MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO


Disposición Nº 432/2013


Registro Nº 565/2013


Bs. As., 24/6/2013

VISTO el Expediente Nº 1.547.473/13 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 Expediente Nº 1.547.473/13 obra el acuerdo celebrado en fecha 11 de octubre de 2012 entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE FERROCARRILES ARGENTINOS (APDFA) y la empresa NUEVO TREN DE LA COSTA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el citado Acuerdo las partes establecen nuevas pautas para la percepción del “rubro antigüedad” en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1016/08 “E”, según las condiciones lineamientos estipulados en su texto al cual se remite.

Que el ámbito de aplicación del acuerdo concertado, se circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante, y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que los agentes negociales han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público, no ha encontrado observaciones que formular a lo acordado por las partes en cuanto a aquello que resulte materia de su competencia, tan como surge del Dictamen obrante a foja 21 de las actuaciones citadas en el Visto.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE FERROCARRILES ARGENTINOS (APDFA), y la empresa NUEVO TREN DE LA COSTA SOCIEDAD ANONIMA obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.547.473/13, conforme lo dispuesto por la Ley de Negociaciones Colectivas Nº 14250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registros, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.547.473/12.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1016/08 “E”.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.547.473/13

Buenos Aires, 26 de Junio de 2013

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 432/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 565/13. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 11 días del mes de octubre de 2012, siendo las 16:00 hs. Se reúnen los representantes de la entidad gremial: ASOCIACION DEL PERSONAL DE DIRECCION DE FERROCARRILES ARGENTINOS, ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS Y PUERTOS ARGENTINOS (APDFA) los Sres. Humberto GOMEZ, Secretario General, José Adrián SILVA, Secretario Gremial; conjuntamente con los delegados de personal, Sres. José DOMINGUEZ, con D.N.I. 10.457.400 (BELGRANO CARGAS S.A.) y Jorge Daniel TRADITO con D.N.I. 18.337.074 (NUEVO TREN DE LA COSTA S.A.; por la empresa: NUEVO TREN DE LA COSTA S.A., los señores: Gabriel CAVILLA, en su carácter de apoderado, con el patrocinio del Dr. Federico RONCHETTI; y por la empresa: BELGRANO CARGAS S.A., las doctoras: Susana PLANAS, y Gabriela MOTTA, en carácter de Miembros Paritarios.

Consideraciones previas: los sindicatos ferroviarios suscribieron con las empresas de transporte ferroviario de pasajeros del Area Metropolitana en el presente mes de octubre de 2012 un Acta Acuerdo sobre la modificación del porcentaje del rubro de antigüedad, el que se solicita sea aplicado a los trabajadores incluidos en el CCT Nº 1016/08 “E” y CCT Nº 433/75, según el siguiente detalle:

1. A partir del 1° de enero de 2013 se eleva en un 0.20% el porcentaje por el rubro antigüedad, alcanzando el 1,5% del salario básico de la categoría laboral de cada trabajador por cada año de servicio, para todos los trabajadores ferroviarios incluidos en los CCT Nº 1016/08 “E” y CCT Nº 433/75.

2. La modificación del porcentaje del rubro de antigüedad entrará en vigencia una vez obtenida la autorización y los fondos de la Secretaría de Transporte del Ministerio del Interior y Transporte.

3. La empresa: NUEVO TREN DE LA COSTA S.A.: Solicita se proceda a citar a la empresa: FERROCARRIL GENERAL BELGRANO S.A., en su carácter de empleador de los trabajadores involucrados en el acuerdo, a los efectos de ratificar el mismo.

4. La representación sindical APDFA: Solicita a las empresas que los beneficios acordados en el presente acuerdo para el personal convencionado, se otorguen al personal fuera de convenio que se desempeñan en las mismas.

5. Una vez que sea obtenida la autorización de este acuerdo, las partes elevarán al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social solicitando su homologación.