MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Resolución Nº 664/2013


Bs. As., 12/7/2013

VISTO el Expediente N° S02:0008040/2012 del registro de este Ministerio, Expediente original N° S01:0184628/2012 del registro de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 153 de fecha 16 de febrero de 2007 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se adjudicó la realización de la Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel, a la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA.

Que con fecha 30 de marzo de 2007 la SECRETARIA DE TRANSPORTE y la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, suscribieron el Contrato para la Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea “E” de la Red de Subterráneos de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, Obra Básica más variante túnel, con plazo contractual de TREINTA Y SEIS (36) meses contados a partir del día 17 de junio de 2009, fecha en que se celebró el Acta de Inicio de Obra.

Que por Resolución N° 290 de fecha 28 de abril de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se adjudicó la Contratación de la Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente a la obra: “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea ‘E’ de la Red de Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica mas variante túnel” a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, por el monto de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 10.179.862,95) Impuesto al Valor Agregado incluido, pagaderos en CUARENTA Y DOS (42) cuotas iguales y consecutivas.

Que con fecha 30 de septiembre de 2008 la SECRETARIA DE TRANSPORTE y la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, suscribieron el Contrato para la Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente a la obra: “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea ‘E’ de la Red de Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica mas variante túnel”, con un plazo de CUARENTA Y DOS (42) meses a partir de su suscripción.

Que la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA fue responsable de efectuar la supervisión y aprobación de la ingeniería básica y conceptual en el período posterior a la firma del contrato celebrado con fecha 30 de marzo de 2007 entre la SECRETARIA DE TRANSPORTE y la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA que permitió la confección del Acta de Inicio de la obra, y es la responsable de efectuar la inspección, el seguimiento y control de la gestión de la citada empresa y de sus trabajos hasta su finalización.

Que por la Resolución N° 89 de fecha 6 de mayo de 2010 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se aprobó una modificación de la obra “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea ‘E’ de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel” adjudicada a la Empresa BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA por la Resolución N° 153/2007 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, con una ampliación del plazo contractual de obra de SEIS (6) meses.

Que en el marco de la Cláusula 7 del Contrato de fecha 30 de septiembre de 2008, la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA solicitó la ampliación del plazo contractual durante el plazo de obra vigente para el contrato principal aprobado por la Resolución N° 89/2010 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.

Que por la Resolución N° 30 de fecha 8 de mayo de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE se aprobó la ampliación del plazo contractual por los trabajos de Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente a la obra: “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea ‘E’ de la Red de Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica mas variante túnel” a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, adjudicados por la Resolución N° 290 de fecha 28 de abril de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS pagaderos en SEIS (6) cuotas iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 242.377,69).

Que por un error involuntario se imputó el gasto resultante de la aplicación de la Resolución N° 30/2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE a la Jurisdicción 56 - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, Programa 62, Partida 5.2.6., Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL.

Que corresponde rectificar la partida presupuestaria a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Programa 62, Partida 3.4.1., Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL.

Que por la Resolución N° 32 de fecha 11 de mayo de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente entonces del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se aprobó una nueva modificación de la obra “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea ‘E’ de la Red de Subterráneos de la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, Obra básica más variante túnel” con una ampliación del plazo contractual de obra de DOCE (12) meses, plazo que incluye la ampliación de SEIS (6) meses, aprobada por la Resolución N° 89/2010 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE resultando la fecha de finalización del Contrato el 31 de mayo de 2013.

Que la modificación de obra aprobada por la Resolución N° 32/2012 incluye la reubicación de la cochera y el taller de la Estación BOLIVAR, no contemplada en la obra original.

Que en el marco de la Cláusula 7 del Contrato de fecha 30 de septiembre de 2008, la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA solicitó una nueva ampliación del plazo contractual durante el plazo de obra vigente para el contrato principal.

Que corresponde asignar a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA la supervisión de los trabajos necesarios para la reubicación de la cochera y el taller de la Estación BOLIVAR, los cuales no generarán costo adicional alguno por encontrarse dentro del plazo cuya aprobación tramita en la presente resolución.

Que en virtud de la ampliación del plazo contractual de la obra principal corresponde extender el plazo del Contrato para la Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, abonando para ello OCHO (8) cuotas iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 242.377,69).

Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, ha tomado en las presentes actuaciones la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete en orden a las facultades que le son propias.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emanadas del Artículo 17 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, por la Ley N° 13.064, los decretos Nros. 874 y 875 ambos de fecha 6 de junio de 2012 y 2.148 de fecha 7 de diciembre de 2012.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Rectifícase el Artículo 5° de la Resolución N° 30 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y TRANSPORTE, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 5°.- El gasto resultante de la aplicación de la presente resolución se imputará a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Programa 62, Partida 3.4.1., Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL, Presupuesto de Ejercicio en curso y siguientes.”

ARTICULO 2° — Apruébase una ampliación del plazo contractual por los trabajos de Supervisión y Aprobación de la ingeniería básica y conceptual e Inspección de Obra, correspondiente a la obra: “Ejecución de las Obras Civiles destinadas a la Extensión de la Línea ‘E’ de la Red de Subterráneos de CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, obra básica mas variante túnel” a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA, adjudicados por la Resolución N° 290 de fecha 28 de abril de 2008 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces dependiente MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, sin que ello implique el reconocimiento de gastos improductivos generales o indirectos.

ARTICULO 3° — Asígnase a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA la supervisión de los trabajos necesarios para la reubicación de la cochera y el taller de la Estación BOLIVAR, incorporados a la obra principal por la Resolución N° 32 de fecha 11 de mayo de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, los cuales no generarán costo adicional alguno por encontrarse dentro del plazo cuya aprobación tramita en la presente resolución.

ARTICULO 4° — Apruébase un mayor gasto a erogar en concepto de pago de los trabajos indicados en el Artículo 2° de la presente resolución, a valores de la oferta, por la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL VEINTIUNO CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 1.939.021,44) incluido el Impuesto al Valor Agregado, pagadero en OCHO (8) cuotas mensuales iguales y consecutivas.

ARTICULO 5° — Fíjase el nuevo monto contractual de la obra modificada, a valores de la oferta, en la suma de PESOS TRECE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($ 13.573.150,53), Impuesto al Valor Agregado Incluido.

ARTICULO 6° — Intímase a la Empresa IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA para que en el plazo máximo de DIEZ (10) días hábiles desde la notificación del presente acto, amplíe la garantía de ejecución del contrato atento la modificación aprobada en el Artículo 2° de la presente resolución.

ARTICULO 7° — El gasto resultante de la aplicación de la presente resolución se imputará a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Programa 62, Partida 3.4.1., Fuente de Financiamiento 11 - TESORO NACIONAL, Presupuesto del Ejercicio en curso y siguientes.

ARTICULO 8° — Notifíquese a las empresas BENITO ROGGIO E HIJOS SOCIEDAD ANONIMA, IATASA LATINOCONSULT SOCIEDAD ANONIMA y METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P.N. ANIBAL F. RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.

e. 18/07/2013 N° 54270/13 v. 18/07/2013