Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS


Resolución 1106/2013


Ofrécese recompensa a aquellas personas que brinden datos útiles para la aprehensión de quienes hubiesen tomado parte en la comisión de determinado delito.


Bs. As., 5/7/2013

VISTO la Ley Nº 26.538, la Resolución ex. M.J.S. y D.H. Nº 1170 del 17 de mayo de 2010, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012, el Legajo Nº 1/10 del FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución ex M.J.S. y D.H. Nº 1170/10, se estableció como recompensa dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), en el marco de la causa Nº I-42-13339/2007, caratulada “NN s/homicidio; Dam: Demarchi, Atilio Aníbal” que tramita por ante el JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CRIMINAL Nº 30, destinada a aquellas personas quienes sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión de quienes hubiesen tomado parte en la comisión del homicidio de Atilio Aníbal DEMARCHI, ocurrido el 12 de julio de 2007 en la vivienda sita en la calle Ramón L. Falcón 4410 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Que la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12, establece el procedimiento regulatorio del funcionamiento de los Fondos de Recompensas creado por las Leyes Nros. 26.375 y 26.538, en lo atinente al ofrecimiento y pago de éstas.

Que el artículo 3° de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PUBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que asimismo, mediante Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de 2013 se incluyó la partida correspondiente al Fondo Permanente de Recompensas en el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que atento a lo expuesto, y a los fines de readecuar el ofrecimiento de recompensa dispuesto por la Resolución ex M.J.S. y D.H. Nº 1170/10 a la normativa vigente, resulta conveniente dictar el presente acto.

Que el doctor Carlos A. VELARDE, titular de la FISCALIA NACIONAL DE INSTRUCCION Nº 42 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, no encuentra objeciones para el progreso de la presente medida.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION como la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en los artículos 1° y 3° de la Ley Nº 26.538 y en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000), destinada a aquellas personas quienes, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión de quienes hubiesen tomado parte en la comisión del homicidio de Atilio Aníbal DEMARCHI, ocurrido el 12 de julio de 2007 en la vivienda sita en la calle Ramón L. Falcón al 4100 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Art. 2° — Las personas que quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.

Art. 3° — El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante del MINISTERIO PUBLICO FISCAL sobre el mérito de la información aportada, preservando la identidad del informante.

Art. 4° — Encomiéndase a la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.