MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decreto 924/2013
Comisión Nacional de Valores. Apruébanse Objetivos y Estructura Organizativa.
Bs. As., 8/7/2013
VISTO el Expediente Nº 308/2011 del Registro de la COMISION NACIONAL DE
VALORES, organismo autárquico actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA
DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Leyes Nros. 25.246 y sus
modificaciones, 26.784 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el ejercicio 2013 y 26.831, los Decretos Nros. 290 de
fecha 27 de marzo de 2007 y 1936 de fecha 9 de diciembre de 2010, la
Resolución Nº 22 de fecha 18 de enero de 2011 de la UNIDAD DE
INFORMACION FINANCIERA, organismo autárquico actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 26.831 define a la COMISION NACIONAL DE VALORES como una entidad autárquica del ESTADO NACIONAL.
Que el Decreto Nº 2041/06 aprobó la estructura organizativa de la COMISION NACIONAL DE VALORES.
Que por el Decreto Nº 1936/10, modificatorio del Decreto Nº 290/07, y
por las Resoluciones UIF Nº 22/11 y Nº 165/11, se dispusieron nuevas
obligaciones para la COMISION NACIONAL DE VALORES en materia de
prevención del lavado de dinero y financiación del terrorismo,
destacándose el rol de importancia de dicho Organismo en su carácter de
sujeto obligado a informar, contemplado en el Artículo 20, inciso 15,
de la Ley Nº 25.246 y sus modificaciones.
Que, en ese sentido y conforme lo dispuesto en el Artículo 14 del Anexo
I al Decreto Nº 290/07 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Nº
25.246 y sus modificaciones, la COMISION NACIONAL DE VALORES deberá
proporcionar a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA la colaboración que
le sea requerida en los procedimientos de supervisión, fiscalización e
inspección que realice ese organismo en el marco de su competencia.
Que en el marco del denominado “Grupo de los 20”, la REPUBLICA
ARGENTINA se ha comprometido a adoptar los estándares internacionales
que establecen los Objetivos y Principios de regulación de los mercados
de valores negociables.
Que, para su implementación, la COMISION NACIONAL DE VALORES debe
incorporar nuevas funciones tendientes a reforzar su misión de velar
por la transparencia de los mercados de capitales de la REPUBLICA
ARGENTINA, la correcta formación de los precios y la protección del
público inversor.
Que, en virtud de ello, resulta necesario adecuar la estructura
Organizativa de la COMISION NACIONAL DE VALORES a fin de desarrollar
nuevas tareas de control y profundizar la fiscalización y regulación de
los sujetos administrados.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia,
expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébanse los
Objetivos de la COMISION NACIONAL DE VALORES, organismo autárquico
actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de
la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, según Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte
integrante de la presente medida.
Art. 2° — Apruébase la
estructura organizativa de primer nivel operativo de la COMISION
NACIONAL DE VALORES, organismo autárquico actuante en el ámbito de la
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, de conformidad con el
Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos I y
II forman parte integrante de la presente medida.
Art. 3° — Dentro del plazo de
SESENTA (60) días, a partir de la publicación del presente acto
administrativo, la COMISION NACIONAL DE VALORES deberá aprobar previa
intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la estructura organizativa de
las aperturas inferiores a las aprobadas por el artículo 2° del
presente Decreto, la que deberá prever como máximo VEINTICUATRO (24)
cargos de conducción.
Art. 4° — Facúltase al
Directorio de la COMISION NACIONAL DE VALORES, previa intervención de
la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE
PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS y de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y
modificar el Anexo III —Dotación— correspondiente a la estructura
organizativa de la COMISION NACIONAL DE VALORES, de conformidad con los
respectivos presupuestos vigentes.
Art. 5° — Hasta tanto se
concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente
medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes
con nivel inferior a las aprobadas en el presente, las que
transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias y
dotaciones vigentes con sus respectivos niveles, grados de revista y
funciones ejecutivas.
Art. 6° — Derógase el Decreto Nº 2.041 de fecha 28 de diciembre de 2006.
Art. 7° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los
créditos presupuestarios del Inciso 1 —Gastos en Personal— de la
COMISION NACIONAL DE VALORES.
Art. 8° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G.
Lorenzino.
ANEXO I
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SECRETARIA DE FINANZAS
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SECRETARIA DE FINANZAS
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS
COMISION NACIONAL DE VALORES
OBJETIVOS:
1. Velar por la transparencia y desarrollo de los mercados de capitales
de la REPUBLICA ARGENTINA, la correcta formación de precios y la
protección del público inversor.
2. Registrar, regular, controlar, supervisar, fiscalizar, inspeccionar
y aplicar sanciones, con competencia sobre las entidades e instrumentos
que intervienen en el mercado de capitales, tales como las entidades
que hacen oferta pública de sus acciones, las entidades que hacen
oferta pública de valores negociables, los mercados de valores, los
agentes registrados (Ley Nº 26.831); los mercados de futuros y
opciones, los contratos de futuros y opciones, los agentes de
liquidación y compensación; los fondos comunes de inversión, las
sociedades gerentes y las sociedades depositarias de los fondos comunes
de inversión (Ley Nº 24.083 y el Decreto Nº 174 de fecha 8 de febrero
de 1993); los fiduciarios financieros y fiduciarios ordinarios
públicos, los fideicomisos financieros (Ley Nº 24.441); los agentes de
calificación de riesgo; las cajas de valores (Ley Nº 20.643) y otras
personas físicas y/o jurídicas y entidades que, por cualquier causa,
motivo o circunstancia, desarrollen actividades relacionadas con la
oferta pública de valores negociables, contratos a término, de futuros
u opciones de cualquier naturaleza, otros instrumentos y productos
financieros y con otras actividades contempladas en la Ley Nº 26.831 y
en otras normas aplicables.
3. Garantizar el carácter público de la información sobre todos los
sujetos intervinientes en el mercado de capitales, que la COMISION
NACIONAL DE VALORES recibe en el ejercicio de sus competencias.
4. Cooperar con otros organismos reguladores a nivel nacional o
internacional y coordinar su accionar con éstos, pudiendo intercambiar
información pública y no pública, con el fin de fortalecer la
supervisión de grupos económicos, en el marco de la legislación vigente.
5. Implementar las acciones necesarias para dar cumplimiento a los
estándares internacionales relativos a la regulación de los mercados de
capitales y el mantenimiento de mercados justos, transparentes y
eficientes.
6. Velar por el manejo adecuado del riesgo sistémico, disminuir la
dependencia de los mercados financieros del país de las calificaciones
de riesgo provistas por los agentes de calificación de riesgo,
profundizando su control, transparencia y fiscalización.
7. Participar en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 25.246 y sus
modificaciones, de las acciones que tienen por objeto la detección de
operaciones inusuales o sospechosas en materia del lavado de activos de
origen delictivo y financiación del terrorismo.
ANEXO II
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SECRETARIA DE FINANZAS
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS
COMISION NACIONAL DE VALORES
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en el sistema de control interno de la COMISION NACIONAL DE
VALORES de acuerdo a lo establecido por el Artículo 100 de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, prestando un servicio
a toda la organización consistente en planificar, programar y realizar
los exámenes y evaluaciones posteriores de las actividades del
organismo, en sus aspectos presupuestario, económico, financiero,
patrimonial, normativo, operacional y de gestión, empleando el enfoque
de control integral e integrado de manera de asegurar la continua
optimización de los niveles de eficiencia, economía y eficacia de la
gestión.
ACCIONES:
1. Elaborar el planeamiento general de la auditoría interna, de acuerdo
a las normas generales de control interno y de auditoría interna,
aplicando el control integral e integrado, sobre la base de los
principios de eficiencia, eficacia y economía.
2. Elaborar el Plan Plurianual y el Plan Anual de Auditoría de la
COMISION NACIONAL DE VALORES, y someterlo al análisis y consideración
de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
3. Verificar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos establecidos por la autoridad superior.
4. Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos,
contables, presupuestarios, patrimoniales, de legalidad y financieros.
5. Brindar a requerimiento del Directorio asesoramiento en aspectos del
sistema de control interno y participar en la definición de normas y
procedimientos elaborados por las áreas del organismo, a fin de dar
opinión sobre dichos aspectos.
6. Producir informes sobre las auditorias realizadas, comunicarlos a
las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION;
posteriormente efectuar el seguimiento de las recomendaciones y
observaciones formuladas en los mismos.
SECRETARIA DE DIRECTORIO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al Directorio y a la Presidencia de la COMISION NACIONAL DE
VALORES en el despacho y control de los asuntos elevados a
consideración de esas instancias y de los actos y resoluciones que de
ellas emanen.
Gestionar y coordinar las relaciones institucionales, las relaciones
con los medios de comunicación y la celebración de acuerdos con otros
entes reguladores del mercado de capitales.
ACCIONES:
1. Entender en lo relacionado con las actuaciones elevadas a la firma
del Directorio o a su Presidencia y en general de todos los asuntos que
se eleven a su consideración, así como de los actos y resoluciones
emanadas del mismo, coordinando el apoyo técnico inmediato y la
asistencia administrativa de esas instancias.
2. Ejecutar las acciones directas de apoyo a las actividades del
Directorio, transmitir las decisiones adoptadas por el mismo y
coordinar la gestión operativa de las demás áreas del organismo a estos
fines, brindando, de ser necesaria, asistencia en aspectos
metodológicos, técnicos, operativos o administrativos que coadyuven a
su interpretación, implementación o seguimiento.
3. Ejercer los controles formales necesarios en todas las actuaciones
elevadas a consideración del Directorio o emanadas del mismo a fin de
evitar la configuración de errores materiales.
4. Mantener el registro de las resoluciones del Directorio y proveer a
la guarda y organización de la documentación que llegue o emane del
mismo.
5. Entender en la confección de notas de corte protocolar del organismo.
6. Gestionar el cumplimiento en tiempo y forma de todo deber periódico
o de única vez de suministro de información al Directorio por parte de
las áreas del organismo, proveniente de disposiciones legales,
reglamentarias propias de la COMISION NACIONAL DE VALORES o de
requerimientos específicos del mismo.
7. Asistir operativamente a la Gerencia General en la elaboración del Plan Anual de Actividades del organismo.
8. Intervenir en la redacción, celebración y ejecución de convenios de
vinculación y enlace institucional con organismos y entidades públicas
o privadas nacionales, regionales o locales.
9. Asistir al Directorio y a la Presidencia de la COMISION NACIONAL DE
VALORES en la difusión de la imagen institucional del organismo y de
sus actividades:
10. Desarrollar las relaciones institucionales con los medios de comunicación.
SUBGERENCIA DE ASUNTOS INTERNACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al Directorio y las unidades organizativas que lo requieran en
todo lo atinente a las relaciones internacionales de la COMISION
NACIONAL DE VALORES.
ACCIONES:
1. Ejecutar las políticas dispuestas por el Directorio de la COMISION
NACIONAL DE VALORES que coadyuven a la internacionalización de los
mercados y, en particular, a la integración de los mercados argentinos
con aquellos mercados regionales más afines.
2. Proponer y desarrollar estrategias para la internacionalización de
la COMISION NACIONAL DE VALORES, mediante la vinculación con otros
organismos públicos, organizaciones y entidades intervinientes o
ligadas al mercado de capitales internacional y fortalecer la imagen de
la REPUBLICA ARGENTINA y la COMISION NACIONAL DE VALORES en dicho
ámbito.
3. Colaborar en la redacción, celebración y ejecución de convenios de
vinculación y enlace institucional con organismos y entidades públicas
o privadas internacionales, en especial con otras instituciones
reguladoras de valores.
4. Asesorar y asistir al Directorio en todas las cuestiones inherentes
a la representación y participación del organismo en foros u
organizaciones internacionales vinculadas al mercado de capitales de
las cuales sea miembro o sea requerida su participación, a la
celebración de acuerdos de integración regional en el marco del MERCADO
COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y de otros acuerdos o convenios de naturaleza
internacional.
5. Colaborar en la participación y posicionamiento de la REPUBLICA
ARGENTINA en los mercados de valores internacionales y de la COMISION
NACIONAL DE VALORES en las organizaciones internacionales de las cuales
es miembro y mantener las comunicaciones con el exterior, sean
organismos públicos o privados.
6. Informar técnicamente, con las limitaciones que el Directorio
establezca, a los organismos, organizaciones o entidades ligadas al
control de los mercados de capitales a nivel internacional, en los
aspectos vinculados al desarrollo y comportamiento del mercado de
capitales argentino y su marco regulatorio.
7. Lograr una activa participación de la COMISION NACIONAL DE VALORES
en las organizaciones internacionales de las que es miembro.
8. Desarrollar relaciones con otros organismos internacionales para
permitir, en conjunto con la Gerencia de Desarrollo y Protección al
Inversor, la evaluación del cumplimiento de los estándares
internacionales relativos a los entes de regulación de los mercados de
capitales.
9. Evacuar las consultas provenientes del exterior, referidas al marco
regulatorio, desarrollo y comportamiento del mercado de capitales.
10. Obtener información de otros mercados y realizar estudios sobre los
mismos cuando le sean requeridos por el Directorio u otras áreas.
11. Colaborar estrechamente con las autoridades superiores del
organismo en el logro de las metas y objetivos institucionales
ejecutando las instrucciones y actividades que se le encomienden y las
derivadas de las disposiciones legales y reglamentarias.
GERENCIA GENERAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Administrar las actividades de la COMISION NACIONAL DE VALORES en
función de las pautas e instrucciones emanadas desde el Directorio,
ejerciendo el gerenciamiento de las actividades vinculadas con las
funciones otorgadas al organismo en el marco de la Ley Nº 26.831 y
demás normas legales que le encomienden funciones y competencias a la
COMISION NACIONAL DE VALORES.
Coordinar y supervisar las áreas bajo su dependencia, informando al
Directorio periódicamente los desvíos o incumplimientos, asesorando en
la toma de decisiones estratégicas y en el desempeño operativo de las
distintas áreas, asegurando la transparencia y la optimización continua
de la calidad del accionar.
ACCIONES:
1. Organizar y coordinar la administración de los recursos humanos,
materiales, presupuestarios y organizacionales de la COMISION NACIONAL
DE VALORES, de manera de afianzar el funcionamiento satisfactorio de la
organización y la coordinación de las Gerencias y áreas dependientes,
con el objeto de optimizar la eficiencia y eficacia de la gestión del
organismo y las prestaciones y servicios que éste brinda.
2. Ejercer las facultades delegadas por el Directorio y ejecutar las
instrucciones que el mismo le encomiende en el marco de sus
competencias.
3. Coordinar y participar en la formulación de los planes y programas
de las áreas del organismo y elaborar y elevar al Directorio sobre la
base de los mismos el Plan Anual de Actividades.
4. Formular planes y promover acciones de modernización de toda la organización.
5. Participar en la elaboración de las políticas en materia de oferta
pública de títulos valores y demás funciones que, conforme al marco
legal y reglamentario, sean de competencia del organismo y contribuir
con el desarrollo de herramientas que permitan el análisis de distintos
escenarios y estrategias.
6. Elaborar informes de gestión al Directorio del organismo, que
permitan el monitoreo y seguimiento del nivel de cumplimiento de las
metas comprometidas por cada una de las áreas de la organización.
7. Impulsar y velar por la aplicación de un esquema de control interno, eficaz, eficiente y económico.
8. Presentar al Directorio para su aprobación, la asignación de
recursos de cada área del organismo, antes del inicio de cada ejercicio.
9. Estudiar, informar y brindar asesoramiento sobre los asuntos que someta a su consideración el Directorio.
10. Entender en la formulación y coordinación ejecutiva de proyectos
con financiamiento de los organismos multilaterales de crédito,
relativos al ámbito de su competencia.
11. Cooperar estrechamente con otros organismos y favorecer el
intercambio de información tendiente a desarrollar acciones
coordinadas, que permitan mejores niveles de supervisión sobre los
grupos económicos.
GERENCIA GENERAL
GERENCIA DE EMISORAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Supervisar y asesorar respecto de las solicitudes de autorización,
transferencias de autorización y cancelación para efectuar oferta
pública de valores negociables conforme los términos de la Ley Nº
26.831, como en materia de retiro del respectivo régimen, con exclusión
absoluta de los valores representativos de deuda o certificados de
participación de fideicomisos financieros.
ACCIONES:
1. Dirigir, coordinar y supervisar la labor desempeñada por las
Subgerencias y áreas a cargo, vinculada con la tramitación, registro y
control de los expedientes relativos a las solicitudes de autorización
y transferencias de autorización de ofertas públicas, retiro del
régimen de oferta pública y de las actuaciones de inscripción de los
actos, documentos y hechos que correspondan en relación con la materia
mencionada.
2. Colaborar y asistir a las autoridades superiores de la COMISION
NACIONAL DE VALORES en los estudios técnicos relativos a nuevas
normativas, regulaciones, desarrollo de instrumentos y control
societario, entendiendo en la implementación de nuevos proyectos y
políticas a requerimiento de las mismas.
3. Ejercer el poder de policía societaria de las emisoras que hagan
oferta pública de valores negociables con domicilio en aquellas
jurisdicciones comprendidas en la Ley Nº 22.169.
4. Proponer y aplicar procedimientos que aseguren un eficaz y eficiente
análisis, control y monitoreo conforme las disposiciones legales,
reglamentarias y estatutarias vigentes de las entidades emisoras y de
la información legal, económica, financiera y técnica de las mismas,
del control de las obligaciones de los participantes o intervinientes
en los procesos de oferta pública, de las disposiciones en materia de
Auditores Externos y Comité de Auditoría, de las limitaciones a la
compra u oferta de compra de los participantes en los procesos de
colocación de valores negociables, de la publicidad de las operaciones,
de la Oferta Pública de Adquisición, del retiro voluntario y
cancelación de la Oferta Pública y el Régimen de Adquisición de
Participaciones Residuales, de las conductas contrarias a la
transparencia y en general de toda información relevante de los
emisores de valores, sus emisiones o la cancelación de las mismas.
5. Realizar requerimientos o solicitudes de informes que se deban
dirigir a las personas sujetas a regímenes de información o supervisión
conforme la normativa legal o reglamentaria, en el ámbito de su
competencia.
6. Asistir a la Gerencia de Asuntos Jurídicos en la elaboración de
propuestas al Directorio para la aprobación de normas internas o
proyectos de normas legales y reglamentarias relacionadas con las áreas
bajo su competencia, que se consideren útiles a efectos de asegurar los
objetivos de transparencia en la oferta pública así como una mayor
eficacia y eficiencia relacionadas con las prestaciones y servicios que
brinda el área.
7. Dar intervención a las Gerencias de Inspecciones e Investigaciones
y/o de Prevención del Lavado de Dinero en caso de detectar cualquier
presunta irregularidad o incumplimiento de las normas legales y
reglamentarias que observe en la oferta primaria de valores negociables
o en las personas sometidas a fiscalización del área a su cargo.
8. Proponer al Directorio de la COMISION NACIONAL DE VALORES la
suspensión preventiva de la oferta pública de los valores negociables
que se encuentren bajo su órbita, en los casos en que fundadamente se
advierta la existencia de situaciones de riesgo sistémico, actuando en
defensa del público inversor.
9. Elevar a la Gerencia General o al Directorio de la COMISION NACIONAL
DE VALORES conforme lo establezcan las disposiciones reglamentarias
internas, los asuntos cuyo conocimiento o resolución les corresponda.
10. Elaborar y disponer la aplicación en las Subgerencias y áreas a su
cargo de los Planes de Trabajo relacionados con sus funciones.
11. Organizar y supervisar los registros necesarios relacionados con
las entidades sujetas a su competencia, los valores por ellas emitidos
y los de sus auditorías externas.
12. Coordinar y controlar la ejecución del Plan Anual de Actividades
relativo a las áreas bajo su gestión y elaborar los informes y
estadísticas relativas a las actividades desarrolladas y el grado de
cumplimiento del plan citado.
13. Colaborar estrechamente con las autoridades superiores del
organismo en el logro de las metas y objetivos institucionales
ejecutando las instrucciones y actividades que se le encomienden y las
derivadas de las disposiciones legales y reglamentarias.
GERENCIA GENERAL
GERENCIA DE PRODUCTOS DE INVERSION COLECTIVA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Supervisar y asesorar respecto de la autorización, registro, control,
supervisión y regulación de los Fondos Comunes de Inversión, de las
Sociedades Gerentes de Fondos Comunes de Inversión, de las Sociedades
Depositarias de Fondos Comunes de Inversión, de los Fideicomisos
Financieros, de los Fiduciarios Financieros, de los Fiduciarios
Ordinarios Públicos y de todo otro agente que no sea susceptible de
encuadrarse en la órbita de las Gerencias responsables de las emisoras
o de los agentes y mercados.
ACCIONES:
1. Dirigir, coordinar y supervisar la labor desempeñada por las
Subgerencias y áreas a cargo, vinculada con la tramitación, registro y
control de los expedientes relativos a las solicitudes de autorización,
registro, funcionamiento y control de los administrados o regulados que
correspondan en relación de su competencia.
2. Proponer y aplicar procedimientos que aseguren un eficaz y eficiente
análisis, control y monitoreo de la documentación que, conforme las
disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes, deban
presentar los Fondos Comunes de Inversión, de las Sociedades Gerentes
de Fondos Comunes de Inversión, de las Sociedades Depositarias de
Fondos Comunes de Inversión, de los Fideicomisos Financieros, de los
Fiduciarios Financieros, de los Fiduciarios Ordinarios Públicos.
3. Elaborar y disponer la aplicación en las Subgerencias y áreas a su
cargo de los Planes de Trabajo relacionados con el control de la
documentación remitida y de las actividades realizadas por los
regulados.
4. Elaborar y disponer la aplicación de procedimientos para el análisis
de los antecedentes que correspondan respecto de los agentes
colocadores en los casos de los Fondos Comunes de Inversión y
Fideicomisos Financieros.
5. Elevar a la Gerencia General o al Directorio de la COMISION NACIONAL
DE VALORES conforme lo establezcan las disposiciones reglamentarias
internas, los asuntos cuyo conocimiento o resolución les corresponda.
6. Realizar requerimientos o solicitudes de informes que se deban
dirigir a las entidades y personas físicas sujetas a regímenes de
información o supervisión conforme la normativa legal o reglamentaria
en el ámbito de su competencia.
7. Asistir a la Gerencia de Asuntos Juridicos en la elaboración de
propuestas al Directorio para la aprobación de normas internas o
proyectos de normas legales y reglamentarias relacionadas con las áreas
bajo su competencia, que se consideren útiles a efectos de asegurar los
objetivos de transparencia en la oferta pública así como una mayor
eficacia y eficiencia relacionadas con las prestaciones y servicios que
brinda el área.
8. Proponer al Directorio de la COMISION NACIONAL DE VALORES la
suspensión preventiva de la oferta pública de los valores negociables
que se encuentren bajo su órbita, en los casos en que fundadamente se
advierta la existencia de situaciones de riesgo sistémico, actuando en
defensa del público inversor.
9. Dar intervención a las Gerencias de Inspecciones e Investigaciones
y/o de Prevención del Lavado de Dinero en caso de detectar cualquier
presunta irregularidad o incumplimiento de las normas legales y
reglamentarias que observe en la oferta primaria de valores negociables
o en las personas sometidas a fiscalización del área a su cargo.
10. Coordinar y controlar la ejecución del Plan Anual de Actividades
relativo a las áreas bajo su gestión y elaborar los informes y
estadísticas relativas a las actividades desarrolladas y el grado de
cumplimiento del plan citado.
11. Colaborar estrechamente con las autoridades superiores del
organismo en el logro de las metas y objetivos institucionales
ejecutando las instrucciones y demás actividades que se le encomienden
y las derivadas de las disposiciones legales y reglamentarias.
GERENCIA GENERAL
GERENCIA DE AGENTES Y MERCADOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar respecto de las solicitudes de inscripción y cancelación de
los agentes y mercados que deseen intervenir en la oferta pública de
valores negociables u operaciones con futuros y opciones, y supervisar
su normal funcionamiento.
Coordinar y controlar las actividades tendientes a asegurar el
cumplimiento, por parte de los mercados, de los requisitos de capital,
coberturas, garantías y demás normas prudenciales establecidas en las
normas vigentes.
ACCIONES:
1. Dirigir, coordinar y supervisar la labor desempeñada por las
Subgerencias y áreas a cargo, vinculada con la tramitación, registro y
control de las actuaciones relacionadas con el funcionamiento de los
Agentes de Calificación de Riesgo, Cajas de Valores, Mercados y Agentes
que intervienen en la oferta pública de valores negociables u
operaciones con futuros y opciones y la evaluación del riesgo sistémico.
2. Proponer y aplicar procedimientos que aseguren un eficaz y eficiente
análisis y control de la documentación que, conforme las disposiciones
legales, reglamentarias y estatutarias vigentes, deban presentar los
mercados y los agentes de calificación de riesgo.
3. Realizar o supervisar, en el ámbito de su competencia, los
requerimientos o solicitudes de informes que se deban dirigir a los
administrados sujetos a regímenes de información o supervisión.
4. Asistir a la Gerencia de Asuntos Jurídicos en la elaboración de
propuestas al Directorio para la aprobación de normas internas o
proyectos de normas legales y reglamentarias relacionadas con las áreas
bajo su competencia, que se consideren útiles a efectos de asegurar los
objetivos de transparencia en la oferta pública así como una mayor
eficiencia y eficacia relacionadas a las prestaciones y servicios que
brinda el área.
5. Dar intervención a las Gerencias de Inspecciones e Investigaciones
y/o de Prevención del Lavado de Dinero en caso de detectar cualquier
presunta irregularidad o incumplimiento que observe en la
intermediación de valores negociables o en el accionar de los
administrados del área a su cargo.
6. Proponer acciones tendientes a velar por el manejo adecuado del riesgo sistémico.
7. Proponer al Directorio la suspensión preventiva de la intermediación
en cualquiera de los mercados bajo jurisdicción del ente regulador,
cuando se adviertan circunstancias de riesgo sistémico, sin perjuicio
de lo dispuesto en el punto anterior.
8. Elaborar y disponer la aplicación en las Subgerencias y áreas a su
cargo de los Planes de Trabajo relacionados con sus funciones.
9. Coordinar y controlar la ejecución del Plan Anual de Actividades
relativo a las áreas bajo su gestión y elaborar los informes y
estadísticas relativas a las actividades desarrolladas y el grado de
cumplimiento del plan citado.
10. Colaborar estrechamente con las autoridades superiores del
organismo en el logro de las metas y objetivos institucionales
ejecutando las instrucciones y actividades que se le encomienden y las
derivadas de las disposiciones legales y reglamentarias.
11. Supervisar y asesorar respecto de la autorización, registro,
control, supervisión y regulación de los agentes de calificación de
riesgo.
GERENCIA GENERAL
GERENCIA DE INSPECCIONES E INVESTIGACIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Controlar de oficio, a pedido de las autoridades superiores, de las
restantes áreas operativas o en virtud de denuncias recibidas, el
cumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación por
la COMISION NACIONAL DE VALORES.
Proponer investigaciones a realizar a la Gerencia General, iniciar las
que ésta instruya y, en su caso, proponer la instrucción de sumarios
frente a la presunta comisión de infracciones a las normas legales y
reglamentarias de aplicación por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
ACCIONES:
1. Dirigir y organizar los servicios de la Gerencia y coordinar y
supervisar la labor desempeñada por las Subgerencias y áreas a cargo,
vinculada con el control del cumplimiento de las normas legales,
reglamentarias y estatutarias por parte de los administrados por las
restantes Gerencias operativas, en las concretas situaciones que ellas
o el Directorio le deriven, o que pueda iniciar de oficio o sobre la
base de denuncias.
2. Entender en la determinación de las inspecciones y verificaciones a
realizar en forma periódica en las oficinas de las entidades bajo
competencia de la COMISION NACIONAL DE VALORES y asistir en la
elaboración del Plan Anual de Fiscalización, controlando su ejecución.
3. Ordenar, coordinar y supervisar las investigaciones, inspecciones y
auditorías que se dispongan, así como todo otro procedimiento tendiente
a determinar si el comportamiento de los administrados se ajusta a las
normas legales, reglamentarias y estatutarias vigentes.
4. Controlar la operatoria de los mercados para determinar, a partir de
bruscas oscilaciones en los volúmenes negociados, en los precios de
cotización, datos de publicaciones periodísticas u otras alarmas que
específicamente se implementen, la necesidad de investigar si se ha
violado la normativa vigente.
5. Coordinar y controlar la ejecución del Plan Anual de Fiscalización
respecto de las personas físicas o jurídicas sujetas al control y
fiscalización de la COMISION NACIONAL DE VALORES.
6. Proponer a las autoridades superiores la instrucción de sumarios
administrativos por posibles infracciones a las normas legales y
reglamentarias cuya aplicación le compete a la COMISION NACIONAL DE
VALORES, elevando los expedientes con dictamen de cargo.
7. Proponer a las autoridades superiores los cursos de acción posibles
y su instrumentación posterior, de acuerdo a las conclusiones que
resulten como consecuencia de las acciones de investigación,
inspección, monitoreo de mercado y auditoría realizadas, como de las
denuncias y del análisis de incumplimientos informados por otras áreas.
8. Asistir a la Gerencia de Asuntos Jurídicos en la elaboración de
propuestas para la aprobación de normas internas o proyectos de normas
legales y reglamentarias relacionadas con las áreas bajo su
competencia, que se consideren útiles para alcanzar los fines que hacen
a su competencia.
9. Realizar requerimientos o solicitudes de informes que se deban
dirigir a toda entidad y persona física en el marco de un proceso
investigativo, conforme a la normativa legal o reglamentaria.
10. Elaborar y disponer la aplicación en las Subgerencias y áreas a su
cargo de los Planes de Trabajo relacionados con el proceso de
inspección, recepción de denuncias e investigación a su cargo.
11. Coordinar y controlar la ejecución del Plan Anual de Actividades
relativo a las áreas bajo su gestión y elaborar los informes y
estadísticas relativas a las actividades desarrolladas y el grado de
cumplimiento del plan citado.
12. Colaborar estrechamente con las autoridades superiores del
organismo en el logro de las metas y objetivos institucionales
ejecutando las instrucciones y actividades que se le encomienden y las
derivadas de las disposiciones legales y reglamentarias.
13. Coordinar y supervisar las tareas de seguimiento permanente y
eficaz de la evolución de los mercados y detectar operatorias que
puedan ser encuadradas como contrarias al régimen de transparencia.
GERENCIA GENERAL
GERENCIA DE PREVENCION DEL LAVADO DE DINERO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Coordinar y controlar la ejecución de los programas de actividades que
tengan por objeto la detección de operaciones inusuales o sospechosas
en materia del lavado de activos de origen delictivo e informar a la
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo autárquico actuante en el
ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, cuando se estime
estar en presencia de una operación sospechosa, y asistir en la
elaboración del Plan Anual de Fiscalización, controlando su ejecución.
Controlar de oficio, a pedido de las autoridades superiores, de las
restantes áreas operativas o en virtud de denuncias recibidas, el
cumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación por
la COMISION NACIONAL DE VALORES, con relación a la prevención,
detección y reporte de los hechos, actos, operaciones u omisiones que
puedan provenir de la comisión de delitos de Lavado de Activos y
Financiación del Terrorismo.
ACCIONES:
1. Dirigir y organizar los servicios de la Gerencia y coordinar y
supervisar la labor desempeñada por las Subgerencias y áreas a cargo,
vinculada con el control del cumplimiento de las normas relativas a la
prevención, detección y reporte de operaciones inusuales o sospechosas.
2. Ordenar, coordinar y supervisar las investigaciones, inspecciones y
auditorias que se dispongan, así como todo otro procedimiento tendiente
a determinar si el comportamiento de los administrados se ajusta a las
normas sobre Prevención del Lavado de Dinero.
3. Coordinar y controlar la ejecución del Plan Anual de Fiscalización
respecto de las personas fisicas o jurídicas sujetas al control y
fiscalización de la COMISION NACIONAL DE VALORES, en el ámbito de su
competencia.
4. Proponer a las autoridades superiores la emisión de Reportes de
Operación Sospechosa (ROS), de acuerdo a las conclusiones que resulten
de las investigaciones, inspecciones y auditorías realizadas, como de
las denuncias, consultas y del análisis de incumplimientos informados
por otras áreas.
5. Reportar a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA cuando se estime
estar en presencia de una operación sospechosa, de acuerdo a lo
resuelto por el Directorio.
6. Asistir a la Gerencia de Asuntos Jurídicos en la elaboración de
propuestas para la aprobación de normas internas o proyectos de normas
legales y reglamentarias relacionadas con las áreas bajo su
competencia, que se consideren útiles para alcanzar los fines que hacen
a su competencia.
7. Realizar requerimientos o solicitudes de informes que se deban
dirigir a toda entidad y persona física en el marco de un proceso
investigativo, conforme a la normativa legal o reglamentaria.
8. Elaborar y disponer la aplicación en las Subgerencias y áreas a su
cargo de los Planes de Trabajo relacionados con el proceso de
inspección, recepción de denuncias e investigación a su cargo.
9. Coordinar y controlar la ejecución del Plan Anual de Actividades
relativo a las áreas bajo su gestión y elaborar los informes y
estadísticas relativas a las actividades desarrolladas y el grado de
cumplimiento del plan citado.
10. Colaborar estrechamente con las autoridades superiores del
organismo en el logro de las metas y objetivos institucionales,
ejecutando las instrucciones y actividades que se le encomienden y las
derivadas de las disposiciones legales y reglamentarias.
11. Coordinar y supervisar la base de datos y registros relativos a las
investigaciones e inspecciones llevadas a cabo por la Gerencia, así
como también de aquellas operaciones inusuales o sospechosas detectadas
en los términos de la Ley Nº 25.246 y su reglamentación.
12. Entender en las cuestiones de enlace con la UNIDAD DE INFORMACION
FINANCIERA a fin de atender las consultas y coordinar aquellas
actividades que fueran necesarias para el organismo.
13. Analizar y proponer la implementación de normas o recomendaciones
de carácter internacional en materia de prevención de lavado de dinero
de origen delictivo y financiamiento del terrorismo.
14. Participar en las evaluaciones del Grupo de Acción Financiera
Internacional (GAFI), del Grupo de Acción Financiera de Sudamérica
(GAFISUD) y participar y coordinar las reuniones celebradas por la
“Comisión de Prevención del Lavado de Dinero y de Financiamiento del
Terrorismo” en el ámbito del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR).
15. Elaborar y elevar los programas y planes del área, coordinar y
controlar los recursos y actividades de la gestión a su cargo y
generar, en función de las metas asignadas, la información necesaria
para medirla.
16. Colaborar estrechamente con las autoridades superiores del
organismo en el logro de las metas y objetivos institucionales
ejecutando las instrucciones y actividades que se le encomienden y las
derivadas de las disposiciones legales y reglamentarias.
GERENCIA GENERAL
GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Prestar asesoramiento y asistencia jurídica al Directorio y Gerencia
General y Subgerencias de la COMISION NACIONAL DE VALORES en todas
aquellas materias que éstos le requieran.
ACCIONES:
1. Dirigir y organizar los servicios de la Gerencia y coordinar y
supervisar la labor desempeñada por las Subgerencias a cargo, vinculada
con la administración, coordinación y supervisión de toda actividad de
defensa, representación judicial y patrocinio del organismo.
2. Ordenar, coordinar y supervisar las tramitaciones sumariales que se
dispongan, así como todo otro procedimiento tendiente a determinar si
el comportamiento de los administrados se ajusta a las normas legales,
reglamentarias y estatutarias vigentes, aconsejando al Directorio la
aplicación de sanciones o la absolución de los agentes, controlando el
debido cumplimiento de las sanciones impuestas y manteniendo su
registro.
3. Supervisar las respuestas a los requerimientos de información
formulados a la COMISION NACIONAL DE VALORES por funcionarios de
cualquiera de los poderes y jurisdicción territorial del Estado e
intervenir en toda respuesta a personas fisicas o jurídicas a
requerimiento de las autoridades superiores.
4. Supervisar y controlar los proyectos de modificación de leyes,
decretos, resoluciones y disposiciones tendientes al desarrollo del
mercado de capitales, a una mayor transparencia y protección del
público inversor y al fortalecimiento de las funciones regulatorias, de
supervisión y sancionatorias de la COMISION NACIONAL DE VALORES.
5. Participar activamente en la redacción e implementación de las
normas internas, proyectos de normas legales o normas reglamentarias
que dicte la COMISION NACIONAL DE VALORES, o cuyo dictado propicie
disposiciones, resoluciones ministeriales, decisiones administrativas,
decretos o leyes.
6. Ejercer el patrocinio letrado y tomar a su cargo la representación
judicial y administrativa de la COMISION NACIONAL DE VALORES en todos
aquellos procesos judiciales y procedimientos administrativos ante
otros entes públicos o privados, sea como parte actora, demandada,
denunciante, querellante o en cualquier otro carácter.
7. Coordinar y controlar la ejecución del Plan Anual de Actividades
relativo a las áreas bajo su gestión y elaborar los informes y
estadísticas relativas a las actividades desarrolladas y el grado de
cumplimiento del plan citado.
8. Elaborar y elevar los programas y planes del área, coordinar y
controlar los recursos y actividades de la gestión a su cargo y generar
en función de las metas asignadas, la información necesaria para
medirla.
9. Colaborar estrechamente con las autoridades superiores del organismo
en el logro de las metas y objetivos institucionales ejecutando las
instrucciones y actividades que se le encomienden y las derivadas de
las disposiciones legales y reglamentarias.
GERENCIA GENERAL
GERENCIA DE DESARROLLO Y PROTECCION AL INVERSOR
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Coordinar y controlar la ejecución de estudios y evaluaciones que
tengan por objeto el desarrollo y modernización del mercado de
capitales argentino, teniendo en consideración nuevas tendencias en la
regulación de los mercados de capitales internacionales.
Velar por la transparencia de las negociaciones en beneficio del
sistema y promover acciones y regulaciones tendientes a garantizar la
protección del público inversor, promoviendo una correcta y eficiente
formación de precios.
ACCIONES:
1. Dirigir el desarrollo de estudios económicos acerca del
comportamiento del mercado de capitales con el fin de detectar
necesidades y oportunidades que posibiliten la adopción de medidas para
promover el desarrollo del mismo.
2. Colaborar con la Gerencia de Asuntos Jurídicos en la elaboración de
propuestas al Directorio para la aprobación de normas internas o
proyectos de normas legales y reglamentarias relacionadas con las áreas
bajo su competencia, que se consideren útiles a efectos de asegurar los
objetivos de transparencia en la oferta pública así como el desarrollo
del mercado.
3. Definir políticas y coordinar acciones en materia de protección del
público inversor, incluyendo la gestión de la Oficina de Atención al
Inversor.
4. Dirigir y coordinar programas de capacitación vinculados con la
difusión del mercado de capitales y proyectos de educación financiera.
5. Evaluar el cumplimiento de los estándares internacionales relativos
a los entes de regulación de los mercados de capitales, en forma
coordinada con el resto de las Gerencias del organismo, detectando la
necesidad de introducción de cambios normativos para el logro de una
modernización e internacionalización del mercado nacional.
6. Efectuar propuestas que coadyuven a la integración del mercado de
capitales argentino con aquellos mercados regionales más afines y al
cumplimiento de estándares internacionales en materia de regulación de
mercados de valores.
7. Diseñar y proponer el desarrollo de Planes estratégicos y operativos
que aseguren una eficaz y eficiente gestión de los objetivos del
organismo así como programas que permitan el cumplimiento de los
mismos, de acuerdo a las metas aprobadas por el Directorio.
8. Coordinar y controlar la ejecución del Plan Anual de Actividades
relativo a las áreas bajo su gestión y elaborar los informes y
estadísticas relativas a las actividades desarrolladas y el grado de
cumplimiento del plan citado.
9. Coordinar el accionar de la COMISION NACIONAL DE VALORES con otros
organismos del Estado, respecto de la marcha de las variables de la
economía y su incidencia en los mercados financieros, y en especial con
todo ente regulador que apruebe normativas cuyos efectos puedan tener
repercusiones sobre el mercado de capitales, a efectos de evaluar su
impacto.
10. Elaborar y elevar los programas y planes del área, coordinar y
controlar los recursos y actividades de la gestión a su cargo y generar
en función de las metas asignadas, la información necesaria para
medirla.
11. Colaborar estrechamente con las autoridades superiores del
organismo en el logro de las metas y objetivos institucionales,
permitiendo la adopción de medidas que promuevan el desarrollo del
mercado de capitales, y ejecutar las instrucciones y actividades que
éstas le encomienden.
12. Desarrollar proyectos de educación financiera destinados al público
inversor y a empresas que puedan financiar sus negocios y proyectos en
el mercado de capitales.
GERENCIA GENERAL
GERENCIA DE SERVICIOS CENTRALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Coordinar las actividades relativas a los servicios de administración,
despacho, mesa de entradas, biblioteca, procesos internos, recursos
humanos e informática, brindando asistencia y asesoramiento a la
Gerencia General en materia de su competencia a efectos de optimizar
los procesos y calidad de los servicios internos y externos, y el uso
eficiente de los recursos materiales, generando información de gestión
a sus superiores.
Promover acciones de modernización de todo el organismo proponiendo a
la Gerencia General proyectos de mejora organizacional y la
optimización de la gestión pública mediante la informatización de los
procesos, siguiendo los lineamientos estratégicos de gobierno
electrónico.
ACCIONES:
1. Coordinar y supervisar la labor desempeñada por las Subgerencias y
áreas a cargo, vinculada con los servicios de administración
económico-financiera, gestión de los recursos humanos, optimización de
los procesos internos y desarrollo e implementación de tecnologías de
información y comunicación.
2. Diseñar y proponer proyectos organizativo que aseguren una eficaz y
eficiente gestión de los objetivos del organismo así como planes que
permitan el cumplimiento de los mismos, de acuerdo a las metas
aprobadas por el Directorio.
3. Asistir a la Gerencia General en el diseño de la política
presupuestaria de la jurisdicción y en la evaluación de su
cumplimiento, mediante el análisis de proyecciones financieras y
económicas, proponiendo la adopción de medidas preventivas y conectivas.
4. Supervisar la gestión económico-financiera del organismo propendiendo a la asignación racional de los recursos materiales.
5. Supervisar los procesos de adquisiciones del organismo incluyendo
las correspondientes a la registración, imputación, pago y control
patrimonial de sus bienes.
6. Coordinar y supervisar las actividades en materia de informática y
tecnología de la información a través de la administración, de los
recursos materiales y humanos y de la elaboración de adecuadas
políticas, normas de seguridad y de resguardo de la información.
7. Dirigir y supervisar los procesos de selección y contratación de
personal, su capacitación, liquidación de haberes, planeamiento de
carrera, evaluación de desempeño y toda otra actividad relativa a la
administración y desarrollo de los recursos humanos de la COMISION
NACIONAL DE VALORES.
8. Asistir a la Gerencia General en el diseño y gestión de proyectos y
propuestas de modificación de estructuras y dotación del organismo.
9. Coordinar el registro y distribución de todo tipo de actuación o
documentación que ingrese o egrese del organismo y supervisar la
administración del archivo general.
10. Supervisar los procesos de administración, mantenimiento y registro
del movimiento de la bibliografía con que cuenta la biblioteca del
organismo.
11. Diseñar y proponer mejoras en los procesos internos, optimizando y
documentando los mismos a través de manuales de procedimientos.
12. Coordinar y controlar la ejecución del Plan Anual de Actividades
relativo a las áreas bajo su gestión y elaborar los informes y
estadísticas relativas a las actividades desarrolladas y el grado de
cumplimiento del plan citado.
13. Asistir a la Gerencia General en la elaboración de propuestas al
Directorio para la aprobación de normas internas o proyectos de normas
legales y reglamentarias relacionadas con las áreas bajo su competencia.
14. Colaborar estrechamente con las autoridades superiores del
organismo en el logro de las metas y objetivos institucionales,
permitiendo la adopción de medidas que promuevan la eficiencia en la
gestión pública, y ejecutar las instrucciones y actividades que éstas
le encomienden.