MINISTERIO DE INDUSTRIA

SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

Resolución Nº 170/2013

Bs. As., 31/10/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0035621/2013 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, lo dispuesto en las Leyes Nros. 22.317, 24.467, 24.624, 25.300 y 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2013, las Resoluciones Nros. 15 y 16 ambas de fecha 19 de febrero de 2013, 100 de fecha 8 de julio de 2013, todas de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA y la Disposición Nº 389 de fecha 29 de septiembre de 2004 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que dicho Régimen fue reglamentado por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de fecha 29 de abril de 1999.

Que mediante el Artículo 21, inciso b) de la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, se fijó el cupo anual referente al Artículo 3° de la Ley Nº 22.317 para la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL en la suma de PESOS OCHENTA MILLONES ($ 80.000.000).

Que en razón de ese cupo anual, se dictó la Resolución Nº 15 de fecha 19 de febrero de 2013 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA aprobándose el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos destinados a la adquisición de equipamiento y/o adecuación de aulas de las Agencias Regionales y a la creación y desarrollo de centros de formación e investigación para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas dentro de los Parques Industriales y/o adquisición de equipamiento y nuevas tecnologías y/o adecuación de aulas y/o creación y desarrollo de centros de formación e investigación en Universidades Públicas, Nacionales y Provinciales, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal para el año 2013, estableciéndose un cupo máximo de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000) para dicha convocatoria.

Que mediante la Resolución Nº 16 de fecha 19 de febrero de 2013 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se reglamentó el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación Año 2013 - Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Primera Convocatoria, estableciéndose la utilización de un cupo máximo de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000).

Que posteriormente se dictó la Resolución Nº 100 de fecha 8 de julio de 2013 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, mediante la cual se reglamentó el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación Año 2013 - Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Segunda Convocatoria, estableciéndose la utilización de un cupo máximo de PESOS VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 27.500.000).

Que el llamado citado en último término tiene como principal objetivo lograr un eficaz y mejor impacto social, regional y económico de los fondos disponibles como así también la inclusión y fortalecimiento de los sectores planteados en el Plan Estratégico 2020.

Que en función de ello resulta estratégico fortalecer a las empresas registradas en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, cuyos códigos de Actividad Principal sean industriales según el Nomenclador de Actividades del citado organismo, mediante la capacitación de sus recursos humanos, a los fines de lograr una mejora en su gestión que redundará en mejores servicios al sector de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que teniendo en cuenta la puesta en marcha del Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación Año 2013 - Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Segunda Convocatoria, los óptimos resultados obtenidos a la fecha, y la existencia de cupo disponible de Crédito Fiscal para el mencionado llamado, se estima conveniente prorrogar el plazo establecido en el Artículo 2° del Anexo I de la Resolución Nº 100/13 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, con vencimiento el día 31 de octubre de 2013, hasta las DIECISEIS HORAS (16 hs.) del día 29 de noviembre de 2013, o en su defecto hasta la utilización total del cupo presupuestario asignado si esto fuere anterior, exclusivamente para la presentación de proyectos bajo la Modalidad 1, cuyas empresas beneficiarias desarrollen actividades económicas que pertenezcan al sector industrial.

Que la presente medida permitirá cumplimentar acabadamente los objetivos del Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos, aprobado por la Resolución Nº 100/13 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, permitiendo la mayor participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de todo el país y la optimización de los recursos públicos asignados.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 22.317, los Decretos Nros. 819/98, 434/99 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorrógase el plazo establecido en el Artículo 2° del Anexo I de la Resolución Nº 100 de fecha 8 de julio de 2013 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, con vencimiento el día 31 de octubre de 2013, hasta las DIECISEIS HORAS (16 hs.) del día 29 de noviembre de 2013, o en su defecto hasta la utilización total del cupo presupuestario asignado si esto fuere anterior, exclusivamente para la presentación de proyectos bajo la Modalidad 1.

ARTICULO 2° — Establécese que sólo podrán presentarse en el plazo establecido en el artículo que antecede, proyectos de capacitación bajo la Modalidad 1, que tengan como beneficiarias a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas cuyos códigos de actividad principal sean industriales, conforme el Nomenclador de Actividades de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día de su firma.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. HORACIO G. ROURA, Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Ministerio de Industria.

e. 06/11/2013 N° 89906/13 v. 06/11/2013