MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO




MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 12/12

REGIMEN DE ORIGEN DEL MERCOSUR
(DEROGACION DE LA DIRECTIVA CCM Nº 03/10)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 41/03 del Consejo del Mercado Común, las Resoluciones Nº 37/04, 70/06, 17/07, 27/07, 28/07, 01/08, 05/08, 30/08, 33/08, 34/08, 56/08 y 57/08 del Grupo Mercado Común y las Directivas Nº 23/07, 06/09 y 03/10 de la Comisión de Comercio del MERCOSUR.

CONSIDERANDO:


Que la Resolución GMC Nº 37/04, al reglamentar los Artículos 1° y 2° de la Decisión CMC Nº 41/03, previó la elaboración de una lista por país en la cual se indicaría la fecha en la que cada producto alcanzará el nivel de preferencia de 100%, sin límites cuantitativos, en los cuatro Estados Partes del MERCOSUR con relación a cada uno de los Países Andinos.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 - Aprobar la lista de ítems arancelarios prevista en el Artículo 6° de la Resolución GMC Nº 37/04 que figura como Anexo y forma parte de la presente Directiva.

Art. 2 - Derogar la Directiva CCM Nº 03/10.

Art. 3 - Solicítase a los Estados Partes que instruyan a sus respectivas Representaciones ante la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), a protocolizar la presente Directiva en el marco del Acuerdo de Complementación Económica Nº 18, en los términos establecidos en la Resolución GMC Nº 39/11.

Art. 4 - Esta Directiva deberá ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes antes del 31/VIII/2012.

CXXVII CCM - Montevideo, 18/V/12.

PABLO GRINSPUN, Director Nacional de Mercosur.

 “El Acta de la CXXVII Reunión Ordinaria de la Comisión de Comercio del Mercosur (CCM), realizada entre los días 16 y 18 de mayo de 2012 en la ciudad de Montevideo y los anexos mencionados en la misma se encuentran a disposición del público en el sitio web Oficial del MERCOSUR (www.mercosur.int.) de conformidad con lo que establece el Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley 24.560.”