JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 696/2013
Cobertura de cargos.
Bs. As., 6/9/2013
VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0038348/2013 del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 25.164 y 26.784, los
Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, 214 del 27 de febrero
de 2006 y sus modificatorios, 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 506 del 2 de diciembre de
2009, modificada por la Decisión Administrativa Nº 1126 de fecha 8 de
noviembre de 2012, y la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION
PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 de fecha 18 de
marzo de 2010, modificada por la Resolución de la SECRETARIA DE
GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS Nº 467 de fecha 20 de noviembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784 se dispuso el congelamiento
de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de
la misma, en las jurisdicciones y entidades de la administración
nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión
fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 506 de fecha 2 de diciembre
de 2009, modificada por la Decisión Administrativa Nº 1126 de fecha 8
de noviembre de 2012, se aprobó la normativa para tramitar la
autorización prevista en el artículo 7° de la Ley Nº 26.422 o el que la
sustituya, y para la cobertura mediante la convocatoria a los procesos
de selección de personal respectivos, de las vacantes de planta
permanente existentes en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de
2008 y sus modificatorios.
Que mediante Acta Nº 47 del COMITE PARA LA COORDINACION DE LOS PROCESOS
DE PLANIFICACION DE LAS DOTACIONES DE PERSONAL de fecha 26 de agosto de
2013, se determinó en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (258)
los cargos presupuestarios vacantes correspondientes a la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS que serán objeto de autorización para su
cobertura mediante el régimen de selección adoptado en el marco del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) mencionado.
Que en el Anexo del Acta citada precedentemente se indican los cargos
presupuestarios a autorizar por puesto de trabajo, agrupamiento y nivel
escalafonario.
Que los mismos responden a las necesidades funcionales de proveer a la
adecuada dotación del personal que asegure la prestación efectiva de
los servicios a cargo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
promoviendo a la mejora de las relaciones de empleo de la misma.
Que por ello, resulta imprescindible exceptuar a la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS de la prohibición contenida en el artículo 7° de
la Ley Nº 26.784, a los efectos de posibilitar la inmediata cobertura
de los cargos vacantes financiados de la planta permanente
identificados por el Acta Nº 47 del COMITE PARA LA COORDINACION DE LOS
PROCESOS DE PLANIFICACION DE LAS DOTACIONES DE PERSONAL de fecha 26 de
agosto de 2013.
Que los referidos cargos se encuentran vacantes y financiados.
Que la cobertura de los cargos que se propicia descongelar se hará
conforme al Sistema de Selección vigente y requisito según lo
establecido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), y en su
Régimen de Selección de Personal aprobado por Resolución de la ex
SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010,
modificada por la Resolución de la SECRETARIA DE GABINETE Y
COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº
467 de fecha 20 de noviembre de 2012.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION
NACIONAL y por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º — Exceptúase a la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la prohibición contenida en el
artículo 7° de la Ley Nº 26.784, a los efectos de posibilitar la
cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente
que se detallan en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante
de la presente medida.
Art. 2° — Los cargos
involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección
vigentes y requisitos según lo establece el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre
de 2008 y sus modificatorios.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F. Randazzo.
ANEXO
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS