MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO




LXXXVIII GMC - Buenos Aires, 14/VI/12.

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 20/12

REGIMEN DE PASANTIAS DEL MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 37/03, 03/07, 07/07, 14/09, 01/10, 63/10 y 65/10 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 11/11 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que resulta conveniente contar con un régimen de pasantías que regule las prácticas que realicen estudiantes universitarios de los Estados Partes en los órganos del MERCOSUR.

Que la colaboración en las tareas ordinarias de dichos órganos permitirá al pasante enriquecer su formación académica y profesional.

Que un régimen de pasantías contribuirá a la interacción entre los órganos del MERCOSUR y la comunidad universitaria de los Estados Partes.

EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el “Régimen de Pasantías del MERCOSUR” que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LXXXVIII GMC - Buenos Aires, 14/VI/12.

PABLO GRINSPUN, Director Nacional de Mercosur.

“El Acta de la LXXXVIII Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común (GMC), realizada entre los días 11 y 14 de junio de 2012 en la ciudad de Buenos Aires y los anexos mencionados en la misma se encuentran a disposición del público en el sitio web Oficial del MERCOSUR (www.mercosur.int.) de conformidad con lo que establece el Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley 24.560”.