MINISTERIO DE TURISMO
Decreto 1067/2013
Decretos Nº 357/2002 y Nº 821/2012. Modificaciones.
Bs. As., 1/8/2013
VISTO el Expediente Nº STN:0000033/2013 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus
modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de
aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta
nivel de Subsecretaría, entre los que se encuentran los referidos al
MINISTERIO DE TURISMO, para cumplir con las responsabilidades que le
son propias, estableciendo sus competencias.
Que mediante el Decreto Nº 821 de fecha 29 de mayo de 2012 se aprobó la
estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE
TURISMO.
Que en orden a la importancia del desarrollo de políticas de protección
al turista y de calidad del sector turístico nacional y con el objeto
de proveer a la consolidación del Sistema Argentino de Calidad
Turística, resulta necesario modificar el Decreto Nº 357/02 a efectos
de dotar al MINISTERIO DE TURISMO de una unidad de coordinación de
dichas políticas públicas, creando para ello la SUBSECRETARIA DE
CALIDAD TURISTICA dependiente de la SECRETARIA DE TURISMO de la citada
Cartera.
Que con miras a una apropiada y eficiente consecución de los objetivos
fijados para dicha Subsecretaría, y en aras a promover la activa
participación del ESTADO NACIONAL en el desarrollo de políticas de
calidad y de protección de los usuarios, deviene indispensable la
creación de la Dirección Nacional de Agencias de Viajes, con la
consecuente adecuación de la responsabilidad primaria y acciones de la
actual Dirección Nacional de Calidad Turística.
Que por otra parte, resulta necesario autorizar la incorporación de UN
(1) cargo de conducción en el ámbito del MINISTERIO DE TURISMO.
Que las modificaciones previstas posibilitarán el aumento de la
capacidad de respuesta y de la calidad de gestión del MINISTERIO DE
TURISMO.
Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y de
los artículos 6° y 10 de la Ley Nº 26.784.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese del
Anexo I al artículo 1° del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de
2002, sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación
de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada— el Apartado XXV
correspondiente al MINISTERIO DE TURISMO, el que quedará conformado de
acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa a este artículo, que
forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2° — Incorpóranse al Anexo
II del artículo 2° del Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y
complementarios —Objetivos—, en el Apartado XXV, los objetivos de la
SUBSECRETARIA DE CALIDAD TURISTICA dependiente de la SECRETARIA DE
TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO, de conformidad con el detalle
obrante en la Planilla Anexa a este artículo, que forma parte
integrante del presente decreto.
Art. 3° — Sustitúyese el Anexo
I aprobado por el artículo 1° del Decreto Nº 821 de fecha 29 de mayo de
2012, de conformidad con la Planilla Anexa a este artículo, que forma
parte integrante del presente decreto.
Art. 4° — Sustitúyese del Anexo
II aprobado por el artículo 1° del Decreto Nº 821/12, la parte
correspondiente a la Dirección Nacional de Calidad Turística, e
incorpóranse la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección
Nacional de Agencias de Viajes de la SUBSECRETARIA DE CALIDAD TURISTICA
de la SECRETARIA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO, de acuerdo con
las Planillas Anexas a este artículo que forman parte integrante del
presente decreto.
Art. 5° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional -
Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 53 -
MINISTERIO DE TURISMO para el Ejercicio 2013, de acuerdo con el detalle
obrante en las Planillas Anexas a este artículo que forman parte
integrante del presente decreto.
Art. 6° — Facúltase al titular del MINISTERIO DE TURISMO a aprobar UN (1) cargo de conducción en el ámbito de esa Jurisdicción.
Art. 7° — El gasto que demande
el cumplimiento de esta medida será atendido con cargo a las partidas
presupuestarias específicas de la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE
TURISMO, para el presente ejercicio.
Art. 8° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Carlos E.
Meyer.
Planilla Anexa al artículo 1°
XXV. MINISTERIO DE TURISMO
- SUBSECRETARIA DE COORDINACION
- SECRETARIA DE TURISMO
- SUBSECRETARIA DE DESARROLLO TURISTICO
- SUBSECRETARIA DE PROMOCION TURISTICA NACIONAL
- SUBSECRETARIA DE CALIDAD TURISTICA
Planilla Anexa al artículo 2°
XXV. MINISTERIO DE TURISMO
SECRETARIA DE TURISMO
SUBSECRETARIA DE CALIDAD TURISTICA
OBJETIVOS:
1. Entender en las políticas de calidad del sector turístico nacional y
en la consolidación del Sistema Argentino de Calidad Turística
orientado hacia la calidad y mejora continua, el desarrollo equitativo
y respetuoso del medio ambiente e identidad de sus habitantes.
2. Entender en la protección del usuario de servicios turísticos a
través del registro y autorización de operación de los prestadores,
ejerciendo el control de los agentes de viajes, los prestadores del
sistema turístico de tiempo compartido y los prestadores de turismo
estudiantil.
3. Consolidar una oferta de excelencia en el sector turístico por la
eficiencia y desempeño productivo del capital humano a través del
desarrollo de conocimientos, habilidades, actitudes y competencias
particulares.
4. Fortalecer las relaciones entre el MINISTERIO DE TURISMO, las
instituciones educativas, el sector productivo, los organismos públicos
de turismo y las cámaras y asociaciones del sector en los temas de
incumbencia de la Subsecretaría.
5. Asistir al Secretario de Turismo en la consolidación y expansión del
método alternativo de resolución de controversias a lo largo del
territorio nacional, con miras a favorecer a los usuarios por su pronta
respuesta y alentar la eficiencia en la prestación de servicios de las
agencias de viajes.
Planilla Anexa al artículo 3°
Planilla Anexa al artículo 4°
MINISTERIO DE TURISMO
SECRETARIA DE TURISMO
SUBSECRETARIA DE CALIDAD TURISTICA
DIRECCION NACIONAL DE CALIDAD TURISTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la Subsecretaría en las estrategias institucionales
tendientes a la mejora de la calidad de las prestaciones turísticas,
estableciendo y controlando estándares de calidad en el marco del
desarrollo sustentable del sector.
Asistir a la Subsecretaría en la implementación de los procesos de
diseño y puesta en marcha del Sistema Argentino de Calidad Turística y
el Plan Federal de Capacitación.
Promover programas y acciones que permitan el desarrollo y la
optimización de los recursos humanos del sector turístico, en
coordinación con organismos internacionales, nacionales, provinciales y
municipales y con entidades privadas y educativas del sector turístico.
ACCIONES:
1. Entender en el diseño e implementación del Plan Nacional de Calidad
Turística, proponiendo procesos escalonados de distinción y de
certificación para la obtención de la marca de calidad, efectuando su
actualización conforme a la evolución del mercado turístico.
2. Determinar estándares de calidad internacionalmente competitivos
para las empresas, los productos y/o los destinos turísticos,
definiendo los mecanismos de cumplimiento e indicadores de evaluación
necesarios.
3. Coordinar la evaluación periódica del Sistema Argentino de Calidad Turística, atento su evolución y la del mercado turístico.
4. Asistir a la Subsecretaría en el incremento de la competitividad
turística mediante planes y programas de capacitación de recursos
humanos que permitan el desarrollo sustentable del turismo, con
resguardo del patrimonio natural y cultural en el ámbito federal.
5. Desarrollar acciones de educación, formación, concientización y
sensibilización turística para los actores vinculados a la actividad,
generando el trabajo en red integrando los sectores académico,
productivo y a los organismos regionales y provinciales de turismo con
el fin de adecuar los productos y servicios turísticos existentes a las
nuevas exigencias de la demanda de la excelencia y calidad.
6. Diseñar, ejecutar y controlar las acciones de capacitación en
modalidad virtual, brindando asistencia técnica y formación permanente
en la creación y gestión de proyectos y actividades a equipos de
trabajo y comunidades de aprendizaje en los ámbitos provinciales y
nacionales.
7. Asistir a la Subsecretaría en las relaciones institucionales,
públicas y privadas, a través de la instrumentación de convenios,
planes, programas y proyectos sobre educación, capacitación y calidad.
DIRECCION NACIONAL DE AGENCIAS DE VIAJES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en el registro, la fiscalización y el control de los
prestadores de los servicios turísticos, haciendo observar el
cumplimiento de las normas legales y reglamentarias vigentes en la
materia, a los efectos de asegurar la protección del usuario.
Entender en la resolución de controversias entre prestadores turísticos y usuarios derivadas de contratos turísticos.
ACCIONES:
1. Intervenir en el registro y autorización de operación de los
prestadores de servicios turísticos sobre los que el Ministerio tiene
competencia.
2. Fiscalizar a los prestadores de servicios turísticos sobre los que
el Ministerio tiene competencia, generando un Registro de Infractores.
3. Intervenir a solicitud de parte en la resolución de controversias
entre prestadores turísticos y usuarios derivadas de contratos
turísticos.
4. Intervenir en sumarios de oficio u originados en denuncias de
terceros contra agencias de turismo, prestadores del sistema turístico
de tiempo compartido o terceros no habilitados para realizar esa
actividad turística.
Planilla Anexa al artículo 5°
PRESUPUESTO 2013
JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES
RECURSOS HUMANOS
CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE |
CARGOS | HORAS DE CATEDRA |
PERSONAL PERMANENTE
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.)
A | 1 |
|
|
Subtotal Escalafón | 1 |
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|
TOTAL DEL PROGRAMA | 1 |
PRESUPUESTO 2013
JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA 16 - DESARROLLO Y PROMOCION DEL TURISMO NACIONAL
RECURSOS HUMANOS
CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE |
CARGOS | HORAS DE CATEDRA |
PERSONAL PERMANENTE
AUTORIDADES SUPERIORES DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL
Subsecretario | 1 |
|
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Subtotal Escalafón | 1 |
|
|
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.) |
|
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A | 1 |
|
|
Subtotal Escalafón | 1 |
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TOTAL DEL PROGRAMA | 2 |
PRESUPUESTO 2013
JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA 18 - PRESTACIONES TURISTICAS
RECURSOS HUMANOS
CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE |
CARGOS | HORAS DE CATEDRA |
PERSONAL PERMANENTE
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.)
F | -2 |
|
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Subtotal Escalafón | -2 |
|
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TOTAL DEL PROGRAMA | -2 |