PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 832/2013
Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.
Bs. As., 8/10/2013
VISTO la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2013 y la Decisión Administrativa Nº 1 de
fecha 10 de enero de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que es menester reforzar el Presupuesto vigente de la HONORABLE CAMARA
DE DIPUTADOS DE LA NACION, a efectos de atender gastos de
funcionamiento.
Que corresponde modificar el Presupuesto del MINISTERIO PUBLICO FISCAL,
con el objeto de atender el incremento dispuesto por la Acordada Nº 25
de fecha 18 de diciembre de 2012 de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA
NACION para el personal que ejerce funciones en la UNIDAD FISCAL PARA
LA INVESTIGACION DE DELITOS RELATIVOS A LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD
SOCIAL (UFISES).
Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS),
organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE
SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
debe contribuir al Presupuesto del MINISTERIO PUBLICO FISCAL a efectos
de posibilitar la atención del gasto emergente de las actividades
llevadas a cabo por la UNIDAD FISCAL PARA LA INVESTIGACION DE DELITOS
RELATIVOS A LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL (UFISES), según lo
dispuesto por el Convenio de Cooperación formalizado entre la citada
Administración y la PROCURACION GENERAL DE LA NACION de fecha 16 de
mayo de 2002.
Que resulta pertinente adecuar los créditos vigentes de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS a fin de posibilitar la contratación de un
servicio de reingeniería para la incorporación de nuevos circuitos al
sistema electrónico de contrataciones públicas.
Que además resulta oportuno reforzar los créditos vigentes de la
SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, a fin de posibilitar el cumplimiento de los
compromisos asumidos con gobiernos provinciales en el marco del
Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU).
Que, asimismo, resulta necesario reforzar el Presupuesto de la AGENCIA
DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado
actuante en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a fin de
regularizar deudas de impuestos y tasas de terrenos e inmuebles
afectados al Fondo Fiduciario Público denominado Programa de Crédito
Argentino del Bicentenario para la Vivienda Unica Familiar (Pro. Cre.
Ar).
Que a fin de atender necesidades para las actividades de promoción del
desarrollo científico y tecnológico, se refuerzan los créditos del
MINISTERIO DE DEFENSA en el Programa de Investigación y Desarrollo para
la Defensa y de Becas de Investigación y Desarrollo para la Defensa.
Que con el objeto de dotar de mayores fondos al Fondo Nacional para el
Desarrollo de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), se
propicia un incremento de créditos y recursos en el MINISTERIO DE
INDUSTRIA.
Que es necesario modificar el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado actuante en el
ámbito del MINISTERIO DE INDUSTRIA, a efectos de atender gastos
correspondientes a su sistema de centros de investigación.
Que resulta necesario adecuar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de atender gastos
vinculados a las tareas de patrullaje y control policial de la
actividad pesquera, proceder a la capacitación y formación del personal
de la pesca a través de institutos oficiales y efectuar transferencias
a las provincias integrantes del Consejo Federal Pesquero.
Que el mencionado ajuste se financia con una reducción de las
aplicaciones financieras y, por otra parte, se efectúa una compensación
en el cálculo de los recursos vigentes, incrementando los recursos que
devienen de la aplicación de la Ley Nº 24.922, aprobatoria del Régimen
Federal de Pesca, en detrimento de los recursos procedentes de la
Administración y Control Agropecuario.
Que en lo que se refiere al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, resulta
necesario ajustar su presupuesto vigente a los efectos de adecuar sus
gastos operativos a las reales necesidades de ejecución y a la atención
de los servicios de la deuda correspondientes a préstamos contraídos
con diversos Organismos Internacionales de Crédito.
Que, por otra parte, a fin de posibilitar la atención de los
compromisos relacionados con el “Programa Acción MERCOSUR Libre de
Fiebre Aftosa” - “Convenio COF PAMA 07/07”, y a partir de los mayores
desembolsos procedentes del Fondo para la Convergencia Estructural del
MERCOSUR (FOCEM), corresponde incorporar los mismos al Presupuesto
vigente del organismo descentralizado citado en el considerando
precedente.
Que, asimismo, resulta necesario ampliar el Presupuesto vigente del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) y del
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), ambos organismos
descentralizados actuantes en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA, con el objeto de atender las necesidades del Plan
Operativo Anual (POA) del Programa de Gestión de la Sanidad y Calidad
Agroalimentaria - (Préstamo BID 1950/OC-AR) y del Programa de
Fortalecimiento del Sistema de Innovación Agropecuaria - (Préstamo BID
2412/OC-AR), respectivamente.
Que los citados refuerzos, se financian mediante una compensación con
los créditos vigentes del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA,
correspondientes al Programa de Servicios Agrícolas Provinciales
(PROSAP).
Que, asimismo, resulta necesario efectuar una compensación de créditos
en el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA) a fin de
permitir el normal funcionamiento del organismo y atender el servicio
de la deuda pública.
Que resulta oportuno ampliar el Presupuesto vigente del INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV), organismo descentralizado actuante
en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, con el
objeto de permitirle atender mayores gastos operativos, reduciendo,
para ello, sus aplicaciones financieras.
Que resulta procedente modificar el Presupuesto vigente del ENTE
NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo descentralizado
actuante en la órbita de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a los efectos de
permitir el normal funcionamiento del mismo.
Que resulta necesario aumentar el Servicio de la Deuda y Disminución de
Otros Pasivos de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD (DNV) y del ENTE
NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA), ambos organismos
descentralizados actuantes en la órbita de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, a efectos de atender los vencimientos del presente año.
Que corresponde modificar el presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACION a
fin de atender gastos en concepto de aportes y contribuciones de la
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA.
Que resulta oportuno reestablecer el nivel de créditos de la Fuente de
Financiamiento 22 - Crédito Externo al Presupuesto vigente del
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.
Que es menester reforzar el crédito de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS) a los fines de atender los requerimientos del
“Programa Conectar Igualdad.com.ar”, creado a partir del Decreto Nº 459
de fecha 6 de abril de 2010.
Que el Gobierno Nacional, se encuentra abocado a regularizar con la
máxima premura el proceso de cancelación de deudas por sentencias
judiciales previsionales.
Que a tal efecto la mencionada Administración ha efectuado una
redefinición en su plan operativo relativo a la liquidación de deudas
judiciales previsionales, para adecuarse a las pautas y plazos
establecidos en las actuaciones.
Que por el Artículo 25 de la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2013, se autoriza al señor
Jefe de Gabinete de Ministros, a ampliar el límite establecido en el
Artículo 23 de la citada ley para la cancelación de deudas
previsionales reconocidas en sede judicial y administrativa como
consecuencia de retroactivos originados en ajustes practicados en las
prestaciones del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) a cargo
de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
Que en tal sentido, resulta necesario modificar los créditos vigentes
de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, Organismo Descentralizado 850 - ADMINISTRACION NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
Que dicho refuerzo se financia con una mayor recaudación por aportes y contribuciones a la prevista en el presupuesto vigente.
Que es menester modificar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, a fin de prever los créditos y recursos necesarios
para contemplar las diferencias de cambio originadas en la percepción
de donaciones con motivo de las inundaciones acaecidas los días 1 y 2
de abril del corriente año en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
diversas localidades del Conurbano Bonaerense y en la Ciudad de La
Plata, Provincia de BUENOS AIRES.
Que resulta necesario modificar los créditos vigentes de la
Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, para permitir la
atención de las Transferencias destinadas al CORREO OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y a la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA
RIACHUELO (ACUMAR).
Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones
del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido
por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.124 y de los Artículos 8°, 9° y 25
de la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2013.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2013, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas
Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — Amplíase el límite
máximo establecido en el Artículo 23 de la Ley Nº 26.784 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013 en la suma
de PESOS UN MIL MILLONES ($ 1.000.000.000).
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).