HIDROCARBUROS

Decreto N° 16/1974

Areas de explotación y desarrollo.

Bs. As. 3/7/74.

VISTO el Expediente N° 33.512/74 de ls Secretaría de Estado de Energía, por el cual Yacimientos Petrolíferos Fiscales solicita la adjudicación de un lote de explotación en la Cuenca Marina Austral; y,

CONSIDERANDO:

Que dicha solicitud se basa en el resultado de los trabajos exploratorios realizados por la Empresa.

Que las áreas solicitadas se encuentran comprendidas dentro de las resavadas a las empresas estatales de conformidad al Decreto N° 3.287/71.

Que según surge del informe de fojas 6, la solicitud de Yacimientos Petrolíferos Fiscales es técnicamente aceptable y la naturaleza del yacimiento hace procedente su asignación a la recurrente.

Por Ello, atento a lo propuesto por el Ministerio de Economía y lo establecido en el Articulo 99° inciso c) del Decreto-Ley N° 17.319/67 y el Articulo 4° del Decreto N° 4.845/68.

LA PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° - Asígnase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales, dentro de las áreas otorgadas por el Decreto N° 3.287/71, y con el fin de que prosiga su explotación y desarrollo, la zona que a continuación se describe:


Art. 2° - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía.

Art. 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

M. E. de PERON
José B. Gelbard