MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución Nº 790/2013
Bs. As., 17/10/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0171839/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 700 de fecha 15 de agosto de 2011 esta
Secretaría determinó la incorporación al PLAN FEDERAL DE TRANSPORTE
ELECTRICO EN 500 kV de un conjunto de ampliaciones del Sistema de
Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión entre las que se
encontraba la Línea 500 kV RINCON SANTA MARIA - RESISTENCIA, de 270 km
de longitud, inclusive la adecuación de las Estaciones Transformadoras
Rincón Santa María y Resistencia, ampliación denominada INTERCONEXION
RINCON SANTA MARIA - RESISTENCIA, instalación destinada a la
duplicación del vínculo existente Rincón Santa María - Paso de la
Patria - Resistencia.
Que mediante la Resolución citada en el considerando precedente esta
Secretaría autorizó al COMITE DE ADMINISTRACION del FONDO FIDUCIARIO
PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (CAF) a administrar a través de
dicho Fondo Fiduciario los recursos que fuesen asignados para la
ejecución de la Interconexión mencionada y a licitar bienes y/u obras
utilizando el know how y la logística disponible en dicho Comité de
Administración.
Que la COORPORACION ANDINA DE FOMENTO (CAF) tiene avanzada la
tramitación de un préstamo a otorgar a la REPUBLICA ARGENTINA,
destinado a financiar la citada INTERCONEXION RINCON SANTA MARIA -
RESISTENCIA, inclusive la adecuación de las Estaciones Transformadoras
Rincón Santa María y Resistencia.
Que resulta conveniente instruir al COMITE DE ADMINISTRACION del FONDO
FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (CAF) respecto a los
documentos licitatorios a elaborar, en los términos previstos en el
Anexo I del REGLAMENTO DE ACCESO A LA CAPACIDAD EXISTENTE Y AMPLIACION
DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA.
Que los criterios regulatorios contenidos en el Anexo referido en el
considerando precedente han requerido adecuaciones regulatorias para
llevar a término las Ampliaciones previstas en el PLAN FEDERAL DE
TRANSPORTE ELECTRICO EN 500 kV, resultando de aplicación el
PROCEDIMIENTO COMPLEMENTARIO PARA CONCRETAR LAS AMPLIACIONES DEL PLAN
FEDERAL DE TRANSPORTE ELECTRICO EN QUINIENTOS KILOVOLTIOS (500 kV),
cuya última revisión obra como Anexo I a la Resolución Nº 1341 de fecha
5 de octubre de 2006 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que en ese marco resulta conveniente gestionar la INTERCONEXION RINCON
SANTA MARIA - RESISTENCIA como una Ampliación por Asignación de
Derechos Financieros.
Que a efectos de incrementar la eficiencia del proceso licitatorio
resulta conveniente extender la competencia a las tareas de operación y
mantenimiento de la Ampliación.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, dependiente de la
SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SECRETARIA DE ENERGIA se encuentra facultada para el dictado del
presente acto en virtud de lo dispuesto en el denominado “Marco
Regulatorio Eléctrico” integrado por la Ley Nº 15.336 y la Ley Nº
24.065.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Instrúyese al COMITE DE ADMINISTRACION del FONDO
FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (CAF) a gestionar la
INTERCONEXION RINCON SANTA MARIA - RESISTENCIA como una Ampliación por
Asignación de Derechos Financieros, en los términos previstos en el
Anexo I del REGLAMENTO DE ACCESO A LA CAPACIDAD EXISTENTE Y AMPLIACION
DEL SISTEMA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA.
ARTICULO 2° — La elaboración de los documentos licitatorios necesarios
para la gestión de la Ampliación referida en el artículo 1° de este
acto deberá adecuarse a lo establecido en el PROCEDIMIENTO
COMPLEMENTARIO PARA CONCRETAR LAS AMPLIACIONES DEL PLAN FEDERAL DE
TRANSPORTE ELECTRICO EN QUINIENTOS KILOVOLTIOS (500 kV), obrante como
Anexo I a la Resolución Nº 1341 de fecha 5 de octubre de 2006 de la
SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS. En lo referente a las prescripciones del
Apartado f) del Artículo 3° del citado Anexo, el COMITE DE
ADMINISTRACION del FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO
FEDERAL (CAF) deberá proceder reemplazando las mismas por las
adecuaciones contempladas en los Apartados a) y b) del Artículo 5 de la
Resolución Nº 1068 de fecha 20 de septiembre de 2005 del registro de la
SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
ARTICULO 3° — Notifíquese al COMITE DE ADMINISTRACION del FONDO
FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (CAF) y al CONSEJO
FEDERAL DE LA ENERGIA ELECTRICA (CFEE).
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL O. CAMERON, Secretario de
Energía.
e. 24/10/2013 Nº 84752/13 v. 24/10/2013