Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 1106/2013
Ofrécese recompensa a aquellas personas que brinden datos útiles para
la aprehensión de quienes hubiesen tomado parte en la comisión de
determinado delito.
Bs. As., 5/7/2013
VISTO la Ley Nº 26.538, la Resolución ex. M.J.S. y D.H. Nº 1170 del 17
de mayo de 2010, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de
agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012, el Legajo Nº 1/10 del
FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución ex M.J.S. y D.H. Nº 1170/10, se estableció como
recompensa dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de
PESOS CIEN MIL ($ 100.000), en el marco de la causa Nº I-42-13339/2007,
caratulada “NN s/homicidio; Dam: Demarchi, Atilio Aníbal” que tramita
por ante el JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CRIMINAL Nº 30,
destinada a aquellas personas quienes sin haber intervenido en el hecho
delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión
de quienes hubiesen tomado parte en la comisión del homicidio de Atilio
Aníbal DEMARCHI, ocurrido el 12 de julio de 2007 en la vivienda sita en
la calle Ramón L. Falcón 4410 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Que la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12, establece el procedimiento
regulatorio del funcionamiento de los Fondos de Recompensas creado por
las Leyes Nros. 26.375 y 26.538, en lo atinente al ofrecimiento y pago
de éstas.
Que el artículo 3° de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PUBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que asimismo, mediante Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de
2013 se incluyó la partida correspondiente al Fondo Permanente de
Recompensas en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que atento a lo expuesto, y a los fines de readecuar el ofrecimiento de
recompensa dispuesto por la Resolución ex M.J.S. y D.H. Nº 1170/10 a la
normativa vigente, resulta conveniente dictar el presente acto.
Que el doctor Carlos A. VELARDE, titular de la FISCALIA NACIONAL DE
INSTRUCCION Nº 42 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, no encuentra
objeciones para el progreso de la presente medida.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE
ADMINISTRACION como la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este
Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
los artículos 1° y 3° de la Ley Nº 26.538 y en el Anexo II de la
Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Ofrécese como
recompensa, dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de
PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas quienes, sin
haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que
sirvan para lograr la aprehensión de quienes hubiesen tomado parte en
la comisión del homicidio de Atilio Aníbal DEMARCHI, ocurrido el 12 de
julio de 2007 en la vivienda sita en la calle Ramón L. Falcón al 4100
de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Art. 2° — Las personas que
quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el
PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA
POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.
Art. 3° — El pago de la
recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe
el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del
representante del MINISTERIO PUBLICO FISCAL sobre el mérito de la
información aportada, preservando la identidad del informante.
Art. 4° — Encomiéndase a la
SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.