Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca
PRODUCCION AGROPECUARIA
Resolución 666/2013
Créase el Programa Nacional de Optimización de Relaciones con las Provincias, Municipios y Organizaciones no Gubernamentales.
Bs. As., 23/7/2013
VISTO el Expediente Nº S05:0526321/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que el desarrollo de la actividad agropecuaria resulta imprescindible
para el crecimiento económico de la REPUBLICA ARGENTINA, es por ello
que deben llevarse adelante acciones orientadas a fomentar el
desarrollo de los pequeños y medianos productores y su grupo familiar
en las distintas zonas rurales de nuestro país.
Que las Provincias, Municipios y Organizaciones No Gubernamentales
acompañan a la formación agraria y a la producción agropecuaria,
posibilitando que un importante número de productores puedan construir
una mejor calidad de vida.
Que en consecuencia resulta necesario implementar un Programa a nivel
nacional que brinde instrumentos y asistencia al pequeño y mediano
productor agropecuario y su núcleo familiar, a través de las
Provincias, Municipios y Organizaciones No Gubernamentales, para
facilitarle el manejo de su explotación mediante el acceso dinámico a
la información y el conocimiento de las mejores alternativas
productivas, económicas, tecnológicas, ecológicas y de
comercialización, revalorizando de este modo la identidad agropecuaria
y su calidad de vida.
Que por los motivos expuestos, se considera oportuna la creación de un
PROGRAMA NACIONAL DE OPTIMIZACION DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS,
MUNICIPIOS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES que otorgue a los
productores rurales las herramientas y el acompañamiento necesario para
el logro de una mejor calidad de vida rural, promoviendo el arraigo.
Que la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA
AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, dictará
las normas complementarias y/o aclaratorias y celebrará todos los actos
que se requieran para la debida operatividad de Programa Nacional.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo expuesto por la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
Artículo 1° — Créase el
PROGRAMA NACIONAL DE OPTIMIZACION DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS,
MUNICIPIOS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES, en la órbita del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, que como ANEXO forma
parte integrante de la medida, con una asignación inicial de hasta
PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-) para el Ejercicio Financiero 2013,
Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, Fuente
de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional, cuyo objetivo es brindar a los
productores rurales las herramientas y el apoyo necesario para el logro
de una mejor calidad de vida, como así también promover proyectos que
faciliten su inserción laboral y arraigo, colaborando de esta forma a
afianzar los estilos productivos de las distintas zonas.
Art. 2° — Establécese que la
ejecución del Programa Nacional que por el presente acto se crea será
responsabilidad de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL
Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del citado Ministerio, quedando facultada a
dictar las normas complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los
actos que se requieran para la debida operatividad del citado Programa
Nacional.
Art. 3° — La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.— Norberto G. Yauhar.
ANEXO
PROGRAMA NACIONAL DE OPTIMIZACION DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS, MUNICIPIOS Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES
1) OBJETIVO:
Brindar instrumentos y asistencia al pequeño y mediano productor
agropecuario y su núcleo familiar, a través de los gobiernos
provinciales, municipales y Organizaciones No Gubernamentales, para
facilitarle el manejo de su explotación mediante el acceso dinámico a
la información y el conocimiento de las mejores alternativas
productivas, económicas, tecnológicas, ecológicas y de
comercialización, revalorizando de este modo la identidad agropecuaria
y su calidad de vida.
2) BENEFICIARIOS:
Pequeños y medianos productores agropecuarios y su núcleo familiar, a
través de los gobiernos provinciales, municipales y Organizaciones No
Gubernamentales.
3) LINEAS DE ACCION:
a) Implementar metodologías a fin de conocer las necesidades y las
problemáticas de los pequeños y medianos productores agropecuarios y su
grupo familiar, para luego proponer herramientas de desarrollo local y
regional, articulando agendas compartidas con los gobiernos
provinciales, municipales y las Organizaciones No Gubernamentales.
b) Propiciar el mejoramiento de las infraestructuras provinciales,
municipales y de las Organizaciones No Gubernamentales destinadas al
sector con el objeto de generar un ámbito de desarrollo integral de las
comunidades rurales, que impulsen el crecimiento regional, proponiendo
las herramientas para su ejecución.
c) Organizar la participación en eventos, ferias y exposiciones del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA NACION y sus
organismos.
d) Organizar una agenda permanente de las celebraciones populares,
ferias, exposiciones y todo tipo de eventos concernientes al sector
agropecuario.
e) Articular acciones con la Dirección Nacional de Tierras y Unidades
Agropecuarias dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION POLITICA
de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA
AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, con la
Dirección Nacional de Juventud Rural dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION INSTITUCIONAL de la citada Secretaría y con la Dirección
Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios de la citada
Secretaría.
f) Instrumentar talleres de capacitación. Fomentar el acceso a la
educación mediante el otorgamiento de becas a los hijos de los
productores agropecuarios.
g) Dotar de conectividad al sector rural. Las instalaciones para
brindar conectividad al sector rural se realizarán de manera paulatina,
implementando los mecanismos que mejor se adapten a la zona y
atendiendo a los requerimientos específicos de cada gobierno provincial
y municipal, a la ubicación de los establecimientos, la factibilidad
técnica y las áreas de cobertura.
4) EJECUCION:
Las líneas de acción se ejecutarán en forma directa o a través de los
gobiernos provinciales, municipales y las Organizaciones No
Gubernamentales.
5) INSTRUMENTACION:
La SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO-INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA
AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA
NACION será la encargada de dictar las normas complementarias y/o
aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida
instrumentación y operatividad del referido Programa Nacional.