MINISTERIO DE INDUSTRIA
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
Resolución Nº 170/2013
Bs. As., 31/10/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0035621/2013 del Registro del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, lo dispuesto en las Leyes Nros. 22.317, 24.467, 24.624,
25.300 y 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2013, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de
1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999 y 357 de fecha 21 de febrero de
2002 y sus modificaciones, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10
de enero de 2013, las Resoluciones Nros. 15 y 16 ambas de fecha 19 de
febrero de 2013, 100 de fecha 8 de julio de 2013, todas de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA y la Disposición Nº 389 de fecha 29 de
septiembre de 2004 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado
a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y
fiscalización corresponde a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, con el objetivo de incentivar la capacitación del
personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que dicho Régimen fue reglamentado por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de fecha 29 de abril de 1999.
Que mediante el Artículo 21, inciso b) de la Ley Nº 26.784 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2013, se fijó el cupo anual referente al Artículo 3° de la Ley Nº
22.317 para la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL en la suma de PESOS OCHENTA MILLONES ($ 80.000.000).
Que en razón de ese cupo anual, se dictó la Resolución Nº 15 de fecha
19 de febrero de 2013 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA aprobándose el
Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos
destinados a la adquisición de equipamiento y/o adecuación de aulas de
las Agencias Regionales y a la creación y desarrollo de centros de
formación e investigación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
dentro de los Parques Industriales y/o adquisición de equipamiento y
nuevas tecnologías y/o adecuación de aulas y/o creación y desarrollo de
centros de formación e investigación en Universidades Públicas,
Nacionales y Provinciales, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal
para el año 2013, estableciéndose un cupo máximo de PESOS DIEZ MILLONES
($ 10.000.000) para dicha convocatoria.
Que mediante la Resolución Nº 16 de fecha 19 de febrero de 2013 de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA, se reglamentó el Llamado a Presentación y
Ejecución de Proyectos de Capacitación Año 2013 - Régimen de Crédito
Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Primera Convocatoria, estableciéndose la utilización de un cupo máximo
de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000).
Que posteriormente se dictó la Resolución Nº 100 de fecha 8 de julio de
2013 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, mediante la cual se reglamentó el
Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación Año
2013 - Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas. Segunda Convocatoria, estableciéndose la utilización
de un cupo máximo de PESOS VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($
27.500.000).
Que el llamado citado en último término tiene como principal objetivo
lograr un eficaz y mejor impacto social, regional y económico de los
fondos disponibles como así también la inclusión y fortalecimiento de
los sectores planteados en el Plan Estratégico 2020.
Que en función de ello resulta estratégico fortalecer a las empresas
registradas en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, cuyos
códigos de Actividad Principal sean industriales según el Nomenclador
de Actividades del citado organismo, mediante la capacitación de sus
recursos humanos, a los fines de lograr una mejora en su gestión que
redundará en mejores servicios al sector de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas.
Que teniendo en cuenta la puesta en marcha del Llamado a Presentación y
Ejecución de Proyectos de Capacitación Año 2013 - Régimen de Crédito
Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Segunda Convocatoria, los óptimos resultados obtenidos a la fecha, y la
existencia de cupo disponible de Crédito Fiscal para el mencionado
llamado, se estima conveniente prorrogar el plazo establecido en el
Artículo 2° del Anexo I de la Resolución Nº 100/13 de la SECRETARIA DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, con vencimiento el
día 31 de octubre de 2013, hasta las DIECISEIS HORAS (16 hs.) del día
29 de noviembre de 2013, o en su defecto hasta la utilización total del
cupo presupuestario asignado si esto fuere anterior, exclusivamente
para la presentación de proyectos bajo la Modalidad 1, cuyas empresas
beneficiarias desarrollen actividades económicas que pertenezcan al
sector industrial.
Que la presente medida permitirá cumplimentar acabadamente los
objetivos del Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos, aprobado
por la Resolución Nº 100/13 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, permitiendo la mayor participación de
las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de todo el país y la
optimización de los recursos públicos asignados.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la
Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que
le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por la Ley Nº 22.317, los Decretos Nros. 819/98, 434/99 y
357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorrógase el plazo establecido en el Artículo 2° del
Anexo I de la Resolución Nº 100 de fecha 8 de julio de 2013 de la
SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA, con vencimiento el día 31 de octubre de 2013,
hasta las DIECISEIS HORAS (16 hs.) del día 29 de noviembre de 2013, o
en su defecto hasta la utilización total del cupo presupuestario
asignado si esto fuere anterior, exclusivamente para la presentación de
proyectos bajo la Modalidad 1.
ARTICULO 2° — Establécese que sólo podrán presentarse en el plazo
establecido en el artículo que antecede, proyectos de capacitación bajo
la Modalidad 1, que tengan como beneficiarias a las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas cuyos códigos de actividad principal sean
industriales, conforme el Nomenclador de Actividades de la
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el
ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su firma.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Lic. HORACIO G. ROURA, Secretario de la
Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Ministerio de
Industria.
e. 06/11/2013 N° 89906/13 v. 06/11/2013