CAPÍTULO IX

PROSPECTO

SECCIÓN I

RÉGIMEN GENERAL.

ARTÍCULO 1°.- Las emisoras que soliciten:

a) Autorización de ingreso al régimen de oferta pública de valores negociables, o, autorización de oferta pública para una suscripción de valores negociables,

b) Autorización de oferta pública y futuros aumentos de capital por suscripción pública de la Sección Tecnológica, deben dar a publicidad un prospecto confeccionado de acuerdo al modelo y estricto orden expositivo a establecido en los Anexos del presente Capítulo.

c) En los casos de oferta de adquisición y/o canje de valores de acuerdo al procedimiento establecido en el Capítulo “Oferta Pública de Adquisición”, deberán también publicar un prospecto confeccionado de acuerdo a lo establecido en el Capítulo “Prospecto”.

ARTÍCULO 2°.- El prospecto constituye el documento básico a través del cual se realiza la oferta pública de valores negociables y en su redacción debe emplearse un lenguaje fácilmente comprensible para la generalidad de los lectores y que resulte fácil para el análisis y comprensión de su contenido.

Los prospectos deberán estar firmados por personas con facultades para obligar al emisor u oferente, las que deberán estar precisamente individualizadas, y suscriptos en todas sus hojas por persona con representación suficiente.

Los prospectos asimismo describirán detalladamente los esfuerzos de colocación a ser efectuados y las emisoras deberán acreditar, en caso de serle requerido por autoridad competente, la realización de esa actividad.

La Comisión podrá exigir al oferente que incluya en el prospecto cuanta información adicional, advertencia y/o cualquier consideración estime necesaria, y que aporte la documentación complementaria que entienda conveniente.

ARTÍCULO 3°.- Una vez aprobado, el prospecto deberá, ser impreso en un número suficiente de ejemplares para cubrir la demanda de los posibles interesados, y publicarse en la AUTOPISTA DE LA INFORMACION FINANCIERA y en los sistemas de información de los Mercados en que vayan a negociar los valores negociables.

ARTÍCULO 4°.- A los efectos de la publicación del prospecto, se podrá emitir una versión resumida que deberá contener en forma de síntesis todos los puntos incluidos en el prospecto confeccionado de acuerdo con los correspondientes Anexos, en su caso, sin incluir los estados contables completos.

En tal caso, el prospecto completo deberá encontrarse a disposición del inversor:

a) En la sede inscripta de la emisora,

b) En su caso, en la sede de los agentes colocadores y de distribución,

c) En todo otro lugar que la emisora indique.

Esta circunstancia deberá encontrarse debidamente aclarada en la versión resumida.

ARTÍCULO 5°.- En caso de tratarse de emisiones de valores negociables que no sean acciones, la información exigida para el prospecto deberá adecuarse a la naturaleza del valor negociable en cuestión.

Cuando se trate de emisoras de valores representativos de deuda de corto plazo, el prospecto deberá adecuarse al modelo que se indica en el Anexo de este Capítulo.

INNECESARIEDAD DEL PROSPECTO.

ARTÍCULO 6°.- No será necesaria la confección del prospecto en los siguientes casos:

a) Emisión de acciones por capitalización de reservas, ajustes contables, utilidades u otras cuentas especiales registradas en los estados contables.

b) Emisión de acciones con suspensión del derecho de suscripción preferente.

c) Emisión de acciones por conversión o canje de otros valores negociables en los términos originales de la emisión.

INSERCIÓN OBLIGATORIA EN EL PROSPECTO.

ARTÍCULO 7°.- Las emisoras deberán insertar en la primera página de todos los prospectos, en caracteres destacados, los textos que para cada supuesto se indican a continuación, adaptados en su caso a las características de la emisión y el rol que cumple cada interviniente (emisor, fiduciario, organizador, colocador, experto, etc.):

a) Respecto de emisiones de valores negociables de emisoras en general:

"Oferta Pública autorizada por Resolución/Certificado Nº... de fecha ... de la Comisión Nacional de Valores. Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La Comisión Nacional de Valores no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el prospecto. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el presente prospecto es exclusiva responsabilidad del órgano de administración y, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de la sociedad y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados contables que se acompañan y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley Nº 26.831. El órgano de administración manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente prospecto contiene a la fecha de su publicación información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la sociedad y de toda aquella que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes".

b) Las entidades que soliciten oferta pública de acciones de la Sección Tecnológica, deberán asimismo incorporar en caracteres destacados, el siguiente texto:

“La inversión en estas acciones es considerada de alto riesgo en cuanto a su evolución futura. Los inversores no contarán con estados contables trimestrales”.

c) Respecto de la emisión de valores negociables fiduciarios:

"Oferta Pública autorizada por Resolución Nº... de fecha ... de la Comisión Nacional de Valores. Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La Comisión Nacional de Valores no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el prospecto. La veracidad de la información suministrada en el presente prospecto es responsabilidad del fiduciario [o emisor y fiduciante] y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley Nº 26.831. El fiduciario [o emisor y el fiduciante u organizador] manifiesta(n), con carácter de declaración jurada, que el presente prospecto contiene a la fecha de su publicación información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante y de toda aquella que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes".

SECCIÓN II

DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN PREVIA A LA AUTORIZACIÓN DE OFERTA PÚBLICA.

ARTÍCULO 8°.- Las emisoras podrán distribuir un prospecto preliminar, con anterioridad al otorgamiento de la autorización de la oferta pública por parte de la Comisión, en las siguientes condiciones:

a) En el prospecto preliminar deberá insertarse, en la primera página, la siguiente leyenda en tinta roja y caracteres destacados:

"PROSPECTO PRELIMINAR: el presente prospecto preliminar es distribuido al sólo efecto informativo. La autorización para hacer oferta pública de los valores negociables a que se refiere el presente ha sido solicitada a la Comisión Nacional de Valores con arreglo a las normas vigentes con fecha .... y, hasta el momento, ella no ha sido otorgada. La información contenida en este prospecto está sujeta a cambios y modificaciones y no puede ser considerada como definitiva por aquellas personas que tomen conocimiento de ella. Este prospecto no constituye una oferta de venta, ni una invitación a formular oferta de compra, ni podrán efectuarse compras o ventas de los valores negociables aquí referidos, hasta tanto la oferta pública haya sido autorizada por la Comisión Nacional de Valores".

b) En oportunidad de solicitar la autorización de oferta pública el emisor deberá, informar si realizará una publicidad de la emisión mediante la distribución de un prospecto preliminar y, presentar una copia del prospecto preliminar a la Comisión, con los recaudos establecidos en el inciso a) del presente artículo.

c) El prospecto preliminar no será objeto de autorización ni aprobación por la Comisión, asumiendo los órganos de administración y, en lo que les atañe, los órganos de fiscalización de la emisora y los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados contables que se acompañan, plena responsabilidad por la información contenida en él. En caso de valores negociables fiduciarios, esa responsabilidad corresponderá al fiduciante en su caso y, en lo que respecta al fideicomiso y su propia información como entidad, al fiduciario.

d) El prospecto preliminar deberá ser sustituido por el prospecto definitivo una vez autorizada la oferta pública de los valores negociables a que se refiere, oportunidad en la cual deberá ser puesto a disposición de interesados e intermediarios con todas las modificaciones introducidas a requerimiento de la Comisión, eliminándose la leyenda establecida en el inciso a).

e) La distribución del prospecto preliminar no podrá ser realizada, en ningún caso, con anterioridad a la presentación de la solicitud de autorización de oferta pública de la emisión de que se trate.

f) Las entidades que soliciten la oferta pública de acciones de la sección tecnológica, deberán asimismo incorporar en caracteres destacados, el siguiente texto: “La inversión en estas acciones es considerada de alto riesgo en cuanto a su evolución futura. Los inversores no contarán con estados contables trimestrales”.

ARTÍCULO 9°.- Se podrán celebrar reuniones informativas acerca de la emisora y los valores negociables respecto de los cuales se ha presentado la respectiva solicitud.

La convocatoria y realización de las reuniones informativas deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Las invitaciones sólo podrán ser formuladas en forma personalizada por la emisora y/o los agentes registrados en la Comisión a cargo de la organización, colocación y distribución y/o el fiduciante [emisor u organizador], en su caso.

b) En el texto de las invitaciones deberá incluirse un párrafo indicando que la Comisión no se ha expedido respecto de la solicitud de autorización de oferta pública de los valores negociables.

c) Las reuniones deberán celebrarse en espacios en los cuales pueda garantizarse el acceso exclusivo de las personas invitadas.

d) Las reuniones tendrán como único objeto la presentación de información, que deberá ser consistente con la incluida en el prospecto preliminar, respecto de la emisora (y en su caso del fiduciante [emisor u organizador], tratándose de valores negociables fiduciarios), sus actividades, situación, resultados, perspectivas y cualquier otra información relevante en relación con ella y sobre los valores negociables motivo de la emisión.

e) Podrá difundirse información de carácter general que fuere consistente con el prospecto preliminar y no exceda los contenidos del mismo. Dicha información deberá incluir la advertencia prevista en el inciso b).

f) Durante el período comprendido entre la distribución del prospecto preliminar y la autorización de oferta pública de los valores negociables por parte de la Comisión, las emisoras y/o instituciones seleccionadas por la emisora para la colocación de la emisión en el país, podrán recibir indicaciones de interés respecto de los valores negociables en cuestión. Dichas indicaciones de interés no tendrán carácter vinculante.

g) La emisora y/o las instituciones seleccionadas para la colocación de la emisión deberán enviar a cada uno de los asistentes a las reuniones informativas un ejemplar del prospecto definitivo dentro de los DOS (2) días hábiles posteriores al otorgamiento de la autorización de oferta pública correspondiente.

En caso de haberse brindado información general al público sobre la base del prospecto preliminar, la emisora y/o las instituciones seleccionadas para la colocación deberán asegurar (con adecuada antelación a la colocación por oferta pública de la emisión) la difusión de la información del prospecto definitivo en condiciones idénticas a la otorgada al prospecto preliminar, en la AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA y en los sistemas de información de los Mercados donde negocien.

No será necesario hacer referencia en el prospecto al precio de colocación cuando el mismo no hubiera sido determinado a la fecha de la distribución antes referida.

MODIFICACIONES AL PROSPECTO.

ARTÍCULO 10.- Las emisoras a las que se les requieran aclaraciones, informaciones complementarias o cambios en la redacción del prospecto, tendrán un plazo de DIEZ (10) días hábiles para presentarlas, cuando no se hubiese fijado un plazo diferente.

SECCIÓN III

PROSPECTO DEFINITIVO.

ARTÍCULO 11.- Con anterioridad a autorizarse la respectiva oferta pública la emisora deberá presentar el texto definitivo del prospecto por duplicado.

INFORMACIÓN RELEVANTE.

ARTÍCULO 12.- El prospecto de emisión contendrá -en caracteres bien visibles y destacados- la información acerca de la entidad oferente que, a criterio de la Comisión, pueda afectar la colocación o circulación posterior del valor negociable en perjuicio de los eventuales suscriptores, en lo que queda comprendido lo requerido en el Título de “Transparencia en el Ámbito de la Oferta Pública”.

DIFUSIÓN DEL PROSPECTO.

ARTÍCULO 13.- El oferente y los colocadores deberán, poner el prospecto a disposición del público inversor en la AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA, y enviar ejemplares a los Mercados donde se negocien los valores negociables ofrecidos, y a los agentes que en ellos desarrollen su actividad.

PUBLICIDAD.

ARTÍCULO 14.- Los prospectos y suplementos de prospectos deberán, en todos los casos, publicarse con antelación a la colocación de los respectivos valores negociables, ello sin perjuicio de lo establecido en los artículos correspondientes a valores de corto plazo, y de las facultades de fiscalización y sanción de esta Comisión.

Cuando el prospecto no contenga información financiera de la colocación tal como la tasa, el precio o el monto, por no haber sido determinada, debido a las condiciones particulares de la emisión, una vez determinada dicha información deberá ser publicada de inmediato por los medios electrónicos de información financiera y mediante un aviso complementario en el mismo medio utilizado para la publicación inicial dentro de los DOS (2) días hábiles de su determinación.

ARTÍCULO 15.- La publicidad de la oferta de valores negociables deberá ser veraz y proporcionada a las circunstancias, siendo prohibido el empleo de referencias inexactas u ocultamiento, así como expresiones susceptibles de engendrar error, engaño o confusión.

ANEXO I

PROSPECTO.

En el inicio del documento, y como información principal, deberá consignarse la leyenda contenida en el artículo 7º del presente Capítulo, y respetarse el diagrama de información estrictamente en el orden que seguidamente se detalla, caso contrario no será aprobado.

1. Datos sobre directores y administradores, gerentes, asesores y miembros del órgano de fiscalización.

a) Directores y administradores titulares y suplentes, y gerentes:

Se informará, con relación a cada uno de ellos, sobre:

1) Nombre y apellido, D.N.I., CUIT/CUIL, cargo o función, antigüedad en la empresa y antecedentes. Domicilio.

2) Otros órganos de administración o de fiscalización del que sean miembros de entidades abiertas y/o cerradas.

3) Contratos celebrados con directores y gerentes, si los hubiera.

b) Órgano de fiscalización:

Se informará sobre:

1) Nombre y apellido de miembros titulares y suplentes, D.N.I., CUIT/CUIL. Domicilio.

2) Antecedentes profesionales y cargos ocupados en otras empresas o entidades abiertas y/o cerradas.

c) Asesores:

Se informará, nombre y apellido o denominación y domicilio de los principales asesores legales, contables, impositivos y financieros de la entidad, y de los asesores de la emisión.

d) Auditores:

Se informará sobre, nombre, apellido, D.N.I., CUIT/CUIL, y domicilio que figure en el D.N.I. de todos los auditores de la entidad durante los TRES (3) ejercicios anteriores a la presentación y de los que tengan mandato vigente para llevar a cabo la auditoría de la emisora, y el Consejo Profesional donde se encuentra matriculado.

2. Datos estadísticos y programa previsto para la oferta.

a) Datos estadísticos:

Se informará sobre:

1) Cantidad de valores negociables o ofrecer.

2) Precio de suscripción o método para determinar el precio de suscripción.

3) Monto esperado de la emisión.

4) Porcentaje que representa la colocación de la emisión en el capital social después de la oferta.

5) Relación precio/valor libros.

b) Método y programa previsto para la oferta:

Se informará sobre:

1) Período durante el cual la oferta estará abierta. Se deberá informar sobre si el período de suscripción o compra puede ser extendido o reducido, la forma y duración de las posibles extensiones o cierre anticipado o reducciones de dicho período y la forma en que estas decisiones se darán a publicidad. Si las fechas exactas no se conocen cuando el prospecto se presenta por primera vez o es distribuido entre el público, describir cómo se anunciarán las fechas correspondientes al período de suscripción o compra que en definitiva se fije.

2) Agentes registrados en la Comisión a cargo de la colocación y distribución (identidad del agente y, en su caso, del tomador en firme o garante y las modalidades de la operación, de la garantía y su costo).

3) En su caso, datos de los organizadores contratados, de los cuales al menos uno deberá estar inscripto en los registros de la Comisión Nacional de Valores.

4) Lugares donde se recibirán las solicitudes de compra o suscripción.

5) Método y fecha límite para integrar los valores negociables; cuando el pago sea parcial, la manera y fechas en que se integrarán los montos adeudados.

6) Método y fecha límite para la entrega de los valores negociables a los suscriptores o compradores.

7) En el caso de derechos de suscripción o compra preferente, el procedimiento para el ejercicio de tales derechos, su negociabilidad y el tratamiento de los derechos de suscripción no ejercidos.

8) La forma en que los resultados de la colocación de los valores negociables van a ser hechos públicos y, cuando corresponda, la forma y el plazo para reembolsar las sumas suscriptas en exceso por los solicitantes (incluyendo información sobre si se pagará un interés).

3. Información clave sobre la emisora.

a) Información contable y financiera:

Se proporcionará la siguiente información contable y financiera, sobre bases consolidadas, resumida y comparativa para los últimos TRES (3) ejercicios comerciales y a la fecha de cierre de los mismos, o desde su constitución si su antigüedad fuere menor:

Síntesis de Resultados:

-Ventas:

-Ganancia (pérdida) operativa:

-Ganancia (pérdida) después de resultados financieros:

-Ganancia (pérdida) neta:

Síntesis de la Situación Patrimonial:

-Total de activos:

-Total de pasivos:

-Total de aportes de los accionistas o propietarios, discriminando capital social y aportes no capitalizados:

-Total de reservas:

-Total de resultados no asignados:

-Total del patrimonio neto:

b) Indicadores:

Se presentarán los principales indicadores comparativos de los últimos TRES (3) ejercicios, o desde su constitución si su antigüedad fuere menor, incluyendo entre otros:



c) Capitalización y endeudamiento:

Se presentará un estado de capitalización y endeudamiento (distinguiendo entre endeudamiento garantizado y no garantizado) a la fecha del último estado contable que se adjunta al prospecto, mostrando la capitalización de la emisora y, de corresponder, ajustado para reflejar la colocación de las nuevas acciones a emitirse y el destino previsto de los ingresos netos de fondos. El endeudamiento también incluye el endeudamiento indirecto y el contingente.

d) Razones para la oferta y destino de los fondos:

Se informará sobre el ingreso neto esperado de fondos y sobre los destinos que se han previsto para tales fondos. Si el ingreso esperado de fondos no fuera suficiente para atender todos los fines que la sociedad ha previsto, se enunciará el orden de prioridad que se dará a los fondos, así como el monto y origen de otros fondos que se necesiten.

Si los fondos van a ser usados para adquirir activos, distintos a los usados en el curso ordinario de los negocios, se describirán brevemente los activos y sus costos. Si los activos van a ser adquiridos a sociedades con las que la emisora mantiene relaciones de control o influencia significativa, se informará a qué sociedades serán adquiridos y cuál será el costo de adquisición para la emisora.

Si los fondos pueden o van a ser usados para financiar adquisiciones de otras empresas, se dará una breve descripción de tales empresas e información relativa a tales adquisiciones.

Si los fondos o parte de ellos van a ser usados para cancelar deuda, describir la tasa de interés y vencimiento de tales deudas y, para deudas contraídas durante el último año, el destino dado a los fondos recibidos por tal endeudamiento.

Si los fondos provenientes de una emisión de obligaciones negociables van a ser utilizados para la cancelación de un denominado “préstamo puente”, además de lo indicado en el párrafo anterior, deberá indicarse el acreedor y el monto de ese pasivo.

e) Factores de riesgo:

Se informará, en forma destacada, los factores de riesgo que son específicos para la emisora o su actividad y conforman una oferta especulativa o de alto riesgo. Es conveniente la enunciación de los factores de riesgo por orden de prioridad para la emisora. Entre otras cosas, tales factores pueden incluir, por ejemplo:

1) La naturaleza del negocio en que está comprometida o se propone incursionar, incluyendo sus aspectos ambientales razonablemente pertinentes.

2) Factores relativos a los países en los cuales opera.

3) La ausencia de operaciones rentables en períodos recientes.

4) La situación financiera de la emisora.

5) La posible ausencia de liquidez en el mercado de negociación para los valores negociables de la emisora.

6) Dependencia de la experiencia de la gerencia.

7) Condiciones inusualmente competitivas.

8) Inminente expiración de patentes importantes, marcas comerciales o contratos.

9) Dependencia de un limitado número de clientes o proveedores.

4. Información sobre la emisora.

a) Historia y desarrollo de la emisora:

Se proporcionará la siguiente información:

1) Denominación, forma legal y CUIT.

2) Fecha de constitución y plazo de duración.

3) Domicilio legal y/o sede inscripta de la emisora, legislación bajo la cual opera, país de constitución, dirección y número de teléfono, fax y dirección de correo electrónico de sus oficinas principales. Se deberá proporcionar el nombre y dirección del representante de la emisora en el país.

4) Eventos importantes en el desarrollo de sus negocios, por ejemplo:

i) Información concerniente a la naturaleza y resultados de alguna reorganización significativa.

ii) Fusión o consolidación de la emisora o de alguna subsidiaria importante.

iii) Adquisición o enajenación de algún activo importante fuera del curso ordinario de los negocios.

iv) Algún cambio importante en el modo de conducir los negocios.

v) Cambios importantes en el tipo de productos producidos o servicios prestados.

vi) Cambio en la denominación.

vii) La naturaleza o resultado de cualquier proceso concursal, administración judicial o procedimiento similar con respecto a la emisora o subsidiaria importante.

5) Una descripción, incluyendo el monto involucrado, de las principales inversiones o desinversiones (incluyendo participaciones en otras empresas) en los últimos TRES (3) ejercicios comerciales y hasta la presentación del prospecto.

6) Información concerniente a las principales inversiones y desinversiones de capital en curso, incluyendo la distribución geográfica de esas inversiones (nacionales o extranjeras) y la forma de financiamiento (interno o externo).

7) Indicación de alguna adquisición del control por oferta pública por terceras partes con respecto a las acciones de la emisora o por ella misma con respecto a las acciones de otras compañías, que hayan ocurrido durante el último ejercicio económico y el corriente.

b) Descripción del negocio:

Se proporcionará la siguiente información:

1) Una descripción de la naturaleza de las operaciones de la emisora y sus principales actividades, informando sobre los principales productos vendidos y/o servicios prestados durante los últimos TRES (3) ejercicios financieros.

Se indicará cualquier nuevo producto o servicio que haya sido presentado u ofrecido y el estado de desarrollo de nuevos productos en la medida en que hayan sido dados a conocer públicamente. Se consignarán asimismo las cuestiones ambientales pertinentes para una razonable ponderación de la emisora, o una explicación de por qué la administración de la emisora considera que no hay cuestiones ambientales razonablemente pertinentes en el negocio descripto.

2) Una descripción de los principales mercados donde la emisora compite, incluyendo un desagregado de los ingresos totales por segmento de actividad y mercado geográfico, para cada uno de los últimos TRES (3) ejercicios financieros.

3) Una descripción de la estacionalidad del negocio principal de la emisora.

4) Una descripción de las fuentes y disponibilidad de materias primas, incluyendo una descripción de la volatilidad de los precios de dichas materias primas.

5) Una descripción de los canales de comercialización que utiliza la emisora, incluyendo la descripción de algún método especial de ventas (por ejemplo, venta en cuotas).

6) Información resumida sobre la medida en que la emisora depende, si es el caso, de patentes, licencias o contratos industriales, comerciales o financieros (incluyendo contratos con clientes y proveedores) o nuevos procesos de fabricación, cuando estos factores sean importantes para la rentabilidad del negocio de la emisora.

7) Informar sobre los fundamentos de cualquier información que haya dado a conocer la emisora con relación a su posición competitiva.

8) Una descripción de los efectos importantes que tiene la regulación estatal en los negocios de la emisora, incluyendo la regulación ambiental identificando el organismo regulador. Se incluirá la regulación ambiental que fuere razonablemente pertinente para los negocios.

c) Estructura y organización de la emisora y su grupo económico:

Si la emisora es parte de un grupo económico, se incluirá una breve descripción del grupo y de la posición de la emisora dentro de él. Se proporcionará un listado de las más importantes subsidiarias de la emisora, incluyendo denominación, país de constitución o residencia, proporción de la participación y, si es diferente, la proporción del poder de voto.

d) Activo fijo:

Se deberá proporcionar información sobre cualquier activo fijo tangible importante, incluyendo propiedades en leasing, y cualquier gravamen sobre ellos, incluyendo una descripción del tamaño y uso de la propiedad, capacidad productiva y grado de utilización de las instalaciones; cómo son poseídos los activos; los productos que se producen o se comercializan y su ubicación. También se describirá cualquier cuestión ambiental que pueda afectar la utilización de los activos de la empresa, incluyendo el estado de conservación para el caso de recursos naturales involucrados en el negocio. Con relación a cualquier proyecto importante para la construcción, expansión, ampliación o mejora de plantas, fábricas o equipamiento o aprovechamiento de recursos naturales, se describirá la naturaleza y fundamentos del proyecto, una estimación del monto de la inversión, incluyendo el monto ya invertido, una descripción de la forma de financiación de la inversión, una estimación de las fechas de inicio y finalización del proyecto y cuál será el incremento de la capacidad productiva o de prestación de servicios después de finalizado.

Asimismo y en su caso, se deberá proporcionar información sobre cualquier activo intangible importante.

5. Reseña y perspectiva operativa y financiera.

Se analizará la condición financiera de la emisora, los cambios en la situación patrimonial y en los resultados de las operaciones para cada ejercicio y los períodos intermedios para los cuales se hayan requerido estados contables, incluyendo las causas de los cambios importantes, de un año a otro, en los rubros de los estados contables, en la extensión necesaria para comprender todos los negocios de la emisora. Al respecto, se proporcionará la información que abajo se detalla, así como también toda información que sea necesaria para que el inversor entienda la situación financiera de la emisora, los cambios en dicha situación financiera y el resultado de sus operaciones.

a) Resultado operativo:

Se proporcionará información acerca de los factores significativos, incluyendo hechos inusuales o poco frecuentes o nuevos desarrollos, que afectan significativamente los ingresos de la emisora, indicando cuáles ingresos son afectados. Se describirá cualquier otro componente significativo, en los ingresos o gastos, necesario para entender el resultado operativo de la emisora, en particular se deberá informar:

1) Si los estados contables muestran cambios importantes en los ingresos o ventas netas, proporcionar un análisis descriptivo de la medida que tales cambios se deben a cambios en los precios o a cambios en el volumen o en el monto de los productos o servicios vendidos o a la introducción de nuevos productos o servicios.

2) Describir el impacto de la inflación, si es significativo. Si la moneda en que se preparan los estados contables es la de un país con experiencia inflacionaria, se informará la existencia de dicha inflación, la tasa anual de inflación histórica de los últimos CINCO (5) años y el impacto de la inflación en los negocios de la emisora.

3) Proporcionar información acerca del impacto de las fluctuaciones de monedas extranjeras sobre la emisora, si es significativo, y en qué medida las inversiones netas en moneda extranjera están cubiertas con préstamos en esas monedas u otros instrumentos de cobertura.

4) Proporcionar información acerca de medidas gubernamentales, fiscales, ambientales, monetarias o políticas u otros factores que han afectado significativamente o podrían afectar significativamente, directa o indirectamente, las operaciones de la emisora o las inversiones de los accionistas residentes en la República Argentina.

b) Liquidez y recursos de capital:

Se informará en relación a la liquidez de la emisora (de corto y largo plazo), incluyendo:

1) Una descripción de las fuentes de liquidez internas y externas y un breve análisis de cualquier fuente importante de liquidez no utilizada.

Se incluirá una declaración de la emisora que, en su opinión, el capital de trabajo es suficiente para los requerimientos actuales o si no, cómo se propone obtener el capital de trabajo adicional necesario.

2) Una evaluación de los orígenes y montos del flujo de caja de la emisora, incluyendo la naturaleza y extensión de cualquier restricción económica o legal a la capacidad de las subsidiarias para transferirle fondos en la forma de dividendos en efectivo, préstamos o adelantos y el impacto que estas restricciones tienen o se espera que tengan, en la capacidad de la emisora de asumir sus obligaciones de pago.

3) Información del nivel de endeudamiento al fin del período bajo análisis, la estacionalidad de los requerimientos de endeudamiento, el perfil del vencimiento de la deuda y las líneas de crédito acordadas con una descripción de cualquier restricción para su utilización.

4) Se informará en relación a los tipos de instrumentos financieros en uso, perfil de vencimientos de la deuda, moneda y estructura de tasa de interés. El análisis también debe incluir la política y objetivos de financiación y de tesorería, las monedas en las cuales se mantiene el efectivo y su equivalente, la medida en que los préstamos son a tasa fija y el uso de instrumentos financieros con propósitos de cobertura.

5) Se informará acerca de los compromisos significativos de inversión de capital de la emisora al cierre del último ejercicio financiero y en cualquier período intermedio posterior y una indicación del propósito general de esos compromisos y de las fuentes previstas de los fondos necesarios para cumplir esos compromisos.

c) Investigación, desarrollo, innovación, patentes, licencias, etc.:

Se proporcionará una descripción de las siguientes políticas de la emisora en los últimos TRES (3) años incluyendo:

1. Investigación y desarrollo e innovación, el monto gastado durante cada uno de los TRES (3) últimos ejercicios en las actividades de investigación y desarrollo e innovación patrocinadas por la emisora.

2. Política ambiental o de sustentabilidad; en caso de no contar con tales políticas, proporcionar una explicación de por qué los administradores de la emisora consideran que no son pertinentes para su negocio.

d) Información sobre tendencias:

La emisora deberá identificar las más recientes y significativas tendencias de producción, ventas e inventario, el estado de la demanda, costos y precios de ventas desde el último ejercicio financiero. También se deberá analizar, al menos para el ejercicio corriente, las tendencias conocidas, incertidumbres, demandas, compromisos o acontecimientos que puedan afectar significativamente las ventas netas de la emisora o sus ingresos, las utilidades de las operaciones ordinarias, la rentabilidad, liquidez o recursos de capital, o aquello que pueda ser motivo de información financiera y no necesariamente sea indicativo de resultados operativos futuros o situación financiera.

6. Directores, administradores, gerencia y empleados.

a) Directores y gerencia:

Se deberá presentar la siguiente información relativa a los directores administradores y gerencia de la emisora y de empleados tales como científicos o diseñadores de cuyo trabajo depende la emisora:

1) Nombre y Apellido, D.N.I., CUIT/CUIL, experiencia laboral, funciones y áreas de experiencia en la emisora y domicilio real.

2) Actividad principal en los negocios, desarrollada fuera de la emisora (incluyendo en el caso de directores ó administradores, cargos en otros órganos de administración de entidades abiertas ó cerradas).

3) Fecha de nacimiento.

4) La naturaleza de cualquier vinculado, esto es; cónyuge, conviviente reconocido legalmente, parientes por consanguinidad hasta el segundo grado, y afinidad hasta el segundo entre alguna de las personas arriba mencionadas.

5) Cualquier acuerdo o entendimiento con los accionistas mayoritarios, clientes, proveedores u otros, de acuerdo con el cual alguna de las personas antes mencionadas fue elegida como director administrador o miembro de la gerencia.

b) Remuneración:

Se proporcionará la siguiente información para el último ejercicio comercial completo respecto de los integrantes de los órganos de administración, de fiscalización, de comités especiales, si existieran, y gerentes:

1) El monto de compensaciones pagadas y beneficios en especie concedidos a directores, administradores, integrantes de comités especiales, si existieran, y gerentes, por la emisora y sus subsidiarias por servicios, por cualquier causa. La información se dará sobre una base global. Esta norma también cubre compensaciones contingentes o diferidas devengadas en el año, aún si la compensación fuese pagadera en una fecha posterior.

2) Si cualquier parte de la compensación se pagase a través de una gratificación o de un plan de participación en las utilidades: dar una breve descripción del plan y las bases bajo las cuales tales personas participan en él, o, en la forma de opciones de acciones: informar la extensión del derecho y monto de acciones cubiertos por las opciones, el precio de ejercicio, el precio de compra (si existe), y la fecha de expiración de las opciones.

3) Los montos totales reservados o devengados por la emisora o sus subsidiarias para afrontar jubilaciones, retiros o beneficios similares.

c) Otra información relativa al órgano de administración, de fiscalización y comités especiales:

Se dará la siguiente información para el último ejercicio económico con respecto a los integrantes del órgano de administración, del órgano de fiscalización y de comités especiales si existiesen.

1) Fecha de expiración de sus mandatos, si corresponde, y el período durante el cual la persona ha servido en ese cargo.

2) Detalles de los contratos de locación de servicios de los directores ó administradores con la emisora o cualquiera de sus subsidiarias que prevean beneficios luego de la terminación de sus mandatos, o una manifestación negativa al respecto.

3) Detalles relativos a los comités de auditoría y de remuneraciones de la emisora, incluyendo los nombres de los miembros de los comités y un resumen de las normas aplicables a su funcionamiento.

d) Empleados:

Se informará, el número de empleados al cierre del período o el promedio para el período, para cada uno de los últimos TRES (3) ejercicios comerciales (y los cambios en tales números si fueran significativos) y, si fuese posible, se proporcionará una desagregación de las personas empleadas por áreas principales de actividad o ubicación geográfica. También se informará cualquier cambio significativo en el número de empleados, y sobre las relaciones entre la gerencia y los sindicatos de trabajadores. Si la emisora emplea un número significativo de empleados temporarios, se incluirá una información del número de empleados temporarios o un promedio de ellos durante el más reciente ejercicio económico.

e) Propiedad accionaria:

1) Con respecto a las personas enumeradas en el punto 6 inciso b), se informará sobre su participación accionaria en la emisora a la fecha más reciente posible (incluyendo información sobre una base individual, de la cantidad de acciones y porcentaje de tenencia sobre las acciones en circulación, y si tienen diferentes derechos de voto) y opciones que se les hayan concedido sobre las acciones de la emisora. La información relativa a opciones incluirá:

i) Extensión del derecho y cantidad de las acciones a ser recibidas por el ejercicio de las opciones.

ii) El precio de ejercicio.

iii) El precio de compra, si existe.

iv) La fecha de expiración de las opciones.

2) Describir cualquier convenio que otorgue participación a los empleados en el capital de la emisora, incluyendo la emisión u otorgamiento de opciones, acciones o cualquier otro valor negociable.

7. Accionistas principales y transacciones con partes relacionadas.

a) Accionistas principales:

Para el caso en que la siguiente información sea conocida por la emisora o pueda ser obtenida de registros públicos, la misma se proporcionará a la fecha más reciente posible, refiriendo la cantidad de acciones poseídas de la emisora incluyendo aquellas tenencias poseídas por cuenta de un tercero en su interés y beneficio:

1) Se proporcionará la siguiente información con respecto a los accionistas principales de la emisora, ello significa accionistas que sean propietarios del CINCO POR CIENTO (5%) o más de cada clase de acciones con derecho a voto (excepto que se le requiera a la emisora la información de un porcentaje menor en su país de origen, en cuyo caso se aplicará ese porcentaje):

2) Informar los nombres de los accionistas principales, la cantidad de acciones y el porcentaje sobre las acciones en circulación, de cada clase, poseídas por cada uno de ellos a la fecha más reciente factible, o una declaración de que no hay accionistas principales. Cuando los accionistas sean personas jurídicas se deberá especificar la composición del capital social con indicación de la titularidad accionaria. Para el caso que las acciones estén bajo titularidad de personas jurídicas, la información deberá ser suficiente para identificar al beneficiario final -persona física-, de dichas tenencias.

En aquellos casos en que los accionistas sean personas físicas o jurídicas que administren patrimonios de terceros, la información deberá ser suficiente para identificar a todas las partes que componen las relaciones que hayan sido creadas.

3) Informar cualquier cambio significativo en el porcentaje de tenencia de los accionistas principales durante los últimos TRES (3) años.

4) Indicar si los accionistas principales tienen diferentes derechos de voto, o una declaración negativa al respecto.

5) Se dará información sobre la porción de cada clase de acciones mantenidas en el país y en el exterior, y el número de tenedores registrados en el país y en el exterior. Cuando los accionistas sean personas jurídicas constituidas en el exterior se deberá informar el lugar de constitución de la sociedad tenedora y especificar que no se encuentra sujeta a restricción o prohibición legal alguna en ese país, transcribiendo la normativa societaria y del mercado de capitales aplicable conforme el país de constitución.

6) En la medida en que la información sea conocida por la emisora, declarar si esta está directa o indirectamente poseída o controlada por otra(s) sociedad (es), por algún gobierno extranjero o por cualquier otra(s) persona(s) física(s) o jurídica(s), en forma separada o conjunta y, en tal caso, dar el (los) nombre(s) de tal(es) sociedad(es) controlante(s), gobierno u otra(s) persona(s), y describir brevemente la naturaleza de tal control, incluyendo el monto y proporción de capital poseído que da derecho a voto.

7) Describir cualquier arreglo, conocido por la emisora, cuya puesta en práctica pueda, en una fecha posterior, resultar en un cambio en el control.

b) Transacciones con partes relacionadas:

Para el período que va desde el comienzo de los TRES (3) ejercicios precedentes hasta la fecha del prospecto y con respecto a actos y contratos entre la emisora y:

1) Los directores, administradores, integrantes del órgano de fiscalización de la sociedad emisora, así como a los gerentes generales o especiales designados de acuerdo con el artículo 270 de la Ley N° 19.550;

2) Las personas físicas o jurídicas que tengan el control o posean una participación significativa, en el capital social de la sociedad emisora o en el capital de su sociedad controlante, según lo establecido en el Capítulo III de esta Normas.

3) Otra sociedad que se halle bajo el control común del mismo controlante;

4) Los ascendientes, descendientes, cónyuges o hermanos de cualquiera de las personas físicas mencionadas en los apartados 1) y 2) precedentes;

5) Las sociedades en las que cualquiera de las personas referidas en los apartados 1) a 4) precedentes posean directa o indirectamente participaciones significativas. Siempre que no se configure alguno de los casos mencionados, no será considerada “parte relacionada” a los efectos de este artículo una sociedad controlada por la sociedad emisora;

Se entenderá que un acto o contrato es por un “monto relevante” cuando el importe del mismo supere el uno por ciento (1%) del patrimonio social medido conforme al último balance aprobado.

c) Se proporcionará, entre otra, la siguiente información:

1) La naturaleza y extensión de cualquier transacción realizada o próxima a realizarse para la emisora o parte relacionada, o cualquier transacción que sea inusual por su naturaleza o sus condiciones, que involucre mercadería, servicios, o activos tangibles o intangibles, en las cuales la emisora o cualquiera de sus controlantes o subsidiarias sea parte.

2) El monto de los préstamos en curso (incluyendo garantías de cualquier clase) hechos por la emisora o cualquiera de sus controlantes o subsidiarias para beneficio de cualquiera de las personas enunciadas arriba. La información que se dará incluirá el mayor monto pendiente durante el período cubierto, el monto pendiente a la última fecha factible, la naturaleza del préstamo y la transacción a la cual fue destinado, y la tasa de interés del préstamo.

d) Interés de expertos y asesores:

Si cualquiera de los expertos o asesores designados fue empleado sobre una base contingente, posee una cantidad de acciones en la emisora o sus subsidiarias que sea importante para dicha persona, o tenga un interés económico, directo o indirecto, en la emisora o que dependa del éxito de la oferta, se hará una breve descripción de la naturaleza y condiciones de tal contingencia o interés.

8. Información contable.

a) Estados contables y otra información contable:

El prospecto debe contener:

1) Los estados contables de la emisora correspondientes a los TRES (3) últimos ejercicios anuales o desde su constitución si su antigüedad fuere menor, presentados de acuerdo a los requerimientos que haya establecido esta Normas o, en caso de tratarse de una entidad que ingrese al régimen de la oferta pública, tal como fueron presentados ante la respectiva autoridad de contralor. Los estados contables deberán estar acompañados de sus correspondientes informes de auditoría emitidos por contadores públicos independientes.

2) Los estados contables de la emisora correspondientes al último período intermedio posterior al cierre del último ejercicio anual o, en su caso, los estados contables especiales de acuerdo a lo que haya establecido en estas Normas.

3) Si el monto de las exportaciones constituye una parte significativa del volumen de las ventas totales de la emisora, se expondrá el monto total de las exportaciones y el porcentaje y monto de las exportaciones sobre el monto total de las ventas.

4) Se presentará información sobre cualquier proceso legal o de arbitraje, incluyendo aquellos relativos a concursos comerciales y quiebras o procedimientos similares que involucren a terceras partes que puedan tener o hayan tenido en el pasado reciente, efectos significativos en la situación financiera de la emisora o su rentabilidad. Esto incluye acciones gubernamentales en curso o, que se conozca, vayan a tomarse.

5) Se describirá la política de la emisora sobre distribución de dividendos.

b) Cambios significativos:

Se informará si han ocurrido cambios significativos desde la fecha de los estados contables anuales, y/o desde la fecha de los estados contables más recientes por períodos intermedios incluidos en el prospecto.

9. De la oferta y la negociación.

a)

1) Indicar el precio al que se prevé ofrecer los valores negociables o el método de determinación de dicho precio y el monto de cualquier gasto que estará específicamente a cargo del suscriptor o comprador.

2) Si no existiese un mercado establecido para los valores negociables, el prospecto contendrá información respecto a la forma de determinación del precio de la oferta así como del precio de ejercicio de derechos de suscripción y el precio de conversión de los valores negociables convertibles, incluyendo quién estableció el precio o quién es formalmente responsable para la determinación del precio, los diferentes factores considerados en tal determinación y los parámetros o elementos usados como base para establecer el precio.

3) Si los accionistas de la emisora tienen derecho de preferencia y cuando el ejercicio del derecho de preferencia de los accionistas se encuentre restringido o vedado, la emisora indicará las bases para el precio de emisión, si la emisión es para obtener efectivo, junto con las razones para tal restricción o imposibilidad de su ejercicio y los beneficiarios de ello, si se intenta beneficiar a personas específicas.

4) La información relacionada con el precio histórico de los valores negociables a ser ofrecidos se expondrá como sigue:

Para los CINCO (5) ejercicios anuales completos más recientes:

(i) el precio de mercado más alto y el más bajo para cada año.

(ii) Para los DOS (2) ejercicios anuales completos más recientes y cualquier período posterior: el precio de mercado más alto y el más bajo para cada trimestre completo.

(iii) Para los SEIS (6) meses más recientes: el precio de mercado más alto y el más bajo para cada mes.

(iv) Para emisiones con ejercicio del derecho de preferencia, los precios de mercado para el primer día de negociación en los SEIS (6) meses más recientes, para el último día de negociación antes del anuncio de la oferta y (si difiere) para la última fecha factible anterior a la publicación del prospecto.

La información se dará con respecto al precio de mercado en el mercado argentino y el principal mercado de negociación fuera del mercado argentino.

Si ocurrieron suspensiones significativas en la negociación en los TRES (3) años anteriores se informará sobre ellas. Si los valores negociables no son regularmente negociados en un Mercado autorizado, se dará información acerca de cualquier falta de liquidez.

5) Declarar el tipo y clase de los valores negociables a ser ofrecidos y suministrar la siguiente información:

(i) Indicar si los valores negociables son escriturales o cartulares (nominativos no endosables), e informar el número de valores negociables que serán emitidos y puestos a disposición del mercado para cada clase de valores. El valor par o equivalente se dará sobre una base por acción y, cuando corresponda, se informará el precio mínimo de oferta. Describir los cupones adheridos, si correspondiera.

(ii) Describir cualquier restricción a la libre transferencia de los valores negociables.

6) Si los derechos que otorgan los valores negociables a ser ofrecidos están o pueden estar significativamente limitados por los derechos otorgados por otra clase de valores negociables o por las disposiciones de cualquier contrato u otros documentos, se incluirá información respecto a tales limitaciones y su efecto sobre los derechos otorgados por los valores negociables a ser ofrecidos.

7) Con respecto a valores negociables a ofrecer que no sean acciones ordinarias, resumir brevemente los derechos que otorgan.

(i) Si van a ofrecerse derechos de suscripción, informar: la extensión del derecho y la cantidad de valores negociables a que dan derecho; la cantidad de derechos en circulación, disposiciones relativas a cambios o ajustes en el precio de ejercicio; el período durante el cual puede ejercerse el derecho y el precio al que los derechos pueden ejercerse; y cualquier otra condición importante de dichos derechos.

(ii)Cuando los valores negociables convertibles o derechos de compra de acciones a ser ofrecidos están sujetos a rescate anticipado, la descripción de los términos de la conversión de los valores negociables o las condiciones significativas de los derechos incluirá si el derecho a convertir o comprar los valores se pierde si no es ejercido antes de la fecha especificada en el aviso de rescate; la fecha de expiración o terminación de los derechos; la forma, frecuencia y periodicidad de los avisos de rescate, incluyendo donde van a ser publicados.

8) En su caso, se informará sobre las calificación(es) de riesgo que hubiera merecido la emisión.

b) Plan de distribución:

1) Se informarán los nombres y direcciones de las entidades que suscribirán en firme la emisión o garantizarán el ofrecimiento.

2) En la medida que sea conocido por la emisora, indicar si los accionistas principales, los miembros del órgano de administración, de fiscalización, de los comités especiales que existiesen y gerentes, tienen la intención de suscribir la oferta, o si cualquier persona tiene la intención de suscribir más del CINCO POR CIENTO (5%) del ofrecimiento.

3) Identificar cualquier grupo de potenciales inversores a quienes se ofrecerán los valores. Si la oferta va a ser hecha simultáneamente en los mercados de DOS (2) o más países y si un tramo de la colocación ha sido o será reservado para esos mercados, indicar cuál es ese tramo.

4) Si hay valores negociables que están reservados para su colocación entre un grupo de inversores determinado incluyendo, por ejemplo, ofertas a accionistas ya existentes, directores o empleados y ex empleados de la emisora o sus subsidiarias, proporcionar todos los detalles de este o cualquier otro tipo de acuerdo que implique una colocación preferente.

5) Indicar si el monto de la oferta puede ser incrementado, tal como por el ejercicio de una opción por el suscriptor en firme a tomar una mayor cantidad de acciones por sobre lo asignado (“greenshoe”), y por qué cantidad.

6) Indicar la cantidad y un breve esbozo del plan de distribución de los valores negociables a ser ofrecidos de otra forma distinta a la de suscriptores en firme. Si los valores negociables van a ser ofrecidos a través de agentes de negociación, describir el plan de distribución y los términos de cualquier acuerdo o entendimiento con esas entidades. Si se conocen, identificar el(los) agente(s) que participará(n) en la oferta e informar el monto a ser ofrecido por cada uno de ellos.

7) Si los valores negociables van a ser ofrecidos en conexión con el lanzamiento de opciones de compra negociada en mercados y describir brevemente tales transacciones.

8) Si simultáneamente o casi simultáneamente con la emisión de las acciones para las cuales se está buscando la admisión a la negociación, se suscriben o colocan acciones de la misma clase privadamente o si están emitiendo acciones de otras clases para ser colocadas en forma pública o privada, se proporcionarán los detalles de la naturaleza de tales operaciones y de la cantidad y características de las acciones con las que se relacionan.

9) A menos que sean descriptos al responder el punto de “Contratos importantes”, describir las características del convenio de suscripción en firme junto con la cantidad de valores negociables cuya colocación ha sido garantizada por cada suscriptor en firme de acuerdo con un contrato con la emisora o con accionistas vendedores. La información precedente incluirá una declaración de si los suscriptores en firme están o estarán comprometidos a tomar e integrar todos los valores negociables que no sean colocados, o si es una agencia o el tipo de arreglo de “mejores esfuerzos” bajo el cual a los suscriptores en firme se les requerirá tomar e integrar solamente los valores negociables que puedan vender al público.

10) Si cualquier suscriptor en firme u otro tiene una relación significativa con la emisora, describir la naturaleza y términos de dicha relación.

c) Mercados:

La emisora informará sobre todos aquellos Mercados autorizados en los que se ofrecerán los valores negociables. Cuando se esté tramitando o se vaya a tramitar una solicitud de listado en cualquier Mercado, ello se mencionará sin crear la impresión que la oferta pública necesariamente será autorizada. De conocerlo, se informará sobre las fechas en las cuales las acciones se negociarán.

d) Accionistas vendedores:

Se proporcionará la siguiente información:

1) El nombre y apellido, DNI, CUIT/CUIL y domicilio de la persona o entidad que ofrece vender las acciones, la naturaleza de cualquier posición, cargo u otra relación significativa que el accionista vendedor ha tenido en los últimos TRES (3) años con la emisora o con sus predecesoras o vinculadas.

2) El número y clase de las acciones que van a ser ofrecidas por cada uno de los accionistas vendedores y el porcentaje sobre el capital accionario en circulación. Se especificará el monto y porcentaje de los valores negociables para cada tipo particular de acción que tenga el accionista vendedor antes e inmediatamente después de la oferta.

e) Dilución:

Se proporcionará la siguiente información:

1) Cuando exista una sustancial disparidad entre el precio de la oferta pública y el costo efectivo pagado por directores o gerentes, o personas vinculadas, por acciones adquiridas para ellos en transacciones ocurridas durante los últimos CINCO (5) años, o cuando tengan el derecho de adquirirlas, se deberá incluir una comparación entre las sumas a pagar por el público en la oferta pública propuesta y las sumas que efectivamente abonaron dichas personas.

2) Informar el monto y porcentaje de la dilución inmediata, resultante de la oferta computada como la diferencia entre el precio ofertado por acción y el valor neto de libros por acción para un valor negociable de clase equivalente, correspondiente a la fecha del último estado contable publicado.

3) En el caso de una suscripción ofrecida a accionistas existentes, informar el monto y porcentaje de la inmediata dilución si ellos no suscriben la nueva oferta.

f) Gastos de la emisión:

Se proporcionará la siguiente información:

1) Se informará el monto total de los descuentos o comisiones acordadas entre los agentes -a cargo de la organización, colocación y distribución- y la emisora o el ofertante, así como el porcentaje que tales comisiones representan sobre el monto total de la oferta y el monto de los descuentos o comisiones por acción.

2) Un estado razonablemente detallado de las categorías más importantes de gastos incurridos en conexión con la emisión y distribución de los valores negociables a ser ofrecidos y por quién serán pagados dichos gastos si se tratare de alguien distinto a la emisora. Si alguno de los valores negociables van a ser ofrecidos por cuenta de un accionista vendedor indicar la porción de dichos gastos a ser soportada por dicho accionista. La información puede ser dada sujeta a contingencias futuras. Si el monto que corresponda a cualquiera de estos puntos no se conoce, se dará una estimación (identificándola como tal).

10. Información adicional.

a) Capital Social:

1) Se dará la siguiente información en relación a la fecha del balance más reciente incluido en los estados contables y a la última fecha factible:

El monto del capital emitido y, para cada clase de acción:

i) La cantidad de acciones autorizadas.

ii) La cantidad de acciones emitidas y totalmente integradas y emitidas pero no integradas totalmente.

iii) El valor nominal por acción.

iv) Una conciliación de la cantidad de acciones en circulación al comienzo y al fin del año. Si en los últimos CINCO (5) años más del DIEZ POR CIENTO (10%) del capital ha sido integrado con activos distintos del dinero, se informará tal circunstancia.

2) Indicar la cantidad, valor de libros y valor nominal de las acciones de la emisora poseídas por la propia emisora, por sí misma o por sus subsidiarias.

3) Cuando exista capital autorizado pero no emitido o un compromiso de incrementar el capital, por ejemplo en conexión con obligaciones convertibles u otros valores negociables convertibles en acciones de la emisora, indicar:

i) El monto en circulación de los valores negociables convertibles en acciones y de tal capital autorizado o incremento del capital y la duración de la autorización.

ii) Las categorías de personas que tengan derechos de suscripción preferente para tales participaciones adicionales de capital.

iii) Las condiciones, convenios y procedimientos para la emisión de acciones correspondientes a tales participaciones.

4) Las personas que tengan opción o hayan acordado, condicional o incondicionalmente, realizar opciones sobre el capital de cualquier empresa del grupo, incluyendo la extensión del derecho y cantidad de las acciones comprendidas por las opciones; el precio de ejercicio; el precio de compra, si existe, y la fecha de vencimiento de las opciones, o una declaración negativa en relación a ello. Cuando las opciones hayan sido concedidas o se ha acordado concederlas a todos los tenedores de acciones o valores negociables de deuda, o de una clase similar, o a los empleados, bajo un esquema de opciones de acciones para empleados, será suficiente registrar este hecho sin dar nombres.

5) Una historia de la evolución del capital social en los últimos TRES (3) años, identificando los hechos que, durante dicho período, modificaron el monto del capital emitido y/o el número de clases de acciones de que está compuesto, junto con una descripción de los cambios en los derechos de voto y las causas determinantes de tales cambios, correspondientes a las distintas clases de capital durante ese tiempo. Se darán detalles del precio y condiciones de cualquier emisión incluyendo particularidades de consideración cuando la misma no fue de pago en efectivo (incluyendo información en relación a descuentos, condiciones especiales o pagos en cuotas). Si no existen tales emisiones, se efectuará una declaración negativa al respecto. Se expondrán también las razones en las que se funde cualquier reducción de capital, así como la proporción de dicha reducción.

6) Una indicación de las resoluciones, autorizaciones y aprobaciones en virtud de las cuales las acciones han sido o serán creadas y/o emitidas, la naturaleza de la emisión y monto correspondiente y la cantidad de valores negociables que han sido o serán creados y/o emitidos, si ello está predeterminado.

b) Instrumento constitutivo y estatutos:

Se proporcionará la siguiente información:

1) Indicar el registro y número de inscripción y describir el objeto social de la emisora, indicando la cláusula o artículos del estatuto en el que se encuentre detallado.

2) Con respecto a los directores y administradores, proporcionar un resumen de todas las disposiciones de los estatutos de la emisora con respecto a:

i) La facultad de un director ó administrador para votar sobre una propuesta, convenio o contrato en el cual tenga un interés personal.

ii) La facultad de los directores ó administradores, en ausencia de un quórum independiente, para votar compensaciones para ellos mismos o para cualquier miembro del órgano de administración.

iii) Las facultades de tomar préstamos permitida a los directores y administradores cómo pueden ser modificadas tales facultades.

iv) Retiro o no retiro de los directores y administradores al llegar a una edad límite.

3) Describir los derechos, preferencias y restricciones atribuidas a cada clase de acciones, incluyendo:

i) Derecho a dividendos, fijando la fecha límite en que el derecho a cobrar dividendos prescribe y una indicación de la parte a cuyo favor este derecho opera.

ii) Derechos de voto, incluyendo si los directores pueden presentarse para la reelección en períodos sucesivos y el impacto de tal disposición cuando se permita o requiera el voto acumulativo.

iii) Derechos a participar en las utilidades de la emisora.

iv) Derechos para participar en cualquier excedente en el caso de liquidación.

v) Disposiciones para el rescate.

vi) Disposiciones para un fondo de rescate de acciones.

vii) Responsabilidad por otras compras de acciones por parte de la emisora.

viii) Cualquier disposición discriminatoria contra cualquier tenedor existente o futuro de tales acciones como resultado de la tenencia, por tal tenedor, de una cantidad sustancial de acciones.

4) Describir las medidas necesarias para modificar los derechos de los accionistas, indicando cuándo dichas condiciones son más gravosas que las requeridas por las disposiciones legales.

5) Describir las formalidades aplicables a la convocatoria de las asambleas generales ordinarias, extraordinarias y especiales incluyendo las condiciones establecidas para participar en ellas.

6) Describir cualquier limitación de los derechos a poseer acciones, incluyendo los derechos de accionistas no residentes o extranjeros a tener o ejercer los derechos de voto de las acciones, impuestas por leyes extranjeras o por los estatutos u otro documento constitutivo de la emisora o una declaración de que no existen tales limitaciones, si ese es el caso.

7) Describir brevemente cualquier disposición estatutaria de la emisora, que pudiera tener efecto en demorar, diferir o prevenir un cambio en el control de la emisora y que operaría solamente con relación a una fusión, adquisición o reestructuración societaria que involucre a la emisora (o a cualquiera de sus subsidiarias).

8) Indicar la disposición estatutaria, si existe, por la cual se deba revelar la titularidad de la tenencia accionaria.

9) Con respecto a los apartados 2) a 8) anteriores, si la ley aplicable a la emisora en estas cuestiones difiere significativamente de la que rige en la REPÚBLICA ARGENTINA, se deberán explicar los efectos legales relativos a dichas cuestiones.

10) Describir las condiciones que rigen los cambios en el capital, establecidas en los estatutos, cuando dichas condiciones sean más estrictas que las requeridas por las disposiciones legales.

c) Contratos importantes:

Proporcionar un resumen de cada contrato importante, distinto de los contratos originados en el curso ordinario de los negocios, del cual la emisora o cualquier miembro del grupo económico es parte, celebrados en los DOS (2) años inmediatamente precedentes a la publicación del prospecto, incluyendo fechas, partes, naturaleza general de los contratos, términos y condiciones, y montos transferidos para o desde la emisora o cualquier otro miembro del grupo.

d) Controles de cambio:

Describir cualquier ley, decreto, regulación u otra normativa del país de origen de la emisora que pueda afectar.

1) La salida o entrada de capitales, incluyendo la disponibilidad de efectivo o equivalentes de efectivo para ser usado por el grupo al que pertenece la emisora.

2) La remisión de dividendos, intereses u otros pagos a tenedores, no residentes, de los valores negociables de la emisora.

e) Carga tributaria:

Se proporcionará información en relación a los impuestos (incluyendo disposiciones sobre retenciones) a las que están sujetos los tenedores de valores negociables. Se incluirá información respecto a si la emisora asume la responsabilidad por la retención de los impuestos en la fuente y respecto a las disposiciones aplicables de tratados de doble imposición entre el país de origen y la REPÚBLICA ARGENTINA, o una declaración, si corresponde, de que no existen tales tratados.

f) Dividendos y agentes pagadores:

Se informará sobre cualquier restricción a los dividendos, la fecha en la cual el derecho a dividendo surja, si ello es conocido, y los procedimientos para que los tenedores no residentes reclamen sus dividendos. Identificar las entidades financieras que, a la fecha de admisión de las acciones a la cotización, sean los agentes pagadores de la emisora en los países donde la admisión ha tenido lugar o se espera que tenga lugar.

g) Declaración por parte de expertos:

Cuando se incluya en el prospecto una declaración o informe atribuido a una persona en carácter de experto, se proporcionará el nombre de tal persona, su domicilio y antecedentes y una declaración de la razón por la cual tal informe se incorporó, en la forma y contexto en el cual se incluye con el consentimiento de tal persona, quien debió haber autorizado el contenido de esa parte del prospecto.

h) Documentos a disposición:

Se indicará dónde pueden ser consultados los documentos concernientes a la emisora que están referidos en el prospecto. Los elementos y documentos a disposición deben estar traducidos al idioma nacional.

ANEXO II

PROSPECTO INFORMATIVO ESPECIAL OFERTA PÚBLICA DE VALORES REPRESENTATIVOS DE DEUDA DE CORTO PLAZO.

I) LEYENDA:

1) Leyenda sobre sujetos responsables de información contenida en el prospecto (“Oferta Pública autorizada el DD-MM-AAAA, mediante su registro en la Comisión Nacional de Valores de acuerdo al procedimiento especial para la emisión de valores negociables representativos de deuda de corto plazo -cuya negociación se encuentra reservada con exclusividad a inversores calificados). Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La Comisión Nacional de Valores no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el prospecto. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el presente prospecto es exclusiva responsabilidad del órgano de administración de la emisora y demás responsables según los artículos 119 y 120 de la Ley Nº 26.831. El órgano de administración manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente prospecto contiene, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la emisora y de toda aquella que deba ser de conocimiento de los inversores calificados con relación a la presente emisión, conforme a las normas vigentes”.)

2) Emisor y Emisión registrados ante la C.N.V.: DD-MM-AAAA

3) Mención sobre la prohibición de adquirir y/o transferir los Valores Representativos de Deuda de Corto Plazo a quienes no sean Inversores Calificados, de acuerdo con las presentes Normas.

II) EMISOR:

1) Denominación y naturaleza:

2) Sede inscripta:

3) Inscripciones registrales:

4) Actividad principal:

III) VALORES NEGOCIABLES DE DEUDA DE CORTO PLAZO OFRECIDOS AL PÚBLICO:

1) Valor nominal total de la presente emisión:

2) Denominación mínima de los valores:

3) Precio:

4) Fecha y lugar de integración del precio:

5) Fecha de pago capital:

6) Tasa de interés:

7) Fecha de pago de los intereses:

8) Lugar de pago:

9) Tipo y forma de representación de los valores. En el caso de certificados globales indicación del respectivo agente de depósito colectivo donde se encuentran depositados:

10) Mención referida a la acción ejecutiva:

11) Ámbito de negociación:

12) En su caso, calificación(es) de riesgo:

IV) INFORMACIÓN CONTABLE Y FINANCIERA SOBRE EL EMISOR CONFORME ESTADOS CONTABLES ANUALES AL DD-MM-AAAA AUDITADOS POR: ______

______(en miles de pesos)

Capital:

Activo corriente / Pasivo corriente:

Patrimonio Neto / Pasivo:

Activo no corriente / Total activo:

Resultado del ejercicio / Patrimonio Neto promedio:

Síntesis de Resultados:



V) OTRAS EMISIONES DE VALORES: (Naturaleza, monto, principales condiciones):

VI) OTRA INFORMACIÓN SUMINISTRADA POR EL EMISOR:

ANEXO III

PROSPECTO INICIAL DE SOLICITUDES DE OFERTA PÚBLICA EN LA SECCIÓN TECNOLÓGICA.

1. Leyenda del artículo 7º del Capítulo “Prospecto”.

2. Condiciones de la emisión:

-Emisor:

-Principales características de las acciones ofrecidas:

-Cantidad y valor nominal total:

-Precio de adquisición:

-Comisiones y descuentos:

-Identificación de los agentes colocadores y distribución si existieran:
-Período de la oferta:

3. Información sobre la sociedad:

-Denominación social:

-Domicilio legal y sede inscripta:

-Condiciones a las que los estatutos sometan las modificaciones del capital y de los respectivos derechos de las diversas clases de acciones (en la medida que sean más restrictivos que las prescripciones legales).

-Valores o contratos que den participación en utilidades, distintos de las acciones (número y principales características).

-Capital:

-Capital suscripto:

-Capital integrado:

-Compromisos de ampliación del capital (cuando existan empréstitos convertibles, opciones de suscripción concedidas o aportes irrevocables, con indicación del término de expiración de los derechos y las características de las acciones, correspondientes a ese capital potencial).

-Accionistas:

-Número (total y por clases):

-Controlantes (nombres y apellidos/denominación social, CUIT/CUIL, porcentaje de las acciones y de los votos).

-Acuerdos entre accionistas respecto del gobierno y administración de la emisora (descripción suscinta de su contenido).

-Datos de los directores, gerentes y miembros del órgano de fiscalización:

-Nombre y apellido, CUIT/CUIL, antigüedad en la empresa y antecedentes profesionales.

-Principales actividades que ejerzan fuera de la sociedad, cuando esas actividades sean significativas.

-Tenencias en la compañía.

-Remuneraciones por todo concepto, percibidas de la emisora, en forma global respecto de los directores y gerentes.

-Opciones de compra de acciones y otras ventajas.

-Contratos de trabajo si los hubiere.

-Organismo o ente estatal a cuyo control se encuentra sujeta su actividad, informando el alcance del control y la dirección de la página Web del Organismo.

-Incluir los rubros indicados en el punto 3 del modelo de prospecto inicial en los que hubiera habido cambios respecto del último prospecto publicado, indicando la fecha de publicación de este en la AUTOPISTA DE INFORMACIÓN FINANCIERA, y en los sistema de información de los Mercados.

4. Actividades de la sociedad

-Objeto social:

-Actividades principales (historial de la empresa, mención de las principales categorías de productos vendidos y/o de servicios prestados, volumen de negocios, resultados):

-Información sobre patentes y licencias, o de contratos industriales, comerciales o financieros, o de nuevos procesos de fabricación, cuando esos factores revistan una importancia fundamental para la actividad o la rentabilidad de la emisora.

-Si la emisora forma parte de un grupo de empresas, descripción sucinta del grupo y del lugar que ocupa.

-Descripción de contratos significativos entre la emisora y sus accionistas, o entre la emisora y sus controlantes, controladas y vinculadas, o con los respectivos accionistas de estas.

-Indicación de cualquier litigio o arbitraje pendiente de resolución que pueda tener una incidencia importante sobre los resultados de la sociedad.

-Evaluación de las perspectivas de la sociedad. Proyectos de expansión y desarrollo para un período de TRES (3) a CINCO (5) años, indicando su objeto y las fuentes proyectadas para su financiación.

5. Estados contables e información relacionada:

-Últimos TRES (3) estados contables anuales, incluidos los estados contables consolidados en su caso, tal como fueran presentados a la respectiva autoridad de control.

-Estados contables más recientes que la emisora hubiera realizado.

-Si los estados contables tuvieren una antigüedad mayor a los CINCO (5) meses, la sociedad deberá presentar un balance especial.

-Nombre, Apellido y domicilio de los contadores públicos que hayan auditado los estados contables de los tres últimos ejercicios.

6. Información relativa a la emisión:

-Indicación de las resoluciones de asamblea y, en su caso, de directorio, que autorizaron el ingreso al régimen y la emisión.

-Número, clase, valor nominal y características de las acciones:

-Descripción de los derechos inherentes a las acciones.

-Derecho a la distribución de dividendos y a la participación en los excedentes de la liquidación, así como cualquier privilegio.

-Régimen de circulación y eventuales restricciones a su libre negociación.

-Fecha de comienzo del goce de dividendos.

-Precio de suscripción (valor nominal, prima de emisión y eventualmente importe de los gastos puestos a cargo del suscriptor o comprador):

-Modalidades de pago:

-Período y modalidades de la colocación e indicación de los establecimientos encargados de recibir las solicitudes de suscripción o compra.

-Modalidades y plazo de entrega de los valores negociables.

-Indicación de si existe o no compromiso de suscripción total o parcial de la emisión.

-Procedimientos a ser aplicados en caso que la demanda de suscripción exceda o resulte insuficiente.

-Destino de los fondos, estimación de sus efectos sobre la situación de la emisora. En su caso estructura de financiamiento del proyecto total.

-Indicación del valor contable de las acciones al cierre de los TRES (3) últimos ejercicios y al cierre de los estados contables más recientes que se hubieran presentado.

7. Informaciones sobre la evolución reciente y perspectivas de la emisora:

-Evolución de los negocios después del cierre del ejercicio hasta el penúltimo mes anterior a la publicación del prospecto.

-Evolución de la producción, ventas o servicios prestados, existencias, volumen de la cartera de pedidos, costos y precios de venta o prestación.

8. Indicación del lugar donde puede consultarse la documentación mencionada en el prospecto y donde puede ser obtenida cualquier otra información complementaria sobre la sociedad y/o sobre la oferta.

ANEXO IV

PROSPECTO PARA POSTERIORES AUMENTOS DE CAPITAL POR SUSCRIPCIÓN PÚBLICA DE EMISORAS EN LA SECCIÓN TECNOLÓGICA.

1. Leyenda obligatoria del “Prospecto”.

2. Condiciones de la emisión:

-Emisor.

-Principales características de las acciones ofrecidas.

-Cantidad y valor nominal total.

-Precio de adquisición.

-Comisiones y descuentos.

-Identificación de los agentes registrados en la Comisión a cargo de la colocación y distribución.

-Período de la oferta.

3. Información sobre la sociedad:

-Incluir los rubros indicados en el punto 3 del modelo de prospecto inicial en los que hubiera habido cambios respecto del último prospecto publicado, indicando la fecha de publicación de este en la AUTOPISTA DE INFORMACIÓN FINANCIERA, y en los sistema de información de los Mercados.

4. Actividades de la sociedad

-Incluir los rubros indicados en el punto 4 del modelo de prospecto inicial en los que hubiera habido cambios respecto del último prospecto publicado, indicando la fecha de publicación de este en la AUTOPISTA DE INFORMACIÓN FINANCIERA, y en los sistema de información de los Mercados.

5. Estados contables e información relacionada:

-Indicación de las fechas en que la información contable de los TRES (3) últimos ejercicios –comprendiendo los estados contables trimestrales- fue publicada en AUTOPISTA DE INFORMACIÓN FINANCIERA, y en los sistema de información de los Mercados, indicando en cada caso el tipo de información (estados contables anuales, trimestrales o especiales, estados contables consolidados).

6. Información relativa a la emisión:

-Indicación de las resoluciones de asamblea y, en su caso, del órgano de administración, que autorizaron el ingreso al régimen y la emisión.

-Número, clase, valor nominal y características de las acciones:

-Descripción de los derechos inherentes a las acciones.

-Derecho a la distribución de dividendos y a la participación en los excedentes de la liquidación, así como cualquier privilegio.

-Régimen de circulación y eventuales restricciones a su libre negociación.

-Fecha de comienzo del goce de dividendos.

-Precio de suscripción (valor nominal, prima de emisión y eventualmente importe de los gastos puestos a cargo del suscriptor o comprador):

-Modalidades de pago:

-Período y modalidades de la colocación e indicación de los establecimientos encargados de recibir las solicitudes de suscripción o compra.

-Modalidades y plazo de entrega de los valores negociables.

-Indicación de si existe o no compromiso de suscripción total o parcial de la emisión.

-Procedimientos a ser aplicados en caso que la demanda de suscripción exceda o resulte insuficiente.

-Destino de los fondos, estimación de sus efectos sobre la situación de la emisora. En su caso estructura de financiamiento del proyecto total.

-Indicación del valor contable de las acciones al cierre de los TRES (3) últimos ejercicios y al cierre de los estados contables más recientes que se hubieran presentado.

-Evolución del precio de negociación de las acciones durante los TRES (3) últimos ejercicios y hasta el penúltimo mes anterior a la publicación del prospecto (indicar precios máximos y mínimos, la información se proveerá a fin de cada trimestre para los primeros DOS (2) ejercicios, y al último día de cada mes para el resto del período).

7. Informaciones sobre la evolución reciente y perspectivas de la emisora:

-Evolución de los negocios después del cierre del ejercicio hasta el penúltimo mes anterior a la publicación del prospecto.

-Evolución de la producción, ventas o servicios prestados existencias, volumen de la cartera de pedidos, costos y precios de venta o prestación.

8. Indicación del lugar donde puede consultarse la documentación mencionada en el prospecto y donde puede ser obtenida cualquier otra información complementaria sobre la sociedad y/o sobre la oferta.

ANEXO V

PROSPECTO DE UNA OFERTA PÚBLICA DE ADQUISICIÓN Y/O CANJE DE VALORES.

El prospecto explicativo de la oferta de adquisición y/o canje de valores, comprenderá la información mínima detallada a continuación:

I. ELEMENTOS SUBJETIVOS DE LA OFERTA

a) Denominación y sede inscripta de la sociedad afectada.

b) Nombre, apellido, CUIT/CUIL, y domicilio real del oferente o, cuando sea una persona jurídica, denominación o razón social, sede inscripta y objeto social.

c) Entidades que pertenezcan al mismo grupo que el oferente, con indicación de la estructura del grupo e identificación de los accionistas controlantes últimos del oferente.

d) Personas responsables del prospecto, conforme lo dispuesto en el artículo 119 y 120 de la Ley Nº 26.831.

e) Detalle de los valores negociables de la sociedad afectada de los que sean titulares directa o indirectamente el oferente, las sociedades de su mismo grupo, otras personas que actúen por cuenta del oferente o concertadamente con él y, de ser el oferente una persona jurídica, los miembros de sus órganos de administración, con indicación de los derechos de voto correspondientes a los valores y de la fecha y precio de los adquiridos en los últimos DOCE (12) meses.

f) Eventuales acuerdos, expresos o no, entre el oferente y los miembros del órgano de administración de la sociedad afectada; ventajas específicas que el oferente haya reservado a dichos miembros; y, de darse cualquiera de las anteriores circunstancias, referencia a los valores de la sociedad oferente poseídos por dichos miembros.

g) Información sobre la naturaleza de su actividad y negocios y sobre la situación económico-financiera de la sociedad oferente de los DOS (2) últimos ejercicios, con identificación de su patrimonio, cifra de negocios, activos totales, endeudamiento, resultados, y referencia expresa a cualquier salvedad o indicación relevante que conste en los informes de auditoría externa en relación con ellos. Asimismo, deberá proveer información relativa a sus perspectivas financieras y comerciales. Cuando la sociedad oferente forme parte de un grupo, la citada información deberá referirse no sólo a la sociedad oferente, sino también a los estados contables del grupo consolidado.

II. ELEMENTOS OBJETIVOS DE LA OFERTA

a) Valores negociables a los que se extiende la oferta, con indicación del porcentaje o número de valores máximo y mínimo que el oferente se compromete a adquirir y, en su caso, número mínimo de valores a cuya adquisición se condicione la efectividad de la oferta.

b) Contraprestación ofrecida por los valores.

c) Cuando la contraprestación consista total o parcialmente en canje por otros valores emitidos por sociedad distinta de la oferente, también se incluirá en el prospecto información sobre:

1) La situación económico-financiera de la sociedad emisora de los últimos DOS (2) ejercicios, con detalle similar al señalado en el inciso g) del punto I precedente, de forma que resulte posible formar adecuado juicio sobre la estimación del valor ofrecido.

2) Derechos y obligaciones que incorporen los valores negociables, con expresa referencia a las condiciones y a la fecha a partir de la cual dan derecho a participar en beneficios, así como mención expresa de si gozan o no de derecho de voto.

3) Valoración realizada por evaluadoras especializadas independientes.

4) Todos los cambios sustanciales acaecidos en la situación financiera o empresarial de la sociedad posteriores al cierre de los últimos estados contables auditados.

5) Observaciones del auditor respecto a los estados contables que sean de especial relevancia.

6) Cuando, debido a un cambio, las cifras no sean comparables, se deberá hacer constar esta circunstancia y el efecto contable estimado deberá ser publicado.

7) La identidad del personal de dirección y gerentes de la sociedad oferente.

8) Información sobre el primer dividendo o interés a abonar en el que participarán los nuevos valores, y su futura posición en cuanto a dividendos e intereses, capital y amortización y una declaración indicando los efectos de las aceptaciones respecto al capital y a los ingresos de los accionistas de la sociedad afectada. Si los nuevos valores no van a ser idénticos a otros ya en circulación que se negocian en el Mercado, se deberá incluir información completa de los derechos inherentes a esos valores, junto con una declaración sobre si se ha solicitado o se va a solicitar la admisión de esos valores a negociación, o si se ha solicitado o se va a solicitar su admisión en cualquier otro Mercado.

d) Garantías constituidas por el oferente para la liquidación de su oferta.

e) Declaración relativa a un posible futuro endeudamiento del oferente así como, en su caso, de la sociedad afectada para la financiación de la oferta.

f) Una descripción de la financiación de la oferta y de la procedencia de dicha financiación. Se deberá identificar a los principales prestamistas o agentes de negociación intervinientes en dicha financiación. Cuando el oferente establezca que el pago de los intereses, la refinanciación o la garantía por cualquier responsabilidad contingente o no, dependa en un grado importante de los negocios de la sociedad afectada, se deberá presentar una declaración de los acuerdos en cuestión. Si este no es el caso, se deberá presentar una declaración negativa a estos efectos.

III. ELEMENTOS FORMALES

a) Fecha de emisión de la oferta y plazo de aceptación de la oferta.

b) Formalidades que deben cumplir los destinatarios de la oferta para manifestar su aceptación, así como la forma y plazo en el que recibirán la contraprestación.

c) Gastos de aceptación y liquidación de la oferta que sean de cuenta de los destinatarios, o distribución de los mismos entre el oferente y aquellos.

d) Designación de agentes de negociación autorizados que actúen por cuenta del oferente.

e) Tener en la tapa la leyenda obligatorio del Prospecto.

IV. OTRAS INFORMACIONES

a) Finalidad perseguida con la adquisición, mencionando expresamente las intenciones del oferente sobre la actividad futura de la sociedad afectada. Se incluirán, en su caso, eventuales planes relativos a la utilización de activos de la sociedad afectada, y los que se refieran a los órganos de administración de la sociedad afectada, así como las modificaciones de los estatutos de la sociedad afectada y las iniciativas con respecto a la negociación de los valores negociables de dicha sociedad. En especial, deberá detallarse la siguiente información:

1) Sus intenciones en cuanto a continuidad de los negocios de la sociedad afectada; cualquier cambio importante que se vaya a introducir en la empresa, incluyendo cualquier reestructuración de los activos de la sociedad afectada; y la continuidad de los puestos de trabajo de los empleados de la sociedad afectada.

2) La justificación empresarial a largo plazo de la oferta propuesta.

3) La manera en que se verán afectados los emolumentos de los directivos de la sociedad oferente por la adquisición de la sociedad afectada o por cualquier otra transacción vinculada. De no existir ningún efecto, se deberá hacer constar esta circunstancia.

4) Un resumen del contenido de cada contrato relevante (salvo contratos que derivan del transcurso normal de la actividad empresarial) firmado por el oferente con la sociedad afectada durante los DOS (2) años anteriores al inicio del período de oferta, incluyendo los detalles relacionados con las fechas, las partes, los términos y condiciones o cualquier contraprestación efectuada por o al oferente.

b) Posibilidad o no de que el resultado de la oferta quede afectado por la Ley Nº 25.156 de Defensa de la Competencia o por el reglamento y, en su caso, eventuales actuaciones que pretenda o deba iniciar el oferente ante los órganos de defensa de la competencia, con indicación de sus posibles consecuencias.

c) El prospecto deberá contener cualquier otra información que sea relevante para tomar una decisión informada respecto de la oferta o que el oferente considere oportuno incluir.