ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Disposición Nº 485/2013
Asunto: ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. Estructura organizativa. S/ Experiencia Piloto.
Bs. As., 31/10/2013
VISTO la Actuación SIGEA Nº 15196-59-2013 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de
la estructura organizativa en el ámbito de esta Administración Federal.
Que el Organismo tiene como objetivo permanente la evaluación y
adecuación de su estructura organizativa a parámetros de economía y
eficiencia, en pos del cumplimiento acabado de sus fines públicos.
Que el Plan Estratégico AFIP establece como una de sus directrices la
de fortalecer la cobertura de control abarcando un mayor universo de
operaciones y obligaciones, procurando que cada acción iniciada
finalice con la efectiva corrección de los incumplimientos que la
originan y con un cambio de comportamiento en el contribuyente.
Que la inversión constante en medios tecnológicos que lleva adelante la
Organización posibilita la realización de procesos centralizados de
recaudación y fiscalización que permiten organizar los recursos
operativos territoriales de una manera diversa, más adecuada a las
circunstancias actuales y a las estrategias de control y facilitación.
Que las relaciones producidas por el comercio nacional e internacional
cada vez son más numerosas a causa del crecimiento ininterrumpido de la
economía de nuestro país, y asimismo adoptan formas más complejas y una
dinámica más veloz, lo que hace necesario redoblar los esfuerzos para
optimizar el desarrollo estratégico de fiscalización integrada, con el
objeto de impedir la elusión o la evasión de las obligaciones fiscales,
flagelos impeditivos de la inclusión social y el desarrollo de la
comunidad nacional toda.
Que de la misma forma, es necesario intensificar el programa de
fortalecimiento de la Agencia Unica organizando los recursos
disponibles de manera tal que los mecanismos de recaudación se orienten
permanentemente por los principios de sencillez y eficacia, por un
lado; y por el otro, se faciliten aun más los medios para el
cumplimiento de las obligaciones fiscales de los responsables ante la
Agencia Unica.
Que una modificación de esta índole, merece hacerse en un período y
territorios acotados, a modo de experiencia piloto, que posibilite
efectuar las evaluaciones necesarias acerca de los resultados
obtenidos, así como que permita hacer los ajustes necesarios en vista a
una implementación global.
Que para todo ello, resulta necesario constituir un comité formado por
las altas autoridades de la Agencia Unica, para que a través de su
participación activa en el proceso, puedan recabar en tiempo real los
datos pertinentes para llevar adelante tan necesaria iniciativa y
asistir a esta Administración Federal en el eventual replanteo de la
cuestión.
Que las Direcciones Generales de Aduanas, Impositiva y de los Recursos
de la Seguridad Social y las Subdirecciones Generales de Servicios al
Contribuyente, de Fiscalización, de Recaudación, de Recursos Humanos,
de Administración Financiera, de Auditoría Interna, de Operaciones
Aduaneras del Interior, de Control Aduanero, de Operaciones Impositivas
del Interior y de Coordinación Operativa de los Recursos de la
Seguridad Social, han prestado su conformidad.
Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de
Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus
competencias.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del
Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra
facultado para dictar la presente medida.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Aprobar la realización de una experiencia piloto de
acuerdo a las pautas y condiciones que por la presente disposición se
establecen.
ARTICULO 2° — El plazo de vigencia de la presente disposición será
desde el 1° de enero de 2014 y por un plazo de SEIS (6) meses.
ARTICULO 3° — Eliminar de la estructura organizativa las unidades
orgánicas con nivel de Dirección denominadas “Regional Mar del Plata”,
“Regional Salta”, “Regional Tucumán” y todas sus unidades dependientes,
existentes en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones
Impositivas del Interior, de la Dirección General Impositiva.
ARTICULO 4° — Eliminar de la estructura organizativa las unidades
orgánicas con nivel de Dirección denominadas “Regional Aduanera Bahía
Blanca” y “Regional Aduanera Salta” y sus unidades dependientes,
existentes en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones
Aduaneras del Interior, de la Dirección General de Aduanas, excepto las
Divisiones Aduana que le dependen.
ARTICULO 5° — Las Divisiones Aduana de las ex Direcciones Regionales
Aduaneras Bahía Blanca y Salta y las Divisiones Aduana de Tucumán, de
Tinogasta y de Santiago del Estero de la Dirección Regional Aduanera
Córdoba, pasarán a depender directamente de la Subdirección General de
Operaciones Aduaneras del Interior, de la Dirección General de Aduanas.
ARTICULO 6° — Crear el “Comité Operativo de Ingresos Públicos” en el
ámbito de la Administración Federal de Ingresos Públicos, en adelante
“COIP”, el cual estará constituido por el Administrador Federal, los
Directores Generales de las Direcciones Generales de Aduanas,
Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social y los Subdirectores
Generales de las Subdirecciones Generales de Control Aduanero, de
Fiscalización y de Recaudación, y establecerá los lineamientos
estratégicos a seguir y los objetivos que deberán alcanzar las unidades
operativas consideradas en la experiencia piloto.
ARTICULO 7° — El Comité está compuesto por dos Secretarías, una “Ejecutiva de Recaudación” y otra “Ejecutiva de Inspección”.
a. La Secretaría Ejecutiva de Recaudación estará integrada por la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior.
b. La Secretaría Ejecutiva de Inspección estará compuesta por las
Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas del Interior, de
Operaciones Aduaneras del Interior y de Coordinación Operativa de los
Recursos de la Seguridad Social, las cuales ejercerán las facultades de
aquélla en forma conjunta. La titularidad de esta Secretaría será
ocupada de forma consecutiva por sus integrantes por DOS (2) meses cada
uno de ellos. Si fuera necesario, una norma reglamentaria regulará el
procedimiento para instrumentar la toma de decisiones respectiva.
c. Las Secretarías efectuarán el seguimiento y control del cumplimiento
de los lineamientos estratégicos y objetivos establecidos por el COIP,
y según su incumbencia estarán facultadas para la resolución de toda
cuestión que no pueda ser dirimida por los responsables de las
Direcciones Zonales de la Gestión de Recaudación y de la Gestión de
Inspección Operativa, actuando como juez administrativo en caso de
corresponder.
ARTICULO 8° — La Subdirección General de Planificación tendrá la
facultad de dictar las normas complementarias y/o interpretativas de la
presente disposición, en caso de resultar necesarias.
ARTICULO 9° — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de Dirección
denominadas “Coordinación Zonal de la Gestión de Recaudación 1” con
sede en Mar del Plata y “Coordinación Zonal de la Gestión de
Recaudación 2” con sede en Tucumán, respectivamente, dependientes del
COIP.
ARTICULO 10. — Establecer que la competencia territorial para la
Dirección Zonal de la Gestión de Recaudación 1, estará compuesta por la
jurisdicción de las unidades correspondientes a la ex Dirección
Regional Mar del Plata.
ARTICULO 11. — Establecer que la competencia territorial para la
Dirección Zonal de la Gestión de Recaudación 2, estará compuesta por la
jurisdicción de las unidades correspondientes a la ex Dirección
Regional Salta y a la ex Dirección Regional Tucumán.
ARTICULO 12. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División
denominada “Gestión de Recursos” dependiente de la Dirección Zonal de
la Gestión de Recaudación 1.
ARTICULO 13. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Sección
denominada “Contabilidad y Logística”, dependiente de la División
Gestión de Recursos de la Dirección Zonal de la Gestión de Recaudación
1.
ARTICULO 14. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento
denominada “Coordinación de la Recaudación” dependiente de la Dirección
Zonal de la Gestión de Recaudación 1.
ARTICULO 15. — Crear OCHO (8) unidades orgánicas con nivel de División
denominadas “Registro y Control del Cumplimiento N° 1” y “Gestión del
Incumplimiento N° 1” con sede en Mar del Plata, “Registro y Control del
Cumplimiento N° 2” y “Gestión del Incumplimiento N° 2” con sede en
Bahía Blanca, “Registro y Control del Cumplimiento N° 3” y “Gestión del
Incumplimiento N° 3” con sede en Tandil y “Registro y Control del
Cumplimiento N° 4” y “Gestión del Incumplimiento N° 4” con sede en
Pinamar, respectivamente, dependientes del Departamento Coordinación de
la Recaudación de la Dirección Zonal de la Gestión de Recaudación 1.
ARTICULO 16. — Establecer la jurisdicción para las siguientes unidades, de la manera que se indica:
a) Divisiones Registro y Control del Cumplimiento N° 1 y Gestión del
Incumplimiento N° 1, con sede en Mar del Plata y la siguiente
jurisdicción:
Pdos.: Gral. Alvarado; Gral. Pueyrredón: contribuyentes domiciliados al
suroeste de la Av. Colón (excluida ésta) y su proyección; Lobería;
Necochea; San Cayetano (Pcia. de Buenos Aires).
b) Divisiones Registro y Control del Cumplimiento N° 2 y Gestión del
Incumplimiento N° 2, con sede en Bahía Blanca y la siguiente
jurisdicción:
Pdos.: Bahía Blanca, Cnel. Rosales, Monte Hermoso, Cnel. Dorrego, Puan,
Tornquist, Villarino, González Chávez, Tres Arroyos, A. Alsina,
Guaminí, Saliqueló, Cnel. Pringles, Cnel Suárez, Gral. Lamadrid,
Saavedra, Laprida, Olavarría (Pcia. de Buenos Aires). Dpto.:
Pichimahuida (Pcia. de Río Negro).
c) Divisiones Registro y Control del Cumplimiento N° 3 y Gestión del
Incumplimiento N° 3, con sede en Tandil y la siguiente jurisdicción:
Pdos.: Ayacucho, Benito Juárez, Rauch, Tandil, Azul, Tapalqué, Balcarce (Pcia. de Buenos Aires).
d) Divisiones Registro y Control del Cumplimiento N° 4 y Gestión del
Incumplimiento N° 4, con sede en Pinamar y la siguiente jurisdicción:
Pdos.: Mar Chiquita; Gral. Pueyrredón: contribuyentes domiciliados al
noreste de la Av. Colón (incluida ésta, ambas veredas) y su proyección;
Gral. Lavalle; Gral. Madariaga; de la Costa; Pinamar; Villa Gesell
(Pcia. de Buenos Aires).
ARTICULO 17. — Crear CUATRO (4) unidades orgánicas con nivel de Sección
denominadas “Control de Cobranzas y Devoluciones”, una para cada
División Registro y Control del Cumplimiento del Departamento
Coordinación de la Recaudación, de la Dirección Zonal de la Gestión de
Recaudación 1.
ARTICULO 18. — Crear CUATRO (4) unidades orgánicas con nivel de Oficina
denominadas “Sumarios” y CUATRO (4) unidades orgánicas con nivel de
Sección denominadas “Cobranza Judicial”, una para cada División Gestión
del Incumplimiento del Departamento Coordinación de la Recaudación, de
la Dirección Zonal de la Gestión de Recaudación 1.
ARTICULO 19. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento
denominada “Coordinación Técnico Jurídica” dependiente de la Dirección
Zonal de la Gestión de Recaudación 1.
ARTICULO 20. — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División
denominadas “Jurídica Nº 1” y “Jurídica Nº 2”, y DOS (2) unidades
orgánicas con nivel de División denominadas “Revisión y Recursos N° 1”
y “Revisión y Recursos N° 2” dependientes del Departamento Coordinación
Técnico Jurídica de la Dirección Zonal de la Gestión de Recaudación 1.
ARTICULO 21. — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de Sección
denominadas “Juicios Universales”, DOS (2) unidades orgánicas con nivel
de Sección denominadas “Dictámenes y Sumarios” y DOS (2) unidades
orgánicas con nivel de Sección denominadas “Penal” dependientes una de
cada una de las Divisiones Jurídica del Departamento Coordinación
Técnico Jurídica.
ARTICULO 22. — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de Sección
denominadas “Determinaciones de Oficio”, DOS (2) unidades orgánicas con
nivel de Sección denominadas “Impugnaciones de la Seguridad Social” y
DOS (2) unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas “Recursos”,
dependientes de cada una de las Divisiones Revisión y Recursos del
Departamento Coordinación Técnico Jurídica.
ARTICULO 23. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División
denominada “Gestión de Recursos” dependiente de la Dirección Zonal de
la Gestión de Recaudación 2.
ARTICULO 24. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Sección
denominada “Contabilidad y Logística”, dependiente de la División
Gestión de Recursos de la Dirección Zonal de la Gestión de Recaudación
2.
ARTICULO 25. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento
denominada “Coordinación de la Recaudación” dependiente de la Dirección
Zonal de la Gestión de Recaudación 2.
ARTICULO 26. — Crear DIEZ (10) unidades orgánicas con nivel de División
denominadas “Registro y Control del Cumplimiento N° 1” y “Gestión del
Incumplimiento N° 1” con sede en Salta, “Registro y Control del
Cumplimiento N° 2” y “Gestión del Incumplimiento N° 2” con sede en
Jujuy, “Registro y Control del Cumplimiento N° 3” y “Gestión del
Incumplimiento N° 3” con sede en Tucumán, “Registro y Control del
Cumplimiento N° 4” y “Gestión del Incumplimiento N° 4” con sede en
Catamarca y “Registro y Control del Cumplimiento N° 5” y “Gestión del
Incumplimiento N° 5” con sede en Santiago del Estero, dependientes del
Departamento Coordinación de la Recaudación de la Dirección Zonal de la
Gestión de Recaudación 2.
ARTICULO 27. — Establecer la jurisdicción para las siguientes unidades, de la manera que se indica:
a) Divisiones Registro y Control del Cumplimiento N° 1 y Gestión del
Incumplimiento N° 1, con sede en Salta y la siguiente jurisdicción:
Provincia de Salta.
b) Divisiones Registro y Control del Cumplimiento N° 2 y Gestión del
Incumplimiento N° 2, con sede en Jujuy y la siguiente jurisdicción:
Provincia de Jujuy.
c) Divisiones Registro y Control del Cumplimiento N° 3 y Gestión del
Incumplimiento N° 3, con sede en Tucumán y la siguiente jurisdicción:
Provincia de Tucumán.
d) Divisiones Registro y Control del Cumplimiento N° 4 y Gestión del
Incumplimiento N° 4, con sede en Catamarca y la siguiente jurisdicción:
Provincia de Catamarca.
e) Divisiones Registro y Control del Cumplimiento N° 5 y Gestión del
Incumplimiento N° 5, con sede en Santiago del Estero y la siguiente
jurisdicción:
Provincia de Santiago del Estero.
ARTICULO 28. — Crear CINCO (5) unidades orgánicas con nivel de Sección
denominadas “Control de Cobranzas y Devoluciones”, una para cada
División Registro y Control del Cumplimiento del Departamento
Coordinación de la Recaudación, de la Dirección Zonal de la Gestión de
Recaudación 2.
ARTICULO 29. — Crear CINCO (5) unidades orgánicas con nivel de Oficina
denominadas “Sumarios” y CINCO (5) unidades orgánicas con nivel de
Sección denominadas “Cobranza Judicial”, una para cada División Gestión
del Incumplimiento del Departamento Coordinación de la Recaudación, de
la Dirección Zonal de la Gestión de Recaudación 2.
ARTICULO 30. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento
denominada “Coordinación Técnico Jurídica” dependiente de la Dirección
Zonal de la Gestión de Recaudación 2.
ARTICULO 31. — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División
denominadas “Jurídica Nº 1” y “Jurídica Nº 2”, y DOS (2) unidades
orgánicas con nivel de División denominadas “Revisión y Recursos Nº 1”
y “Revisión y Recursos Nº 2”, dependientes del Departamento
Coordinación Técnico Jurídica de la Dirección Zonal de la Gestión de
Recaudación 2.
ARTICULO 32. — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de Sección
denominadas “Juicios Universales”, DOS (2) unidades orgánicas con nivel
de Sección denominadas “Dictámenes y Sumarios” y DOS (2) unidades
orgánicas con nivel de Sección denominadas “Penal”, dependientes una de
cada una de las Divisiones Jurídica del Departamento Coordinación
Técnico Jurídica.
ARTICULO 33. — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de Sección
denominadas “Determinaciones de Oficio”, DOS (2) unidades orgánicas con
nivel de Sección denominadas “Impugnaciones de la Seguridad Social” y
DOS (2) unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas “Recursos”,
dependientes una de cada una de las Divisiones Revisión y Recursos del
Departamento Coordinación Técnico Jurídica.
ARTICULO 34. — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de Dirección
denominadas “Coordinación Zonal de la Gestión de Inspección Operativa
1” con sede en Bahía Blanca y “Coordinación Zonal de la Gestión de
Inspección Operativa 2” con sede en Salta, respectivamente,
dependientes del COIP.
ARTICULO 35. — Establecer que la competencia territorial para la
Dirección Zonal de la Gestión de Inspección Operativa 1, estará
compuesta por la jurisdicción de las unidades que seguidamente se
indican: las correspondientes a la ex Dirección Regional Mar del Plata
y las Aduanas de Bahía Blanca, de General Pico, de Mar del Plata, de
Necochea, de Neuquén, de San Carlos de Bariloche, de San Martín de los
Andes y de Villa Regina.
ARTICULO 36. — Establecer que la competencia territorial para la
Dirección Zonal de la Gestión de Inspección Operativa 2, estará
compuesta por la jurisdicción de las unidades que seguidamente se
indican: las correspondientes a las ex Direcciones Regionales Salta y
Tucumán y las Aduanas de Jujuy, de La Quiaca, de Orán, de Pocitos, de
Salta, de Tucumán, de Tinogasta y de Santiago del Estero.
ARTICULO 37. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División
denominada “Gestión de Recursos”, dependiente de la Dirección Zonal de
la Gestión de Inspección Operativa 1.
ARTICULO 38. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Sección
denominada “Contabilidad y Logística”, dependiente de la División
Gestión de Recursos de la Dirección Zonal de la Gestión de Inspección
Operativa 1.
ARTICULO 39. — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División
denominadas “Fiscalización Electrónica” y “Gestión Jurídica Aduanera”
respectivamente, dependientes de la Dirección Zonal de la Gestión de
Inspección Operativa 1.
ARTICULO 40. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento
denominada “Inspección Operativa”, dependiente de la Dirección Zonal de
la Gestión de Inspección Operativa 1.
ARTICULO 41. — Crear SEIS (6) unidades orgánicas con nivel de División
denominadas “Cuerpo de Inspección”, “Inspección Impositiva 1”,
“Inspección Impositiva 2”, “Inspección Previsional 1”, “Inspección
Previsional 2” e “Inspección Aduanera” respectivamente, dependientes
del Departamento Inspección Operativa de la Dirección Zonal de la
Gestión de Inspección Operativa 1.
ARTICULO 42. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento
denominada “Investigación Operativa” dependiente de la Dirección Zonal
de la Gestión de Inspección Operativa 1.
ARTICULO 43. — Crear CINCO (5) unidades orgánicas con nivel de División
denominadas “Investigación Impositiva 1”, “Investigación Impositiva 2”,
“Investigación Previsional 1”, “Investigación Previsional 2” e
“Investigación Aduanera” respectivamente, dependientes del Departamento
Investigación Operativa de la Dirección Zonal de la Gestión de
Inspección Operativa 1.
ARTICULO 44. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de División
denominada “Gestión de Recursos” dependiente de la Dirección Zonal de
la Gestión de Inspección Operativa 2.
ARTICULO 45. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Sección
denominada “Contabilidad y Logística”, dependiente de la División
Gestión de Recursos de la Dirección Zonal de la Gestión de Inspección
Operativa 2.
ARTICULO 46. — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División
denominadas “Fiscalización Electrónica” y “Gestión Jurídica Aduanera”
respectivamente, dependientes de la Dirección Zonal de la Gestión de
Inspección Operativa 2.
ARTICULO 47. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento
denominada “Inspección Operativa” dependiente de la Dirección Zonal de
la Gestión de Inspección Operativa 2.
ARTICULO 48. — Crear SEIS (6) unidades orgánicas con nivel de División
denominadas “Cuerpo de Inspección”, “Inspección Impositiva 1”,
“Inspección Impositiva 2”, “Inspección Previsional 1”, “Inspección
Previsional 2” e “Inspección Aduanera” respectivamente, dependientes
del Departamento Inspección Operativa de la Dirección Zonal de la
Gestión de Inspección Operativa 2.
ARTICULO 49. — Crear UNA (1) unidad orgánica con nivel de Departamento
denominada “Investigación Operativa” dependiente de la Dirección Zonal
de la Gestión de Inspección Operativa 2.
ARTICULO 50. — Crear CINCO (5) unidades orgánicas con nivel de División
denominadas “Investigación Impositiva 1”, “Investigación Impositiva 2”,
“Investigación Previsional 1”, “Investigación Previsional 2” e
“Investigación Aduanera” respectivamente, dependientes del Departamento
Investigación Operativa de la Dirección Zonal de la Gestión de
Inspección Operativa 2.
ARTICULO 51. — Los nuevos Equipos de Fiscalización e Investigación que
se conformen responderán a estrictas razones operativas y de servicio,
atendiendo a necesidades estratégicas de control y la cobertura de
actividades estacionales, entre otras cuestiones.
Durante la vigencia de la experiencia piloto, el responsable a cargo de
la Dirección Zonal de la Gestión de Inspección Operativa, gestionará la
creación de los Equipos mencionados, en los términos establecidos en la
Disposición AFIP N° 451 del 15 de diciembre de 2011.
El Supervisor a cargo del Equipo creado tendrá una remuneración acorde a un Líder de Implementación de nivel de Sección.
ARTICULO 52. — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División
denominadas “Coordinación Zonal de Gestión de Servicios 1” con sede en
Bahía Blanca y “Coordinación Zonal de Gestión de Servicios 2” con sede
en Salta, dependientes del Departamento Canales de Atención existente
en la Subdirección General de Servicios al Contribuyente.
ARTICULO 53. — Crear TRES (3) unidades orgánicas con nivel de Sección
denominadas “Agencia AFIP” con sede en Mar del Plata, Tandil y Bahía
Blanca respectivamente; y SEIS (6) unidades orgánicas con nivel de
Oficina denominadas “Agencia AFIP” con sede en Azul, Balcarce,
Necochea, Pinamar, Tres Arroyos y Ayacucho respectivamente,
dependientes de la División Coordinación Zonal de Gestión de Servicios
1, de la Subdirección General de Servicios al Contribuyente.
ARTICULO 54. — Crear CINCO (5) unidades orgánicas con nivel de Sección
denominadas “Agencia AFIP” con sede en Salta, Jujuy, Tucumán, Catamarca
y Santiago del Estero respectivamente; y DOS (2) unidades orgánicas con
nivel de Oficina denominadas “Agencia AFIP” con sede en San Ramón de la
Nueva Orán y Concepción, respectivamente, dependientes de la División
Coordinación Zonal de Gestión de Servicios 2, de la Subdirección
General de Servicios al Contribuyente.
ARTICULO 55. — Modificar el Anexo J03 correspondiente a la jurisdicción
de la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior, de
la manera que se indica:
Dirección Regional Junín:
a) Agencia Sede Junín: Pdos.: Junín, Gral. Arenales, Rojas (Pcia. de Buenos Aires).
b) Agencia Santa Rosa: Dptos.: Atreuco, Caleu-Caleu, Capital, Catriló,
Chalileo, Chical-có, Cura-có, Guatraché, Hucal, Lihuel-Calel, Limay
Mahuida, Puelén, Quemú-Quemú, Toay, Utracan (Pcia. de La Pampa).
c) Distrito Bolivar: Pdos.: Bolivar, Daireaux (Pcia. de Buenos Aires).
d) Distrito General Pico: Dptos.: Conhelo, Chapaleufú, Loventue, Maraco, Rancul, Realicó, Trenel (Pcia. de La Pampa).
e) Distrito General Villegas: Pdos.: Gral. Villegas, Rivadavia, Florentino Ameghino (Pcia. de Buenos Aires).
f) Distrito Lincoln: Pdos.: Lincoln, Gral. Pinto, Alem (Pcia. de Buenos Aires).
g) Distrito Pehuajó: Pdos.: Carlos Tejedor, H. Yrigoyen, Pehuajó (Pcia. de Buenos Aires).
h) Distrito Trenque Lauquen: Pdos.: Pellegrini, Tres Lomas, Trenque Lauquen (Pcia. de Buenos Aires).
ARTICULO 56. — Las jefaturas salientes deberán llevar adelante las
medidas conducentes para producir un relevamiento exhaustivo de todos
los actuados correspondientes a sus respectivas áreas de incumbencia,
incluidos expedientes, actuaciones, casos y cualquier otro stock de
cuestiones pendientes, los cuales serán remitidos al Director que
corresponda, a los efectos de poder reasignar adecuadamente los temas a
las nuevas unidades de estructuras creadas por la presente. Tales
actividades deberán estar concluidas 10 (DIEZ) días hábiles antes de la
puesta en vigencia de la nueva estructura creada.
ARTICULO 57. — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY,
Administrador Federal.
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
COMITE OPERATIVO DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION ZONAL DE LA GESTION DE INSPECCION OPERATIVA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en los relevamientos, inspecciones y fiscalizaciones sobre
actividades de contribuyentes, usuarios del comercio exterior y/o
administrados de su jurisdicción, que se consideren relevantes a partir
de programas de fiscalización, tendientes a prevenir ilícitos
tributarios, aduaneros y de la seguridad social.
TAREAS
1. Entender en el control, evaluación y ejecución de las tareas
necesarias para la verificación del cumplimiento dado por los
contribuyentes de su jurisdicción a los impuestos, obligaciones del
régimen aduanero y las emergentes de los recursos de la seguridad
social.
2. Entender en la investigación y selección de los contribuyentes de
acuerdo a los planes y criterios emanados de las áreas con facultades
para su dictado, para proceder a su posterior fiscalización.
3. Entender en la fiscalización e inspección de los contribuyentes y
responsables de su jurisdicción de acuerdo con los programas, normas y
procedimientos dictados al efecto.
4. Entender en la representación del Fisco Nacional en causas en
materia aduanera que se tramitan ante los Juzgados Jurisdiccionales.
5. Entender en la elaboración de las normas de control interno y
rutinas de seguimiento de tareas, a fin de evitar que se produzcan
situaciones no previstas.
6. Recopilar, producir y evaluar la información de gestión.
7. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DIVISION GESTION DE RECURSOS
ACCION
Entender en la gestión del despacho de la documentación, en los asuntos
inherentes a los recursos humanos y en las cuestiones relacionadas a
los servicios y al mantenimiento, reparación, provisión y
administración de los recursos materiales y de comunicación de la
Dirección.
TAREAS
1. Efectuar la recepción, registro, despacho y distribución de las actuaciones que ingresen a la Dirección.
2. Realizar el archivo de las actuaciones y documentación que ingresan a la Dirección.
3. Dar el correspondiente curso a las cuestiones relacionadas con el personal de la Dirección.
4. Coordinar el cumplimiento de todas las normas de seguridad informática vigentes.
5. Entender en la elaboración del presupuesto anual de la Dirección,
relevar las necesidades de servicios básicos y distribuir los recursos
económicos y financieros de las unidades de su jurisdicción, con
intervención de la Superioridad.
6. Entender en el control de los equipos entregados a reparación y efectuar los reclamos pertinentes.
7. Coordinar la provisión, mantenimiento y control de los bienes y servicios de la Dirección.
8. Administrar, registrar y comunicar al área contable respectiva, el movimiento de la Caja Chica asignada.
SECCION CONTABILIDAD Y LOGISTICA
ACCION
Entender en las operaciones que deben efectuarse con cargo al
presupuesto y en lo relativo al movimiento de fondos y valores; así
como en las cuestiones atinentes a los servicios y al mantenimiento de
los recursos materiales de la Dirección.
TAREAS
1. Intervenir en las actuaciones relativas a erogaciones que deben
efectuarse con cargo al presupuesto y verificar su correcta imputación.
2. Efectuar los trámites relativos al movimiento de fondos presupuestarios e inventarios de acuerdo con las normas establecidas.
3. Llevar los registros contables y analíticos del movimiento de fondos y valores.
4. Intervenir en las licitaciones y contrataciones, de acuerdo con las normas vigentes en la materia.
5. Intervenir en el control del adecuado mantenimiento de los bienes materiales de la Dirección.
6. Elaborar el presupuesto anual de la Dirección, relevar las
necesidades de servicios básicos y distribuir los recursos económicos y
financieros de las unidades de su jurisdicción, con intervención de la
Superioridad.
7. Promover, mantener y controlar los servicios necesarios para el desenvolvimiento de las dependencias de la Dirección.
DIVISION FISCALIZACION ELECTRONICA
ACCION
Entender en las acciones de control de las obligaciones impositivas,
aduaneras y de los recursos de la seguridad social, a partir del
proceso de fiscalización electrónica, permitiendo detectar y accionar,
en forma temprana, los desvíos detectados por el Organismo.
TAREAS
1. Realizar las tareas de recopilación y análisis de la información
correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente y/o responsable,
en cumplimiento con la RG 3416/12 (AFIP).
2. Efectuar el análisis de las respuestas a las notificaciones de los
Requerimientos Fiscales Electrónicos, de acuerdo a los procedimientos
establecidos, a fin de dar intervención a la unidad jurisdiccional
competente, de corresponder.
3. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
4. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DIVISION GESTION JURIDICA ADUANERA
ACCION
Entender en el asesoramiento jurídico aduanero a la Dirección y sus
dependencias, y asumir la representación del Fisco Nacional en causas
que tramitan ante los Juzgados Jurisdiccionales, en la materia de su
competencia.
TAREAS
1. Representar y patrocinar al Fisco Nacional en causas judiciales, en
materia aduanera, sustanciadas en el ámbito de los Tribunales
Jurisdiccionales, proponiendo la designación de los profesionales
Abogados que asumirán la representación del Organismo, elaborando los
proyectos de actos dispositivos para suscripción de la Superioridad.
2. Llevar el registro y seguimiento de cada uno de los juicios
administrativos, contenciosos, penales, laborales, civiles y
comerciales en trámite en la jurisdicción y relevar periódicamente sus
estados procesales.
3. Informar, contestar y diligenciar los Oficios Judiciales,
notificaciones, comunicaciones, y otros, relativos a cuestiones
jurídicas, en materia aduanera, sin perjuicio de la intervención que
puedan tener las áreas operativas competentes, cuidando el estricto
cumplimiento de los plazos legales.
4. Asesorar en actuaciones que puedan derivar en causas disciplinarias
contra los agentes aduaneros, fijando las pautas a seguir y controlando
el estricto cumplimiento del Régimen Disciplinario vigente y de la Ley
19.549 y su Decreto Reglamentario.
5. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
6. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DEPARTAMENTO INSPECCION OPERATIVA
ACCION
Entender en la inspección de las actividades realizadas por los
contribuyentes, responsables y usuarios de comercio exterior, con el
fin de prevenir ilícitos tributarios, aduaneros y de los recursos de la
seguridad social.
TAREAS
1. Coordinar la ejecución de inspecciones y fiscalizaciones que
resulten del análisis de la información contenida en los regímenes de
información correspondientes, en virtud de las pautas y criterios
establecidos por las Subdirecciones Generales de Control Aduanero y de
Fiscalización.
2. Planificar operativos, relevamientos, consultas, entrevistas y toda
otra gestión que resulte necesaria, para el desarrollo de sus tareas.
3. Entender en los descargos provenientes de los equipos de inspección,
cuyos cargos tuvieron origen en áreas de investigaciones estableciendo
los posibles desvíos e informando a la Dirección de los mismos.
4. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
5. Mantener una fluida comunicación con las áreas encargadas de la gestión del riesgo.
6. Entender la lucha contra el narcotráfico, el fraude marcario, las
prohibiciones no económicas y/o delitos conexos, en el ámbito de su
jurisdicción.
DIVISION CUERPO DE INSPECCION
ACCION
Entender, en el ámbito de su jurisdicción, en las acciones de
coordinación y ejecución de operativos de inspección impositiva,
previsional y aduanera.
TAREAS
1. Realizar en el ámbito de su jurisdicción operativos de inspección,
procedimientos externos y allanamientos en el domicilio de los
importadores, exportadores y auxiliares del servicio aduanero, cuando
le sea requerido.
2. Practicar controles en transportes de carga y/o de pasajeros, en
cuanto tengan relación con el tráfico internacional de mercaderías en
zona secundaria aduanera, tendientes a la determinación de infracciones
y/o delitos aduaneros.
3. Entender en el análisis de la información recopilada, a fin de
establecer estrategias de generación de riesgo y de detección de
delitos, y proponiendo líneas de control masivas y estratégicas.
4. Promover la fiscalización puntual de los casos que resulten de los
procesos investigativos o generadas por inconsistencias en cruces de
información.
5. Actuar preventivamente ante los casos de infracciones y/o delitos
aduaneros, efectuando las diligencias previas que las circunstancias
impongan.
6. Coordinar operativos de control con otras dependencias de la AFIP,
Fuerzas de Seguridad y otros Organismos en materia de tráfico indebido
de estupefacientes y/o precursores químicos, cuando le sea requerido.
7. Ejercer el poder de policía aduanera y la fuerza pública, en los
hechos investigados o inspeccionados en la materia de su competencia.
8. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
9. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DIVISION INSPECCION IMPOSITIVA
ACCION
Entender en las acciones de inspección ex-ante, simultánea y ex-post de
las actividades realizadas por los contribuyentes, con el fin de
prevenir ilícitos impositivos.
TAREAS
1. Efectuar las fiscalizaciones que resulten del análisis de la
información contenida en los regímenes de información anticipada
correspondientes.
2. Realizar relevamientos, consultas, entrevistas y toda otra gestión
que resulte necesaria para la ejecución de las órdenes de intervención
recibidas del Departamento.
3. Entender en los descargos provenientes de los equipos de
fiscalización, cuyos cargos tuvieron origen en el área de
investigaciones, estableciendo los posibles desvíos e informando a la
Superioridad de los mismos.
4. Promover la fiscalización puntual de los casos que resulten de los
procesos investigativos o generadas por inconsistencias en cruces de
información.
5. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
6. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DIVISION INSPECCION PREVISIONAL
ACCION
Entender en las acciones de inspección ex–ante, simultánea y ex-post de
las actividades realizadas por los contribuyentes, con el fin de
prevenir ilícitos en materia de los recursos de la seguridad social.
TAREAS
1. Efectuar las fiscalizaciones que resulten del análisis de la
información contenida en los regímenes de información anticipada
correspondientes.
2. Realizar relevamientos, consultas, entrevistas y toda otra gestión
que resulte necesaria para la ejecución de las órdenes de intervención
recibidas del Departamento.
3. Entender en los descargos provenientes de los equipos de
fiscalización, cuyos cargos tuvieron origen en el área de
investigaciones, estableciendo los posibles desvíos e informando a la
Superioridad de los mismos.
4. Promover la fiscalización puntual de los casos que resulten de los
procesos investigativos o generadas por inconsistencias en cruces de
información.
5. Efectuar las verificaciones previsionales necesarias para la
determinación del crédito fiscal que se verifique en los concursos y
quiebras.
6. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
7. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DIVISION INSPECCION ADUANERA
ACCION
Entender en las acciones de inspección ex–ante, simultánea y ex-post de
las actividades realizadas por los usuarios del comercio exterior, con
el fin de prevenir ilícitos aduaneros.
TAREAS
1. Entender en las investigaciones necesarias para la prevención y
represión de delitos de contrabando, narcotráfico, fraude marcario,
control de las prohibiciones no económicas y de mercaderías de índole
sensitivo, resultantes de las líneas investigativas establecidas por la
Subdirección General de Control Aduanero.
2. Efectuar el registro de alertas de operaciones sospechosas de
incurrir en ilícitos aduaneros, en los sistemas que correspondan.
3. Realizar las investigaciones tendientes a la fiscalización y
valoración de mercaderías de importación/exportación solicitando, en
caso de corresponder, la intervención de áreas del Organismo.
4. Realizar en el ámbito de su jurisdicción inspecciones,
procedimientos externos, como asimismo practicar controles en
transportes de carga y/o de pasajeros, en cuanto tengan relación con el
tráfico internacional de mercaderías en zona primaria y secundaria
aduanera, tendientes a la determinación de infracciones y/o delitos
aduaneros.
5. Realizar la revisión ex–post de destinaciones de
importación/exportación y de toda otra documentación mediante la cual
se hayan tramitado importaciones/exportaciones.
6. Ejercer el poder de policía aduanera y la fuerza pública, en los
hechos investigados o inspeccionados en la materia de su competencia.
7. Promover el intercambio de información con otras administraciones
tributarias, Aduanas y/u organismos internacionales en materia de su
competencia.
8. Efectuar investigaciones encaminadas a la detección de
estupefacientes, materiales peligrosos, residuos, mercaderías usadas,
precursores de armas químicas y biológicas, armas y explosivos,
material nuclear y cualquier mercadería de índole sensitivo o sujetas a
prohibiciones con la comunicación posterior pertinente a las áreas de
control respectivas.
9. Realizar el control de destinaciones u operaciones de importación en
forma previa a la salida a plaza de las mercaderías, así como en las
operaciones de exportación, previo a la salida de la mercadería con
destino al exterior.
10. Intervenir en el control conjunto de la verificación física,
documental y de valor de las destinaciones seleccionadas que serán
sometidas a fiscalización simultánea.
11. Secuestrar o interdictar documentación y/o mercadería en cuanto
tenga relación con el tráfico internacional de mercaderías e intervenir
en el levantamiento de las medidas cautelares en cumplimiento a lo
ordenado por autoridad competente.
12. Coordinar acciones con la primera línea de control en tiempo real y
con carácter previo al libramiento que permitan obtener los medios de
prueba necesarios para la correcta determinación del valor y de la
clasificación arancelaria.
13. Supervisar la aplicación de las pautas generales propuestas para
las tareas de fiscalización para combatir la sub y sobrevaloración, los
ilícitos aduaneros y fiscales, y detectar inconsistencias en las
negociaciones de divisas y el control documental de la mercadería
prohibida.
14. Constatar e inspeccionar el estado, uso y destino de las
mercaderías y los estados demostrativos, registros contables y
documentación respaldatoria de las firmas que ingresan mercaderías bajo
el régimen de comprobación de destino, secuestrando o interdictando
aquellas que se hallaren en infracción.
15. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
16. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DEPARTAMENTO INVESTIGACION OPERATIVA
ACCION
Entender, en el ámbito de su jurisdicción, en el análisis y selección
de casos, en materia impositiva, previsional y aduanera, para la
detección de delitos y maniobras sospechosas; así como en la
tramitación de documentación con la finalidad de verificación, control
y prevención.
TAREAS
1. Entender en el análisis del interés fiscal de las denuncias recibidas de terceros en los casos que requiera la Superioridad.
2. Coordinar acciones de investigación de modalidades operativas y
puntos de control tendientes a la fiscalización de los contribuyentes
y/o responsables a su cargo.
3. Entender en la producción de todo tipo de información previa al cargo, a requerimiento de la Superioridad.
4. Planificar tanto las investigaciones estratégicas como el
seguimiento de las tareas de fiscalización tributaria sobre casos que
por su naturaleza puedan constituir casos de alto impacto.
5. Entender en la inmediata fiscalización de los casos que resulten del
proceso investigativo, aportando al área de fiscalización competente la
totalidad de la información relevada.
6. Coordinar la interacción con las áreas de fiscalización brindándole
el asesoramiento necesario para el debido encausamiento del proceso.
7. Planificar investigaciones tendientes a promover la generación de percepción de riesgo de los contribuyentes.
8. Relevar las distintas bases de datos y generar la matriz de
indicadores tácticos jurisdiccional con el objeto de generar
información sensible para el análisis de riesgo y proponer acciones y
mejoras en los procesos.
9. Mantener una fluida comunicación con las áreas encargadas de la gestión del riesgo.
10. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DIVISION INVESTIGACION IMPOSITIVA
ACCION
Entender en el análisis y selección de casos, en materia impositiva,
definiendo estrategias de generación de riesgo y de detección de
delitos; así como en la recopilación de información a los efectos de
proponer líneas de acción o investigación masivas y puntuales.
TAREAS
1. Proponer las fiscalizaciones acerca de casos puntuales, cuando la relevancia de las operaciones a fiscalizar así lo aconseje.
2. Analizar el interés fiscal de las denuncias recibidas de terceros en los casos que requiera la Superioridad.
3. Realizar acciones de investigación de modalidades operativas y
puntos de control tendientes a la fiscalización de los contribuyentes
y/o responsables a su cargo.
4. Producir y brindar todo tipo de información previa al cargo, a requerimiento de la Superioridad.
5. Realizar investigaciones estratégicas y seguimiento de las tareas de
fiscalización tributaria sobre casos que por su naturaleza puedan
constituir casos de alto impacto.
6. Promover la inmediata fiscalización de los casos que resulten del
proceso investigativo, aportando al área de fiscalización competente la
totalidad de la información relevada.
7. Interactuar con las áreas de fiscalización brindándole el asesoramiento necesario para el debido encausamiento del proceso.
8. Realizar cualquier otra acción de investigación tendiente a promover
la generación de percepción de riesgo de los contribuyentes.
9. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
10. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DIVISION INVESTIGACION PREVISIONAL
ACCION
Entender en el análisis y selección de casos, en materia previsional,
definiendo estrategias de generación de riesgo y de detección de
delitos; así como en la recopilación de información a los efectos de
proponer líneas de acción o investigación masivas y puntuales.
TAREAS
1. Proponer las fiscalizaciones acerca de casos puntuales, cuando la relevancia de las operaciones a fiscalizar así lo aconseje.
2. Analizar el interés fiscal de las denuncias recibidas de terceros en los casos que requiera la Superioridad.
3. Realizar acciones de investigación de modalidades operativas y
puntos de control tendientes a la fiscalización de los contribuyentes
y/o responsables a su cargo.
4. Producir y brindar todo tipo de información previa al cargo, a requerimiento de la Superioridad.
5. Realizar investigaciones estratégicas y seguimiento de las tareas de
fiscalización tributaria sobre casos que por su naturaleza puedan
constituir casos de alto impacto.
6. Promover la inmediata fiscalización de los casos que resulten del
proceso investigativo, aportando al área de fiscalización competente la
totalidad de la información relevada.
7. Interactuar con las áreas de fiscalización brindándole el asesoramiento necesario para el debido encausamiento del proceso.
8. Realizar cualquier otra acción de investigación tendiente a promover
la generación de percepción de riesgo de los contribuyentes.
9. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
10. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DIVISION INVESTIGACION ADUANERA
ACCION
Entender en el análisis y selección de casos, en materia aduanera,
definiendo estrategias de generación de riesgo y de detección de
delitos; así como en la recopilación de información a los efectos de
proponer líneas de acción o investigación masivas y puntuales.
TAREAS
1. Analizar el interés fiscal de las denuncias recibidas de terceros en los casos que requiera la Superioridad.
2. Realizar acciones de investigación de modalidades operativas y
puntos de control tendientes a la fiscalización de los contribuyentes
y/o responsables a su cargo.
3. Realizar investigaciones estratégicas y seguimiento de las tareas de
fiscalización aduanera sobre casos que por su naturaleza puedan
constituir casos de alto impacto.
4. Promover la inmediata fiscalización de los casos que resulten del
proceso investigativo, aportando al área de fiscalización competente la
totalidad de la información relevada.
5. Interactuar con las áreas de fiscalización brindándole el asesoramiento necesario para el debido encausamiento del proceso.
6. Realizar cualquier otra acción de investigación tendiente a promover
la generación de percepción de riesgo de los contribuyentes.
7. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
8. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DIRECCION ZONAL DE LA GESTION DE RECAUDACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la coordinación y supervisión de las tareas inherentes a la
registración de obligaciones y la percepción de los tributos y
accesorios impositivos, de los recursos aduaneros y de la seguridad
social, y a la aplicación de las normas técnico tributarias y
aduaneras, con el fin de comprobar y mejorar el grado de cumplimiento
fiscal por parte de los contribuyentes y/o responsables de su
jurisdicción, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la
Superioridad.
ACCION
1. Entender en el control, evaluación y ejecución de las tareas
necesarias para la verificación del cumplimiento dado por los
contribuyentes de su jurisdicción a los impuestos, obligaciones del
régimen aduanero y las emergentes de los recursos de la seguridad
social.
2. Entender en las acciones de control tributario extensivo generadas
por la Subdirección General de Recaudación, a efectos de efectuar
detección temprana de situaciones que conlleven a una incorrecta
registración, determinación de tributos, o a un incumplimiento de
presentación y pago de declaraciones juradas y regímenes específicos, o
a la detección de incongruencias entre lo declarado y la información
disponible.
3. Entender en el trámite de determinaciones de tributos y de recursos
de la seguridad social, accesorios, multas, sumarios y recursos
vinculados, reconocimiento de exenciones impositivas y otras acciones
de recaudación de su competencia.
4. Entender en la resolución de impugnaciones de deudas por recursos de la seguridad social.
5. Interponer denuncias, promover y tramitar querellas por los delitos
tipificados en la Ley Penal Tributaria o comunes, originados en la
actividad cumplida por sus dependencias.
6. Coordinar la representación y patrocinio del Fisco Nacional en los
juicios de ejecución fiscal, en los juicios universales con interés
fiscal, en las causas de percepción de créditos fiscales y demás
juicios contenciosos en que el Organismo sea parte.
7. Entender en la elaboración de las normas de control interno y
rutinas de seguimiento de tareas, a fin de evitar que se produzcan
situaciones no previstas.
8. Participar en las tratativas a realizar entre autoridades aduaneras
y otros organismos oficiales, nacionales, provinciales, municipales o
privados, para la obtención de bienes muebles o inmuebles para las
dependencias de la Dirección.
9. Recopilar, producir y evaluar la información de gestión.
10. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DIVISION GESTION DE RECURSOS
ACCION
Entender en la gestión del despacho de la documentación, en los asuntos
inherentes a los recursos humanos y en las cuestiones relacionadas a
los servicios y al mantenimiento, reparación, provisión y
administración de los recursos materiales y de comunicación de la
Dirección.
TAREAS
1. Efectuar la recepción, registro, despacho y distribución de las actuaciones que ingresen a la Dirección.
2. Realizar el archivo de las actuaciones y documentación que ingresan a la Dirección.
3. Dar el correspondiente curso a las cuestiones relacionadas con el personal de la Dirección.
4. Coordinar el cumplimiento de todas las normas de seguridad informática vigentes.
5. Entender en la elaboración del presupuesto anual de la Dirección,
relevar las necesidades de servicios básicos y distribuir los recursos
económicos y financieros de las unidades de su jurisdicción, con
intervención de la Superioridad.
6. Entender en el control de los equipos entregados a reparación y efectuar los reclamos pertinentes.
7. Coordinar la provisión, mantenimiento y control de los bienes y servicios de la Dirección.
8. Administrar, registrar y comunicar al área contable respectiva, el movimiento de la Caja Chica asignada.
SECCION CONTABILIDAD Y LOGISTICA
ACCION
Entender en las operaciones que deben efectuarse con cargo al
presupuesto y en lo relativo al movimiento de fondos y valores; así
como en las cuestiones atinentes a los servicios y al mantenimiento de
los recursos materiales de la Dirección.
TAREAS
1. Intervenir en las actuaciones relativas a erogaciones que deben
efectuarse con cargo al presupuesto y verificar su correcta imputación.
2. Efectuar los trámites relativos al movimiento de fondos presupuestarios e inventarios de acuerdo con las normas establecidas.
3. Llevar los registros contables y analíticos del movimiento de fondos y valores.
4. Intervenir en las licitaciones y contrataciones, de acuerdo con las normas vigentes en la materia.
5. Intervenir en el control del adecuado mantenimiento de los bienes materiales de la Dirección.
6. Elaborar el presupuesto anual de la Dirección, relevar las
necesidades de servicios básicos y distribuir los recursos económicos y
financieros de las unidades de su jurisdicción, con intervención de la
Superioridad.
7. Promover, mantener y controlar los servicios necesarios para el desenvolvimiento de las dependencias de la Dirección.
DEPARTAMENTO COORDINACION DE LA RECAUDACION
ACCION
Entender en la recepción y control de los elementos que hagan al
cumplimiento de las obligaciones impositivas, aduaneras y de la
seguridad social de los contribuyentes y responsables, en la captura y
procesamiento de la documentación referida a las gestiones de
recaudación, en los trámites de cobranza administrativa y judicial en
la administración de los sistemas respectivos; así como instruir los
sumarios formales por infracciones a las normas legales.
Entender en el diligenciamiento de las solicitudes impositivas y/o
previsionales de devoluciones, transferencias, reintegros y recuperos
de exportaciones presentadas por los contribuyentes y/o responsables
inscriptos bajo su jurisdicción.
TAREAS
1. Efectuar todas las tareas inherentes a la percepción de los gravámenes a cargo del Departamento.
2. Ejecutar acciones de control tributario extensivo en base a la
detección temprana de situaciones que conlleven un incumplimiento de
registración, de determinación de tributos, de presentación y pago de
declaraciones juradas y regímenes específicos, o a la detección de
incongruencias entre lo declarado y la información disponible.
3. Entender en las liquidaciones de tributos ante incumplimientos de
los contribuyentes y/o responsables, en la emisión de los proyectos de
boletas de deudas y en la acción de cobro.
4. Entender en el control para el otorgamiento de los planes de facilidades de pago.
5. Analizar los informes de deuda en gestión administrativa o judicial
en los casos de contribuyentes y/o responsables concursados o en
quiebra.
6. Entender en la tramitación y verificación de las solicitudes de
transferencias de impuestos, de reintegros y devoluciones, incluidos
los recuperos por exportación; así como en las compensaciones de pagos
que involucran tales solicitudes presentadas por los contribuyentes
inscriptos bajo su jurisdicción, de acuerdo con lo establecido por la
legislación vigente.
7. Entender en la instrucción y resolución de sumarios formales por
infracciones a las leyes, decretos, resoluciones y disposiciones que
rigen la aplicación de los impuestos, recursos aduaneros y de la
seguridad social en el ámbito de la Dirección.
8. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DIVISION REGISTRO Y CONTROL DEL CUMPLIMIENTO
ACCION
Entender en el control de cumplimiento de las obligaciones de registro
y la presentación y pago de las obligaciones impositivas, aduaneras y
de la seguridad social de los contribuyentes de la jurisdicción,
promoviendo acciones correctivas previas a la gestión judicial,
administrando, manteniendo y explotando los sistemas de control.
Entender en la tramitación de las solicitudes de devoluciones y
reintegros de los impuestos formulados por los contribuyentes y/o
responsables de su jurisdicción.
TAREAS
1. Entender en la actualización de la situación fiscal de los
contribuyentes, imponiendo al área correspondiente la tramitación de
las falencias detectadas.
2. Planificar la gestión de los universos de obligaciones y
contribuyentes que surjan de controles extensivos generados por la
Subdirección General de Recaudación que permitan la detección temprana
de situaciones que conlleven un incumplimiento y/o la detección de
incongruencias en el cumplimiento de las obligaciones fiscales
realizadas.
3. Controlar en el otorgamiento de los planes de facilidades de pago.
4. Analizar los reportes de obligaciones pendientes, aplicando las
acciones pertinentes que permitan gestionar el cobro de los
incumplimientos.
5. Efectuar la remisión ordenada de los antecedentes, una vez concluida
su gestión, al personal autorizado para su archivo y custodia.
6. Informar a la Superioridad de la deuda en gestión administrativa en
los casos de contribuyentes y/o responsables concursados y en quiebra.
7. Efectuar los ajustes administrativos que los sistemas requieran con
relación al sistema registral y a la cuenta corriente del
contribuyente, que resulten de la actividad propia del área.
8. Efectuar la habilitación de registros que deben llevar los
contribuyentes y responsables en cumplimiento de las normas legales
vigentes.
9. Entender en las verificaciones necesarias para determinar la
procedencia del pago anticipado, así como evaluar los incumplimientos
que la normativa establezca como causal de exclusión temporal del
régimen.
10. Entender en las verificaciones necesarias para determinar la
procedencia de las solicitudes de recupero por exportaciones
presentadas, así como efectuar su tramitación y la remisión final de
los pagos anticipados ya resueltos.
11. Coordinar la tramitación de las solicitudes impositivas y/o
previsionales de devoluciones, transferencias y reintegros presentadas
por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.
12. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
13. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
SECCION CONTROL DE COBRANZAS Y DEVOLUCIONES
ACCION
Realizar el control de cumplimiento de las obligaciones de registro y
la presentación y pago de las obligaciones impositivas, aduaneras y de
la seguridad social de los contribuyentes de la jurisdicción,
proponiendo acciones correctivas previas a la gestión judicial.
Tramitar las solicitudes de devoluciones y reintegros de los impuestos
formulados por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.
TAREAS
1. Mantener actualizada la situación fiscal de los contribuyentes,
indicando al área correspondiente la tramitación de las falencias
detectadas en los datos referenciales de los contribuyentes a su cargo.
2. Gestionar los universos de obligaciones y contribuyentes que surjan
de controles extensivos generados por la Subdirección General de
Recaudación que permitan la detección temprana de situaciones que
conlleven un incumplimiento y/o la detección de incongruencias en el
cumplimiento de las obligaciones fiscales realizadas.
3. Efectuar las tareas inherentes al control de presentaciones a que
están obligadas las empresas promovidas y sus inversionistas.
4. Efectuar los diligenciamientos de los trámites que impone la
reglamentación relacionados con la Ley de Impuestos Internos y Varios.
5. Efectuar la habilitación de registros que deben llevar los
contribuyentes y responsables en cumplimiento de las normas legales
vigentes.
6. Efectuar los trámites de tipo técnico originados en las solicitudes de baja de inscripción.
7. Intervenir en el otorgamiento de los planes de facilidades de pago.
8. Intervenir en los descargos presentados por los contribuyentes
intimados, clasificando los motivos de los mismos e informando a la
Superioridad de las causales.
9. Efectuar la remisión ordenada de los antecedentes, una vez concluida
su gestión, al personal autorizado para su archivo y custodia.
10. Tramitar la emisión de Certificados de Retención, de no Retención y
otros contemplados en las normas vigentes (certificado de residencia
fiscal, adquirente de combustible con destino exento, operadores de
granos, etc.).
11. Efectuar las verificaciones necesarias para determinar la
procedencia del pago anticipado, así como evaluar los incumplimientos
que la normativa establezca como causal de exclusión temporal del
régimen.
12. Efectuar las verificaciones necesarias para determinar la
procedencia de las solicitudes de recupero por exportaciones
presentadas, así como efectuar su tramitación y la remisión final de
los pagos anticipados ya resueltos.
13. Proyectar las resoluciones de aceptación o impugnación de los créditos y de devoluciones de impuesto.
14. Propiciar la ejecución de garantías y promover el cobro compulsivo de las solicitudes improcedentes.
15. Efectuar la tramitación de las solicitudes impositivas y/o
previsionales de devoluciones, transferencias y reintegros presentadas
por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.
16. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
17. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DIVISION GESTION DEL INCUMPLIMIENTO
ACCION
Entender en la coordinación de la gestión administrativa y judicial de
los créditos fiscales y en la instrucción de sumarios formales
originados en infracciones que involucran a los contribuyentes y/o
responsables de su jurisdicción.
TAREAS
1. Realizar las liquidaciones ante incumplimientos de los
contribuyentes y/o responsables, emitir los proyectos de boleta de
deuda y efectuar la cobranza de los ajustes que resulten de la
actividad llevada a cabo por las áreas fiscalizadoras.
2. Efectuar los controles extensivos sobre el universo de
contribuyentes de su jurisdicción y sus obligaciones de registración,
determinación, presentación y pago de tributos y accesorios.
3. Entender en la elaboración de los informes de la deuda en gestión
judicial en los casos de contribuyentes y/o responsables concursados o
en quiebra.
4. Intervenir en el procedimiento de clausura de establecimientos
comerciales e industriales de contribuyentes y/o responsables que
incurran en los hechos u omisiones previstos por la ley.
5. Entender en los recursos que se planteen respecto de los sumarios formales y en la aplicación de multas.
6. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
7. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
OFICINA SUMARIOS
ACCION
Entender en la instrucción de sumarios originados en infracciones
cometidas por los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.
TAREAS
1. Intervenir en la instrucción de sumarios formales por
incumplimientos como falta de presentación de declaraciones juradas,
cruces de Verifica, entre otros; así como proyectar las resoluciones de
los mismos.
2. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
3. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
SECCION COBRANZA JUDICIAL
ACCION
Entender en la gestión judicial de los créditos fiscales que involucra a los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.
TAREAS
1. Efectuar los informes de la deuda en gestión judicial en los casos
de contribuyentes y/o responsables concursados o en quiebra.
2. Controlar en forma permanente a partir de la consulta a los sistemas
de control, previo al inicio y en el transcurso de la ejecución fiscal,
los pagos y/o novedades producidas respecto de la situación fiscal de
los contribuyentes.
3. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
4. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DEPARTAMENTO COORDINACION TECNICO JURIDICA
ACCION
Entender, en materia impositiva y previsional, en el procedimiento de
aplicación de sanciones y en la representación y patrocinio jurídico
del Fisco Nacional en los juicios universales y contenciosos de su
jurisdicción y en la transferencia de fondos de comercio.
Asesorar a la Dirección y a sus dependencias en asuntos de naturaleza
jurídica y efectuar la actividad judicial de aquellos casos que, por su
índole, se encuadren como probables delitos penal tributarios o comunes.
Entender en las determinaciones de oficio de impuestos, accesorios y
multas, e impugnaciones de deuda con el sistema de la seguridad social,
así como en las resoluciones de recursos de reconsideración, repetición
apelación y demás recursos administrativos, y en la instrucción de
sumarios materiales por infracciones a las normas legales.
TAREAS
1. Entender en la emisión de dictámenes jurídicos y proyectos de
resolución en los casos determinados por normas legales o por
necesidades de servicio.
2. Entender en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones
correspondientes a los recursos administrativos y de reconsideración
interpuestos en la sustanciación de sumarios materiales, formales y de
clausura.
3. Entender en el procedimiento de clausura de establecimientos
comerciales e industriales de contribuyentes y/o responsables que
incurran en los hechos u omisiones previstos por la ley.
4. Intervenir en las elevaciones de carácter jurídico y en la contestación de oficios que deba efectuar la Dirección.
5. Entender en la instrucción y resolución de sumarios materiales por
infracciones a las leyes, decretos, resoluciones y disposiciones que
rigen la aplicación de los impuestos y de la seguridad social en el
ámbito de la Dirección.
6. Entender en la conveniencia de prestar conformidad a las propuestas de acuerdo preventivo, en los casos que así se solicite.
7. Entender en las tareas relacionadas con la actividad administrativa
y/o jurídica vinculada con los procedimientos originados en delitos
penal tributarios o comunes.
8. Representar y patrocinar al Fisco Nacional en los juicios
universales, en los juicios de contenido penal tributario, penal común,
impositivo y de los recursos de la seguridad social, y en aquellos sin
contenido tributario en que la Repartición sea o no parte.
9. Controlar y supervisar la tramitación y el desempeño de los
representantes del Fisco, en materia de juicios universales, juicios
con contenido impositivo y de los recursos de la seguridad social, y en
aquellos sin contenido tributario ante los tribunales respectivos.
10. Intervenir en el cumplimiento de las sentencias firmes contrarias
al Fisco Nacional dictadas en las causas o juicios en que represente al
Organismo.
11. Controlar las determinaciones de impuestos, intereses y/o recargos
que correspondan a actuaciones no conformadas por el contribuyente y/o
responsable, provenientes de las áreas de fiscalización.
12. Entender en la sustanciación y proyectos de resolución de
impugnaciones de deuda con el sistema de la seguridad social, conforme
los procedimientos, formas y condiciones establecidos en la normativa
vigente.
13. Entender en los pronunciamientos y resoluciones correspondientes a
los pedidos de reconocimiento de exenciones presentadas por los
contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.
14. Entender en el procedimiento reglado en el Artículo 14 de la Ley N°
11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones), cuando se den los supuestos
a que se refiere el Artículo 2° de la Ley de Prevención de la Evasión
Fiscal N° 25.345.
15. Asesorar en actuaciones que puedan derivar en causas disciplinarias
contra los agentes impositivos y de seguridad social, fijando las
pautas a seguir y controlando el estricto cumplimiento del Régimen
Disciplinario vigente y de la Ley 19.549 y su Decreto Reglamentario.
16. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DIVISION JURIDICA
ACCION
Entender en la aplicación de multas, asesorando y dictaminando en las
cuestiones de índole jurídico, en materia impositiva y previsional.
TAREAS
1. Realizar la administración local del sistema de control de juicios
descentralizado supervisando la debida actualización de la situación de
los juicios que se tramiten.
2. Representar y patrocinar al Fisco Nacional en los juicios
universales, en los juicios de contenido penal tributario, penal común,
impositivo y de los recursos de la seguridad social, y en aquellos sin
contenido tributario en que la Repartición sea o no parte.
3. Entender en la gestión de aquellos casos que se encuadren como
delitos penal tributarios, dentro del ámbito de su jurisdicción.
4. Intervenir en los proyectos de pronunciamientos y de resoluciones
correspondientes a los recursos administrativos y de reconsideración
interpuestos en la sustanciación de sumarios materiales, formales y de
clausura.
5. Entender en las querellas por los asuntos tipificados en la Ley Penal Tributaria o por delitos comunes.
6. Coordinar la preparación de informes sobre asuntos tramitados en el
área, que hayan sido motivo de recurso ante la justicia o el Tribunal
Fiscal de la Nación.
7. Controlar la observancia de los términos procesales y/o
administrativos tendientes a la verificación de los créditos en los
concursos y quiebras.
8. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
9. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
SECCION JUICIOS UNIVERSALES
ACCION
Entender en la representación y patrocinio jurídico en los juicios
universales y contenciosos y en las transferencias de fondos de
comercio, así como en el control administrativo y registro de los
mismos.
TAREAS
1. Efectuar la extracción de los edictos publicados en los Boletines Oficiales.
2. Requerir los informes de deuda en gestión judicial y/o
administrativa a las distintas dependencias a fin de proceder a su
verificación.
3. Observar los términos procesales y/o administrativos tendientes a la verificación de los créditos.
4. Efectuar el control técnico de los montos.
5. Entender en la redacción de los escritos procesales, a los efectos de la verificación de los créditos.
6. Entender en los pedidos de quiebra.
7. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
8. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
SECCION DICTAMENES Y SUMARIOS
ACCION
Entender en los procedimientos y en la instrucción de sumarios
materiales originados en infracciones cometidas por los contribuyentes
y/o responsables, efectuando el análisis técnico que corresponda.
TAREAS
1. Intervenir en la preparación de informes sobre asuntos tramitados en
el área, que hayan sido motivo de recurso ante la justicia o el
Tribunal Fiscal de la Nación.
2. Intervenir en la instrucción de sumarios materiales que devienen del
proceso de fiscalización, así como proyectar las resoluciones de los
mismos.
3. Intervenir en el desarrollo de los procedimientos de clausura de
establecimientos por infracciones cometidas y proyectar los
pronunciamientos.
4. Participar en el análisis y la ponderación de la conducta fiscal de
contribuyentes y/o responsables, en actuaciones con determinación de
oficio en curso.
5. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
6. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
SECCION PENAL
ACCION
Efectuar la actividad administrativa y judicial de aquellos casos que,
por su índole, se encuadren como probables delitos penal tributarios,
dentro del ámbito de su jurisdicción.
TAREAS
1. Intervenir en el abordaje, asesoramiento y seguimiento de las
acciones de fiscalización e investigación, desde que se vislumbra en
éstos una arista con incidencia penal, a los fines de recabar toda
aquella documentación que sirva de sustento para una futura denuncia.
2. Interactuar en forma permanente con las áreas intervinientes,
acompañando el desarrollo de la verificación, investigación y/o
fiscalización.
3. Promover la confección e interposición de las respectivas denuncias penales.
4. Llevar a cabo la procuración de los expedientes y cumplimiento de requerimientos judiciales.
5. Intervenir en la solicitud de allanamientos en los términos de la
Ley 24.769 y/o de la Ley 11.683 —en aquellos casos que lo ameriten— y
sus respectivos diligenciamientos.
6. Intervenir en las comunicaciones judiciales y en las denuncias de
los casos susceptibles de configurar delitos penal tributarios.
7. Intervenir en la contestación de informes judiciales vinculados con la materia penal tributaria.
8. Intervenir en las querellas por los asuntos tipificados en la Ley Penal Tributaria.
9. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
10. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
DIVISION REVISION Y RECURSOS
ACCION
Entender en las resoluciones de recursos de repetición, reconsideración
y demás recursos administrativos y en las solicitudes de exenciones que
correspondan, en materia impositiva, aduanera y previsional; así como
en la tramitación de las impugnaciones de los contribuyentes por deuda
previsional y en la elaboración de dictámenes y proyectos de resolución.
TAREAS
1. Participar en los proyectos de pronunciamientos y resoluciones
correspondientes a los recursos administrativos, así como los
vinculados con las solicitudes de exenciones presentadas por los
contribuyentes y/o responsables.
2. Coordinar la elaboración de informes sobre asuntos tramitados en el
área, que hayan sido motivo de recursos ante la Justicia o el Tribunal
Fiscal de la Nación.
3. Entender en la resolución de solicitudes de índole impositiva que
impliquen exenciones relacionadas con los impuestos de sellos y varios
de los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.
4. Entender en la tramitación de las impugnaciones de los contribuyentes por deuda previsional.
5. Participar en la consideración de la conducta fiscal de
contribuyentes y/o responsables en actuaciones con determinación de
oficio en curso.
6. Supervisar los proyectos y dictar las resoluciones cuando
corresponda determinar de oficio obligaciones impositivas de los
contribuyentes y/o responsables en el ámbito de la Dirección.
7. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
8. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
SECCION DETERMINACIONES DE OFICIO
ACCION
Entender en los proyectos de determinaciones de impuestos originadas en
inspecciones efectuadas por las áreas con competencia; así como en los
de resoluciones cuando corresponda determinar de oficio la materia
imponible.
TAREAS
1. Entender en la recepción de las actuaciones provenientes de las
áreas competentes y efectuar un primer análisis de los aspectos
técnicos, conceptuales y procedimentales de los ajustes propuestos para
determinar de oficio.
2. Realizar los proyectos de resoluciones cuando corresponda determinar
de oficio obligaciones impositivas de los contribuyentes y responsables
de su jurisdicción.
3. Intervenir en la preparación de informes en los recursos de
reconsideración contra resoluciones determinativas de impuesto,
considerando los argumentos expuestos y las pruebas aportadas.
4. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
5. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
SECCION IMPUGNACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
ACCION
Entender en la gestión de las impugnaciones de los contribuyentes por
deuda previsional, así como en la elaboración de dictámenes y proyectos
de resolución vinculados.
TAREAS
1. Tramitar las impugnaciones de los contribuyentes por deuda
previsional conforme el procedimiento reglado en la Resolución General
Nº 79/98 AFIP y normas relacionadas.
2. Impulsar de oficio las medidas probatorias y verificaciones necesarias para dilucidar la controversia planteada.
3. Analizar, valorar y elaborar los dictámenes jurídicos pertinentes y
los proyectos de resolución, admitiendo o rechazando las pruebas
ofrecidas por los impugnantes.
4. Notificar al contribuyente el derecho de vista y alegato.
5. Elaborar los dictámenes jurídicos y los proyectos de resolución que
concluyen el procedimiento en la instancia administrativa.
6. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
7. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
SECCION RECURSOS
ACCION
Intervenir en las resoluciones de recursos de repetición,
reconsideración y demás recursos administrativos y en las solicitudes
de exenciones que correspondan, en materia impositiva, aduanera y
previsional.
TAREAS
1. Efectuar los proyectos de pronunciamientos y resoluciones correspondientes a los recursos administrativos.
2. Intervenir en el trámite y preparar los pronunciamientos y
resoluciones relacionadas con solicitudes de exenciones presentadas por
los contribuyentes y/o responsables.
3. Intervenir en la elaboración de informes sobre asuntos tramitados en
el área, que hayan sido motivo de recursos ante la Justicia o el
Tribunal Fiscal de la Nación.
4. Entender en la resolución de solicitudes de índole impositiva que
impliquen exenciones relacionadas con los impuestos de sellos y varios
de los contribuyentes y/o responsables de su jurisdicción.
5. Atender las consultas derivadas por las áreas de servicios de atención, relacionadas con los temas de su competencia.
6. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
SUBDIRECCION GENERAL DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE
DEPARTAMENTO CANALES DE ATENCION
ACCION
Entender la supervisión del funcionamiento de las áreas operativas de
atención destinadas al contacto con los ciudadanos, contribuyentes y
usuarios aduaneros, así como en la definición y supervisión de los
servicios de información y en la definición de los criterios y
contenidos de los mensajes de respuesta a dar vía telefónica, correo
electrónico o página institucional del Organismo, como consecuencia de
las consultas de los ciudadanos en general.
TAREAS
1. Proponer y definir canales y estrategias de contacto con
contribuyentes, responsables, usuarios del servicio aduanero y
ciudadanos en general, en materia de servicios.
2. Supervisar el funcionamiento de los servicios de información y
desarrollar los criterios y contenidos de los mensajes de respuesta
telefónica y por correo electrónico a dar por la AFIP, supervisando las
campañas de información destinadas a contribuyentes, responsables y
usuarios del servicio aduanero.
3. Supervisar el funcionamiento de las áreas operativas de atención
destinadas al contacto con los ciudadanos, contribuyentes y usuarios
aduaneros, coordinando las actividades tendientes a asegurar la calidad
de los servicios prestados por el Organismo y en la supervisión de la
implementación del modelo de atención institucional.
4. Definir los criterios de elaboración de los mensajes de respuesta
telefónica o por correo electrónico a dar por parte de la AFIP,
efectuando el seguimiento y control de su cumplimiento.
5. Definir y efectuar el control de contenidos de la información a
proporcionar por medio de la página web institucional y demás medios
alternativos que se incorporen.
6. Propiciar el desarrollo continuo de nuevos mecanismos de asistencia
e información tendientes a introducir mejoras en los servicios
brindados a los contribuyentes, responsables, usuarios del servicio
aduanero y ciudadanos en general, para facilitar el cumplimiento de sus
obligaciones, e impulsar las modificaciones que correspondan, en el
marco del Programa de Asistencia al Ciudadano.
7. Desarrollar los procedimientos necesarios para el funcionamiento de la defensoría de los contribuyentes y usuarios aduaneros.
DIVISION COORDINACION ZONAL DE GESTION DE SERVICIOS
ACCION
Entender en la supervisión y control del funcionamiento de las áreas
operativas de atención destinadas al contacto con los ciudadanos,
contribuyentes y usuarios aduaneros, coordinando las actividades
tendientes a asegurar la calidad de los servicios prestados por el
Organismo y en la supervisión de la implementación del modelo de
atención institucional.
TAREAS
1. Supervisar las tareas desarrolladas por las áreas operativas de
atención y efectuar la evaluación y el control de gestión de las mismas.
2. Efectuar el control del cumplimiento de los criterios de atención institucional fijados por la Subdirección General.
3. Asegurar la prestación homogénea de los servicios destinados al
contacto con los ciudadanos, contribuyentes y usuarios aduaneros.
4. Entender en el desarrollo de planes y programas de control de la
atención y servicios brindados, definiendo los indicadores de gestión
que faciliten la evaluación y seguimiento de las acciones llevadas a
cabo.
5. Detectar necesidades no satisfechas en la atención y servicios
brindados y participar en las tareas de definición y actualización del
modelo de atención institucional.
6. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
SECCION/OFICINA AGENCIA AFIP
(TIPO)
ACCION
Entender en las tareas vinculadas con el análisis y estudio de la
normativa vigente para brindar asistencia a los contribuyentes,
responsables y otros interesados, en la temática impositiva, aduanera y
de los recursos de la seguridad social.
Realizar las acciones tendientes a la mejor y más eficiente atención
del público desde su ingreso a la dependencia hasta que concluye el
trámite que origina su concurrencia, identificando los problemas de
procedimiento cuya solución mejore la atención al ciudadano.
TAREAS
1. Organizar, coordinar y controlar la asignación de los recursos
disponibles en pos de brindar la atención adecuada a los ciudadanos.
2. Atender las consultas que realicen contribuyentes, responsables y
usuarios del servicio aduanero, aplicando sobre las respuestas que se
brindan, uniformidad de criterio.
3. Efectuar controles formales sobre la documentación que presenten los
contribuyentes, responsables y usuarios del servicio aduanero a fin de
proceder a su distribución en las áreas correspondientes.
4. Brindar asesoramiento sobre los trámites más frecuentes, el uso y
obtención de aplicativos y la provisión de clave fiscal, enriqueciendo
y facilitando la autogestión a través del portal de Internet del
Organismo.
5. Analizar el desempeño del universo de contribuyentes de su
jurisdicción para mejorar el cumplimiento de las obligaciones fiscales,
manteniendo permanentemente actualizado el Padrón General de
Contribuyentes (altas, modificaciones y/o bajas provisorias).
6. Asegurar la capacitación y actualización de los agentes involucrados en el servicio de atención.
7. Coordinar, intervenir y supervisar la asignación y movimiento de
recursos humanos, materiales, financieros y de documentación
correspondientes a la unidad.
e. 04/11/2013 N° 88745/13 v. 04/11/2013