MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

COMISION NACIONAL DE VALORES

Resolución Nº 17.210/2013

Bs. As., 31/10/2013

VISTO lo actuado en el Expediente Nº 308/2011 del Registro de la COMISION NACIONAL DE VALORES, organismo autárquico actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Decreto Nº 924 de fecha 15 de julio de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 924/13 ha sido aprobada la estructura organizativa de primer nivel operativo de la COMISION NACIONAL DE VALORES, conforme el Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Planilla Anexa al Artículo 1° y Anexos I y II, forman parte integrante de ese Decreto.

Que el artículo tercero del mencionado Decreto establece un plazo de SESENTA (60) días, a partir de su publicación, para efectuar las adecuaciones y aprobar la estructura organizativa de las aperturas inferiores de la organización aprobada por el citado decreto, hasta un máximo VEINTICUATRO (24) cargos de conducción.

Que en tal sentido corresponde establecer, inicialmente, las aperturas estructurales inferiores a las dispuestas por la norma mencionada precedentemente, hasta el nivel de Subgerencia.

Que la Subgerencia Legal del organismo ha tomado la intervención que resulta de su competencia, expidiéndose favorablemente.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia, expidiéndose favorablemente.

Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 924/13 y el artículo 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE VALORES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébanse las aperturas inferiores del primer nivel operativo de la COMISION NACIONAL DE VALORES, establecidas por el Decreto Nº 924 del 15 de julio de 2013, de conformidad con el Organigrama y Acciones que, como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos presupuestarios del Inciso 1 - Gastos en Personal - de la COMISION NACIONAL DE VALORES.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — ALEJANDRO VANOLI, Presidente. — HERNAN FARDI, Vicepresidente. — Dr. HECTOR O. HELMAN, Director.

ANEXO I

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SECRETARIA DE FINANZAS

SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

 
ANEXO II

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SECRETARIA DE FINANZAS

SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS

COMISION NACIONAL DE VALORES

GERENCIA DE EMISORAS

SUBGERENCIA DE AUTORIZACION DE EMISIONES DE RENTA VARIABLE

ACCIONES

1. Tramitar las actuaciones correspondientes a la autorización y cese de las sociedades del régimen de oferta pública de renta variable, las solicitudes de ofertas públicas de adquisición de valores negociables de renta variable, las solicitudes de autorización, suspensión, revocación, retiro y cancelación de oferta pública de valores negociables de renta variable y cualquier otra cuestión que conforme las normas reglamentarias requieran autorización de la COMISION NACIONAL DE VALORES, verificando su cumplimiento y ejecutando la inscripción de los actos, documentos y hechos que correspondan en relación con estas materias.

2. Exigir y examinar toda clase de información legal, financiera, contable y técnica vinculada a los trámites mencionados en los puntos anteriores a fin de verificar el cumplimiento de las normas pertinentes.

3. Confeccionar y mantener la actualización del Registro de los sujetos bajo la órbita de control del área.

4. Verificar que la publicidad emitida por las entidades mencionadas, en relación con la oferta pública de valores negociables de renta variable, se adecue a las normas pertinentes y a la información presentada.

5. Efectuar estudios, análisis y monitoreo de la información recibida en el sector y de la proveniente de otras fuentes de información, masivas o especializadas en el mercado de capitales.

6. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

SUBGERENCIA DE AUTORIZACION DE EMISIONES DE RENTA FIJA

ACCIONES

1. Tramitar las actuaciones correspondientes a la autorización y cese de las sociedades del régimen de oferta pública de renta fija, las solicitudes de autorización, suspensión, revocación, retiro y cancelación de oferta pública de valores negociables de renta fija y cualquier otra cuestión que conforme las normas reglamentarias requieran autorización de la COMISION NACIONAL DE VALORES, verificando su cumplimiento y ejecutando la inscripción de los actos, documentos y hechos que correspondan en relación con estas materias.

2. Exigir y examinar toda clase de información legal, financiera, contable y técnica vinculada a los trámites mencionados en los puntos anteriores a fin de verificar el cumplimiento de las normas pertinentes.

3. Confeccionar y mantener la actualización del Registro de los sujetos bajo la órbita de control del área.

4. Verificar que la publicidad emitida por las entidades mencionadas, en relación con la oferta pública de valores negociables de renta fija se adecue a las normas pertinentes y a la información presentada.

5. Efectuar estudios, análisis y monitoreo de la información recibida en el sector y de la proveniente de otras fuentes de información, masivas o especializadas en el mercado de capitales.

6. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

SUBGERENCIA DE CONTROL SOCIETARIO

ACCIONES

1. Controlar el debido cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y estatutarias vigentes por parte de las emisoras autorizadas para efectuar oferta pública de valores negociables.

2. Efectuar verificaciones in situ, previa puesta en conocimiento del área competente de la ejecución del plan de inspecciones a efectos de evitar superposiciones en la ejecución de las mismas.

3. Tramitar las actuaciones relacionadas con las solicitudes de conformidad administrativa de las reformas de estatuto, fiscalizar toda variación de capital, así como la reorganización, disolución y liquidación de las entidades bajo control de la subgerencia de acuerdo a lo prescripto por la Ley Nº 22.169 y sus modificaciones, que otorga al organismo la responsabilidad de la fiscalización societaria permanente mientras éstas se encuentren bajo el régimen de oferta pública.

4. Tramitar las actuaciones correspondientes a las solicitudes de transferencia de autorización de oferta pública de valores negociables.

5. Exigir, examinar y llevar los registros actualizados de toda clase de información legal, financiera, contable y técnica vinculada a los trámites mencionados en los puntos anteriores a fin de verificar el cumplimiento de las normas pertinentes.

6. Controlar, verificar y analizar las informaciones periódicas o extraordinarias que deben remitir las emisoras autorizadas para efectuar oferta pública conforme lo establecido en las normas reglamentarias del organismo.

7. Reportar por intermedio de la Gerencia de Emisoras a la Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se esté en presencia de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan presumir la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.

8. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia.

9. Instruir, sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior, las actuaciones sobre suspensión preventiva de la oferta pública y elevarlas a la Gerencia de Emisoras.

10. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

SUBGERENCIA DE ANALISIS Y CONTROL DE ESTADOS CONTABLES Y AUDITORIAS

ACCIONES

1. Llevar los registros de los profesionales y estudios contables que efectúan las auditorías independientes de todas las entidades bajo la regulación y supervisión del organismo, tramitando las actuaciones correspondientes a las solicitudes de inclusión y exclusión de los mismos.

2. Exigir y examinar toda clase de información legal, financiera, contable y técnica vinculada a los trámites mencionados en el punto anterior, a fin de verificar el cumplimiento de las normas pertinentes.

3. Efectuar verificaciones in situ, previa puesta en conocimiento del área competente de la ejecución del plan de inspecciones a efectos de evitar superposiciones en la ejecución de las mismas.

4. Controlar y analizar la documentación contable remitida y evaluar el cumplimiento de las normas legales y profesionales respecto de los estados contables realizados por las emisoras autorizadas para efectuar oferta pública.

5. Supervisar y controlar la calidad y cumplimiento de normas legales y profesionales respecto de los auditores actuantes y auditorías realizadas a las entidades bajo la órbita de esta Comisión.

6. Analizar y proponer actualizaciones sobre los requisitos mínimos a los que deben ajustarse quienes presenten servicios de auditoría a las entidades bajo la órbita de control de esta Comisión.

7. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia, con propuesta de inicio de investigación por intermedio de la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.

8. Instruir, sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior, las actuaciones sobre suspensión preventiva de la oferta pública y elevarlas a la Gerencia de Emisoras.

9. Reportar por intermedio de la Gerencia de Emisoras a la Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se esté en presencia de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan presumir la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.

10. Supervisar la elaboración de los informes estadísticos necesarios para satisfacer los requerimientos de los organismos nacionales o internacionales determinados en normas o convenios, y los requerimientos del Directorio en la materia.

11. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

GERENCIA DE PRODUCTOS DE INVERSION COLECTIVA

SUBGERENCIA DE FONDOS COMUNES DE INVERSION

ACCIONES

1. Tramitar las actuaciones referentes a la autorización y registro de los Fondos Comunes de Inversión, las Sociedades Gerentes de Fondos Comunes de Inversión, los Agentes de Custodia de Productos de Inversión Colectiva y los Agentes de colocación y distribución, ejecutando las acciones que correspondan en relación con estas materias.

2. Tramitar las actuaciones referentes al control, la liquidación y cancelación de la inscripción de los Fondos antes mencionados, ejecutando todas las acciones que correspondan en relación con estas materias.

3. Controlar el debido cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes por parte de los regulados mencionados, exigiendo y examinando toda clase de información legal, financiera, contable y técnica necesaria.

4. Efectuar verificaciones in situ, previa puesta en conocimiento del área competente de la ejecución del plan de inspecciones a efectos de evitar superposiciones en la ejecución de las mismas.

5. Examinar y analizar las informaciones periódicas o extraordinarias que deben remitir a la COMISION NACIONAL DE VALORES los regulados, incluyendo las comunicaciones sobre hechos relevantes, estados contables y correspondientes informes de Auditoría Externa, conforme lo establezcan las normas reglamentarias del organismo.

6. Analizar y proponer actualizaciones sobre los requisitos mínimos a los que deben ajustarse los sujetos regulados por el área.

7. Confeccionar y mantener o asegurar la actualización de los registros relativos a los sujetos regulados por el área.

8. Verificar que la publicidad emitida por los regulados se adecue a las normas pertinentes y a la información presentada.

9. Reportar por intermedio de la Gerencia de Productos de Inversión Colectiva a la Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se esté en presencia de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan presumir la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.

10. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia, con propuesta de inicio de investigación por intermedio de la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.

11. Instruir, sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior, los expedientes sobre suspensión preventiva de los regulados y elevarlo a la Gerencia de Productos de Inversión Colectiva.

12. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

SUBGERENCIA DE FIDEICOMISOS FINANCIEROS DE CONSUMO

ACCIONES

1. Tramitar las actuaciones referentes a la autorización y registro de los Fideicomisos Financieros, de los Fiduciarios Financieros y de los Fiduciarios no Financieros, y ejecutar todas las acciones que correspondan en relación con los fideicomisos de consumo.

2. Tramitar las actuaciones referentes al control del funcionamiento, la liquidación y cancelación de la inscripción de los Fideicomisos antes mencionados, ejecutando todas las acciones que correspondan en relación con estas materias.

3. Controlar el debido cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes por parte de los regulados, exigiendo y examinando toda clase de información legal, financiera, contable y técnica necesaria.

4. Efectuar verificaciones in situ, previa puesta en conocimiento del área competente de la ejecución del plan de inspecciones a efectos de evitar superposiciones en la ejecución de las mismas.

5. Controlar, verificar y analizar las informaciones periódicas o extraordinarias que deben remitir a la COMISION NACIONAL DE VALORES los regulados mencionados, incluyendo las comunicaciones sobre hechos relevantes, estados contables y correspondientes informes de Auditoría Externa, conforme lo establezcan las normas reglamentarias del organismo.

6. Verificar que la publicidad emitida por los regulados se adecue a las normas pertinentes y a la información presentada.

7. Analizar y proponer actualizaciones sobre los requisitos mínimos a los que deben ajustarse los sujetos regulados por el área.

8. Confeccionar y mantener la actualización de los registros relativos a los sujetos regulados por el área.

9. Reportar por intermedio de la Gerencia de Productos de Inversión Colectiva a la Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se esté en presencia de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan presumir la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.

10. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia, con propuesta de inicio de investigación por intermedio de la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.

11. Instruir, sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior, los expedientes sobre suspensión preventiva de los regulados y elevarlos a la Gerencia de Productos de Inversión Colectiva.

12. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

SUBGERENCIA DE FIDEICOMISOS FINANCIEROS DE INVERSION

ACCIONES

1. Tramitar las actuaciones referentes a la autorización y registro de los Fideicomisos Financieros, de los Fiduciarios Financieros y de los Fiduciarios no Financieros, y ejecutar todas las acciones que correspondan en relación con los fideicomisos de inversión.

2. Tramitar las actuaciones referentes al control del funcionamiento, la liquidación y cancelación de la inscripción de los Fideicomisos antes mencionados, ejecutando todas las acciones que correspondan en relación con estas materias.

3. Controlar el debido cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes por parte de los regulados, exigiendo y examinando toda clase de información legal, financiera, contable y técnica necesaria.

4. Efectuar verificaciones in situ, previa puesta en conocimiento del área competente de la ejecución del plan de inspecciones a efectos de evitar superposiciones en la ejecución de las mismas.

5. Controlar, verificar y analizar las informaciones periódicas o extraordinarias que deben remitir a la COMISION NACIONAL DE VALORES los regulados mencionados, incluyendo las comunicaciones sobre hechos relevantes, estados contables y correspondientes informes de auditoría externa, conforme lo establezcan las normas reglamentarias del organismo.

6. Verificar que la publicidad emitida por los regulados se adecue a las normas pertinentes y a la información presentada.

7. Analizar y proponer actualizaciones sobre los requisitos mínimos a los que deben ajustarse los sujetos regulados por el área.

8. Confeccionar y mantener la actualización de los registros relativos a los sujetos regulados por el área.

9. Reportar por intermedio de la Gerencia de Productos de Inversión Colectiva a la Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se esté en presencia de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan presumir la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.

10. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia, con propuesta de inicio de investigación por intermedio de la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.

11. Instruir, sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior, los expedientes sobre suspensión preventiva de los regulados y elevarlos a la Gerencia de Productos de Inversión Colectiva.

12. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

GERENCIA DE AGENTES Y MERCADOS

SUBGERENCIA DE REGISTRO Y AUTORIZACION

ACCIONES

1. Tramitar las actuaciones referentes a la autorización, registro, funcionamiento, cancelación y control de los mercados, cámaras compensadoras, agentes de negociación, productores de agentes de negociación, de colocación y distribución, de corretaje, de liquidación y compensación, de depósito colectivo, de custodia, registro y pago, y asesores del mercado de capitales, y ejecutar la inscripción de los actos, documentos y hechos que correspondan en relación con estas materias.

2. Tramitar las actuaciones referentes a la autorización de nuevos productos a negociar en los mercados, ya sean públicos o privados, incluyendo los contratos de futuros y opciones.

3. Intervenir en todo trámite relativo a la aprobación de estatutos, reglamentos y todo otra normativa con carácter general dictada por los mercados, revisando sus decisiones en cuanto se trate de medidas vinculadas a la actividad que prestan o que pudieren afectar a su prestación.

4. Conformar administrativamente las reformas de estatuto, fiscalizar toda variación de capital, así como la disolución y liquidación de las entidades bajo el control del área sometidas al control de la Ley Nº 22.169 y sus modificaciones, que otorga al organismo la responsabilidad de la fiscalización societaria permanente desde su inscripción y hasta la baja en el registro respectivo.

5. Controlar el debido cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes por parte de los regulados bajo competencia de la subgerencia.

6. Efectuar verificaciones in situ, previa puesta en conocimiento del área competente de la ejecución del plan de inspecciones a efectos de evitar superposiciones en la ejecución de las mismas.

7. Analizar y proponer actualizaciones sobre los requisitos mínimos a los que deben ajustarse los sujetos regulados por el área y normativas tendientes a disminuir y monitorear el riesgo sistémico.

8. Confeccionar y mantener la actualización de los registros relativos a los sujetos regulados por el área.

9. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia, con propuesta de inicio de investigación por intermedio de la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.

10. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

SUBGERENCIA DE CONTROL OPERATIVO

ACCIONES

1. Verificar el funcionamiento, liquidación y debido cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y estatutarias vigentes por parte de los mercados, cámaras compensadoras, agentes de negociación, productores de agentes de negociación, de corretaje, de liquidación y compensación, de depósito colectivo, de custodia, registro y pago, y asesores de mercado, bajo jurisdicción de la COMISION NACIONAL DE VALORES.

2. Efectuar controles que aseguren el cumplimiento de los requisitos de capital, coberturas, garantías y demás normas prudenciales establecidas en las normas vigentes.

3. Controlar y analizar las informaciones periódicas o extraordinarias que deben remitir las entidades conforme lo establecido en las normas reglamentarias del organismo y efectuar el seguimiento de situaciones posteriores a las autorizaciones y registro.

4. Controlar y analizar la documentación contable remitida y evaluar el cumplimiento de las normas legales y profesionales respecto de los estados contables realizados por las entidades bajo su órbita de control.

5. Asesorar a la Gerencia de Agentes y Mercados sobre la necesidad de suspender la cotización de determinados valores negociables o de algún mercado.

6. Analizar y proponer actualizaciones sobre los requisitos mínimos a los que deben ajustarse las entidades bajo la órbita de control del área y normativas tendientes a disminuir y monitorear el riesgo sistémico.

7. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia, con propuesta de inicio de investigación por intermedio de la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.

8. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

SUBGERENCIA DE VERIFICACIONES DE AGENTES Y MERCADOS

ACCIONES

1. Elaborar el plan anual de inspecciones respecto de los mercados, cámaras compensadoras, agentes de negociación, productores de agentes de negociación, de corretaje, de liquidación y compensación, de depósito colectivo, de custodia, registro y pago, y asesores de mercado, bajo jurisdicción de la COMISION NACIONAL DE VALORES.

2. Coordinar y controlar la ejecución del plan anual de inspecciones, con excepción de las correspondientes a las Gerencias de Inspecciones e Investigaciones y de Prevención del Lavado de Dinero.

3. Ordenar, coordinar y supervisar las verificaciones que se dispongan, así como todo otro procedimiento tendiente a determinar si el comportamiento de los administrados se ajusta a las normas legales, reglamentarias y estatutarias vigentes, y que su organización y capacidad operativa es adecuada a las funciones y responsabilidades, en cumplimiento del plan anual de inspecciones sobre los administrados bajo la órbita de control de la Subgerencia.

4. Reportar por intermedio de la Gerencia de Agentes y Mercados a la Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se esté en presencia de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan presumir la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.

5. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias por parte de los administrados sujetos al Gerencia de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.

6. Requerir y examinar toda clase de información jurídica, financiera, contable y técnica necesaria de los administrados, en el marco de una inspección.

7. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

SUBGERENCIA DE AGENTES DE CALIFICACION DE RIESGO

ACCIONES

1. Tramitar las actuaciones referentes a la autorización, registro, funcionamiento, control, supervisión, cancelación y regulación de los agentes de calificación de riesgo y ejecutar todas las acciones que correspondan en relación con estas materias.

2. Supervisar el debido cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes por parte de los regulados, exigiendo y examinando toda clase de información legal, financiera, contable y técnica necesaria y desarrollando todas aquellas acciones que correspondan con relación a esta función.

3. Confeccionar y mantener la actualización del Registro de los sujetos bajo la órbita de control del área.

4. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia, con propuesta de inicio de investigación por intermedio de la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.

5. Reportar por intermedio de la Gerencia de Agentes y Mercados a la Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se esté en presencia de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan presumir la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.

6. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

GERENCIA DE INSPECCIONES E INVESTIGACIONES

SUBGERENCIA DE FISCALIZACION JURIDICA

ACCIONES

1. Colaborar con la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones en la definición de la estrategia técnico-jurídica, el alcance de los cursos de acción a seguir en las labores de investigación encomendadas y en las estimaciones de recursos y plazos necesarios para su ejecución.

2. Realizar investigaciones de oficio o sobre la base de denuncias formuladas a la COMISION NACIONAL DE VALORES.

3. Tramitar las actuaciones vinculadas con el control del cumplimiento de todo aspecto técnico-jurídico, económico o financiero contenido en las normas legales y reglamentarias vigentes por parte de los administrados en las concretas situaciones que le sean derivadas por la Gerencia.

4. Requerir y examinar toda clase de información jurídica y técnica necesaria de los administrados, en el marco de una investigación.

5. Ejecutar, en su caso, en el marco de las tareas de investigación del área, verificaciones a los regulados bajo la órbita del organismo, previa puesta en conocimiento del área competente de la ejecución del plan de inspecciones a efectos de evitar superposiciones en la ejecución de las mismas.

6. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

SUBGERENCIA DE FISCALIZACION CONTABLE

ACCIONES

1. Colaborar con la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones en la definición de la estrategia técnico-contable, el alcance de los cursos de acción a seguir en las labores de investigación encomendadas y en las estimaciones de recursos y plazos necesarios para su ejecución.

2. Realizar investigaciones de oficio o sobre la base de denuncias formuladas a la COMISION NACIONAL DE VALORES.

3. Tramitar las actuaciones vinculadas con el control del cumplimiento de todo aspecto técnico-contable, económico o financiero contenido en las normas legales y reglamentarias vigentes por parte de los administrados en las concretas situaciones que le sean derivadas por la Gerencia.

4. Requerir y examinar toda clase de información financiera, contable y técnica necesaria de los administrados, en el marco de una investigación.

5. Ejecutar, en su caso, en el marco de las tareas de investigación del área, verificaciones a los regulados bajo la órbita del organismo, previa puesta en conocimiento del área competente de la ejecución del plan de inspecciones a efectos de evitar superposiciones en la ejecución de las mismas.

6. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

SUBGERENCIA DE INSPECCIONES

ACCIONES

1. Elaborar el plan anual de inspecciones de las personas físicas o jurídicas sujetas al control y fiscalización de la COMISION NACIONAL DE VALORES, con excepción de aquéllas bajo fiscalización de las Gerencias de Agentes y Mercados, y de Prevención del Lavado de Dinero.

2. Coordinar y controlar la ejecución del plan anual de inspecciones respecto de las personas físicas o jurídicas sujetas al control y fiscalización de la COMISION NACIONAL DE VALORES, con excepción de aquéllas bajo fiscalización de la Gerencia de Agentes y Mercados.

3. Ordenar, coordinar y supervisar las inspecciones que se dispongan, así como todo otro procedimiento tendiente a determinar si el comportamiento de los administrados bajo esta Subgerencia se ajusta a las normas legales, reglamentarias y estatutarias vigentes.

4. Reportar por intermedio de la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones a la Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se esté en presencia de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan presumir la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.

5. Elevar a la Gerencia los informes de antecedentes relacionados con los presuntos incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia, con propuesta de inicio de investigación o de instrucción de sumario elevando el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.

6. Requerir y examinar toda clase de información jurídica, financiera, contable y técnica necesaria de los administrados, en el marco de una inspección.

7. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

SUBGERENCIA DE MONITOREO DE MERCADOS

ACCIONES

1. Controlar la operatoria de los mercados para determinar, a partir de bruscas oscilaciones en los volúmenes negociados, en los precios de cotización, datos de publicaciones periodísticas u otras alarmas que específicamente se implementen, la necesidad de investigar si se ha violado la normativa vigente.

2. Colaborar con la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones en la definición del plan estratégico y los recursos necesarios para el monitoreo de las operaciones de mercado, con el objetivo de detectar presuntas violaciones a la normativa vigente, incluyendo aquélla en materia de prevención del lavado de activos de origen delictivo.

3. Controlar, analizar y administrar las comunicaciones remitidas, en cumplimiento del deber de informar las tenencias en valores negociables por parte de las sociedades cuyas acciones se encuentran admitidas al régimen de la oferta pública, así como sobre las compras de acciones propias que lleven a cabo las mismas.

4. Informar de inmediato a la Gerencia de Agentes y Mercados cualquier irregularidad o incumplimiento de normas o reglamentaciones que se observen en los precios y volúmenes negociados en valores negociables o en derivados, a fin de que la misma promueva las investigaciones correspondientes; como asimismo reportar por su intermedio a la Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se esté en presencia de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan presumir la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.

5. Suministrar a las demás Gerencias la información que éstas requieran en el cumplimiento de sus respectivas responsabilidades primarias.

6. Confeccionar y mantener o asegurar la actualización de los registros y bases de datos que le fije la reglamentación, incluyendo lo pertinente a la información de carácter público que deba incluirse en el sitio web del organismo.

7. Exigir y examinar toda clase de información legal, financiera, contable y técnica a fin de verificar el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes en el marco de sus tareas de control.

8. Coordinar con la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones los aspectos legales, técnico-contables y operativos de las actividades a desarrollar con el soporte de la Subgerencia de Informática y Organización, en materia de investigaciones, inspecciones, pericias y auditorías de naturaleza informática.

9. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

GERENCIA DE PREVENCION DEL LAVADO DE DINERO

SUBGERENCIA DE INVESTIGACION DE OPERACIONES SOSPECHOSAS

ACCIONES

1. Realizar investigaciones de oficio o sobre la base de denuncias formuladas a la COMISION NACIONAL DE VALORES en materia de su competencia.

2. Tramitar las actuaciones vinculadas con la prevención del lavado de dinero y financiamiento del terrorismo contenido en las normas legales y reglamentarias vigentes por parte de los administrados en las concretas situaciones que le sean derivadas por la Gerencia.

3. Requerir y examinar toda clase de información legal, financiera, contable y técnica necesaria de los administrados, en el marco de las tareas de control del área.

4. Diseñar, desarrollar y administrar una matriz de riesgos que segmente el mercado de acuerdo con la naturaleza específica de las operaciones, el perfil de los clientes, las características del mercado, las clases del producto o servicio, como así también cualquier otro criterio que resulte adecuado para generar señales de alerta cuando las operaciones de los clientes se aparten de los parámetros considerados como normales, con el fin de direccionar las acciones de investigación en materia de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.

5. Colaborar con la elaboración del plan anual de inspecciones respecto de las personas físicas o jurídicas sujetas al control y fiscalización de la COMISION NACIONAL DE VALORES en el ámbito de la competencia de la Subgerencia, sobre la base de la matriz de riesgos mencionada en el punto anterior y acorde con los lineamientos y recursos determinados por la Gerencia General.

6. Coordinar y controlar la ejecución del plan anual de inspecciones respecto de las personas físicas o jurídicas sujetas al control y fiscalización de la COMISION NACIONAL DE VALORES, en el ámbito de su competencia.

7. Ejecutar las pericias y verificaciones necesarias en el marco del cumplimiento de las investigaciones tramitadas en la Gerencia, como así también otros mecanismos que considere conducentes para prevenir y detectar operaciones de lavado de activos y financiación del terrorismo.

8. Intervenir en los grupos de trabajo interdisciplinarios que actúen en las investigaciones bajo dependencia directa de la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones y en las realizadas de manera conjunta con otros organismos de contralor.

9. Proponer a las autoridades superiores la instrucción de sumarios administrativos por posibles infracciones a las normas legales y reglamentarias cuya aplicación le compete a la COMISION NACIONAL DE VALORES, elevando los expedientes con dictamen de cargo.

10. Participar en las evaluaciones del GRUPO DE ACCION FINANCIERA INTERNACIONAL (GAFI), del GRUPO DE ACCION FINANCIERA DE SUDAMERICA (GAFISUD) y participar y coordinar las reuniones celebradas por la “COMISION DE PREVENCION DEL LAVADO DE DINERO Y DE FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO” en el ámbito del MERCOSUR.

11. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

SUBGERENCIA DE ANALISIS Y REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS

ACCIONES

1. Coordinar y supervisar la base de datos relativa a las investigaciones e inspecciones llevadas a cabo por la Gerencia, así como también de aquellas operaciones inusuales o sospechosas detectadas en los términos de la Ley Nº 25.246 y modificatorias.

2. Oficiar como responsable de enlace entre el organismo y la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, a fin de atender las consultas y coordinar aquellas actividades que fueran necesarias para el organismo.

3. Analizar la información recabada en las actuaciones de la Gerencia que permita detectar operaciones inusuales y sospechosas y elevar a la Gerencia dictamen fundado proponiendo o no su reporte a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA.

4. Reportar operaciones sospechosas a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA conforme lo resuelto por el Directorio del organismo.

5. Entender en la implementación de normas o recomendaciones de carácter internacional en materia de prevención de lavado de dinero de origen delictivo y financiamiento del terrorismo.

6. Participar en las evaluaciones del GRUPO DE ACCION FINANCIERA INTERNACIONAL (GAFI), del GRUPO DE ACCION FINANCIERA DE SUDAMERICA (GAFISUD) y participar y coordinar las reuniones celebradas por la “COMISION DE PREVENCION DEL LAVADO DE DINERO Y DE FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO” en el ámbito del MERCOSUR.

7. Participar en campañas, cursos, seminarios, mesas redondas, conferencias y mecanismos de difusión para la adecuada información de los inversores y otros actores del mercado y, en su caso, para la formación y perfeccionamiento del personal de la COMISION NACIONAL DE VALORES.

8. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS

SUBGERENCIA DE ASESORAMIENTO LEGAL

ACCIONES

1. Asesorar y asistir en toda materia jurídica ligada a la actividad que le sea requerida.

2. Producir los dictámenes jurídicos solicitados por las distintas áreas de acuerdo con la normativa legal y reglamentaria.

3. Administrar, coordinar y supervisar toda actividad de defensa, representación judicial y patrocinio del organismo.

4. Dar respuesta a los requerimientos de información formulados a la COMISION NACIONAL DE VALORES por funcionarios de cualquiera de los poderes y jurisdicción territorial del Estado, e intervenir en toda respuesta a personas físicas o jurídicas a requerimiento de las autoridades superiores.

5. Ejercer el patrocinio letrado y tomar a su cargo la representación judicial y administrativa de la COMISION NACIONAL DE VALORES en todos aquellos procesos judiciales y procedimientos administrativos ante otros entes públicos o privados ya sea por indicación del Directorio, la Gerencia General o de oficio, sea como parte actora, demandada, denunciante, querellante o en cualquier otro carácter.

6. Mantener un registro actualizado de la jurisprudencia nacional y extranjera en materias propias del organismo, así como de las decisiones de éste.

7. Intervenir con carácter previo en la suscripción de acuerdos con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

8. Prestar colaboración sobre interpretación jurídica de normas a otros sectores de la COMISION NACIONAL DE VALORES.

9. En los casos en que se planteen recursos administrativos o reclamos contra resoluciones de la COMISION NACIONAL DE VALORES, dictaminar sobre ellos y elevar, en su caso, proyectos de resolución haciendo lugar o bien desestimando o rechazando la pretensión recursiva.

10. En los recursos que planteen los administrados, elevar las actuaciones a la Cámara de Apelaciones que resulte competente y efectuar su seguimiento.

11. Plantear, intervenir y efectuar el seguimiento de la vía ejecutiva y la interposición de medidas precautorias en caso de corresponder.

12. Intervenir en toda actuación administrativa de la que surjan hechos que puedan constituir ilícitos penales, a efectos de aconsejar la formulación de la pertinente denuncia o querella y la presentación ante la justicia competente. Efectuar el seguimiento de las causas así iniciadas.

13. Realizar las tramitaciones extrajudiciales y judiciales tendientes a la percepción de las tasas y aranceles que percibe y de las multas que aplica la COMISION NACIONAL DE VALORES.

14. Elaborar la respuesta de los oficios remitidos a la COMISION NACIONAL DE VALORES, por funcionarios de cualquiera de los poderes y jurisdicción territorial del Estado.

15. Controlar la legalidad de gastos interviniendo en los expedientes administrativos de contratación en que se encuentre comprometido el presupuesto de la COMISION NACIONAL DE VALORES e intervenir en las impugnaciones que planteen los oferentes.

16. Emitir los actos administrativos que correspondan por delegación expresa del Directorio.

17. Mantener las relaciones de la COMISION NACIONAL DE VALORES con la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION en su carácter de órgano rector de los cuerpos jurídicos permanentes del ESTADO NACIONAL.

18. Participar con la Subgerencia de Informática y Organización en la emisión de credenciales de operadores y firmantes para la AUTOPISTA DE LA INFORMACION FINANCIERA.

19. Coordinar con la Subgerencia de Informática y Organización lo pertinente a la información de carácter público que deba incluirse en el sitio “Web” del organismo con relación a las tramitaciones señaladas en el punto precedente.

20. Colaborar estrechamente con las autoridades superiores del organismo en el logro de las metas y objetivos institucionales ejecutando las instrucciones y actividades que se le encomienden y las derivadas de las disposiciones legales y reglamentarias.

SUBGERENCIA DE SUMARIOS

ACCIONES

1. Instruir a solicitud del Directorio y conforme al debido proceso los sumarios administrativos internos correspondientes a los agentes del organismo, aconsejando al Directorio la aplicación de sanciones o el sobreseimiento de los agentes, controlar el debido cumplimiento de las sanciones impuestas y mantener su registro.

2. Sustanciar, a requerimiento del Directorio y en los casos en que en la etapa de investigación y/o fiscalización se hayan advertido posibles infracciones a las normas legales, reglamentarias o estatutarias de aplicación por la COMISION NACIONAL DE VALORES, sumarios administrativos a las emisoras, mercados, cámaras compensadoras, asesores de mercado, agentes registrados por el organismo, Fiduciarios Financieros, Fiduciarios no Financieros y en general, a todo administrado sujeto al régimen de oferta pública de valores, sobre la base de los expedientes que con dictamen de cargo le sean girados por las distintas Gerencias del organismo, previa intervención del Directorio.

3. Confeccionar y mantener la actualización de los registros de las actuaciones y sujetos sumariados.

4. Coordinar con la Subgerencia de Informática y Organización lo pertinente a la información de carácter público que deba incluirse en el sitio “Web” del organismo con relación a las tramitaciones señaladas en el punto precedente.

5. Formular denuncia o querella y su presentación ante la justicia competente en los casos en que durante la tramitación del sumario surjan hechos que puedan constituir ilícitos penales.

6. Colaborar estrechamente con las autoridades superiores del organismo en el logro de las metas y objetivos institucionales, ejecutando las instrucciones y actividades que se le encomienden y las derivadas de las disposiciones legales y reglamentarias.

GERENCIA DE DESARROLLO Y PROTECCION AL INVERSOR

SUBGERENCIA DE DESARROLLO Y ESTUDIOS DEL MERCADO DE CAPITALES

ACCIONES

1. Participar en la elaboración de las políticas en materia de oferta pública de valores negociables y demás funciones que, conforme al marco legal y reglamentario, sean de competencia del organismo.

2. Dirigir la elaboración de estudios cuantitativos acerca del comportamiento de los mercados de capitales y de productos derivados, y efectuar el análisis micro y macroeconómico tendiente a medición del impacto que produciría la introducción de nuevos instrumentos, formas de inversión y operatorias.

3. Evaluar propuestas de introducción de cambios en la conformación del mercado, con el objetivo de lograr su desarrollo tanto en volumen, profundidad, liquidez, tamaño y diversificación, así como la reducción del riesgo sistémico.

4. Elaborar el Informe Mensual y Anuario del Mercado de Capitales que elabora el organismo, así como todo otro informe estadístico o mesoeconómico que le sea requerido al organismo por autoridades nacionales.

5. Evaluar de manera permanente la evolución y adopción de estándares internacionales en materia de regulación de mercados de capitales, presentando propuestas de mejoramiento, implementación y adecuación del sistema a los compromisos que asuma la REPUBLICA ARGENTINA ante foros internacionales.

6. Colaborar con la Subgerencia de Asuntos Internacionales y coordinar con otras áreas del organismo aquellas actividades necesarias para generar informes sobre el grado de cumplimiento del mercado de capitales argentino respecto de estándares y/o principios internacionales en materia de regulación de los mercados financieros, ante requerimientos de organismos nacionales, regionales o mundiales.

7. Proponer mecanismos tendientes a la integración de los mercados de valores nacionales entre sí, como así también con relación a los mercados regionales e internacionales.

8. Participar en campañas, cursos, seminarios, mesas redondas, conferencias y mecanismos de difusión para la adecuada información de los inversores y otros actores del mercado y, en su caso, para la formación y perfeccionamiento del personal de la COMISION NACIONAL DE VALORES.

9. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.

SUBGERENCIA DE PROTECCION AL INVERSOR Y EDUCACION FINANCIERA

ACCIONES

1. Participar en la elaboración y aplicación de normas, políticas y procedimientos en materia de protección del público inversor.

2. Analizar y proponer actualizaciones sobre los contenidos mínimos que deben comprender los programas de capacitación que permitan acreditar idoneidad.

3. Tramitar las solicitudes de inscripción de los programas de capacitación que permitan acreditar idoneidad para su incorporación en el Registro de Programas de Capacitación a cargo de esta Subgerencia.

4. Supervisar la Oficina de Atención al Inversor con la finalidad de evacuar consultas, orientar e informar al público inversor.

5. Elevar propuestas para el desarrollo de Programas de Capacitación vinculados con la difusión del mercado de capitales, dirigiendo y coordinando su ejecución.

6. Elaborar proyectos de educación que permitan el desarrollo y conocimiento de mercado de capitales. Asimismo, gestionar los acuerdos que se consideren necesarios a tal fin.

7. Participar en campañas, cursos, seminarios, mesas redondas, conferencias y mecanismos de difusión para la adecuada información de los inversores y otros actores del mercado y, en su caso, para la formación y perfeccionamiento del personal de la COMISION NACIONAL DE VALORES.

GERENCIA DE SERVICIOS CENTRALES

SUBGERENCIA DE INFORMATICA Y ORGANIZACION

ACCIONES

1. Desarrollar las actividades vinculadas con la planificación, administración y ejecución de los servicios relacionados con las redes de voz, datos y servicios de informática, en lo referente a su diseño, instalación o implementación, mantenimiento, seguridad, uso, administración, correcta operación y buen funcionamiento de todos los equipos y enlaces (redes) de telecomunicaciones de voz y datos del organismo, y de todos los proyectos y sistemas informáticos (hardware y software de base y aplicativos) del mismo, tanto internos como externos.

2. Asegurar la continuidad en la prestación de los servicios mencionados a través de la administración de los recursos materiales y humanos y de la elaboración de adecuadas políticas, normas de seguridad y de resguardo de la información.

3. Coordinar y supervisar las actividades en materia de informática y tecnología de la información vinculada con los dictámenes que sobre dichos aspectos sean solicitados por otras áreas del organismo, el diseño u optimización de sistemas y la investigación de nuevas tecnologías que permitan optimizar el funcionamiento del organismo, el soporte y la asistencia técnica a los usuarios.

4. Conducir, coordinar, asistir, evaluar técnicamente en materia de recursos humanos o materiales y coordinar las actividades en materia de análisis de tareas, sistemas administrativos, métodos y medición de trabajo administrativo, análisis y diseño de normas, procedimientos, formularios y sistemas informáticos de soporte.

5. Colaborar estrechamente con las autoridades del organismo en el logro de las metas y objetivos institucionales, ejecutando las instrucciones y actividades que se le encomienden y las derivadas de las disposiciones legales y reglamentarias.

SUBGERENCIA DE PERSONAL

ACCIONES

1. Administrar los recursos humanos del organismo en el marco de las normas legales vigentes.

Participar en las políticas en la materia, aplicar y ejecutar las normas relativas a la administración y capacitación del personal de la COMISION NACIONAL DE VALORES.

2. Intervenir en las designaciones, movimientos y cese del personal.

3. Administrar los legajos del personal y emitir las certificaciones de servicios.

4. Intervenir en los procesos de la liquidación de haberes del personal de planta, indemnizaciones o cualquier otro concepto, como así también las liquidaciones de contratos de locación de servicios y las de todo personal que cumpla funciones en el organismo por medio de convenios celebrados con terceros.

5. Formular los planes de capacitación del organismo, coordinando la oferta y demanda de la misma en función de los requerimientos de las autoridades superiores y de las áreas de la COMISION NACIONAL DE VALORES, gestionando las acciones que correspondan y evaluando los resultados.

6. Intervenir en el diseño y gestión de proyectos y propuestas de modificación de estructuras y dotación del organismo, con el fin de lograr a una mayor eficiencia en la organización y desempeño de los recursos humanos.

7. Entender en la formulación y gestión de las normas relacionadas con el encuadramiento laboral del personal del organismo.

8. Participar en el diseño de proyectos y propuestas de organización y de sistemas administrativos del organismo.

9. Asistir a la Subgerencia de Administración en las actividades vinculadas con la distribución interna de los espacios físicos, en los aspectos relacionados con la aplicación de normas laborales y en especial las que hacen a seguridad e higiene.

10. Promover dentro de la COMISION NACIONAL DE VALORES una conciencia acorde a la imagen que se desea transmitir hacia terceros, creando un ambiente que promueva el sentido de pertenencia, fortalezca los vínculos entre los integrantes del organismo y estimule el cumplimiento de tareas eficiente y eficazmente.

SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION

ACCIONES

1. Administrar los recursos relacionados con la gestión contable, económico-financiera, patrimonial y de servicios generales del organismo, programando, ejecutando y controlando los actos vinculados con las mismas.

2. Elaborar los registros de contabilidad y administrar el ingreso, egreso y custodia de fondos, valores o documentos que los representen.

3. Percibir el cobro de la tasa de fiscalización y todo otro recurso por aranceles, multas y eventuales prestaciones a los administrados.

4. Entender en todo lo relativo a la liquidación de facturas de proveedores, pagos al personal, indemnizaciones y cualquier otra erogación del organismo, y ejecutar lo relativo a las rendiciones de cuentas de Fondo Rotatorio, Fijo y/o Caja Chica.

5. Atender en forma coordinada con la Subgerencia de Personal los procesos de liquidación de haberes del personal de planta por todo concepto, como así también las liquidaciones de contratos de servicios y las de todo personal que cumpla funciones en el organismo por medio de convenios celebrados con terceros.

6. Efectuar el estudio y elaboración del proyecto de presupuesto de gastos e inversiones del organismo, asesorar en el diseño de programas, políticas y actividades en el aspecto económico financiero y administrar el proceso de ejecución presupuestaria, coordinando su control de ejecución por las áreas del organismo.

7. Efectuar análisis evaluativos sobre la base de la ejecución de la programación presupuestaria y elaborar estudios y trabajos comparativos sobre indicadores físicos y financieros.

8. Ejecutar las acciones relativas a los procedimientos de adquisiciones del organismo incluyendo las correspondientes a la registración y control patrimonial de sus bienes. Realizar centralizadamente la gestión de compras, contrataciones, suministros y mantenimiento de los bienes y servicios requeridos por las áreas de la COMISION NACIONAL DE VALORES.

9. Entender, en el ámbito de su competencia, en la elaboración y ejecución de planes tendientes a la prevención, control y solución de los problemas edilicios, instrumentando, a través de los medios más convenientes, las tareas de mantenimiento y reparación correspondientes.

10. Participar en la coordinación de la distribución interna de los espacios físicos y atender la correcta asignación, resguardo y uso de los bienes patrimoniales, manteniendo actualizado el sistema de información respectivo.

11. Asegurar la recepción y despacho de la documentación administrativa proveniente de otras jurisdicciones, organismos o entidades o dirigidas a los mismos, efectuando el seguimiento de los trámites y cumpliendo y haciendo cumplir las normas relativas a procedimientos administrativos.

12. Coordinar el registro de movimiento de expedientes y de todo otro tipo de documentación que ingrese o egrese del organismo, efectuar su distribución y administrar el material bibliográfico y el archivo general.

13. Efectuar la protocolización, registro y archivo de los actos administrativos producidos por la autoridad competente.

e. 08/11/2013 N° 89699/13 v. 08/11/2013