CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL
Resolución 2/2013
Reunión Plenaria Extraordinaria. Convocatoria.
Bs. As., 22/7/2013
VISTO el Expediente Nº 1.094.514/2004 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, los artículos 135 a 138 de la Ley
Nº 24.013, los artículos 25 a 27 del Decreto Nº 2725 de fecha 26 de
diciembre de 1991, el Decreto Nº 1095 de fecha 25 de agosto de 2004,
las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Nº 603 del 25 de agosto de 2004 y sus modificatorias, Nº 617 del 2 de
septiembre de 2004 y Nº 642 del 22 de julio de 2009 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 24.013 se crea el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA
PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL y se fijan las pautas
para su integración y conformación.
Que por Decreto Nº 1095/2004 se convocó al CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO,
LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL creado por la Ley
Nº 24.013 y se designó al suscripto como Presidente de dicho Consejo.
Que según el artículo 1° del Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO
NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y
MOVIL, aprobado mediante la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 617 del 2 de septiembre de 2004, es
facultad del Presidente del Consejo convocar a las sesiones plenarias.
Que según el artículo 2° del mencionado Reglamento, es el Presidente
del Consejo quien fija el orden del día de las sesiones plenarias
ordinarias y de las extraordinarias convocadas de oficio.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Reglamento Interno del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA
PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL, aprobado mediante la
Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 617
del 2 de septiembre de 2004.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL
RESUELVE:
Artículo 1° — Convócase al
CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO,
VITAL Y MOVIL a reunirse en sesión plenaria extraordinaria el día 25 de
julio de 2013, a las 17:00 horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Av. Leandro N. Alem 650, piso 18, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Art. 2° — Fíjase como orden del
día para la sesión mencionada, el tratamiento de los temas elevados por
la COMISION DEL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL Y PRESTACIONES POR
DESEMPLEO.
Art. 3° — Convócase a la
COMISION DEL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO
a reunirse en sesión de Comisión el día 25 de julio de 2013, a las
10:00 horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, Av. Leandro N. Alem 650, piso 18, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, para tratar el siguiente orden del día: FIJACION DEL SALARIO
MINIMO, VITAL Y MOVIL.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Tomada.