Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
MEDIACION Y CONCILIACION
Resolución 1196/2013
Apruébase el Sistema “MEPRE”.
Bs. As., 25/7/2013
VISTO el Expediente Nº S04:0005629/2013 del registro de este
Ministerio, la Ley de Mediación y Conciliación Nº 26.589, el Decreto Nº
1467 del 22 de setiembre de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que es objetivo del Estado optimizar la forma en la cual se brindan
servicios a los ciudadanos, replanteando la ejecución de sus procesos,
modificando aspectos internos de la gestión en los organismos públicos
mediante la implementación de una infraestructura informática altamente
eficiente y la optimización de los sistemas de seguridad informática.
Que es propósito de este Ministerio mejorar la prestación de los
servicios brindados mediante una mayor estandarización, automatización
y calidad.
Que la desmaterialización de los trámites tiene como objeto la
transmisión de información a través de trámites electrónicos, supliendo
el soporte papel y la consecuente economía de recursos para la
Administración y los usuarios.
Que por el artículo 4º del Decreto Nº 1467/11 se establece que este
Ministerio debe contar con un sistema de gestión informatizado que
permita la registración de los trámites de mediación y la
intercomunicación con los Mediadores, Profesionales Asistentes, Centros
de Mediación, Entidades Formadoras y con el PODER JUDICIAL.
Que el artículo 25 del Anexo I al Decreto Nº 1467/11 determina que esta
cartera de estado establecerá la forma en que deberán remitirse los
datos referidos a las mediaciones e implementar su registración
informática.
Que por Resolución M.J. y D.H. Nº 2740 del 4 de diciembre de 2012, se
aprobaron los formularios de actas a utilizarse en la instancia de
mediación de la Ley Nº 26.589.
Que de manera conjunta entre la DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y
METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS y la DIRECCION
GENERAL DE GESTION INFORMATICA de este Ministerio, se ha desarrollado y
puesto en producción un software para utilización exclusiva por medio
del sitio web del Ministerio, en las audiencias de mediación previstas
en la Ley Nº 26.589, que se ha identificado como sistema “MEPRE”.
Que en una primera etapa se implementará lo atinente a la registración
de los trámites, para lo cual será requisito que cada Mediador
autogestione su contraseña de acceso, la que, una vez habilitada por el
organismo, le permitirá ingresar al sistema los datos referidos a las
audiencias de las mediaciones a su cargo.
Que mediante la aprobación de este Sistema se podrá contar con una base
de datos actualizada de las mediaciones que se realizan, la vinculación
con otras, estadística de acuerdos, brindando transparencia al sistema
y contando con datos fidedignos para la implementación y/o modificación
de políticas públicas.
Que resulta conveniente delegar en la DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y
METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS la implementación
del Sistema “MEPRE”.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 22 de la “Ley de Ministerios - t.o. 1992” y sus
modificatorias, los artículos 2º y 4º del Decreto Nº 1467/11 y 2º del
Anexo I al citado Decreto.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébase el
Sistema “MEPRE” como herramienta de uso restringido a los Mediadores
habilitados por el Registro de Mediadores de la Ley Nº 26.589 para la
intercomunicación con la DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS
PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS y la incorporación de la
información y generación de actas en las mediaciones a su cargo.
Art. 2° — Encomiéndase a la
DIRECCION NACIONAL DE MEDIACION Y METODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCION
DE CONFLICTOS la implementación del Sistema “MEPRE”.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.