Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 1195/2013

Déjase sin efecto la Resolución Nº 798/2012.

Bs. As., 24/7/2013

VISTO la Ley Nº 26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012, 2318 del 29 de octubre de 2012 y 798 del 16 de mayo de 2012 y el Legajo Nº 74/12 de la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que por ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL Nº 3 de LA PLATA, provincia de BUENOS AIRES, se instruye el incidente Nº 26/30 caratulado: “Actuaciones Producidas Respecto a la Captura de Juan Miguel WOLK” que corre por cuerda a la causa Nº 26 caratulada “Averiguación Desaparición Forzada de Personas (Pozo de Banfield)”.

Que mediante la Resolución M.J. y D.H. Nº 798/12 se ofreció como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000), destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que resulten determinantes para la detención de Juan Miguel WOLK (D.N.I. Nº 4.723.031), sobre quien pesaba pedido de captura nacional desde el 7 de mayo de 2012.

Que el mencionado Juzgado informa por Oficio de fecha 30 de mayo de 2013, que el día 17 de mayo de 2013 se logró la detención de Juan Miguel WOLK, dejando sin efecto la orden de captura nacional e internacional que pesaba sobre el referido imputado.

Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto la Resolución M.J. y D.H. Nº 798/12.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Ley Nº 26.375 y de conformidad con la Resolución M.J. y D.H. Nº 2318/12.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Déjase sin efecto la Resolución M.J. y D.H. Nº 798 del 16 de mayo de 2012, por la cual se ofrecía como recompensa, dentro de la REPUBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000), destinada a aquellas personas que brindasen datos útiles que resultasen determinantes para la detención de Juan Miguel WOLK (D.N.I. Nº 4.723.031).

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.