspondiente al Fondo Permanente de Recompensas en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUIVIANOS.

Que atento a lo expuesto, y a los fines de readecuar el ofrecimiento de recompensa dispuesto por la Resolución M.I. Nº 1561/07 a la normativa vigente, resulta conveniente dictar el presente acto.

Que el doctor Edgardo Leonardo SANCHEZ, Fiscal en lo Penal de Instrucción a cargo de la Fiscalía citada precedentemente, no encuentra objeciones para el progreso de la presente medida.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL de ADMINISTRACION y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1° y 3° de la Ley Nº 26.538 y en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas quienes, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión de Jorge Orlando VERA (D.N.I. Nº 13.803.235).

Art. 2° — Las personas que quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.

Art. 3° — El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante del MINISTERIO PUBLICO FISCAL sobre el mérito de la información aportada, preservando la identidad del informante.

Art. 4° — Encomiéndase a la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional y medios locales provinciales.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.