MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 46/12

CREACION DE CARGOS, EN LOS ORGANOS DE LA ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DEL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, o Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, las Decisiones Nº 07/07, 05/09, 01/10 y 24/10, 03/12 y 04/12 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 66/05, 49/10, 17/12 y 18/12 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que es necesario incorporar a los órganos de la estructura institucional del MERCOSUR, nacionales de la República Bolivariana de Venezuela, observando el principio general de equilibrio de nacionalidades.

Que el Grupo de Trabajo Ad Hoc creado por la Decisión CMC Nº 12/07 elaboró una propuesta de creación de cargos a ser destinados a nacionales de Venezuela en los órganos del MERCOSUR.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 - Crear un cargo de Asesor Técnico, un cargo de Técnico y un cargo de Asistente Técnico en la Secretaría del MERCOSUR (SM).

Art. 2 - Crear un cargo de Técnico en la Secretaría del Tribunal Permanente de Revisión (ST).

Art. 3 - Crear un cargo de Analista de Proyectos y un cargo de Técnico Senior en la Unidad Técnica FOCEM (UTF).

Art. 4 - Los cargos mencionados en los artículos precedentes serán ocupados por nacionales venezolanos contratados por concurso, en los términos de las Decisiones CMC Nº 07/07 y 05/09 y de la Resolución GMC Nº 49/10 según corresponda. Una vez contratados, serán considerados funcionarios MERCOSUR.

Art. 5 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XC GMC - Brasilia, 22/XI/12

PABLO GRINSPUN, Director Nacional de Mercosur.

“El Acta de la XC Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común (GMC), realizada entre los días 20 y 22 de noviembre de 2012 en la ciudad de Brasilia y los anexos mencionados en la misma se encuentran a disposición del público en el sitio web Oficial del MERCOSUR (www.mercosur.int.) de conformidad con lo que establece el Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley 24.560”.