MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO


MERCOSUR/GMC/RES. 06/13

REGIMEN DE CARRERA DE LOS FUNCIONARIOS MERCOSUR

(MODIFICACION DEL ANEXO DE LA DECISION CMC N° 04/12)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, las Decisiones N° 07/07, 03/12 y 04/12 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 06/04 y 17/12 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:


Que el Articulo 2 de la Decisión CMC N° 04/12 faculta al GMC a modificar cuando lo estime oportuno, las disposiciones contenidas en el Anexo de dicha Decisión.

Que resulta necesario ajustar los términos del Anexo de la Decisión CMC N° 04/12 con miras a permitir su plena implementación.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art. 1 - Modificar el Anexo de la Decisión CMC N° 04/12 “Régimen de Carrera de los Funcionarios MERCOSUR” y sustituirlo por el Anexo que forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

XCI GMC - Montevideo, 07/VI/13.

PABLO GRINSPUN, Director Nacional de MERCOSUR.

“El Acta de la XCI Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común (GMC), realizada entre los días 6 y 7 de junio de 2013 en la ciudad de Montevideo y los anexos mencionados en la misma se encuentran a disposición del público en el sitio web Oficial del MERCOSUR (www.mercosur.int.) de conformidad con lo que establece el Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley 24.560.”