MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución Nº 328/2013
Bs. As., 12/9/2013
VISTO el Expediente N° S05:0549687/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que el desarrollo de maíces genéticamente modificados con genes de
Bacillus Thuringiensis tiene como objetivo el control de insectos
lepidópteros plagas de los cultivos agrícolas.
Que para el uso de estos materiales es recomendable un manejo
específico del cultivo, tendiente a mantener poblaciones de insectos
susceptibles, los cuales en su cruzamiento con potenciales resistentes,
produzcan una descendencia que resultará eliminada por las dosis de
proteínas insecticidas presentes en la planta.
Que el no cumplimiento de este manejo aconsejado, sumado a condiciones
agroecológicas del cultivo que determinan el desarrollo de una mayor
cantidad de generaciones anuales respecto de otras áreas agrícolas, ha
producido aparentemente un incremento de individuos resistentes.
Que se ha detectado en la Provincia de SAN LUIS, Departamento de
Ayacucho, en las localidades de Quines, Balde de Quines y La
Candelaria, un incremento significativo de ataque por parte de la plaga
Diatraea saccharalis en materiales Bt portadores de las proteínas
Cry2Ab2, Cry1A.105 y Cry1F.
Que esta aparente evolución de la población de insectos resistentes
constituye un riesgo para los cultivos agrícolas en la región en
cuestión, y que para el caso particular de los lotes destinados a la
producción de semillas de maíz, puede ocasionar la dispersión a otras
áreas de estos individuos de especies de lepidópteros resistentes.
Que la Dirección de Biotecnología del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA ha recomendado la siembra de cultivos no hospederos
del género Diatraea durante la Campaña 2013/2014, así como realizar
estudios para determinar las verdaderas razones de esta importante
afectación de los cultivos de la región por parte de plagas de especies
lepidópteras.
Que se considera necesario restringir el cultivo de lotes para la
producción de semillas de especies potencialmente hospederas de
lepidópteros en la región bajo análisis.
Que el Artículo 15° de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N° 20.247 faculta al dictado de esta medida.
Que la COMISON NACIONAL DE SEMILLAS (CONASE), organismo actuante en
jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se ha
expedido favorablemente al respecto en su reunión N° 406 de fecha 10 de
septiembre de 2013.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE
SEMILLAS (INASE), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le
compete.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Para la Campaña Agrícola 2013/2014 no se aceptarán para
la fiscalización, lotes de producción de semillas de especies
hospederas de lepidópteros, en particular aquellas que forman parte de
la familia de las gramíneas, en la Provincia de SAN LUIS, Departamento
de Ayacucho y su zona de influencia.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 546/2016
del Instituto Nacional de Semillas B.O. 27/12/2016 se prorroga para las
sucesivas campañas la restricción
para la fiscalización de lotes de producción de semillas de especies
hospederas de lepidópteros dispuesta a través de la presente
Resolución. La misma se mantendrá hasta que se cuente con los elementos
de juicio que aconsejen
el dictado de una nueva resolución levantando la restricción dispuesta. Prórroga anterior: Resolución N° 285/2015 del Instituto Nacional de Semillas B.O. 21/8/2015; Resolución N° 329/2014 del Instituto Nacional de Semillas B.O. 10/10/2014)
ARTICULO 2° — Los infractores a la presente serán sancionados de
acuerdo al capítulo de sanciones de la Ley de Semillas y Creaciones
Fitogenéticas N° 20.247.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y oportunamente, archívese. — Ing. Agr.
CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.
e. 18/09/2013 Nº 73182/13 v. 18/09/2013