SINDICATURA GENERAL DE LA NACION
Resolución 93/2013
Apruébase el “Instructivo para la elaboración de los planeamientos anuales de trabajo Unidades de Auditoría Interna”.
Bs. As., 31/7/2013
VISTO la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional, el Decreto Nº 1344 de fecha 4
de octubre de 2007, las Resoluciones Nº 152 de fecha 17 de octubre de
2002, Nº 73 de fecha 31 de mayo de 2010 y Nº 170 de fecha 26 de octubre
de 2012 del registro de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 100 de la Ley Nº 24.156 establece que la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACION es el órgano normativo, de supervisión y
coordinación del sistema de control Interno.
Que el sistema quedará conformado por la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION y por las Unidades de Auditoría Interna que serán creadas en
cada jurisdicción y en las entidades que dependan del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, las que actuarán coordinadas técnicamente por este Organismo
de Control.
Que el Artículo 104, inciso b) de la Ley Nº 24.156 faculta a la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION a emitir y supervisar la aplicación,
por parte de las unidades correspondientes, de las normas de auditoría
interna.
Que el Artículo 104, inciso g) de la Ley Nº 24.156 atribuye a la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION la función de aprobar los planes
anuales de trabajo de las Unidades de Auditoría Interna, orientar y
supervisar su ejecución y resultado.
Que el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 reglamentó la
norma citada en el considerando precedente, estableciendo que la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION aprobará los planes anuales de trabajo
de las Unidades de Auditoría Interna, las que deberán presentarlos a
tal efecto a este Organismo de Control antes del 31 de octubre del año
anterior.
Que la Resolución SIGEN Nº 152 de fecha 17 de octubre de 2002, aprobó
las “Normas de Auditoría Interna Gubernamental”, estableciendo las
condiciones para el ejercicio de la auditoría.
Que la Resolución SIGEN Nº 73 de fecha 31 de mayo de 2010 estableció,
entre otros, que las Unidades de Auditoría Interna deberán cargar el
planeamiento anual de actividades al Sistema de Seguimiento de Informes
y Observaciones (SISIO WEB II).
Que la Resolución SIGEN Nº 170 de fecha 26 de octubre de 2012
estableció un nuevo procedimiento para la tramitación de la aprobación
de los planeamientos anuales de trabajo a ser aplicado por las Unidades
de Auditoría Interna y por las Máximas Autoridades del Sector Público
Nacional.
Que el Artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y su Decreto Reglamentario Nº
1344/07 disponen que el Sector Público Nacional está integrado por la
Administración Central, los Organismos Descentralizados, Empresas y
Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación
Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta, otras
organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga
participación mayoritaria en el capital o en la formación de las
decisiones societarias, Entes Públicos excluidos expresamente de la
Administración Nacional, Fondos Fiduciarios integrados total o
mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado nacional y las
Universidades Nacionales.
Que, a partir de la experiencia adquirida en la aprobación de los
planeamientos anuales de trabajo de las Unidades de Auditoría Interna,
las Gerencias de Supervisión de Economía, Producción y Planificación
Federal, de Supervisión Social, de Supervisión Institucional, de
Fiscalización de Empresas, Sociedades y Entidades Financieras y la de
Normativa y Planificación Estratégica han elaborado una herramienta que
contribuye a documentar y dar un marco formal al proceso que se ha
venido desarrollando y que se estima ha alcanzado la madurez suficiente
para implementarlo con carácter obligatorio.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente en virtud de lo
dispuesto por el Artículo 112 inciso b) de la Ley Nº 24.156.
Por ello,
EL SINDICO GENERAL DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Apruébase el
“Instructivo para la elaboración de los planeamientos anuales de
trabajo UAI”, que como ANEXO forma parte integrante de la presente
medida.
Art. 2° — Establécese que las
Unidades de Auditoría Interna del Sector Público Nacional, definido en
el Artículo 8° de la Ley Nº 24.156 reglamentado por el Decreto Nº 1344
de fecha 4 de octubre de 2007, deberán elaborar y presentar sus
planeamientos anuales de trabajo conforme al Instructivo que se aprueba
en la presente.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Daniel G. Reposo.
ANEXO
Instructivo para la elaboración de los planeamientos anuales de trabajo UAI.
I. Objetivo
El objetivo del instructivo, para la elaboración de los planeamientos
anuales de trabajo de las Unidades de Auditoría Interna (UAI), está
centrado en dos aspectos:
1 - Documentar y dar un marco formal a un proceso que se ha venido
desarrollando en base a la experiencia recogida a lo largo de los
últimos años y que se estima ha alcanzado la madurez suficiente como
para implementarlo con carácter obligatorio.
2 - Lograr constituirse en una guía para la elaboración de los
planeamientos anuales de trabajo, homogénea para todas las Unidades de
Auditoría Interna 1, de manera tal que cumplimentados todos y cada uno
de los aspectos aquí señalados cursen su proceso de aprobación.
II. Estructura del Planeamiento Anual de Trabajo UAI
A continuación se desarrollará la estructura en base a la cual deberán
presentarse los planeamientos anuales de trabajo de las UAI:
II.1. Identificación del organismo y su estructura.
II.2. Breve descripción de los sistemas existentes.
II.3. Importancia relativa de las materias a auditar.
II.4. Estructura de la Unidad de Auditoría Interna.
II.5. Evaluación de Riesgos.
II.6. Definición de la estrategia de auditoría.
II.7. Fijación de los objetivos de la Auditoría Interna.
II.8. Descripción de los Componentes del Plan.
II.9. Plan ciclo.
II.1. Identificación del organismo y su estructura
La información mínima a incluir en la presentación del plan es:
- Detallar la actividad o finalidad básica u objeto social del organismo.
- Detallar la Política Presupuestaria y Actividades Programáticas para el año que se planifica.
- Detallar la estructura administrativa acompañando su organigrama.
- Incluir una síntesis de Información relativa a la dotación de
personal total del organismo y su distribución por Secretarías,
Direcciones, Gerencias o Sectores Principales.
- Distribución Geográfica —si corresponde—.
- Detallar Principal Normativa Específica Aplicable.
1 Se refiere a aquellas Unidades de Auditoría Interna comprendidas en
el ámbito de competencia de la Sindicatura General de la Nación
definido según el artículo 8° de la Ley Nº 24.156.
II.2. Breve descripción de los sistemas existentes
Efectuar una síntesis que, a criterio de la UAI, permita ilustrar
acerca de los principales sistemas existentes en la organización, tanto
los referidos a las áreas de apoyo como los implementados por las áreas
sustantivas. Indicar el grado de informatización alcanzado, el ambiente
en que se gestiona la tecnología de la información, etc.
II.3. Importancia relativa de las materias a auditar
El desarrollo del tema debe considerar:
- Informar las aperturas presupuestarias por incisos (en $, % y graficar).
- Informar las asignaciones presupuestarias por programas, indicando si lo hubiera la unidad ejecutora (en $, % y graficar).
- Informar para cada uno de los programas enunciados en el punto anterior, las metas físicas fijadas (unidad de medida).
- Informar áreas, sectores, temas, circuitos y/o procesos que durante
el ejercicio anterior o en curso presenten debilidades de control
interno que conviertan su operatoria en relevante o de interés para
auditar.
- Informar áreas en las que se han producido cambios, o
reorganizaciones y evaluar si las mismas pueden afectar su
confiabilidad a fin de modificar la intensidad y el alcance del control
a realizar.
- Informar en el caso de Empresas, Sociedades o Entidades Financieras,
los ingresos por segmento de negocios y operaciones, centros de costos
en caso de corresponder y gastos significativos según consta en la
planilla anexa a los Estados Contables requerida por el Art. 64 Inc. b)
de la Ley Nº 19.550.
II.4. Estructura de la Unidad de Auditoría Interna
La información mínima a incluir es:
- Estructura y organigrama aprobados, indicando el acto administrativo de aprobación y, en su caso, sus modificatorios.
- Indicar la composición actual de la UAI y su apertura por especialidades o áreas de actividad.
- Organización Interna, plantel.
Dicha información debe ser consistente con la ingresada en el Sistema de Seguimiento de Informes y Observaciones (SISIO WEB II).
II.5. Evaluación de Riesgos
Las metodologías sugeridas por SIGEN para el análisis de riesgos son:
una basada en el enfoque de puntaje o scoring y la otra basada en un
enfoque por procesos con estimación de impacto y probabilidad. Ambas
disponibles en el Banco de Metodología de Trabajo en la página de
SIGEN.NET 2, Sección Normativa.
La denominada de puntaje o scoring es la metodología que se ha estado
aplicando hasta la fecha por las Unidades de Auditoría Interna, la cual
es ampliamente conocida.
La metodología basada en un enfoque por procesos con estimación de
impacto y probabilidad es una metodología de cálculo de riesgo
desarrollada a partir de la experiencia recogida —desde el año 2005— en
la elaboración del Mapa de Riesgos del Sector Público Nacional,
mediante la aplicación de un procedimiento basado en prácticas
recomendadas que acompaña la tendencia internacional para la Gestión de
Riesgos.
Por último, si la UAI aplicara otro procedimiento de análisis de
riesgos deberá incorporar una descripción de la fundamentación y
descripción de la metodología empleada.
II.6. Definición de la estrategia de auditoría
El auditor debe realizar una planificación ordenada, sistemática y
documentada de su labor. La planificación constituye el primer paso
para el cumplimiento de las metas y objetivos de la auditoría
gubernamental y comprende la instancia donde se procede a la asignación
de recursos para la realización de las tareas.
Existen tres niveles de planificación: estratégica o plan global, planificación anual, e individual para cada auditoría.
Las principales tareas para la elaboración del plan estratégico de
auditoría comprenden: la obtención y análisis de la información del
organismo sujeto a control, la presentación desagregada de sus
componentes, la determinación y evaluación de los riesgos, la selección
de los proyectos de auditoría, la previsión de los recursos para su
realización y la presentación ordenada de la estimación de su ejecución
en el tiempo.
El plan estratégico podrá extenderse en más de un ejercicio fiscal para
el universo de los procesos o actividades, no debiendo exceder, en lo
posible, los cinco (5) años.
En este apartado debe expresarse de manera resumida la estrategia de la
auditoría, conforme la metodología que ha adoptado para su definición,
así como también el enfoque utilizado (ejemplo: por procesos, programas
presupuestarios, por áreas o líneas de auditoría) de manera tal que
comprenda al organismo en su totalidad.
En síntesis, se expondrá la fundamentación técnica del Plan Ciclo propuesto por la UAI.
2 Links de acceso:
Edificio SIGEN:
www.sigen.net/pdfs/normativa/bco_metodologia/herramientas_trabajo/matriz_riesgo.pdf
Desde otro lugar:
http://net.sigen.gob.ar/pdfs/normativa/bco_metodologia/herramientas_trabajo/matriz_riesgo.pdf
II.7. Fijación de los objetivos de la Auditoría Interna
Delinear los objetivos establecidos por la UAI para dar cumplimiento a
sus acciones y responsabilidades primarias respecto del año que se
planifica, para lo cual se tendrá en consideración:
- Las Resoluciones Nº 152/2002 - SGN “Normas de Auditoría Interna
Gubernamental” y Nº 3/2011 - SGN “Manual de Control Interno
Gubernamental”.
- Los Lineamientos del Síndico General de la Nación para el planeamiento de las UAI.
- Las Pautas Gerenciales de SIGEN para las UAI.
- La Evaluación de Riesgos.
- Los requerimientos específicos de las autoridades de la organización.
- La definición de la estrategia de auditoría.
- El Plan Estratégico vigente de la Jurisdicción, Entidad, Universidad, Empresa o Sociedad de la cual forma parte la UAI.
Finalmente, cabe recordar que a lo largo del proceso de formulación del
plan resulta recomendable también mantener contacto con la Sindicatura
Jurisdiccional o Comisión Fiscalizadora competente, a efectos de
coordinar las acciones de control a programar, incluyendo aquellas
tareas que requieran ser abordadas en conjunto o bien, la organización
de proyectos de auditoría definidos como de carácter horizontal o
transversal.
II.8. Descripción de los Componentes del Plan
A los fines de una organización y exposición homogénea de las
actividades y proyectos a desarrollar por la Unidad de Auditoría
Interna, se debe considerar el Clasificador Uniforme de Actividades de
las UAI aprobado mediante Circular Nº 4/2007 - SGN, los Lineamientos
del Síndico General de la Nación para el planeamiento de las UAI y las
Pautas Gerenciales de SIGEN para las UAI, lo que se verá reflejado a
través de la información ingresada en el Sistema SISIO WEB II.
Atendiendo a ello, en el presente apartado se expondrá una síntesis de
las principales actividades y recursos afectados a los grandes rubros
en los que se encuentra estructurado el mencionado clasificador, según
se indican a continuación:
Conducción: Describir las actividades que se han incorporado para este componente, indicando el total de horas que insumirán.
Apoyo administrativo: Indicar las horas afectadas a esta tarea.
Capacitación: Indicar las horas afectadas a esta actividad.
Licencias: Exponer la cantidad de horas que se prevé insumirá el
conjunto de licencias a usufructuar por el personal de la UAI, pudiendo
dejar sentado el criterio adoptado para su estimación en caso de
considerar situaciones especiales.
Horas no programadas: Indicar la cantidad de horas que se reservarán
para ser imputadas a actividades o proyectos no programados.
Actividades: Se expondrá un resumen de las principales actividades a
desarrollar por la UAI, no comprendidas en los componentes anteriores,
indicando su carácter de obligatorias (no selectivas) o de realización
selectiva. A este último efecto deberá considerarse, además de los
lineamientos y pautas emitidos por SIGEN, otras normativas específicas
aplicables a la UAI.
Proyectos de auditoría: Se incorporará en este apartado el conjunto de
fichas descriptivas de cada uno de los Proyectos de Auditoría, impresas
desde el sistema SISIO WEB II. Conformando finalmente, el total de
horas de la UAI con su dotación actual, que debe ser coincidente con lo
informado en el sistema SISIO WEB II.
Finalmente se deberá incluir el listado cronograma de actividades SISIO WEB II.
II.9. Plan Ciclo
Definición:
El Plan Ciclo de Auditoría comprende al conjunto de Proyectos de
Auditoría identificados para el organismo, tanto obligatorios como de
realización selectiva, y su duración es, en general, “plurianual”.
La totalidad de las actividades del organismo debe ser alcanzada por
algún proyecto de auditoría por lo menos una vez dentro del ciclo.
Deberá surgir con claridad la duración del ciclo y en qué momento se encuentra la ejecución del mismo.
Duración:
Para la estimación de la duración del Plan Ciclo de Auditoría, se aplica el siguiente proceso de cálculo:
- Se identifican todos los proyectos de auditoría, y para cada uno de
ellos se estima su duración (en horas) y frecuencia de realización.
- Se calcula la cantidad de horas programables, equivalente a un porcentaje (aproximadamente 70%/85%) de las horas asignables.
- Se restan de las horas programables anuales, las horas necesarias
para la ejecución de los proyectos de realización no selectiva
(obligatorios) y de las otras actividades recurrentes, resultando así
la cantidad de horas programables anuales remanentes para proyectos de
realización selectiva.
En función de la frecuencia de realización asignada a cada proyecto, y
su duración estimada, se calculan las horas programables necesarias
para su ejecución durante el ciclo. La duración aproximada del Plan
Ciclo de Auditoría resulta de dividir la suma de horas programables
necesarias para la ejecución de cada proyecto de realización selectiva,
por la cantidad de horas programables anuales remanentes, calculadas en
el tercer punto.
Una vez definido el período que comprenderá el Plan Ciclo, éste se
mantendrá hasta su finalización (salvo que circunstancias particulares
aconsejen su reprogramación).
Riesgo: El orden de prioridad para ejecutar proyectos de realización
selectiva que conforman el Plan Ciclo Plurianual, está determinado por
el factor de riesgo de cada proyecto, resultante de la Evaluación de
Riesgos efectuada.
Exposición de la información: El plan ciclo debe presentarse conforme el modelo de planilla que se adjunta.
III. Documentación a presentar ante la Sindicatura Jurisdiccional o Comisión Fiscalizadora antes del 31 de octubre de cada año.
De acuerdo con lo establecido en las Resoluciones emitidas por SIGEN
respecto de la presentación de los planeamientos y sobre la utilización
del sistema SISIO WEB II, las UAI en oportunidad de remitir la
información deberán acompañar:
- El planeamiento anual de trabajo inicialado y firmado por el titular de la UAI.
- Cronograma de Actividades impreso desde el sistema SISIO WEB II con
su correspondiente código de control, también firmado por el titular de
la UAI.
La información precedentemente señalada se debe presentar en dos (2) ejemplares.
- El planeamiento anual de trabajo en versión digital, grabado en un dispositivo de almacenamiento de datos digital (CD o DVD).
Una vez impresos los documentos a presentar a SIGEN, no deben
efectuarse ningún tipo de modificaciones sobre la información cargada
al sistema SISIO WEB II, toda vez que esto generaría un nuevo código de
control, resultando inconsistente con la versión impresa y por lo tanto
invalidando la presentación.
Sólo podrán introducirse cambios en los datos cargados al mencionado
sistema, a partir de los requerimientos efectuados por intermedio de la
Sindicatura Jurisdiccional o Comisión Fiscalizadora y en forma previa a
la instancia de aprobación definitiva.