MINISTERIO DE INDUSTRIA

Decreto N° 13.816/1954

Dependerán de Ministerio de Industria las Empresas Nacionales de Energía y la Dirección Nacional de Industrias del Estado.

Buenos Aires, 19/8/1954.

VISTO la Ley N° 14.303, Orgánica de los Ministerios del Poder Ejecutivo, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario reajustar el Decreto N° 17.371/50 de creación de Empresas Nacionales de Energía (E. N. D. E.) con el objeto de establecer su dependencia del Ministerio de Industria de la Nación;

Por ello, y atento a lo propuesto por dicho Departamento de Estado,

El Presidente de la Nación Argentina,

Decreta:

Artículo 1° - Empresas Nacionales de Energía (E. N. D. E.) dependerá del Ministerio de Industria de la Nación, correspondiendo su presidencia al titular de dicho Departamento de Estado y la vicepresidencia 1° al Señor Subsecretario del mismo.

Art. 2° - Suprímese en el articulado del Decreto número 17.371/50 y del texto ordenado de los Decretos N° 22.380/45 y 17.371/50, aprobado por Decreto N° 21.072/50, las referencias al Ministerio de Industria y Comercio de la Nación, las que se substituyen por Ministerio de Industria de la Nación.

Art. 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Nacional y archívese.

PERON. - Orlando L. Santos.