MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES


Disposición Nº 2980/2013


Bs. As., 27/9/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0009296/2013 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 25.871, el Decreto Nº 1177 del 23 de agosto de 2013, la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Nº 761 del 1º de agosto de 2013, las Disposiciones DNM Nº 644 del 5 de mayo de 2010 y Nº 2083 del 16 de agosto de 2011, el Acuerdo celebrado mediante el intercambio de Notas Reversales entre los Gobiernos de la REPUBLICA ARGENTINA y del ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA del 14 de mayo de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.871 estipula que el ingreso y egreso de personas al Territorio Nacional se realizará exclusivamente por los lugares habilitados por la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, sean éstos Terrestres, Fluviales, Marítimos o Aéreos, oportunidad y lugar en que serán sometidas al respectivo control migratorio.

Que los artículos 34, 107 y 108 de la citada ley prevén la facultad de esta Dirección Nacional para habilitar los sitios y modos en que se desarrollarán los controles del ingreso y egreso de personas hacia y desde el Territorio Nacional.

Que la Disposición DNM Nº 644/10 creó el Registro Unico de Pasos Fronterizos, mientras que mediante la Disposición DNM Nº 2083/11 se aprobó el listado actualizado de Pasos, Puertos y Aeropuertos habilitados para el tránsito internacional de personas.

Que en virtud del dictado del Decreto Nº 1177/13 el personal de la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA está siendo trasladado para cumplir nuevas funciones, lo que ha determinado la necesidad de reasumir el control migratorio delegado en esa POLICIA MIGRATORIA AUXILIAR en distintos pasos de frontera.

Que a consecuencia de lo expresado, anteriormente, se hizo necesario incorporar y capacitar a una importante dotación de personal en el ámbito de esta Dirección Nacional.

Que esta reasunción de funciones en los pasos fronterizos por parte de esta dotación de personal propio, debe establecerse en forma coordinada, ordenada y progresiva entre la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES y la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA.

Que la Resolución DNM Nº 2775/84 habilitó para el tránsito internacional de personas al Aeródromo San Martín de los Andes, delegando la función de contralor migratorio en la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia tornan necesario el traspaso de la autoridad de control migratorio en el Aeródromo San Martín de los Andes —hoy Paso Fronterizo “AER018 - Aeropuerto Aviador Carlos Campos” de la Localidad de Chapelco— a la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA toda vez que esa fuerza se encuentra en condiciones operativas de asumir dicha función.

Que la Resolución MIT Nº 761/13 determinó el asiento físico de los Complejos Fronterizos donde se ejecutan los controles para el legal ingreso y egreso de personas y bienes a nuestro país, que nos vinculan con la REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, con la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, con la REPUBLICA DEL PARAGUAY, con el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA y con la REPUBLICA DE CHILE.

Que las Notas Reversales intercambiadas entre los Gobiernos de la REPUBLICA ARGENTINA y del ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA en fecha 14 de mayo de 2013 refieren al Paso Fronterizo fluvial sobre el Río Bermejo que se ubica en las coordenadas geográficas 22º43’55” de latitud sur y 64º21’05” de longitud oeste, habilitado entre ambos territorios como “BOL002 - Puerto Las Chalanas”.

Que la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO tiene la responsabilidad primaria de dirigir el control migratorio de ingreso y egreso en todos los pasos fronterizos terrestres, marítimos y fluviales, por lo que corresponde que a través de esa Dirección se coordine la reasunción de funciones en los distintos pasos fronterizos en forma paulatina y ordenada con la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA.

Que la DIRECCION GENERAL TECNICA - JURIDICA de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete, de conformidad con lo establecido por el artículo 7º inciso d) de la Ley Nº 19.549.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley Nº 25.565 y el Decreto Nº 1410 del 3 de diciembre de 1996, y de conformidad con lo normado por la Decisión Administrativa Nº 250 del 25 de junio de 2008, modificada por su similar Nº 1395 del 20 de diciembre de 2012.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTICULO 1º — Danse por asumidas a partir del 2 de octubre de 2013, de manera progresiva por parte de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, las funciones de control migratorio en los Pasos Fronterizos enumerados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2º — A través de la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO, coordínese, previa notificación a la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA, la reasunción de funciones de control migratorio en los pasos fronterizos mencionados en el artículo precedente.

ARTICULO 3º — Delégase la función de control migratorio que se realiza en el “AER018 - Aeropuerto Aviador Carlos Campos” de la Localidad de Chapelco en la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.

(Nota Infoleg: por art. 1º de la Disposición Nº 1329/2022 de la Dirección Nacional de Migraciones B.O. 6/7/2022 se deja sin efecto a partir del día 4 de julio del 2022 lo establecido en la presente Disposición, en cuando delega la función de control de ingresos y egreso de personas al/del país en la Policía de Seguridad Aeroportuaria en el Aeropuerto Internacional Aviador Carlos Campos, reasumiendo dicha facultad esta Dirección Nacional a través de su propio personal correspondiente a jurisdicción Neuquén. Ver art. 2º de la misma norma.)

ARTICULO 4º — Rectifícase la denominación y ubicación geográfica del Paso Fronterizo identificado con el código alfanumérico BOL002, correspondiendo ser “BOL002 - Puerto Las Chalanas”, latitud 22º43’55’’, longitud 64º21’05’’.

ARTICULO 5º — Facúltese al Sr. Director General de Movimiento Migratorio a realizar todas las diligencias operativas y administrativas necesarias para reasumir las funciones de control migratorio en los pasos fronterizos a cargo de la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA que se detallan en el Anexo II de la presente disposición.

ARTICULO 6º — Instrúyase a la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO para que, una vez concluida la asunción de funciones en los pasos fronterizos mencionados en los Anexos I y II de la presente, proyecte el listado actualizado de Pasos, Puertos y Aeropuertos habilitados para el tránsito internacional de personas.

ARTICULO 7º — Pase a la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO para su notificación y respectivo diligenciamiento.

ARTICULO 8º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN A. ARIAS DUVAL, Director Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior y Transporte.

ANEXO I

Código AlfanuméricoNombreProvinciaJurisdicción Delegación
1BOL002Puerto Chalanas - BermejoSaltaDelegación Salta
2BOL003Aguas Blancas - BermejoSaltaDelegación Salta
3BOL005La Quiaca - VillazónJujuyDelegación Jujuy
4BRA001Paso de los Libres - UruguayanaCorrientesDelegación Corrientes
5BRA005Santo Tomé - Sao BorjaCorrientesDelegación Corrientes
6BRA010Panambí - Vera CruzMisionesDelegación Posadas
7BRA011Barra Bonita - M’ BiguáMisionesDelegación Posadas
8BRA013Aurora - PratosMisionesDelegación Posadas
9BRA014Alicia - San AntonioMisionesDelegación Posadas
10BRA015El Soberbio - Porto SoberboMisionesDelegación Posadas
11BRA016Pepirí Guazú - Sao MiguelMisionesDelegación Iguazú
12BRA017Bernardo de Irigoyen - Dionisio CerqueiraMisionesDelegación Iguazú
13BRA018Integración - PlanaltoMisionesDelegación Iguazú
14BRA019San Antonio - Santo AntonioMisionesDelegación Iguazú
15BRA020Andresito - CapanemaMisionesDelegación Iguazú
16CHL004San FranciscoCatamarcaDelegación La Rioja
17CHL005Pircas NegrasLa RiojaDelegación La Rioja
18CHL028Pino HachadoNeuquénDelegación Neuquén
19CHL029IcalmaNeuquénDelegación Neuquén
20CHL030Mamuil MalalNeuquénDelegación Bariloche
21CHL032Hua HumNeuquénDelegación Bariloche
22CHL033Cardenal Antonio SamoréNeuquénDelegación Bariloche
23CHL034Pérez RosalesRío NegroDelegación Bariloche
24CHL043CoyhaiqueChubutDelegación Comodoro Rivadavia
25CHL047JeinemeiniSanta CruzDelegación Comodoro Rivadavia
26CHL053DoroteaSanta CruzDelegación Río Gallegos
27CHL054Laurita - Casas ViejasSanta CruzDelegación Río Gallegos
28CHL055Integración AustralSanta CruzDelegación Río Gallegos
29CHL056San SebastiánTierra del FuegoDelegación Ushuaia
30CHL059Jama NorteJujuyDelegación Jujuy
31CHL060Jama SurJujuyDelegación Jujuy
32PRY005Yaciretá - YaciretáCorrientesDelegación Corrientes
33PRY031Clorinda - Puerto José A. FalcónFormosaDelegación Formosa
34PRY032Pasarela La FraternidadFormosaDelegación Formosa
35PRY033Colonia General Belgrano - General BruguezFormosaDelegación Formosa
36URY005Gualeguaychú - Fray BentosEntre RíosDelegación Entre Ríos
37URY011Concordia - SaltoEntre RíosDelegación Entre Ríos
38AER018Aeropuerto de Chapelco “Aeropuerto Aviador Carlos Campos”NeuquénDelegación Bariloche


ANEXO II

Código AlfanuméricoNombreProvinciaJurisdicción Delegación
39BOL001Salvador Mazza - YacuibaSaltaDelegación Salta
40BOL004El Condado - La MamoraSaltaDelegación Salta
41CHL002SicoSaltaDelegación Salta
42CHL003SocompaSaltaDelegación Salta
43CHL006Agua NegraSan JuanDelegación San Juan
44CHL007MirandaSan JuanDelegación San Juan
45CHL008El Portillo del VentilloSan JuanDelegación San Juan
46CHL009GuanaSan JuanDelegación San Juan
47CHL010PortilloSan JuanDelegación San Juan
48CHL011Valle HermosoSan JuanDelegación San Juan
49CHL012Los AzulesSan JuanDelegación San Juan
50CHL013CalderónSan JuanDelegación San Juan
51CHL014El AzufreSan JuanDelegación San Juan
52CHL015Casa de PiedraSan JuanDelegación San Juan
53CHL016PuentecillasSan JuanDelegación San Juan
54CHL017MondacaSan JuanDelegación San Juan
55CHL018Las OjotasSan JuanDelegación San Juan
56CHL019Quebrada FríaSan JuanDelegación San Juan
57CHL020Las LlaretasSan JuanDelegación San Juan
58CHL022Portillo de PiuquenesMendozaDelegación Mendoza
59CHL023Cajón del MaipoMendozaDelegación Mendoza
60CHL024VergaraMendozaDelegación Mendoza
61CHL025PehuencheMendozaDelegación Mendoza
62CHL026PichachénNeuquénDelegación Neuquén
63CHL027CopahueNeuquénDelegación Neuquén
64CHL031CarirriñeNeuquénDelegación Bariloche
65CHL035VurilocheRío NegroDelegación Bariloche
66CHL036Río MansoRío NegroDelegación Bariloche
67CHL037Río PueloChubutDelegación Bariloche
68CHL038FutaleufúChubutDelegación Bariloche
69CHL039Río EncuentroChubutDelegación Bariloche
70CHL040Las PampasChubutDelegación Comodoro Rivadavia
71CHL041Río FríasChubutDelegación Comodoro Rivadavia
72CHL042Pampa AltaChubutDelegación Comodoro Rivadavia
73CHL044TrianaChubutDelegación Comodoro Rivadavia
74CHL045HuemulesChubutDelegación Comodoro Rivadavia
75CHL046Ingeniero Pallavicini - IbañezSanta CruzDelegación Comodoro Rivadavia
76CHL048RoballosSanta CruzDelegación Río Gallegos
77CHL049Río Mayer - Ribera NorteSanta CruzDelegación Río Gallegos
78CHL050Río MoscoSanta CruzDelegación Río Gallegos
79CHL051Lago San Martín - O’HigginsSanta CruzDelegación Río Gallegos
80CHL052Río Don GuillermoSanta CruzDelegación Río Gallegos
81CHL057Río Bella Vista (ex Radman)Tierra del FuegoDelegación Ushuaia
82CHL061Laguna SicoSaltaDelegación Salta
83CHL062De Buta MallínNeuquénDelegación Neuquén
85CHL063ReigolilNeuquénDelegación Neuquén
86CHL064Hua Hum FluvialNeuquénDelegación Bariloche
87CHL065Río Puelo FluvialChubutDelegación Bariloche
88CHL066Portezuelo de La DivisoriaSanta CruzDelegación Río Gallegos
89CHL067Paso MarconiSanta CruzDelegación Río Gallegos
90CHL068Cóndor - Daniel PosesiónSanta CruzDelegación Río Gallegos
91CHL069Cerro Redondo - Daniel FronteraSanta CruzDelegación Río Gallegos
92CHL070Monte DineroSanta CruzDelegación Río Gallegos
93CHL071Alfa - CullenTierra del FuegoDelegación Ushuaia
94CHL072Pascua LamaSan JuanDelegación San Juan
95CHL073Cañadón AlfaTierra del FuegoDelegación Ushuaia
96CHL074Cóndor IISanta CruzDelegación Río Gallegos
97PRY034Isleta - Paraje Rojas SilvaFormosaDelegación Formosa
98PRY035Paso El Remanso - La VerdeFormosaDelegación Formosa
99PRY036Paso Lamadrid - Misión San LeonardoFormosaDelegación Formosa
100PRY039Misión La Paz - Pozo HondoSaltaDelegación Salta

e. 03/10/2013 Nº 77994/13 v. 03/10/2013