MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 45/12


APORTES DE VENEZUELA A LOS PRESUPUESTOS DE LA SECRETARIA DEL MERCOSUR Y DE LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISION PARA EL EJERCICIO 2012

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, la Decisión Nº 27/12 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 50/03, 28/11 y 29/11 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que por medio de las Resoluciones GMC Nº 28/11 y 29/11 se aprobaron los presupuestos de la Secretaría del MERCOSUR (SM) y de la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión (ST) para el ejercicio 2012 respectivamente.

Que conforme a lo establecido en la Decisión CMC Nº 27/12, a partir del 12 de agosto de 2012, la Republica Bolivariana de Venezuela adquirió la condición de Estado Parte del MERCOSUR y, en virtud de ella, participa con todos los derechos y obligaciones en el MERCOSUR.

Que es necesario determinar los valores de los aportes de la República Bolivariana de Venezuela a los presupuestos de los órganos mencionados, de forma proporcional, teniendo en cuenta la fecha de su incorporación efectiva al MERCOSUR.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:


Art. 1 - Fijar el valor del aporte de Venezuela al presupuesto de la SM para el ejercicio 2012 en US$ 184.641,00 (ciento ochenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y un dólares estadounidenses).

Art 2 - Fijar el valor del aporte de Venezuela al presupuesto de la ST para el ejercicio 2012 en US$ 28.260,00 (veintiocho mil doscientos sesenta dólares estadounidenses).

Art 3 - Los demás Estados Partes podrán descontar de sus aportes al presupuesto de cada Organo para el ejercicio 2013, la cuarta parte de los valores establecidos en los artículos 1 y 2.

Art. 4 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XC GMC - Brasilia, 22/XI/12