DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 263/1958


Bs. As., 10/1/1958

VISTO lo propuesto por el Estado Mayor de Coordinación y,

CONSIDERANDO:

Que el Plan Militar General para la Defensa del Continente Americano (Documento C-0143) producido por la Junta Interamericana de Defensa es una revisión del anterior (Documento C-019), efectuada sobre la base de una nueva apreciación de la situación mundial y las observaciones presentadas por algunos Estados Americanos;

Que el Documento C-019 fué oportunamente aprobado por nuestro País;

Que sobre la base de los antecedentes citados en los considerandos precedentes el Estado Mayor de la Junta Interamericana de Defensa elaboró el Documento T-044 que, puesto a consideración del Consejo de Delegados, fué probado y remitido a los diferentes países a fin de que presentaran sus observaciones;

Que los Ministerios Militares y el de Relaciones Exteriores prepararon sus observaciones al Documento T-044 las que, discutidas en el Estado Mayor de Coordinación, fueron finalmente aprobadas por el Poder Ejecutivo, previa consideración de las mismas por la Junta Consultiva Militar;

Que las observaciones y enmiendas presentadas por la República Argentina fueron debidamente tenidas en cuenta por la Junta Interamericana de Defensa y, en su mayoría, incluídas en el Documento C-0143;

Que el documento C-0143 y sus Anexos 1, 2 y 3 (Documentos C-0144, 0145 y 0146) fueron aprobados por el Consejo de Delegados de la Junta Interamericana de Defensa y, remitidos a nuestro país, fueron considerados y aprobados por los Ministerios Militares, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y el Estado Mayor de Coordinación;

Que el Documento de referencia (C-0143) contiene recomendaciones que resultan beneficiosas para la Defensa del Continente Americano;

EL PRESIDENTE PROVISIONAL DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —
Apruébase el Plan Militar General para la Defensa del Continente Americano, Documento C-0143 y sus Anexos: 1, Zona de Seguridad y Bloques Políticos de Naciones (Documento C-0144); 2, Areas de Importancia Estratégica dentro del Continente Americano con las Respectivas Consideraciones que sirvieron para su determinación (Documento C-0145); y 3, Líneas de Comunicaciones y Areas Focales del Tráfico Marítimo del Continente (Documento C-0146).

Art. 2° —
Remítanse Instrucciones al Jefe de la Delegación Militar Argentina ante la Junta Interamericana de Defensa, para que en nombre del Gobierno de la República Argentina comunique a la Junta Interamericana de Defensa la aprobación del referido Plan Militar General y Anexos 1, 2 y 3 (Documentos C-0143, C-0144, C-0145 y C-0146).

Art. 3° —
El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Relaciones Exteriores y Culto, de Guerra, de Marina y de Aeronáutica.

Art. 4° —
Comuníquese, publíquese en los Boletines Confidenciales de los Ministerios de Guerra, Marina y Aeronáutica y archívese en el Estado Mayor de Coordinación. — ARAMBURU.