MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 924/2013
Registro Nº 778/2013
Bs. As., 2/8/2013
VISTO el Expediente Nº 1.212.921/07 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que bajo las presentes actuaciones tramita la homologación del Acuerdo
suscripto por la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES
(U.T.P.B.A.) por la parte gremial y la ASOCIACION DE RADIODIFUSORAS
PRIVADAS ARGENTINAS (A.R.P.A.) por la parte empleadora, obrante a fojas
217/218 de las actuaciones citadas en el Visto, conforme lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que los negociadores establecen sustancialmente, para los trabajadores
alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 301/75, nuevos
salarios básicos, ello en un todo de acuerdo con las previsiones sobre
disponibilidad negocial.
Que a los fines de la suscripción del acuerdo arribado, se ha declarado
constituida la comisión negociadora, mediante Disposición de la
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 270 de fecha 22 de mayo
de 2013.
Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.
Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa
laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de
los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que atento el contenido del acuerdo a homologar, aplicable al personal
que se desempeña en las empresas representadas por la asociación
signataria, que a su vez se rige por la Ley Nº 12.908 “Estatuto del
Periodista Profesional” y Decreto-ley Nº 13.839/46 “Estatuto del
Empleado Administrativo de Empresas Periodísticas” es menester dejar
expresamente aclarado que en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1º
de la Resolución de la Secretaría de Trabajo Nº 305/07, no corresponde
fijar y publicar tope indemnizatorio respecto del acuerdo que por este
acto se homologa.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo ha tomado la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION
DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES (U.T.P.B.A.) por la parte
gremial y la ASOCIACION DE RADIODIFUSORAS PRIVADAS ARGENTINAS
(A.R.P.A.) por la parte empleadora, obrante a fojas 217/218 del
Expediente Nº 1.212.921/07, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el
Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas
217/218 Expediente Nº 1.212.921/07.
ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente Nº 1.212.921/07
Buenos Aires, 05 de Agosto de 2013
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 924/13, se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 217/218 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 778/13. — JORGE A.
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
Expediente Nº 1212921/07
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 19 días del mes de Noviembre de
2012 comparecen ante mí, Lic. Marcos AMBRUSO, secretario de
conciliación de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO el Sr.
Jorge MURACCIOLE en representación de la UTPBA junto a los delegados
paritarios de la rama radios por una parte y por la otra el Sr. Hector
PARREIRA en representación de la ASOCIACION DE RADIODIFUSORAS PRIVADAS
ARGENTINAS.
Abierto el acto por el funcionario actuante, en uso de la palabra las partes manifiestan haber arribado al siguiente acuerdo:
Incorporar con los salarios del mes de Abril 2013 a los salarios
básicos la suma de $ 250 acordada en la audiencia del día 27/06/12, con
la salvedad que para las categorías de aspirante, reportero y cronista
la suma a incorporar será de $ 265.
Asimismo acuerdan un aumento del 7% sobre los salarios básicos vigentes
al 30/04/12 a partir del 01/01/2013 y hasta el 30/04/2013.
Las partes ratifican en todos sus términos el acuerdo presentado y solicitan su homologación.
Sin más, se da por finalizada la audiencia firmando ante mí, que certifico.