JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 1508/2013
Dase por prorrogada designación del
Director Nacional de Evaluación Presupuestaria de la Subsecretaría de
Evaluación del Presupuesto Nacional de la Secretaría de Evaluación
Presupuestaria.
Bs. As., 3/10/2013
VISTO el Expediente Nº CUDAP:EXP-JGM: 0025520/2013 del Registro de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.784, los Decretos Nros.
491 del 12 de marzo de 2002, 1473 del 16 de septiembre de 2008, 332 del
26 de marzo de 2013, y lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE EVALUACION
DEL PRESUPUESTO NACIONAL de la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2013.
Que mediante el Decreto Nº 1473 del 16 de septiembre de 2008 se dio por
designado transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles al Contador Público Nacional D. Daniel Santiago LANDERRECHE
como Director Nacional de Evaluación Presupuestaria de la SUBSECRETARIA
DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL de la SECRETARIA DE EVALUACION
PRESUPUESTARIA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que resulta necesario efectuar la nueva prórroga de la designación
citada precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se
estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en
el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada,
en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el
PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, en su
artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien
designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y
reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública
Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la
Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACION Nº 4 del 15 de marzo de 2002.
Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra
exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº
601/02 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº 491/02, por
haber dado cumplimiento oportunamente a tales disposiciones.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y
TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención
correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, y a
tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Dase por
prorrogada, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a
partir del 18 de julio de 2013, la designación transitoria efectuada en
los términos del Decreto Nº 1473 del 16 de septiembre de 2008, como
Director Nacional de Evaluación Presupuestaria de la SUBSECRETARIA DE
EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL de la SECRETARIA DE EVALUACION
PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en un cargo
Nivel A - Grado 7 del Contador Público Nacional D. Daniel Santiago
LANDERRECHE (D.N.I. Nº 10.428.687), autorizándose el correspondiente
pago de la Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008
y sus modificatorios.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, dentro del
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 18 de
julio de 2013.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a
los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para
el corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina.