Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca

PRODUCCION AGROPECUARIA

Resolución 666/2013

Créase el Programa Nacional de Optimización de Relaciones con las Provincias, Municipios y Organizaciones no Gubernamentales.

Bs. As., 23/7/2013

VISTO el Expediente Nº S05:0526321/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que el desarrollo de la actividad agropecuaria resulta imprescindible para el crecimiento económico de la REPUBLICA ARGENTINA, es por ello que deben llevarse adelante acciones orientadas a fomentar el desarrollo de los pequeños y medianos productores y su grupo familiar en las distintas zonas rurales de nuestro país.

Que las Provincias, Municipios y Organizaciones No Gubernamentales acompañan a la formación agraria y a la producción agropecuaria, posibilitando que un importante número de productores puedan construir una mejor calidad de vida.

Que en consecuencia resulta necesario implementar un Programa a nivel nacional que brinde instrumentos y asistencia al pequeño y mediano productor agropecuario y su núcleo familiar, a través de las Provincias, Municipios y Organizaciones No Gubernamentales, para facilitarle el manejo de su explotación mediante el acceso dinámico a la información y el conocimiento de las mejores alternativas productivas, económicas, tecnológicas, ecológicas y de comercialización, revalorizando de este modo la identidad agropecuaria y su calidad de vida.

Que por los motivos expuestos, se considera oportuna la creación de un PROGRAMA NACIONAL DE OPTIMIZACION DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS, MUNICIPIOS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES que otorgue a los productores rurales las herramientas y el acompañamiento necesario para el logro de una mejor calidad de vida rural, promoviendo el arraigo.

Que la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, dictará las normas complementarias y/o aclaratorias y celebrará todos los actos que se requieran para la debida operatividad de Programa Nacional.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo expuesto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVE:

Artículo 1° — Créase el PROGRAMA NACIONAL DE OPTIMIZACION DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS, MUNICIPIOS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES, en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, que como ANEXO forma parte integrante de la medida, con una asignación inicial de hasta PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-) para el Ejercicio Financiero 2013, Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional, cuyo objetivo es brindar a los productores rurales las herramientas y el apoyo necesario para el logro de una mejor calidad de vida, como así también promover proyectos que faciliten su inserción laboral y arraigo, colaborando de esta forma a afianzar los estilos productivos de las distintas zonas.

Art. 2° — Establécese que la ejecución del Programa Nacional que por el presente acto se crea será responsabilidad de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del citado Ministerio, quedando facultada a dictar las normas complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida operatividad del citado Programa Nacional.

Art. 3° — La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Norberto G. Yauhar.

ANEXO

PROGRAMA NACIONAL DE OPTIMIZACION DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS, MUNICIPIOS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES

1) OBJETIVO:

Brindar instrumentos y asistencia al pequeño y mediano productor agropecuario y su núcleo familiar, a través de los gobiernos provinciales, municipales y Organizaciones No Gubernamentales, para facilitarle el manejo de su explotación mediante el acceso dinámico a la información y el conocimiento de las mejores alternativas productivas, económicas, tecnológicas, ecológicas y de comercialización, revalorizando de este modo la identidad agropecuaria y su calidad de vida.

2) BENEFICIARIOS:

Pequeños y medianos productores agropecuarios y su núcleo familiar, a través de los gobiernos provinciales, municipales y Organizaciones No Gubernamentales.

3) LINEAS DE ACCION:

a) Implementar metodologías a fin de conocer las necesidades y las problemáticas de los pequeños y medianos productores agropecuarios y su grupo familiar, para luego proponer herramientas de desarrollo local y regional, articulando agendas compartidas con los gobiernos provinciales, municipales y las Organizaciones No Gubernamentales.

b) Propiciar el mejoramiento de las infraestructuras provinciales, municipales y de las Organizaciones No Gubernamentales destinadas al sector con el objeto de generar un ámbito de desarrollo integral de las comunidades rurales, que impulsen el crecimiento regional, proponiendo las herramientas para su ejecución.

c) Organizar la participación en eventos, ferias y exposiciones del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA NACION y sus organismos.

d) Organizar una agenda permanente de las celebraciones populares, ferias, exposiciones y todo tipo de eventos concernientes al sector agropecuario.

e) Articular acciones con la Dirección Nacional de Tierras y Unidades Agropecuarias dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION POLITICA de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, con la Dirección Nacional de Juventud Rural dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION INSTITUCIONAL de la citada Secretaría y con la Dirección Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios de la citada Secretaría.

f) Instrumentar talleres de capacitación. Fomentar el acceso a la educación mediante el otorgamiento de becas a los hijos de los productores agropecuarios.

g) Dotar de conectividad al sector rural. Las instalaciones para brindar conectividad al sector rural se realizarán de manera paulatina, implementando los mecanismos que mejor se adapten a la zona y atendiendo a los requerimientos específicos de cada gobierno provincial y municipal, a la ubicación de los establecimientos, la factibilidad técnica y las áreas de cobertura.

4) EJECUCION:

Las líneas de acción se ejecutarán en forma directa o a través de los gobiernos provinciales, municipales y las Organizaciones No Gubernamentales.

5) INSTRUMENTACION:

La SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA NACION será la encargada de dictar las normas complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida instrumentación y operatividad del referido Programa Nacional.