EMERGENCIA PUBLICA

Decreto 1578/2013


Promúlgase la Ley Nº 26.896.


Bs. As., 21/10/2013

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº 26.896 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — AMADO BOUDOU. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino.