ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Nº 242/2013


Acta Nº 1271/2013


Bs. As., 28/8/2013

VISTO: El Expediente ENRE Nº 15.852/2004, la Resolución SE Nº 745/2005, la Resolución SE Nº 1.063/2005, la Resolución SE Nº 942/2006, la Resolución SE Nº 797/2008, la Resolución SE Nº 1170/2008, la Resolución SE Nº 45/2010, la Resolución ENRE Nº 355/2005, la Resolución ENRE Nº 479/2005, la Resolución ENRE Nº 537/2005, la Resolución ENRE Nº 602/2005, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 10 de mayo de 2005, la Resolución SE Nº 745/2005 en su ANEXO I aprobó un nuevo PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (en adelante “Versión 2005 del PUREE”), sustituyendo así el normado mediante Resolución SE Nº 552/2004, (en adelante “Versión 2004 del PUREE”).

Que, por su parte, el Artículo 14 del ANEXO I de la Resolución SE Nº 745/2005 estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (en adelante ENRE) es quien dispondrá todas las medidas complementarias que sea menester adoptar para contribuir a la mejor aplicación de este Programa, modulando el tratamiento y plazos de presentación de la información requerida; aceptando la acreditación de la misma en carácter de declaración jurada; realizando de forma, periódica, por sí o por terceros, las auditorías necesarias para verificar la exactitud, integridad y consistencia de los datos contenidos en las declaraciones juradas y la correspondencia entre lo previsto y lo ejecutado; decidiendo los procedimientos a seguir en la Resolución de situaciones de carácter excepcional y toda otra medida que considere pertinente.

Que, en virtud de lo establecido en la Resolución ENRE Nº 479/2005 y su modificatoria la Resolución ENRE Nº 537/2005, las empresas Distribuidoras de jurisdicción nacional presentaron ante este Ente la información referida a los ahorros de energía eléctrica (en kWh) y los consumos en exceso (en pesos) al objetivo de ahorro del DIEZ POR CIENTO (10%) estipulado por la SE, correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/06/2013 y el 9/07/2013, de los usuarios de las diferentes categorías tarifarias ubicados en las respectivas áreas de concesión.

Que “EDESUR S.A.”, mediante Notas de ENTRADA Nº 202.529 informó que los ahorros de los usuarios residenciales de su área de concesión correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/06/2013 y el 9/07/2013 ascendieron a CINCUENTA Y SIETE MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS KILOVATIOS HORA (57.173.816 kWh) en tanto el consumo en exceso de la pauta del DIEZ POR CIENTO (10%) en esta categoría para los usuarios con consumos bimestrales menores a MIL KILOVATIOS HORA (1000 kWh) ascendió a SESENTA Y SIETE MILLONES VEINTIDOS MIL OCHENTA Y NUEVE KILOVATIOS HORA (67.022.089 kWh) lo que implicó la aplicación de cargos por excesos con primer vencimiento en el período considerado por PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO CON 98/100 ($ 3.764.135,98) como así también ajustes por diversos conceptos relacionados con la facturación por PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE CON 97/100 ($ 143.819,97); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los DIECIOCHO MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA KILOVATIOS HORA (18.049.780 kWh) en tanto el consumo en exceso fue de VEINTITRES MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO DIECISEIS KILOVATIOS HORA (23.064.116 kWh) lo que implicó cargos en exceso con primer vencimiento en el período considerado por PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE CON 13/100 ($ 3.711.927,13) y ajustes por PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO CON 84/100 ($ 4.969.971,84); los usuarios T3 BT ahorraron QUINCE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS KILOVATIOS HORA (15.786.582 kWh), consumieron en exceso TREINTA MILLONES CIENTO CUARENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA KILOVATIOS HORA (30.140.540 kWh) y se les aplicó cargos en exceso por PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 60/100 ($ 4.210.364,60) y ajustes por PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON 12/100 ($ 2.843.810,12); los T3 MT ahorraron DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA KILOVATIOS HORA (17.857.860 kWh), consumieron en exceso VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS KILOVATIOS HORA (24.585.186 kWh) y afrontaron cargos en exceso por PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 4/100 ($ 3.465.945,04) como así también ajustes por valor de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA DOS CON 36/100 ($ 734.362,36); en el caso de los usuarios de peaje, en T2 los ahorros alcanzaron DIEZ MIL VEINTIOCHO KILOVATIOS HORA (10.028 kWh), los consumos en exceso DOCE MIL SETENTA Y UNO KILOVATIOS HORA (12.071 kWh) y los cargos adicionales con fecha de primer vencimiento anterior al 9/07/2013 ascendieron a PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO CON 19/100 ($ 4.961,19); en BT los ahorros alcanzaron QUINIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE KILOVATIOS HORA (512.649 kWh), los consumos en exceso UN MILLON TRESCIENTOS CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO KILOVATIOS HORA (1.305.941 kWh), los cargos adicionales con fecha de primer vencimiento anterior al 9/07/2013 ascendieron a PESOS TRESCIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 11/100 ($ 314.994,11), mientras los ajustes ascendieron a PESOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 22/100 ($ 50.254,22); en el caso del peaje en MT los ahorros fueron de TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS KILOVATIOS HORA (3.576.672 kWh), los consumos en exceso DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTITRES MIL SIETE KILOVATIOS HORA (17.823.007 kWh), los cargos abonados de PESOS TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 17/100 ($ 3.178.667,17) y los ajustes ascendieron a PESOS CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL ($ 156.000).

Que a su vez, “EDENOR S.A.” por medio de Nota de ENTRADA Nº 202.820 informó que los ahorros, de los usuarios residenciales de su área de concesión correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/06/2013 y el 9/07/2013 ascendieron a CIENTO CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO KILOVATIOS HORA (105.467.578 kWh) en tanto el consumo en exceso de la pauta del DIEZ POR CIENTO (10%) en esta categoría para los usuarios con consumos bimestrales menores a MIL KILOVATIOS HORA (1000 kWh) ascendió a CIENTO SIETE MILLONES CIENTO OCHENTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS KILOVATIOS HORA (107.180.682 kWh) lo que implicó la aplicación de cargos por excesos por PESOS SEIS MILLONES SIESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TREINTA Y NUEVE CON 1/100 ($ 6.677.039,01), siendo los ajustes aplicados equivalentes a PESOS QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 19/100 ($ 561.245,19); en el caso de la categoría T2 los ahorros alcanzaron los DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS DIEZ KILOVATIOS HORA (19.991.510 kWh), los consumos en exceso de la pauta, del DIEZ POR CIENTO (10%) fueron de TREINTA MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS QUINCE KILOVATIOS HORA (30.556.215 kWh), los cargos en exceso sumaron PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS DOS CON 83/100 ($ 4.989.802,83), y los ajustes fueron de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON 58/100 ($ 399.371,58); los usuarios T3 BT ahorraron DIECISEIS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES KILOVATIOS HORA (16.576.233 kWh), consumieron en exceso TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA KILOVATIOS HORA (36.192.960 kWh) y se les aplicó cargos en exceso por PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTISIETE CON 90/100 ($ 3.896.127,90) y ajustes equivalentes a PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRES CON 36/100 ($ 844.003,36); los T3 MT ahorraron DIECISEIS MILLONES TRESClENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO KILOVATIOS HORA (16.314.225 Kwh) consumieron en exceso TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE KILOVATIOS HORA (32.924.679 kWh), afrontaron cargos en exceso por PESOS CUATRO MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SIETE CON 11/100 ($ 4.085.807,11) y ajustes por PESOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 9/100 ($ 14.888,09); en cuanto a los usuarios de peaje, en T2 los ahorros fueron de SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES KILOVATIOS HORA (6.553 kWh), el consumo en exceso fue de VEINTIUN MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE KILOVATIOS HORA (21.179 kWh) y la penalización alcanzó la suma de PESOS OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 93/100 ($ 8.746,93), en BT los ahorros fueron de TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS KILOVATIOS HORA (363.816 kWh), el consumo en exceso fue de OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS KILOVATIOS HORA (868.682 kWh) y la penalización alcanzó la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CATORCE CON 5/100 ($ 168.214,05), mientras que los usuarios en MT ahorraron TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO KILOVATIOS HORA (3.750.374 kWh), consumieron en exceso VEINTE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS UNO KILOVATIOS HORA (20.841.501 kWh), se les aplicó cargos en exceso por PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO DOCE CON 99/100 ($ 2.948.112,99) y ajuste por PESOS DOSCIENTOS SETENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 64/100 ($ 270.474,64).

Que mediante MEMORANDUM AAREE Nº 785/2013 se ha realizado la verificación de los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) correspondientes a los ciclos de facturación con fechas de cierre entre los días 10/06/2012 y el 9/07/2013.

Que el servicio jurídico del Ente ha tomado la intervención de su competencia y ha emitido su Dictamen Legal en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 7 inciso d) de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 6 de la Resolución SE Nº 745/2005 y el inciso s) del Artículo 56 de la Ley Nº 24.065.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Aprobar con carácter provisorio los valores unitarios de las bonificaciones (Kp) que deberán percibir los usuarios de las empresas Distribuidoras “EDENOR S.A.” y “EDESUR S.A.” durante el período comprendido entre los días 10/08/2013 y 9/09/2013, que figuran como ANEXO I de la presente Resolución, conforme la información presentada con carácter de declaración jurada por las Distribuidoras.

ARTICULO 2º — Informar la evolución del PUREE versión 2005, que figura como Anexo II de la presente Resolución.

ARTICULO 3º — Notifíquese a “EDENOR S.A.”, “EDESUR S.A.” y a la SECRETARIA DE ENERGIA.

ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. MARIO H. DE CASAS; Presidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad. — Ing. LUIS M. BARLETTA, Vicepresidente, Ente Nacional Regulador de la Electricidad. — Dr. ENRIQUE G. CARDESA, Director.

ANEXO I DE LA RESOLUCION ENRE Nº 242/2013

PERIODO DE APLICACIONCATEGORIA TARIFARIAEDENOREDESUR
DESDEHASTA
10/08/201309/09/2013R0,0580,068
10/08/201309/09/2013T20,2300,481
10/08/201309/09/2013T3BT0,1840,447
10/08/201309/09/2013T3MT0,2500,235
10/08/201309/09/2013T3AT0,0000,000
10/08/201309/09/2013PEAJE T21,3350,495
10/08/201309/09/2013PEAJE BT0,4620,712
10/08/201309/09/2013PEAJE MT0,7140,932
10/08/201309/09/2013PEAJE AT0,0000,000

Nota: De acuerdo a lo establecido en la Resolución SE Nº 797/2008, el valor para la categoría Residencial es aplicable para los consumos menores o iguales a 1000 kwh/bimestre.

En el caso de los usuarios T2, T3 y peaje, los valores son aplicables en los términos del Artículo 2 de la Resolución SE Nº 1.170/2008.

ANEXO II DE LA RESOLUCION ENRE Nº 242/2013

ENERGIA TOTAL FACTURADA ENTRE EL 10/06/2013 Y EL 9/07/2013

AHORRO CONSUMO EN EXCESO Y RESULTADO NETO TOTAL

DistribuidoraEnergía Total facturada período actual (en MWh) (*)Ahorro (en MWh)Consumo en exceso (por sobre pauta 90% del período base) (en MWh) (**)Ahorro Neto (en MWh)Usuarios con AhorrosUsuarios con Consumos en Exceso
Total General2.012.810326.579695.162-354.337665.7821.257.450
Edenor S.A.1.126.981189.624415.047-225.423369.712758.263
Edesur S.A.885.829136.955280.115-128.913296.070499.187

EDENOR S.A.

DistribuidoraEnergía Total facturada período actual (en MWh) (*)Ahorro (en MWh)Consumo en exceso (por sobre pauta del 90% del período base) (en MWh) (**)Ahorro Neto (en MWh)
Totales1.126.981189.624415.047-225.423
Residencial686.051105.468251.864-146.396
Generales G133.48522.97312.72310.250
Generales G231.9593.67713.717-10.040
Generales G325.34450315.338-14.835
T291.42919.99230.556-10.565
T3B101.05216.57636.193-19.617
T3M92.66616.31432.925-16.610
PB2.714370890-519
PM62.2803.75020.842-17.091

EDESUR S.A.

DistribuidoraEnergía Total facturada período actual (en MWh) (*)Ahorro (en MWh)Consumo en exceso (por sobre pauta del 90% del período base) (en MWh) (**)Ahorro Neto (en MWh)
Totales885.829136.955280.115-128.913
Residencial394.33857.174146.687-89.513
Generales G134.98318.9238.74410.179
Generales G235.2863.92911.950-8.021
Generales G333.8471.13615.804-14.668
T298.75518.05023.064-5.014
T3B118.57615.78730.141-14.354
T3M107.50017.85824.585-6.727
T3A0000
PB621012-2
PM5.5635131.306-793
PA56.9203.57717.823-14.246

Referencia:
(*) : neta de usuarios excluidos
(**): del período base TR y TG año 2003 - T2 y T3 año 2004

e. 04/09/2013 Nº 68402/13 v. 04/09/2013