EMPRESAS DEL ESTADO

Yacimientos Petrolíferos Fiscales.

Decreto N° 234/1973

Se adecua el Estatuto Orgánico a la creación de un cargo.

Bs. As. 27/7/73.

VISTO lo solicitado por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, Y

CONSIDERANDO

Que por Decreto N° 225/973, se ha creado el cargo de Subadministrador General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales;

Que, por ello, corresponde adecuar el Estatuto Orgánico de dicha Empresa del Estado, introduciendo las modificaciones pertinentes a las normas aprobadas por los Decretos Nros. 1367/63 y 997/971;

EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1° - Reemplázase el apartado 2° del Artículo 2° del Decreto N° 997/971, por el siguiente:

"2) Reemplázase el artículo 1° del Decreto 115/66, de fecha 13 de julio de 1966, por el siguiente:

    Artículo 1° - La Dirección y Administración de Yacimientos Petrolíferos Fiscales estará a cargo de:

    a) El Administrador General.

    b) El Subadministrador General.

    c) Un Gerente General.

    d) Los Comités de Producción, Industrialización, Transportes y Comercialización.

    e) Los Directores de los precitados Comités.

    f) Los Gerentes.

    g) Los Administradores de Yacimientos y Destilerías.

    h) Los Jefes de grandes dependencias y demás funcionarios a quienes el Administrador General atribuya facultades de administración.

El Subadministrador General reemplaza al Administrador General, en caso de ausencia o impedimento.

La Contaduría General que dependerá directamente del Administrador General, fiscalizará la administración, de acuerdo con lo indicado en el artículo 27 del Estatuto Orgánico de la Empresa, aprobado por Decreto número 1367/63 de fecha 12 de diciembre de 1963."


Art. 2° - Entender de acuerdo a las atribuciones que el Estatuto Orgánico determina, en las funciones de aquellos cargos de la Dirección y Administración de la Empresa, cuando por impedimento o ausencia de su titular lo disponga el Señor Administrador General:

Art. 3° - Modifícase el Anexo II del decreto N° 997/71, incorporandose la siguiente Misión y Funciones del Subadministrador General:

MISION

Ejercer la Subadministración General de la Empresa Yacimientos Petrolíferos Fiscales.

FUNCIONES

Las que le asigne el Administrador General, y que el Estatuto Orgánico no atribuya a otros órganos de Dirección y Administración.

Art. 4° - El presente decreto será de aplicación a partir del 8 de junio de 1973, fecha de designación del señor Interventor a cargo de la Administración General de Yacimientos Petrolíferos Fiscales (Decreto número 172/73).

Art. 5° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y achívese.

LASTIRI
José B. Gelbard.