MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
DIRECCION NACIONAL ELECTORAL
SUBDIRECCION NACIONAL ELECTORAL
Disposición Nº 367/2013
Bs. As., 4/10/2013
VISTO el Expediente Nº S02:0107854/2013 del registro de este Ministerio y el Decreto Nº 760 del 17 de Junio de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que con arreglo al Decreto citado en el Visto se emitió la Disposición
de la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL Nº 281 del 12 de septiembre de 2013
donde se aprueba la confección y publicación del Listado Definitivo de
Servicios de Comunicación Audiovisual, en el cual se exhibe la
correspondiente información de contacto de los medios obligados a ceder
tiempo de programación para la emisión de publicidad con fines
electorales.
Que la emisora RADIO NACIONAL 92.1 (ID2450), del listado de la
provincia de Tierra del Fuego, solicita su exclusión por encontrarse
duplicadas con otro servicio presente en el Listado Definitivo de
Servicios de Comunicación Audiovisual. Asimismo, las emisoras
RADIOVISION JUJUY SA (ID1556), RADIOVISION JUJUY SA (ID1557) y
CODIVISION 7 (RADIO VISION COLOR SRL) (ID1526), del listado de la
provincia de Jujuy, solicitan su exclusión, por no encontrarse
operativas.
Que ante los requerimientos presentados por los mismos, y atendiendo a
los fundamentos esgrimidos, se entiende que deben tomarse las medidas
pertinentes y proceder a la desafectación del Listado Definitivo de los
servicios antes mencionados, conforme a lo expuesto en las
considerandos procedentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de la facultad conferida
por el artículo 37 del Decreto Nº 760 del 17 de junio de 2013.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR NACIONAL ELECTORAL
DISPONE:
ARTICULO 1° — Exclúyase del LISTADO DEFINITIVO DE SERVICIOS DE
COMUNICACION AUDIOVISUAL y del SISTEMA DE ADMINISTRACION DE CAMPAÑAS
ELECTORALES a RADIO NACIONAL 92.1 (ID2450), del listado de la provincia
de Tierra del Fuego; y a RADIOVISION JUJUY SA (ID1556), RADIOVISION
JUJUY SA (ID1557) y CODIVISION 7 (RADIO VISION COLOR SRL) (ID1526), del
listado de la provincia de Jujuy.
ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. ESTEBAN DI SIBIO, Subdirector
Nacional Electoral, Dirección Nacional Electoral, Ministerio del
Interior y Transporte.
e. 10/10/2013 N° 80423/13 v. 10/10/2013