MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MERCOSUR/GMC/RES. 06/13
REGIMEN
DE CARRERA DE LOS FUNCIONARIOS MERCOSUR
(MODIFICACION DEL ANEXO DE LA DECISION
CMC N° 04/12)
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso
Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de
Chile, las Decisiones N° 07/07, 03/12 y 04/12 del Consejo del Mercado
Común y las Resoluciones N° 06/04 y 17/12 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que el Articulo 2 de la Decisión CMC N° 04/12 faculta al GMC a
modificar cuando lo estime oportuno, las disposiciones contenidas en el
Anexo de dicha Decisión.
Que resulta necesario ajustar los términos del Anexo de la Decisión CMC
N° 04/12 con miras a permitir su plena implementación.
EL
GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 - Modificar el Anexo de la Decisión CMC N° 04/12 “Régimen de
Carrera de los Funcionarios MERCOSUR” y sustituirlo por el Anexo que
forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la
organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
XCI
GMC - Montevideo, 07/VI/13.
PABLO GRINSPUN, Director Nacional de MERCOSUR.
“El Acta de la XCI Reunión Ordinaria
del Grupo Mercado Común (GMC), realizada entre los días 6 y 7 de junio
de 2013 en la ciudad de Montevideo y los anexos mencionados en la misma
se encuentran a disposición del público en el sitio web Oficial del
MERCOSUR (www.mercosur.int.) de conformidad con lo que establece el
Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley 24.560.”