PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 540/2013


Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2013.


Bs. As., 6/8/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0037727/2013 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, los Decretos Nº 239 del 15 de marzo de 2007, Nº 1770 del 29 de noviembre de 2007, Nº 1840 del 12 de noviembre de 2011, y Nº 2170 del 8 de noviembre de 2012, y la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por los Decretos Nº 239/07 y Nº 1770/07 se creó la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL como organismo descentralizado, actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que el Decreto Nº 239/07 establece que la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL es la Autoridad Aeronáutica Nacional y ejerce las funciones y competencias establecidas en el Código Aeronáutico, la Ley Nº 19.030 de política aérea, los tratados y acuerdos internacionales, Leyes, Decretos y Disposiciones que regulan la actividad aeronáutica civil en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que por el Decreto Nº 1840/11 se dispone la transferencia de las funciones de control operativo de la prestación de los servicios de navegación aérea y de coordinación y supervisión del accionar del control aéreo a cargo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL al ámbito de la FUERZA AEREA ARGENTINA, creándose la DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE TRANSITO AEREO.

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 8° del citado Decreto, el personal que actualmente presta servicios en la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL, en ejercicio de las competencias que se transfieren a la FUERZA AEREA ARGENTINA, pasará a revestir sus funciones, en comisión, en la DIRECCION GENERAL DE TRANSITO AEREO de la FUERZA AEREA ARGENTINA, por el plazo de UN (1) año, contado a partir de la vigencia del citado Decreto. Dentro de dicho plazo, la FUERZA AEREA ARGENTINA realizará un procedimiento de selección del personal que mantendrá condición de servicio en dicha dependencia y las condiciones de la misma. La FUERZA AEREA ARGENTINA podrá hacer cesar la comisión del personal transferido antes de dicho plazo, el que retornará a cumplir las funciones en la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL. En todos los casos se garantizará la continuidad y derechos de los trabajadores alcanzados por la medida.

Que mediante el Decreto Nº 2170/12 se prorrogó el plazo establecido en el artículo 8° del Decreto Nº 1840/11 por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, delegándose en el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE la facultad de establecer una prórroga adicional del plazo establecido en el artículo 1° del citado acto administrativo por hasta otros CIENTO OCHENTA (180) días más, lo que se efectúo por Resolución MI y T Nº 301/13.

Que en virtud de la fecha del dictado del Decreto Nº 2170/12 tanto la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL como la FUERZA AEREA ARGENTINA ya habían presentado sus respectivos anteproyectos de presupuesto con la correspondiente baja y alta de cargos y créditos, lo cual quedó consolidado al aprobarse la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional.

Que como consecuencia de la prórroga de la comisión del personal de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL afectado a la DIRECCION GENERAL DE TRANSITO AEREO de la FUERZA AEREA ARGENTINA, dicha ADMINISTRACION NACIONAL deberá hacer frente a las erogaciones correspondientes a los haberes de dicho personal.

Que corresponde incrementar la cantidad de cargos de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Entidad 669 – ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL.

Que corresponde incrementar el presupuesto de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Entidad 669 – ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL a efectos de atender las erogaciones correspondientes a los haberes del personal en comisión ante la DIRECCION GENERAL DE TRANSITO AEREO de la FUERZA AEREA ARGENTINA.

Que los referidos incrementos se compensan con una reducción de cargos y créditos del presupuesto vigente de la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA – SUBJURISDICCION 23 – ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones y los artículos 5° y 6° de la Ley Nº 26.784 del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL – Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE – ENTIDAD 669 ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL y a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA – SUBJURISDICCION 23 – ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA, para el Ejercicio 2013 de acuerdo al detalle obrante en planillas ANEXAS al presente artículo que forman parte integrante de la presente.

Art. 2° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL en la parte correspondiente a la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE – ENTIDAD 669 ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL y a la Jurisdicción 45 – MINISTERIO DE DEFENSA SUBJURISDICCION 23 – ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA, para el Ejercicio 2013 de acuerdo al detalle obrante en planillas ANEXAS al presente artículo que forman parte integrante de la presente.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo. — Hernán G. Lorenzino. — Agustín O. Rossi.
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NOTA: Los Anexos que integran esta Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).