DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 2435/1985


Bs. As., 23/12/1985

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 1985, aprobado por la Ley Nº 23.270, distribuido por el Decreto Nº 2.130 de fecha 31 de octubre de 1985 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que el resultado de la ejecución presupuestaria del ejercicio 1985, correspondiente a la Jurisdicción 20 - PRESIDENCIA DE LA NACION - Programa 001 - Conducción Nacional, permite comprobar la insuficiencia de los créditos para hacer frente a las erogaciones originadas por nuevos requerimientos.

Que con el objeto de mantener la dinámica de los servicios, es menester reforzar las partidas pertinentes del citado Programa presupuestario afectando, a esos fines, las disponibilidades obrantes en la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO.

Que resulta indispensable efectuar modificaciones en la distribución de los créditos dispuestos para la SECRETARIA DE PLANIFICACION DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, reasignando las partidas presupuestarias para los Programas 019 - Servicio Estadístico y 051 - Planificación Nacional, atento a que han surgido erogaciones que deben ser atendidas por el procedimiento de “gastos caídos en ejercicios vencidos”.

Que asimismo, es necesario compensar los niveles de créditos entre Incisos del presupuesto del Organismo Descentralizado 037 - SINDICATURA GENERAL DE EMPRESAS PUBLICAS con el fin de no alterar su normal desenvolvimiento.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL resulta competente para resolver sobre el particular, en ejercicio de las facultades acordadas por los artículos 8°, 9º y 11 de la Ley Nº 23.270.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —
Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 1985 de acuerdo con el siguiente resumen y el detalle obrante en planillas anexas al presente artículo que forma parte integrante del mismo.





Art. 2° —
Modifícase para el ejercicio 1985 el Financiamiento por Contribuciones de la Cuenta Especial 408 - PRESIDENCIA DE LA NACION - CUMPLIMIENTO LEY Nº 18.302“S”, conforme al detalle obrante en planilla anexa al presente artículo que forma parte integrante del mismo.

Art. 3° —
Modifícase para el ejercicio 1985 el Cálculo de Recursos de la Cuenta Especial 536 - DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL - TRABAJOS POR CUENTA DE TERCEROS, conforme al detalle obrante en planilla anexa al presente artículo que forma parte integrante del mismo.

Art. 4° —
Los créditos destinados a atender gastos de ejercicios vencidos, no incluidos en residuos pasivos, que se prevén en las partidas aprobadas por el presente decreto, sólo podrán utilizarse para el pago de los conceptos detallados en planilla anexa a este artículo, previo reconocimiento de legítimo abono.

Art. 5° —
Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALFONSIN.
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NOTA: El Anexo que integra este Decreto se publica en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrá ser consultado en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).