EMERGENCIA PUBLICA
Decreto 1578/2013
Promúlgase la Ley Nº 26.896.
Bs. As., 21/10/2013
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.896 cúmplase, comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.