AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución Nº 1220/2013

Bs. As., 8/10/2013

VISTO el Expediente Nº 2628/13 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.522 en su artículo 97 inciso f) establece que, de los fondos recaudados se destinará el DIEZ POR CIENTO (10%) para proyectos especiales de comunicación audiovisual y apoyo a servicios de comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera, y de los Pueblos Originarios, con especial atención a la colaboración en los proyectos de digitalización.

Que la Ley Nº 26.522 en su artículo 2° establece que “la comunicación audiovisual en cualquiera de sus soportes resulta una actividad social de interés público, en la que el Estado debe salvaguardar el derecho a la información, a la participación, preservación y desarrollo del Estado de Derecho, así como los valores de la libertad de expresión.” Y en su artículo 4, la ley define a la comunicación audiovisual como “(...) La actividad cultural cuya responsabilidad editorial corresponde a un prestador de un servicio de comunicación audiovisual, o productor de señales o contenidos cuya finalidad es proporcionar programas o contenidos, sobre la base de un horario de programación, con el objeto de informar, entretener o educar al público en general a través de redes de comunicación electrónicas. (...)”

Que la actividad realizada por los servicios de comunicación audiovisual se considera una actividad de interés público, de carácter fundamental para el desarrollo sociocultural de la población por el que se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones.

Que la reglamentación del artículo 97 dispuesta por el Decreto Nº 1225/2010 establece que la Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la administración y gestión de los fondos previstos en el inciso f) del artículo 97 de la Ley Nº 26.522, debiendo para su afectación proceder a la selección de proyectos por concurso, a cuyo fin constituirá un Comité de evaluación el que invitará a participar a representantes del CONSEJO FEDERAL DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Que por medio de dicho fondo se persigue contribuir económica y financieramente a la concreción y sostenimiento de proyectos que impulsen el desarrollo y la sustentabilidad de los medios de comunicación audiovisual bajo su titularidad.

Que conforme lo dispone la Ley Nº 26.522 constituye un objetivo específico de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, diseñar e implementar políticas, normas, proyectos y obras que tengan por objeto apoyar las acciones encaminadas a desarrollar y utilizar tecnologías de la sociedad de la información para la conservación del acervo natural y cultural.

Que son objetivos de la mencionada Ley, el fortalecimiento de acciones que contribuyan al desarrollo cultural, artístico y educativo de las localidades donde se insertan; así como el desarrollo equilibrado de una industria nacional de contenidos que preserve y difunda el patrimonio cultural y la diversidad de todas las regiones y culturas que integran la Nación, y la preservación y promoción de la identidad y de los valores culturales de los Pueblos Originarios.

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley Nº 26.522 y el Decreto 904/2010, se ha creado —entre otros— un registro de productoras, de carácter público.

Que en el mencionado Decreto, se considera “productora” a la persona de existencia visible o ideal responsable y titular o realizadora del proceso de operaciones por las que se gestionan y organizan secuencialmente diversos contenidos sonoros o audiovisuales, para configurar una señal o programa, o productos audiovisuales.

Que la condición de actividad de interés público importa la preservación y el desarrollo de las actividades previstas en la Ley Nº 26.522 como parte de las obligaciones del Estado nacional establecidas en el artículo 75 inciso 19 de la Constitución Nacional.

Que en el cumplimiento de los mencionados objetivos, resulta necesario convocar a concurso para el otorgamiento de subsidios a diversos actores que constituyen el universo de los medios audiovisuales comunitarios y de pueblos originarios atendiendo para ello a diversos factores tales como la sustentabilidad económica de la actividad a promocionar, su importancia histórica, cultural, y su distribución geográfica en el territorio nacional.

Que, consiguientemente, corresponde el dictado del acto administrativo por el cual se apruebe el procedimiento de los concursos, requisitos y condiciones para la presentación de los proyectos mencionados, su posterior selección y ejecución.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12, inciso 1) de la Ley Nº 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Convócase a concurso abierto en todo el territorio nacional a personas jurídicas sin fines de lucro y de pueblos originarios, con licencia de radio, reconocimiento vigente o autorización, según corresponda; y a personas jurídicas sin fines de lucro o de pueblos originarios inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras, asociadas a radios sin fines de lucro o de pueblos originarios con licencia, autorización o reconocimiento vigente, según corresponda; para la realización de TREINTA (30) producciones para formato radiofónico correspondientes al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL —FOMECA— PRODUCCIONES AUDIOVISUALES 2013 - FORMATO RADIOFONICO.

ARTICULO 2° — Convócase a concurso abierto en todo el territorio nacional a personas jurídicas sin fines de lucro y de pueblos originarios, con autorización precaria o autorización de servicios de televisión, según corresponda; y a personas jurídicas sin fines de lucro o de pueblos originarios inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras, asociadas a personas jurídicas sin fines de lucro y de pueblos originarios, con autorización precaria o autorización de servicios de televisión, según corresponda; para la realización de TREINTA (30) producciones en formato audiovisual, correspondientes al FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL —FOMECA— PRODUCCIONES AUDIOVISUALES 2013 - FORMATO AUDIOVISUAL.

ARTICULO 3° — Apruébanse los Reglamentos para los llamados a concurso del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES que, como Anexos I y II forman parte de la presente.

ARTICULO 4° — Encomiéndase al Presidente del Directorio la designación de los integrantes del COMITE DE EVALUACION.

ARTICULO 5° — El gasto que demande el cumplimiento del presente, no excederá de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000) y se imputará a la partida correspondiente del presupuesto para el Ejercicio 2013.

ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese a la Dirección Nacional de Delegaciones, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y cumplido, archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

ANEXO I

REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A CONCURSO DEL FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES

FORMATO RADIOFONICO

1. Nombre del Concurso

Se denomina FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALES —FOMECA— PRODUCCIONES AUDIOVISUALES 2013 - FORMATO RADIOFONICO al concurso cuyas bases y condiciones se encuentran establecidas en el presente Reglamento.

2. Objetivo formato Radiofónico

El objetivo del FOMECA/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES 2013 EN EL FORMATO RADIOFONICO es fomentar la producción de programas de radio, realizados por personas jurídicas sin fines de lucro y de pueblos originarios, con licencia de radio, reconocimiento vigente o autorización, según corresponda; y a personas jurídicas sin fines de lucro o de pueblos originarios inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras, asociadas a radios sin fines de lucro o de pueblos originarios con licencia, autorización o reconocimiento vigente, según corresponda. Se buscará fomentar la producción de contenidos de calidad, que aporten a la diversidad, la pluralidad, la construcción de ciudadanía y la inclusión social a través de la federalización de la producción.

3. Presentación del proyecto

El Formulario de Presentación al concurso Formato Radiofónico (Formulario 1 / FORMATO RADIOFONICO) y los formularios complementarios, podrán obtenerse de la página web del AFSCA (www.afsca.gob.ar).

Durante el período que esté abierto el concurso para la presentación de proyectos funcionará una mesa de ayuda virtual cuya dirección de contacto será: fondoconcursable@afsca.gob.ar

La presentación del proyecto importa por parte de los solicitantes el pleno conocimiento y conformidad con este Reglamento. El proyecto no podrá ser modificado con posterioridad a su presentación.

4. Requisitos para la presentación del proyecto

Sólo serán admisibles los proyectos que cumplan con los siguientes requisitos:

1. Realizar la presentación mediante el Formulario 1 / FORMATO RADIOFONICO, según lo establecido en el presente Reglamento.

2. El proyecto debe presentarse en un sobre cerrado, en cuyo frente se escribirá la leyenda “Fondo de Fomento Concursable/Producciones Audiovisuales 2013, Formato Radiofónico”, Nombre del proyecto, Región por la que participa, denominación de la Entidad solicitante y de la titular del servicio asociado, Localidad y Provincia.

Se sugiere el siguiente formato: El sobre debe contener una carpeta impresa y anillada que conste de 3 partes: 1. Documentación; 2. Proyecto 3. Sobre con CD incluyendo el contenido de la carpeta digitalizado y demo. Cada una de las hojas de la carpeta deberá estar foliada (numerada), y firmada por el presidente o apoderado legal de la entidad.

3. Documentación Requerida:

3.1. Fotocopia certificada de la Resolución de otorgamiento de la Personería Jurídica, en caso de corresponder.

3.2. Fotocopia certificada de los Estatutos.

3.3. Fotocopia certificada del Acta donde conste la última designación de autoridades.

3.4. Constancia de CUIT.

3.5. Fotocopia de la Resolución de autorización, licencia, o reconocimiento vigente.

3.6. Fotocopia de la inscripción en el Registro Público de Señales y Productoras, si se trata de productoras. Aquellas entidades que no se encuentren inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras, podrán hacerlo de manera excepcional por esta vía, adjuntando en la documentación a presentar el Formulario completo para la Inscripción de Productoras del Registro Público de Señales y Productoras, certificado por escribano público. (Formulario 3)

3.7. Compromiso irrevocable de emisión de la producción con una radio sin fines de lucro o de pueblos originarios, con licencia, reconocimiento o autorización, si se trata de productoras.

3.8. Autorización de acreditación de pagos del tesoro nacional en cuenta bancaria. En el caso de no contar con la mencionada autorización, deberán entregar los formularios completos para el alta de beneficiario de la cuenta autorizada para la acreditación de pagos del Tesoro de la Nación. (Formularios 2)

4.-Todas las hojas deberán estar firmadas por el representante legal de la entidad y/o por la autoridad de mayor jerarquía según corresponda, o en su defecto por el apoderado. En este caso deberá presentar copia del poder que lo acredite como tal, en los términos del artículo 31 y siguientes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991). La certificación de las copias deberá ser realizada por Entidad Bancaria, Registro Civil, Juzgado de Paz, Escribano Público, o por funcionarios del AFSCA.

5. Postulantes

Podrán ser postulantes al FOMECA / PRODUCCIONES AUDIOVISUALES 2013 - FORMATO RADIOFONICO

a) Radios sin fines de lucro y de pueblos originarios, con licencia, reconocimiento vigente o autorización, según corresponda.

b) Productoras de contenidos sin fines de lucro o de pueblos originarios inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras, asociadas a radios sin fines de lucro o de pueblos originarios con licencia, autorización o reconocimiento vigente.

6. Proyectos elegibles y montos

Se entregarán montos de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000) para cada uno de los TREINTA (30) proyectos de pueblos originarios o personas jurídicas sin fines de lucro que resulten ganadores.

Los participantes deberán presentar un guión para el desarrollo de un programa radial que tendrá una duración al aire de no más de SEIS (6) meses. Tanto el formato radial (documental, reportaje, radioteatro, magazine, entrevista, documental, etc.) como la cantidad de horas semanales de emisión que tendrá el programa quedará a criterio del participante, en virtud de lo que considere más conveniente en relación al monto que el subsidio otorga.

7. Temáticas

Con el objeto de brindar una orientación temática para el desarrollo de los contenidos, se sugiere la lista de temas que se enumera a continuación, sin que ello signifique de modo alguno, que otras temáticas que el participante considere relevantes puedan ser incorporadas:

A. Geografía

B. Historia Argentina. Historia de los pueblos originarios e Historia Latinoamericana.

C. Derechos Humanos.

D. Perspectiva de género

E. Niñez y Adolescencia

F. Lucha contra la violencia

G. Valores sociales (solidaridad, asociativismo, etc.)

H. Diversidad cultural.

I. Otras.

8. Presentación del Proyecto.

Los proyectos deberán ser presentados a través de un guión, que se completará en el formulario que se anexa para tal fin (Formulario 1 / FORMATO RADIOFONICO), el cual deberá estar acompañado de una ‘demo’ de no más de 5 minutos, de buena calidad (no menor a 256 KBPS, stéreo, MP3) que dé cuenta de la calidad estética de la propuesta, la que deberá entregarse en un CD/DVD, dentro de la carpeta.

En el formulario de presentación se consignarán:

I. Datos de la emisora y/o productora

II. Objetivos y motivación del proyecto.

III. Sinopsis general del proyecto (no más de 100 palabras)

IV. Guión

V. Propuesta estética/narrativa

VI. Etapas y cronograma

VII. Asociativismo

VIII. Acuerdo con algún medio para emitir el proyecto

IX. Antecedentes del Director y del Equipo Técnico

9. Subsidio

Los proyectos que resultaren elegidos serán beneficiados con un aporte no reembolsable que sólo podrá ser utilizado para la ejecución del proyecto presentado.

10. Destino de los fondos del subsidio.

El subsidio deberá aplicarse a gastos de producción, pudiéndose incluir, honorarios, equipos, derechos de autor, servicios tercerizados, etc.

11. Gastos excluidos.

No podrán incluirse en los gastos aplicados al proyecto correspondientes ninguno de los ítems que se señalan a continuación:

1. Reestructuración de deudas.

2. Recuperaciones de inversiones ya realizadas previamente a la selección de los ganadores del concurso

3. Pago de cesantías.

4. Compras de inmuebles.

5. Impuestos, tasas, etc.

6. Compensación de facturas correspondientes a gastos que no correspondan al objetivo del Concurso.

Si se detectaran gastos de esta naturaleza durante la ejecución, los mismos serán detraídos del monto del subsidio, aún en el supuesto en que se encuentren previstos en la formulación del proyecto.

12. Cronograma

El cronograma de implementación del FOMECA/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES prevé las siguientes etapas:

EtapaFecha
Inicio del Concurso10 de Octubre
Cierre de presentación proyectos11 de Noviembre de 2013
Anuncio de los seleccionados5 de Diciembre de 2013
Entrega Subsidio16 de Diciembre de 2013
Fecha límite de ejecución del proyectoHasta el 31 de Agosto de 2014
Rendición del SubsidioHasta el 30 de Setiembre de 2014

13. Competencia y distribución regional

Con el fin de garantizar una distribución federal en el fondo establecido para este concurso, competirán los proyectos que pertenezcan a la misma región del país. A los fines expuestos se establecerán SEIS (6) regiones conformadas, en cada caso, por las provincias que se detallan a continuación: 1) Región Centro Metropolitano: Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 2) Región Centro Norte: Córdoba, Santa Fe; 3) Región Noreste Argentino - Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa y Entre Ríos; 4) Región Noroeste Argentino - Salta, Jujuy, Catamarca, Tucumán y Santiago del Estero. 5) Región Nuevo Cuyo: San Luis, San Juan, Mendoza y La Rioja; 6) Región Patagonia: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida, Islas Malvinas y del Atlántico Sur.

Con el objetivo de garantizar el federalismo en la distribución de los fondos, se garantiza a cada una de estas regiones un mínimo de DOS (2) proyectos ganadores, salvo que se presenten un número inferior de proyectos en una región.

14. Plazo de ejecución

El plazo total de ejecución del proyecto no podrá exceder los OCHO (8) meses, siendo la fecha límite para la presentación del proyecto terminado el 31 de Agosto de 2014, considerando como modelo base para las etapas de ejecución del proyecto, 2 meses de preproducción y producción, y 6 meses de ejecución.

15. Entrega del producto

Los beneficiarios del subsidio deberán entregar en el plazo establecido (hasta el 31 de Agosto de 2014), los DVDs con los programas producidos, cuya duración no podrá ser menor al equivalente de DOCE (12) horas de emisión en total.

16. Comité Evaluador Formato Radiofónico

El Comité Evaluador estará compuesto por CINCO (5) miembros con experiencia en el sector de radiofónico, DOS (2) de los cuales son propuestos por el Consejo Federal de la Comunicación Audiovisual. Su conformación será comunicada públicamente en fecha previa al cierre de presentación de proyectos. Ningún miembro del Comité Evaluador podrá integrar ni haber integrado en el último año (tomando como fecha de referencia el cierre de la presentación de los trabajos) los órganos administrativos de cualquiera de las entidades participantes del Concurso, ni mantener vínculos de consanguinidad o afinidad en primero y segundo grado con personas que formen parte, o lo hayan hecho el último año (a partir de la fecha del cierre de la presentación de los trabajos), de los órganos de administración o fiscalización de cualquiera de las entidades participantes del Concurso. En caso de corroborarse el mencionado vínculo la entidad resultará excluida del proceso de evaluación. Si ésta situación fuera detectada luego de ser elegida ganadora, la entidad deberá devolver la totalidad del subsidio a la AFSCA, independientemente de que hubiese realizado o no las erogaciones correspondientes a la producción del proyecto.

17. Autoría del proyecto y derechos de autor.

La autoría del proyecto deberá ser propiedad de las entidades participantes. Para ello todas aquellas personas que hayan participado en calidad de autoras del proyecto deberán ceder los mismos a la entidad, eximiendo a la AFSCA de cualquier tipo de reclamo en el uso y reproducción del proyecto. Con el objeto de poder mantener los derechos de autor y al mismo tiempo, dado el carácter subsidiado y el origen público de los fondos, deben permitir a otros medios, entidades y personas en general, copiar, distribuir, y hacer uso del trabajo presentado en forma parcial o total. A tal fin los ganadores autorizarán a la AFSCA a inscribir sus respectivos proyectos en las licencias Creative Commons en la categoría Atribución-Compartir Obras Derivadas Igual (http://creativecommons.org/licenses/by-sa/2.5/ar/). Esta licencia permite, copiar, distribuir, exhibir y ejecutar la obra, hacer obras derivadas de la obra original y usar la obra comercialmente; todo ello a condición de que se atribuya la autoría sobre la obra en la forma en que haya sido especificada por el autor o el licenciante de la obra, o las obras derivadas se compartan bajo la misma licencia de la obra original.

18. Lugar y fecha de presentación de los proyectos

La presentación de los proyectos deberá realizarse en la Mesa de Entradas de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, Suipacha 765, Piso 3º Frente, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en el horario de 9 a 17 horas o en cualquiera de las delegaciones de este Organismo del interior del país o por vía postal. Los proyectos se recibirán hasta las 12 horas del 11 de Noviembre de 2013. Los proyectos que se presenten a través de las delegaciones deberán contar con el sello en el sobre que acredita el día de recepción de los mismos, considerándose esta fecha como la única válida a los fines de la presentación. Los proyectos pueden presentarse por vía postal hasta el 11 de Noviembre de 2013; a tal fin se considerará como válida la fecha del matasellos postal. No se aceptarán presentaciones electrónicas o luego del horario y la fecha de cierre del concurso.

19. Instancias y criterios generales de evaluación

La evaluación de los proyectos tendrá DOS (2) instancias. En la primera se considerará la presentación del proyecto y la documentación de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento. Aquellos proyectos que no cumplan con los requerimientos establecidos para la presentación serán excluidos y no pasarán a la instancia del Comité Evaluador.

La segunda instancia, estará a cargo del Comité Evaluador quien elegirá a los 30 mejores guiones y proyectos de acuerdo a su mejor juicio y consideración. Las propuestas contendrán la información necesaria para que su evaluación sea posible a través del análisis de la calidad, y el aporte a la diversidad cultural y comunicacional del proyecto.

El Comité Evaluador juzgará los diferentes proyectos de acuerdo a la siguiente grilla:

1. Pertinencia y solidez de la temática10
2. Metodología de investigación para el tratamiento de los temas y la producción15
3. Tratamiento sonoro y narrativo.25
4. Originalidad de la propuesta25
5. Asociativismo. Nivel de participación de diferentes sectores en la etapa de producción10
6. Antecedentes equipo humano responsable de desarrollar el proyecto15

Con respecto al punto 5 se considerará asociativismo a la participación de otras entidades, diferentes a quien presenta el proyecto, en las etapas de pre y producción del proyecto, aportando conocimiento, experiencia, recursos, etc. En el caso de existir esta forma de producción colaborativa deberá ser desarrollada en la formulación del proyecto.

Las productoras participantes deben acreditar el compromiso irrevocable de emisión con una radio con licencia, autorización o reconocimiento vigente. A tal fin, deberá ser completado el Formulario 4 COMPROMISO IRREVOCABLE DE EMISION y firmado por el representante de la entidad que presenta el proyecto y la radio (con licencia, autorizada o reconocimiento vigente) que cede su espacio para emitirlo.

20. Irrecurribilidad de la decisión

Aprobado el proyecto por el Comité Evaluador, el Directorio emitirá el acto administrativo de otorgamiento del subsidio, el que es irrecurrible en sede administrativa.

21. Convenio, desembolsos y rendición de cuentas

1. Convenio: Una vez seleccionados los ganadores y publicado en el boletín oficial, los beneficiarios deberán suscribir con la AFSCA el convenio correspondiente. El convenio debe ser suscripto por el representante de la entidad beneficiaria dentro del plazo de QUINCE (15) días corridos contados a partir de la notificación de la resolución que otorga el beneficio. En caso de que alguno de los seleccionados no se presente a la firma del convenio, se dará por decaído el derecho sobre el subsidio otorgado. El convenio incluirá la firma de una declaración jurada por parte de los ganadores, en la que se autorice a la AFSCA a gestionar (sin costo alguno para los ganadores), las respectivas licencias Creative Commons, para el uso compartido de los derechos de los trabajos presentados.

2. Desembolsos: El subsidio se efectuará mediante un único desembolso.

3. Evaluaciones: El proyecto contará con una evaluación intermedia, que realizará el área competente de la AFSCA, que se realizará entre el 1 y 30 de Marzo de 2014. La evaluación intermedia establecerá el grado de avance del proyecto a partir de un informe preeliminar realizado por los seleccionados, que tendrá el carácter de declaración jurada, suscripta por el Presidente o Apoderado de la entidad. Finalizada dicha evaluación, se procederá a realizar las recomendaciones correspondientes para ajustar el desarrollo del proyecto.

La evaluación final del proyecto deberá realizarse hasta el 30 de Setiembre de 2014, debiendo los seleccionados concretar la entrega de los programas producidos hasta el 31 de Agosto de 2014.

22. Obligaciones de los beneficiarios

Es obligación de los beneficiarios cumplir con las responsabilidades que emanan del presente Reglamento. En caso de que la AFSCA considere que la aplicación de los fondos no corresponda con la presentación del proyecto aprobado, podrá rescindir unilateralmente el convenio por incumplimiento. Los beneficiarios que no hayan realizado correctamente las presentaciones correspondientes a la ejecución del subsidio quedarán inhibidos para participar de los concursos siguientes.

23. Otras obligaciones y condiciones para los participantes

Sin perjuicio de las obligaciones que expresamente pudieran establecerse, corre por cuenta y exclusiva responsabilidad de los participantes la contratación de los artistas, intérpretes o ejecutantes y el pago de los derechos que resulten necesarios para el cumplimiento del objeto del presente Concurso.

Los proyectos ganadores deberán incluir un audio, que será entregado por la AFSCA junto con la firma del convenio, cuyo contenido será “Este proyecto ha sido ganador del Concurso FOMECA para producciones Audiovisuales y subsidiado por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual con fondos públicos”.

24. Difusión de los proyectos ganadores

La participación en el Concurso implica para los participantes, cuyos proyectos hayan resultado ganadores, la autorización a favor de la AFSCA para la difusión y reproducción del trabajo producido, para todo tipo de comunicación vinculada al concurso y sus resultados.

Todos los ganadores autorizan a la AFSCA la utilización de su nombre, imagen y proyecto sin limitación alguna para ser difundido con finalidad comunicacional por los medios que la AFSCA considere convenientes, sin que tal utilización les otorgue derecho a percibir retribución alguna, más allá del subsidio recibido. En tal sentido, se comprometen a suscribir todos los documentos que, a criterio de la AFSCA, puedan resultar necesarios para instrumentar la autorización mencionada dispuesta como condición de participación. En aquellos casos en que los participantes presenten proyectos en colaboración o derivadas, deberán presentar todas las autorizaciones que correspondan por la utilización, modificación, difusión y fijación del trabajo realizado por terceros. En caso de que no presenten dichas autorizaciones, la AFSCA estará facultada a retirarles el subsidio del que han resultado acreedores.


FORMULARIO 1 / FORMATO RADIOFONICO

FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUALES —FOMECA— / PRODUCCIONES AUDIOVISUALES









ANEXO II

REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A CONCURSO DEL FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES FORMATO AUDIOVISUAL

1. Nombre del Concurso

Se denomina FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALES —FOMECA— PRODUCCIONES AUDIOVISUALES 2013 - FORMATO AUDIOVISUAL al concurso cuyas bases y condiciones se encuentran establecidas en el presente Reglamento.

2. Objetivo formato Audiovisual

El objetivo del FOMECA - PRODUCCIONES AUDIOVISUALES 2013 - FORMATO AUDIOVISUAL es fomentar la producción de spots y campañas de bien público, realizados por personas jurídicas sin fines de lucro y de pueblos originarios, con autorización precaria o autorización de servicios de televisión, según corresponda; y a personas jurídicas sin fines de lucro o de pueblos originarios inscriptos en el Registro Público de Señales y Productoras, asociadas a personas jurídicas sin fines de lucro y de pueblos originarios, con autorización precaria o autorización de servicios de televisión, según corresponda. Se buscará fomentar la producción de contenidos de calidad, que aporten a la diversidad, la pluralidad, la construcción de ciudadanía y la inclusión social a través de la federalización de la producción.

3. Presentación del proyecto

El Formulario de Presentación Formato Audiovisual (Formulario 1 - Formato Audiovisual) y los formularios complementarios, podrán obtenerse de la página web del AFSCA (www.afsca.gob.ar).

Durante el período que esté abierto el concurso para la presentación de proyectos funcionará una mesa de ayuda virtual cuya dirección de contacto será: fondoconcursable@afsca.gob.ar

La presentación del proyecto importa por parte de los solicitantes el pleno conocimiento y conformidad con este Reglamento. El proyecto no podrá ser modificado con posterioridad a su presentación.

4. Requisitos para la presentación del proyecto

Sólo serán admisibles los proyectos que cumplan con los siguientes requisitos:

1. Realizar la presentación mediante el Formulario 1 / FORMATO AUDIOVISUAL, según lo establecido en el presente Reglamento.

2. El proyecto debe presentarse en un sobre cerrado, en cuyo frente se escribirá la leyenda “Fondo de Fomento Concursable/Producciones Audiovisuales 2013, Formato Audiovisual”, Nombre del proyecto, Región por la que participa, denominación de la Entidad solicitante, Localidad y Provincia.

Se sugiere el siguiente formato: El sobre debe contener una carpeta impresa y anillada que conste de 3 partes: 1. Documentación; 2. Proyecto 3. Sobre con CD/DVD incluyendo el contenido de la carpeta digitalizado y story board1. Cada una de las hojas de la carpeta deberá estar foliada (numerada), y firmada por el presidente o apoderado legal de la entidad.

3. Documentación Requerida:

Documentación

3.1. Fotocopia certificada de la Resolución de otorgamiento de la Personería Jurídica, en caso de corresponder.

3.2. Fotocopia certificada de los Estatutos.

3.3. Fotocopia certificada del Acta donde conste la última designación de autoridades.

3.4. Constancia de CUIT.

3.5. Fotocopia de la Resolución de autorización precaria o autorización del servicio de televisión.

3.6. Fotocopia de la inscripción en el Registro Público de Señales y Productoras, si se trata de productoras. Aquellas entidades que no se encuentren inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras, podrán hacerlo de manera excepcional por esta vía, adjuntando en la documentación a presentar el Formulario completo para la Inscripción de Productoras del Registro Público de Señales y Productoras, certificado por escribano público. (Formulario 3)

3.7. Compromiso irrevocable de emisión de la producción con un servicio de televisión sin fines de lucro o de pueblos originarios, con autorización o autorización precaria, si se trata de productoras.

3.8. Autorización de acreditación de pagos del tesoro nacional en cuenta bancaria. En el caso de no contar con la mencionada autorización, deberán entregar los formularios completos para el alta de beneficiario de la cuenta autorizada para la acreditación de pagos del Tesoro de la Nación. (Formularios 2)

4.- Todas las hojas deberán estar firmadas por el Presidente de la entidad y/o por la autoridad de mayor jerarquía, según corresponda o en su defecto por el apoderado. En este caso deberá presentar copia del poder que lo acredite como tal, en los términos del artículo 31 y siguientes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (T.O. 1991). La certificación de las copias deberá ser realizada por Entidad Bancaria, Registro Civil, Juzgado de Paz, Escribano Público, o funcionarios de la AFSCA.

1 Un storyboard es un conjunto de ilustraciones mostradas en secuencia con el objetivo de servir de guía para entender una historia, previsualizar una animación o seguir la estructura de una película antes de realizarse o filmarse.

5. Postulantes

Podrán ser postulantes al FOMECA/Producciones Audiovisuales Formato Audiovisual

A. Personas jurídicas sin fines de lucro y de pueblos originarios, con autorización precaria o autorización de servicios de televisión, según corresponda;

B. personas jurídicas sin fines de lucro o de pueblos originarios inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras, asociadas a personas jurídicas sin fines de lucro y de pueblos originarios, con autorización precaria o autorización de servicios de televisión, según corresponda.

6. Proyectos elegibles y montos

Se entregarán montos de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) para los TREINTA (30) proyectos de pueblos originarios o personas jurídicas sin fines de lucro que resulten ganadores.

Los participantes deberán presentar un guión para el desarrollo de no menos de dos spots televisivos, de no más de CUARENTA Y CINCO (45) segundos de duración cada uno, que deberán ser parte de una campaña de bien público.

7. Temáticas

Con el objeto de brindar una orientación temática para el desarrollo de los contenidos, se sugiere una lista de temas que se enumeran a continuación, sin que ello signifique de modo alguno, que otras temáticas que el participante considere relevantes puedan ser incorporadas:

A. Geografía

B. Historia Argentina. Historia de los pueblos originarios e Historia Latinoamericana.

C. Derechos Humanos.

D. Perspectiva de género

E. Niñez y Adolescencia

F. Lucha contra la violencia

G. Valores sociales (solidaridad, asociativismo, etc.)

H. Diversidad cultural.

I. Otras.

8. Presentación del Proyecto.

Los proyectos deberán ser presentados a través de un guión, que se completará en el formulario que se anexa para tal fin (Formulario 1 / FORMATO AUDIOVISUAL) el cual deberá estar acompañado de un story board, que permitirá evaluar la propuesta estética del spot, el que deberá entregarse impreso en tamaño similar al de las hojas del guión, dentro de la carpeta.

En el formulario de presentación se consignarán:

I. Datos del servicio de televisión y/o la productora

II. Objetivos y motivación del proyecto.

III. Sinopsis general del proyecto (no más de 100 palabras)

IV. Guión

V. Propuesta estética/narrativa

VI. Etapas y cronograma

VII. Asociativismo

VIII. Acuerdo con algún medio para emitir el proyecto

IX. Antecedentes del Director y del Equipo Técnico

9. Subsidio

Los proyectos que resultaren elegidos serán beneficiados con un aporte no reembolsable que sólo podrá ser utilizado para la ejecución del proyecto presentado.

10. Destino de los fondos del subsidio.

El subsidio deberá aplicarse a gastos de producción, pudiéndose incluir, honorarios, equipos, derechos de autor, servicios tercerizados, etc.

11. Gastos excluidos.

No podrán incluirse en los gastos aplicados al proyecto correspondientes ninguno de los ítems que se señalan a continuación:

1. Reestructuración de deudas.

2. Recuperaciones de inversiones ya realizadas previamente a la selección de los ganadores del concurso

3. Pago de cesantías.

4. Compras de inmuebles.

5. Impuestos, tasas, etc.

6. Compensación de facturas correspondientes a gastos que no correspondan al objetivo del Concurso.

Si se detectaran durante la ejecución gastos de esta naturaleza, los mismos serán detraídos del monto del subsidio, aún en el supuesto en que se encuentren previstos en la formulación del proyecto.

12. Cronograma

El cronograma de implementación del FOMECA/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES prevé las siguientes etapas:

EtapaFecha
Inicio del Concurso10 de Octubre
Cierre de presentación proyectos11 de Noviembre de 2013
Anuncio de los seleccionados5 de Diciembre de 2013
Entrega Subsidio16 de Diciembre de 2013
Fecha límite de ejecución del proyectoHasta el 30 de Abril de 2014
Rendición del SubsidioHasta el 31 de Mayo de 2014

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 325/2014 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O. 28/4/2014 se prorroga al 31 de Agosto de 2014, la fecha límite de ejecución del proyecto para el Concurso del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES/FORMATO AUDIOVISUAL, convocado por la presente Resolución)

13. Competencia y distribución regional


Con el fin de garantizar una distribución federal del fondo establecido para este concurso, competirán los proyectos que pertenezcan a la misma región del país. A los fines expuestos se establecerán SEIS (6) regiones conformadas, en cada caso, por las provincias que se detallan a continuación: 1) Región Centro Metropolitano: Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 2) Región Centro Norte: Córdoba y Santa Fe; 3) Región Noreste Argentino - Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa y Entre Ríos; 4) Región Noroeste Argentino Salta, Jujuy, Catamarca, Tucumán y Santiago del Estero. 5) Región Nuevo Cuyo: San Luis, San Juan, Mendoza y La Rioja; 6) Región Patagonia: La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida, e Islas del Atlántico Sur.

Con el objetivo de garantizar el federalismo en la distribución de los fondos, se garantiza a cada una de estas regiones un mínimo de DOS (2) proyectos ganadores, salvo que se presenten un número inferior de proyectos en una región.

14. Plazo de ejecución

El plazo total de ejecución del proyecto no podrá exceder los CUATRO (4) meses, siendo la fecha límite para la presentación del proyecto terminado el 30 de Abril de 2014, considerando como modelo base para las etapas de ejecución del proyecto, 3 meses de preproducción y producción, y 1 mes de posproducción.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 325/2014 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual B.O. 28/4/2014 se prorroga al 31 de Agosto de 2014, la fecha límite de ejecución del proyecto para el Concurso del FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE/PRODUCCIONES AUDIOVISUALES/FORMATO AUDIOVISUAL, convocado por la presente Resolución)

15. Entrega

Los beneficiarios del subsidio deberán entregar en el plazo establecido (hasta el 31 de Agosto de 2014), uno o más DVDs, conteniendo los archivos en calidad HD o FULL HD, con la campaña de bien público ya producida, la cual no podrá contar con menos de 2 spots de 45 segundos cada uno.

16. Comité Evaluador formato Audiovisual

El Comité Evaluador estará compuesto por CINCO (5) miembros con experiencia en producción audiovisual, DOS (2) de los cuales son propuestos por el Consejo Federal de la Comunicación Audiovisual. Su conformación será comunicada públicamente en fecha previa al cierre de presentación de proyectos. Ningún miembro del Comité Evaluador podrá integrar ni haber integrado en el último año (tomando como fecha de referencia el cierre de la presentación de los trabajos) los órganos administrativos de cualquiera de las entidades participantes del Concurso, ni mantener vínculos de consanguinidad o afinidad hasta segundo grado con personas que formen parte, o lo hayan hecho el último año (a partir de la fecha del cierre de la presentación de los trabajos), de los órganos de administración o fiscalización de cualquiera de las entidades participantes del Concurso. En caso de corroborarse el mencionado vínculo la entidad resultará excluida del proceso de evaluación. Si ésta situación fuera detectada luego de ser elegida ganadora, la entidad deberá devolver la totalidad del subsidio a la AFSCA, independientemente de que hubiese realizado o no las erogaciones correspondientes a la producción del proyecto.

17. Sobre la autoría del proyecto y los derechos de autor.

La autoría del proyecto deberá ser propiedad de las entidades participantes. Para ello todas aquellas personas que hayan participado en calidad de autoras del proyecto deberá ceder los mismos a la entidad, eximiendo a la AFSCA de cualquier tipo de reclamo en el uso y reproducción del proyecto. Con el objeto de poder mantener los derechos de autor y al mismo tiempo, dado el carácter subsidiado y el origen público de los fondos, permitir a otros medios, entidades y personas en general, copiar, distribuir, y hacer uso del trabajo presentado en forma parcial o total, los ganadores autorizarán a la AFSCA a inscribir sus respectivos proyectos en las licencias Creative Commons en la categoría Atribución-Compartir Obras Derivadas Igual (http://creativecommons.org/licenses/by-sa/2.5/ar/). Esta licencia permite, copiar, distribuir, exhibir y ejecutar la obra, hacer obras derivadas de la obra original y usar la obra comercialmente; todo ello a condición de que se atribuya la autoría sobre la obra en la forma en que haya sido especificada por el autor o el licenciante de la obra y las obras derivadas se compartan bajo la misma licencia de la obra original.

18. Lugar y fecha de presentación de los proyectos

La presentación de los proyectos deberá realizarse en la Mesa de Entradas de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, Suipacha 765, Piso 3º Frente, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en el horario de 9 a 17 horas o en cualquiera de las delegaciones de este Organismo del interior del país o por vía postal. Los proyectos se recibirán hasta las 12 horas del 11 de Noviembre de 2013. Los proyectos que se presenten a través de las delegaciones deberán contar con el sello en el sobre que acredita el día de recepción de los mismos, considerándose esta fecha como la única válida a los fines de la presentación. Los proyectos pueden presentarse por vía postal hasta el 11 de Noviembre de 2013; a tal fin se considerará como válida la fecha del matasellos postal. No se aceptarán presentaciones electrónicas o luego del horario y la fecha de cierre del concurso.

19. Instancias y criterios generales de evaluación

La evaluación de los proyectos tendrá DOS (2) instancias. En la primera se considerará la presentación del proyecto y la documentación de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento. Aquellos proyectos que no cumplan con los requerimientos establecidos para la presentación serán excluidos y no pasarán a la instancia del Comité Evaluador.

La segunda instancia, estará a cargo del Comité Evaluador quien elegirá a los 30 mejores guiones y proyectos de acuerdo a su mejor juicio y consideración. Las propuestas contendrán la información necesaria para que su evaluación sea posible a través del análisis de la calidad, y el aporte a la diversidad cultural y comunicacional del proyecto.

El Comité Evaluador juzgará los diferentes proyectos de acuerdo a la siguiente grilla:

1. Pertinencia y solidez de la temática10
2. Metodología de investigación para el tratamiento de los temas y la producción15
3. Tratamiento estético25
4. Originalidad de la propuesta25
5. Asociativismo. Nivel de participación de diferentes sectores en la etapa de producción10
6. Antecedentes equipo humano responsable de desarrollar el proyecto15

Con respecto al punto 5 se considerará asociativismo a la participación de otras entidades, diferentes a quien presenta el proyecto, en las etapas de pre y producción del proyecto, aportando conocimiento, experiencia, recursos, etc. En el caso de existir esta forma de producción colaborativa deberá ser desarrollada en la formulación del proyecto.

Las productoras participantes deben acreditar el compromiso irrevocable con un servicio de televisión con autorización precaria o autorización vigente, según corresponda. A tal fin, deberá ser completado el Formulario 4 COMPROMISO IRREVOCABLE DE EMISION y firmado por el representante de la entidad que presenta el proyecto y el servicio de televisión con autorización precaria o autorización vigente.

20. Irrecurribilidad de la decisión

Aprobado el proyecto por el Comité Evaluador, el Directorio emitirá el acto administrativo de otorgamiento del subsidio, el que es irrecurrible en sede administrativa.

21. Convenio, desembolsos y rendición de cuentas

1. Convenio: Una vez seleccionados los ganadores y publicado en el boletín oficial, los beneficiarios deberán suscribir con la AFSCA el convenio correspondiente. El convenio debe ser suscripto por el representante de la entidad beneficiaria dentro del plazo de QUINCE (15) días corridos contados a partir de la notificación de la resolución que otorga el beneficio. En caso de que alguno de los seleccionados no se presente a la firma del convenio, se dará por decaído el derecho sobre el subsidio otorgado. El convenio incluirá la firma de una declaración jurada por parte de los ganadores, en la que se autorice a la AFSCA a gestionar (sin costo alguno para los ganadores), las respectivas licencias Creative Commons, para el uso compartido de los derechos de los trabajos presentados.

2. Desembolsos: El subsidio se efectuará mediante un único desembolso.

3. Evaluaciones: El proyecto contará con una evaluación intermedia, que realizará el área competente de la AFSCA, que se realizará entre el 1 y 30 de Marzo de 2014. La evaluación intermedia establecerá el grado de avance del proyecto a partir de un informe preeliminar realizado por los seleccionados, que tendrá el carácter de declaración jurada, suscripta por el Presidente o Apoderado de la entidad. Finalizada dicha evaluación, se procederá a realizar las recomendaciones correspondientes para ajustar el desarrollo del proyecto.

La evaluación final del proyecto deberá realizarse hasta el 30 de Setiembre de 2014, debiendo los seleccionados concretar la entrega de los programas producidos hasta el 31 de Agosto de 2014.

22. Obligaciones de los beneficiarios

Es obligación de los beneficiarios cumplir con las responsabilidades que emanan del presente Reglamento. En caso de que el AFSCA considere que la aplicación de los fondos no corresponda con la presentación del proyecto aprobado, podrá rescindir unilateralmente el convenio por incumplimiento. Los beneficiarios que no hayan realizado correctamente las presentaciones correspondientes a la ejecución del subsidio quedarán inhibidos para participar de los concursos siguientes.

23. Otras obligaciones y condiciones para los participantes

Sin perjuicio de las obligaciones que expresamente pudieran establecerse, correrá por cuenta y exclusiva responsabilidad de los participantes la contratación de los artistas, intérpretes o ejecutantes y el pago de los derechos que resulten necesarios para el cumplimiento del objeto del presente Concurso.

Los proyectos ganadores deberán incluir una placa al final del spot, la que será provista por la AFSCA junto con la firma del convenio, cuyo contenido será “Este proyecto ha sido ganador del Concurso FOMECA para producciones Audiovisuales y subsidiado por la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual con fondos públicos”.

24. Difusión de los proyectos ganadores

La participación en el Concurso implica para los participantes, cuyos proyectos hayan resultado ganadores, la autorización a favor de la AFSCA para la difusión y reproducción del trabajo producido, para todo tipo de comunicación vinculada al concurso y sus resultados.

Todos los ganadores autorizan a la AFSCA la utilización de su nombre, imagen y proyecto sin limitación alguna para ser difundido con finalidad comunicacional por los medios que la AFSCA considere convenientes, sin que tal utilización les otorgue derecho a percibir retribución alguna, más allá del subsidio recibido. En tal sentido, se comprometen a suscribir todos los documentos que, a criterio de la AFSCA, puedan resultar necesarios para instrumentar la autorización mencionada dispuesta como condición de participación. En aquellos casos en que los participantes presenten proyectos en colaboración o derivadas, deberán presentar todas las autorizaciones que correspondan por la utilización, modificación, difusión y fijación del trabajo realizado por terceros. En caso de que no presenten dichas autorizaciones, la AFSCA estará facultada a retirarles el subsidio del que han resultado acreedores.


FORMULARIO 1 / FORMATO AUDIOVISUAL

FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA MEDIOS DE COMUNICACION
AUDIOVISUALES —FOMECA— / PRODUCCIONES AUDIOVISUALES







FORMULARIO 4

FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA LA PROMOCION DE MEDIOS
COMUNITARIOS Y DE PUEBLOS ORIGINARIOS/PRODUCCION AUDIOVISUAL





FONDO DE FOMENTO CONCURSABLE PARA LA PROMOCION DE MEDIOS
COMUNITARIOS Y DE PUEBLOS ORIGINARIOS/PRODUCCION AUDIOVISUAL





e. 11/10/2013 N° 81301/13 v. 11/10/2013