MINISTERIO DE SALUD
Resolución Nº 1630/2013
Bs. As., 16/10/2013
VISTO el Expediente 2002-1.009/11-9 del registro del MINISTERIO DE
SALUD; el Decreto Nº 939 de fecha 19 de octubre de 2000; y las
Resoluciones Nros. 1230 del 28 de octubre de 2008, 226 del 6 de marzo
de 2009, 2207 de fecha 14 de diciembre de 2010, 254 de fecha 1 de marzo
de 2011 y 1080 de fecha 19 de julio de 2011 del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las Resoluciones Nº 1230/08, 226/09 y 760/09 del
MINISTERIO DE SALUD se puso en vigencia y se actualizó el Nomenclador
de Prestaciones de Salud mediante el cual se establecieron los
aranceles modulares para los Hospitales Públicos de Gestión
Descentralizada.
Que por la citada Resolución Nº 1230/08 se creó, en el ámbito de la
SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS, un COMITE DEL REGIMEN
DE HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA, con la finalidad de
mantener continua y permanentemente actualizados los valores del
Nomenclador de Prestaciones de Salud del Hospital Público de Gestión
Descentralizada.
Que dicho Comité, presidido por el titular de la SECRETARIA DE
POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS, se integra con representantes de la
SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION y la
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.
Que posteriormente, por la mencionada Resolución Nº 226/09, se amplió
la integración del Comité con la incorporación de Ministros de Salud
provinciales, representantes del Consejo Federal de Salud (COFESA) y
del INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
(ISSPJyP).
Que por Resolución Ministerial Nº 2207 de fecha 14 de diciembre de 2010
se designaron los nuevos integrantes que conforman el COMITE DEL
REGIMEN DE HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA.
Que la tarea de actualización del Nomenclador debe contemplar la
necesidad de incorporación o substitución de módulos conforme nuevas
tecnologías o bien, una mayor eficacia en el reagrupamiento de las
prestaciones, así como reajustar los valores correspondientes a las
prestaciones brindadas.
Que en fecha 1 de marzo de 2011 se llevó a cabo una nueva actualización
de dichos valores los que quedaron establecidos de acuerdo a lo que
surge de la Resolución Ministerial Nº 254/2011.
Que la resolución antes mencionada fue ampliada a través de la
incorporación del Anexo II que se estableció mediante Resolución
Ministerial Nº 1080 de fecha 19 de julio de 2011.
Que habiéndose reunido el Comité del Régimen de Hospitales Públicos de
Gestión Descentralizada y evaluadas las propuestas obrantes en los
presentes, el Presidente ha determinado que se consideren los aranceles
que obran adjunto como ANEXO I de la presente medida.
Que, por lo tanto, a los fines de aprobar los nuevos montos corresponde
se deje sin efecto los valores establecidos por la Resolución
Ministerial Nº 254 de fecha 1 de marzo de 2011.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud de lo normado por la Ley de Ministerios, T.O.
por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992, modificada por la Ley Nº
26.338.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébanse los Nuevos Aranceles Modulares y Normas de
Facturación para los HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA,
que se detallan en el ANEXO I de la presente Resolución, a partir de la
puesta en vigencia de la misma.
ARTICULO 2° — Derógase la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 254 de fecha 1 de marzo de 2011.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial. Cumplido, archívese. — Dr. JUAN L. MANZUR, Ministro
de Salud.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 01/11/2013 Nº 84135/13 v. 01/11/2013