MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
COMISION NACIONAL DE VALORES
Resolución Nº 17.210/2013
Bs. As., 31/10/2013
VISTO lo actuado en el Expediente Nº 308/2011 del Registro de la
COMISION NACIONAL DE VALORES, organismo autárquico actuante en el
ámbito de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARIA DE
FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Decreto Nº
924 de fecha 15 de julio de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 924/13 ha sido aprobada la estructura organizativa
de primer nivel operativo de la COMISION NACIONAL DE VALORES, conforme
el Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones, que
como Planilla Anexa al Artículo 1° y Anexos I y II, forman parte
integrante de ese Decreto.
Que el artículo tercero del mencionado Decreto establece un plazo de
SESENTA (60) días, a partir de su publicación, para efectuar las
adecuaciones y aprobar la estructura organizativa de las aperturas
inferiores de la organización aprobada por el citado decreto, hasta un
máximo VEINTICUATRO (24) cargos de conducción.
Que en tal sentido corresponde establecer, inicialmente, las aperturas
estructurales inferiores a las dispuestas por la norma mencionada
precedentemente, hasta el nivel de Subgerencia.
Que la Subgerencia Legal del organismo ha tomado la intervención que resulta de su competencia, expidiéndose favorablemente.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su
competencia, expidiéndose favorablemente.
Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 924/13 y el artículo 17
del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE VALORES
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébanse las aperturas inferiores del primer nivel
operativo de la COMISION NACIONAL DE VALORES, establecidas por el
Decreto Nº 924 del 15 de julio de 2013, de conformidad con el
Organigrama y Acciones que, como Anexos I y II, forman parte integrante
de la presente Resolución.
ARTICULO 2º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a los créditos presupuestarios del
Inciso 1 - Gastos en Personal - de la COMISION NACIONAL DE VALORES.
ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — ALEJANDRO VANOLI, Presidente. — HERNAN
FARDI, Vicepresidente. — Dr. HECTOR O. HELMAN, Director.
ANEXO I
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SECRETARIA DE FINANZAS
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS
ANEXO II
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SECRETARIA DE FINANZAS
SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS
COMISION NACIONAL DE VALORES
GERENCIA DE EMISORAS
SUBGERENCIA DE AUTORIZACION DE EMISIONES DE RENTA VARIABLE
ACCIONES
1. Tramitar las actuaciones correspondientes a la autorización y cese
de las sociedades del régimen de oferta pública de renta variable, las
solicitudes de ofertas públicas de adquisición de valores negociables
de renta variable, las solicitudes de autorización, suspensión,
revocación, retiro y cancelación de oferta pública de valores
negociables de renta variable y cualquier otra cuestión que conforme
las normas reglamentarias requieran autorización de la COMISION
NACIONAL DE VALORES, verificando su cumplimiento y ejecutando la
inscripción de los actos, documentos y hechos que correspondan en
relación con estas materias.
2. Exigir y examinar toda clase de información legal, financiera,
contable y técnica vinculada a los trámites mencionados en los puntos
anteriores a fin de verificar el cumplimiento de las normas pertinentes.
3. Confeccionar y mantener la actualización del Registro de los sujetos bajo la órbita de control del área.
4. Verificar que la publicidad emitida por las entidades mencionadas,
en relación con la oferta pública de valores negociables de renta
variable, se adecue a las normas pertinentes y a la información
presentada.
5. Efectuar estudios, análisis y monitoreo de la información recibida
en el sector y de la proveniente de otras fuentes de información,
masivas o especializadas en el mercado de capitales.
6. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
SUBGERENCIA DE AUTORIZACION DE EMISIONES DE RENTA FIJA
ACCIONES
1. Tramitar las actuaciones correspondientes a la autorización y cese
de las sociedades del régimen de oferta pública de renta fija, las
solicitudes de autorización, suspensión, revocación, retiro y
cancelación de oferta pública de valores negociables de renta fija y
cualquier otra cuestión que conforme las normas reglamentarias
requieran autorización de la COMISION NACIONAL DE VALORES, verificando
su cumplimiento y ejecutando la inscripción de los actos, documentos y
hechos que correspondan en relación con estas materias.
2. Exigir y examinar toda clase de información legal, financiera,
contable y técnica vinculada a los trámites mencionados en los puntos
anteriores a fin de verificar el cumplimiento de las normas pertinentes.
3. Confeccionar y mantener la actualización del Registro de los sujetos bajo la órbita de control del área.
4. Verificar que la publicidad emitida por las entidades mencionadas,
en relación con la oferta pública de valores negociables de renta fija
se adecue a las normas pertinentes y a la información presentada.
5. Efectuar estudios, análisis y monitoreo de la información recibida
en el sector y de la proveniente de otras fuentes de información,
masivas o especializadas en el mercado de capitales.
6. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
SUBGERENCIA DE CONTROL SOCIETARIO
ACCIONES
1. Controlar el debido cumplimiento de las normas legales,
reglamentarias y estatutarias vigentes por parte de las emisoras
autorizadas para efectuar oferta pública de valores negociables.
2. Efectuar verificaciones in situ, previa puesta en conocimiento del
área competente de la ejecución del plan de inspecciones a efectos de
evitar superposiciones en la ejecución de las mismas.
3. Tramitar las actuaciones relacionadas con las solicitudes de
conformidad administrativa de las reformas de estatuto, fiscalizar toda
variación de capital, así como la reorganización, disolución y
liquidación de las entidades bajo control de la subgerencia de acuerdo
a lo prescripto por la Ley Nº 22.169 y sus modificaciones, que otorga
al organismo la responsabilidad de la fiscalización societaria
permanente mientras éstas se encuentren bajo el régimen de oferta
pública.
4. Tramitar las actuaciones correspondientes a las solicitudes de
transferencia de autorización de oferta pública de valores negociables.
5. Exigir, examinar y llevar los registros actualizados de toda clase
de información legal, financiera, contable y técnica vinculada a los
trámites mencionados en los puntos anteriores a fin de verificar el
cumplimiento de las normas pertinentes.
6. Controlar, verificar y analizar las informaciones periódicas o
extraordinarias que deben remitir las emisoras autorizadas para
efectuar oferta pública conforme lo establecido en las normas
reglamentarias del organismo.
7. Reportar por intermedio de la Gerencia de Emisoras a la Gerencia de
Prevención del Lavado de Dinero cuando se esté en presencia de hechos,
actos, operaciones u omisiones que puedan presumir la comisión de
delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.
8. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos
incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias
por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia.
9. Instruir, sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior, las
actuaciones sobre suspensión preventiva de la oferta pública y
elevarlas a la Gerencia de Emisoras.
10. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
SUBGERENCIA DE ANALISIS Y CONTROL DE ESTADOS CONTABLES Y AUDITORIAS
ACCIONES
1. Llevar los registros de los profesionales y estudios contables que
efectúan las auditorías independientes de todas las entidades bajo la
regulación y supervisión del organismo, tramitando las actuaciones
correspondientes a las solicitudes de inclusión y exclusión de los
mismos.
2. Exigir y examinar toda clase de información legal, financiera,
contable y técnica vinculada a los trámites mencionados en el punto
anterior, a fin de verificar el cumplimiento de las normas pertinentes.
3. Efectuar verificaciones in situ, previa puesta en conocimiento del
área competente de la ejecución del plan de inspecciones a efectos de
evitar superposiciones en la ejecución de las mismas.
4. Controlar y analizar la documentación contable remitida y evaluar el
cumplimiento de las normas legales y profesionales respecto de los
estados contables realizados por las emisoras autorizadas para efectuar
oferta pública.
5. Supervisar y controlar la calidad y cumplimiento de normas legales y
profesionales respecto de los auditores actuantes y auditorías
realizadas a las entidades bajo la órbita de esta Comisión.
6. Analizar y proponer actualizaciones sobre los requisitos mínimos a
los que deben ajustarse quienes presenten servicios de auditoría a las
entidades bajo la órbita de control de esta Comisión.
7. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos
incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias
por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia,
con propuesta de inicio de investigación por intermedio de la Gerencia
de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando
el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.
8. Instruir, sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior, las
actuaciones sobre suspensión preventiva de la oferta pública y
elevarlas a la Gerencia de Emisoras.
9. Reportar por intermedio de la Gerencia de Emisoras a la Gerencia de
Prevención del Lavado de Dinero cuando se esté en presencia de hechos,
actos, operaciones u omisiones que puedan presumir la comisión de
delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.
10. Supervisar la elaboración de los informes estadísticos necesarios
para satisfacer los requerimientos de los organismos nacionales o
internacionales determinados en normas o convenios, y los
requerimientos del Directorio en la materia.
11. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
GERENCIA DE PRODUCTOS DE INVERSION COLECTIVA
SUBGERENCIA DE FONDOS COMUNES DE INVERSION
ACCIONES
1. Tramitar las actuaciones referentes a la autorización y registro de
los Fondos Comunes de Inversión, las Sociedades Gerentes de Fondos
Comunes de Inversión, los Agentes de Custodia de Productos de Inversión
Colectiva y los Agentes de colocación y distribución, ejecutando las
acciones que correspondan en relación con estas materias.
2. Tramitar las actuaciones referentes al control, la liquidación y
cancelación de la inscripción de los Fondos antes mencionados,
ejecutando todas las acciones que correspondan en relación con estas
materias.
3. Controlar el debido cumplimiento de las disposiciones legales,
reglamentarias y estatutarias pertinentes por parte de los regulados
mencionados, exigiendo y examinando toda clase de información legal,
financiera, contable y técnica necesaria.
4. Efectuar verificaciones in situ, previa puesta en conocimiento del
área competente de la ejecución del plan de inspecciones a efectos de
evitar superposiciones en la ejecución de las mismas.
5. Examinar y analizar las informaciones periódicas o extraordinarias
que deben remitir a la COMISION NACIONAL DE VALORES los regulados,
incluyendo las comunicaciones sobre hechos relevantes, estados
contables y correspondientes informes de Auditoría Externa, conforme lo
establezcan las normas reglamentarias del organismo.
6. Analizar y proponer actualizaciones sobre los requisitos mínimos a los que deben ajustarse los sujetos regulados por el área.
7. Confeccionar y mantener o asegurar la actualización de los registros relativos a los sujetos regulados por el área.
8. Verificar que la publicidad emitida por los regulados se adecue a las normas pertinentes y a la información presentada.
9. Reportar por intermedio de la Gerencia de Productos de Inversión
Colectiva a la Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se
esté en presencia de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan
presumir la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del
terrorismo.
10. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos
incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias
por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia,
con propuesta de inicio de investigación por intermedio de la Gerencia
de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando
el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.
11. Instruir, sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior, los
expedientes sobre suspensión preventiva de los regulados y elevarlo a
la Gerencia de Productos de Inversión Colectiva.
12. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
SUBGERENCIA DE FIDEICOMISOS FINANCIEROS DE CONSUMO
ACCIONES
1. Tramitar las actuaciones referentes a la autorización y registro de
los Fideicomisos Financieros, de los Fiduciarios Financieros y de los
Fiduciarios no Financieros, y ejecutar todas las acciones que
correspondan en relación con los fideicomisos de consumo.
2. Tramitar las actuaciones referentes al control del funcionamiento,
la liquidación y cancelación de la inscripción de los Fideicomisos
antes mencionados, ejecutando todas las acciones que correspondan en
relación con estas materias.
3. Controlar el debido cumplimiento de las disposiciones legales,
reglamentarias y estatutarias pertinentes por parte de los regulados,
exigiendo y examinando toda clase de información legal, financiera,
contable y técnica necesaria.
4. Efectuar verificaciones in situ, previa puesta en conocimiento del
área competente de la ejecución del plan de inspecciones a efectos de
evitar superposiciones en la ejecución de las mismas.
5. Controlar, verificar y analizar las informaciones periódicas o
extraordinarias que deben remitir a la COMISION NACIONAL DE VALORES los
regulados mencionados, incluyendo las comunicaciones sobre hechos
relevantes, estados contables y correspondientes informes de Auditoría
Externa, conforme lo establezcan las normas reglamentarias del
organismo.
6. Verificar que la publicidad emitida por los regulados se adecue a las normas pertinentes y a la información presentada.
7. Analizar y proponer actualizaciones sobre los requisitos mínimos a los que deben ajustarse los sujetos regulados por el área.
8. Confeccionar y mantener la actualización de los registros relativos a los sujetos regulados por el área.
9. Reportar por intermedio de la Gerencia de Productos de Inversión
Colectiva a la Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se
esté en presencia de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan
presumir la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del
terrorismo.
10. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos
incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias
por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia,
con propuesta de inicio de investigación por intermedio de la Gerencia
de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando
el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.
11. Instruir, sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior, los
expedientes sobre suspensión preventiva de los regulados y elevarlos a
la Gerencia de Productos de Inversión Colectiva.
12. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
SUBGERENCIA DE FIDEICOMISOS FINANCIEROS DE INVERSION
ACCIONES
1. Tramitar las actuaciones referentes a la autorización y registro de
los Fideicomisos Financieros, de los Fiduciarios Financieros y de los
Fiduciarios no Financieros, y ejecutar todas las acciones que
correspondan en relación con los fideicomisos de inversión.
2. Tramitar las actuaciones referentes al control del funcionamiento,
la liquidación y cancelación de la inscripción de los Fideicomisos
antes mencionados, ejecutando todas las acciones que correspondan en
relación con estas materias.
3. Controlar el debido cumplimiento de las disposiciones legales,
reglamentarias y estatutarias pertinentes por parte de los regulados,
exigiendo y examinando toda clase de información legal, financiera,
contable y técnica necesaria.
4. Efectuar verificaciones in situ, previa puesta en conocimiento del
área competente de la ejecución del plan de inspecciones a efectos de
evitar superposiciones en la ejecución de las mismas.
5. Controlar, verificar y analizar las informaciones periódicas o
extraordinarias que deben remitir a la COMISION NACIONAL DE VALORES los
regulados mencionados, incluyendo las comunicaciones sobre hechos
relevantes, estados contables y correspondientes informes de auditoría
externa, conforme lo establezcan las normas reglamentarias del
organismo.
6. Verificar que la publicidad emitida por los regulados se adecue a las normas pertinentes y a la información presentada.
7. Analizar y proponer actualizaciones sobre los requisitos mínimos a los que deben ajustarse los sujetos regulados por el área.
8. Confeccionar y mantener la actualización de los registros relativos a los sujetos regulados por el área.
9. Reportar por intermedio de la Gerencia de Productos de Inversión
Colectiva a la Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se
esté en presencia de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan
presumir la comisión de delitos de lavado de activos y financiación del
terrorismo.
10. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos
incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias
por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia,
con propuesta de inicio de investigación por intermedio de la Gerencia
de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando
el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.
11. Instruir, sin perjuicio de lo expresado en el párrafo anterior, los
expedientes sobre suspensión preventiva de los regulados y elevarlos a
la Gerencia de Productos de Inversión Colectiva.
12. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
GERENCIA DE AGENTES Y MERCADOS
SUBGERENCIA DE REGISTRO Y AUTORIZACION
ACCIONES
1. Tramitar las actuaciones referentes a la autorización, registro,
funcionamiento, cancelación y control de los mercados, cámaras
compensadoras, agentes de negociación, productores de agentes de
negociación, de colocación y distribución, de corretaje, de liquidación
y compensación, de depósito colectivo, de custodia, registro y pago, y
asesores del mercado de capitales, y ejecutar la inscripción de los
actos, documentos y hechos que correspondan en relación con estas
materias.
2. Tramitar las actuaciones referentes a la autorización de nuevos
productos a negociar en los mercados, ya sean públicos o privados,
incluyendo los contratos de futuros y opciones.
3. Intervenir en todo trámite relativo a la aprobación de estatutos,
reglamentos y todo otra normativa con carácter general dictada por los
mercados, revisando sus decisiones en cuanto se trate de medidas
vinculadas a la actividad que prestan o que pudieren afectar a su
prestación.
4. Conformar administrativamente las reformas de estatuto, fiscalizar
toda variación de capital, así como la disolución y liquidación de las
entidades bajo el control del área sometidas al control de la Ley Nº
22.169 y sus modificaciones, que otorga al organismo la responsabilidad
de la fiscalización societaria permanente desde su inscripción y hasta
la baja en el registro respectivo.
5. Controlar el debido cumplimiento de las disposiciones legales,
reglamentarias y estatutarias pertinentes por parte de los regulados
bajo competencia de la subgerencia.
6. Efectuar verificaciones in situ, previa puesta en conocimiento del
área competente de la ejecución del plan de inspecciones a efectos de
evitar superposiciones en la ejecución de las mismas.
7. Analizar y proponer actualizaciones sobre los requisitos mínimos a
los que deben ajustarse los sujetos regulados por el área y normativas
tendientes a disminuir y monitorear el riesgo sistémico.
8. Confeccionar y mantener la actualización de los registros relativos a los sujetos regulados por el área.
9. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos
incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias
por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia,
con propuesta de inicio de investigación por intermedio de la Gerencia
de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando
el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.
10. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
SUBGERENCIA DE CONTROL OPERATIVO
ACCIONES
1. Verificar el funcionamiento, liquidación y debido cumplimiento de
las normas legales, reglamentarias y estatutarias vigentes por parte de
los mercados, cámaras compensadoras, agentes de negociación,
productores de agentes de negociación, de corretaje, de liquidación y
compensación, de depósito colectivo, de custodia, registro y pago, y
asesores de mercado, bajo jurisdicción de la COMISION NACIONAL DE
VALORES.
2. Efectuar controles que aseguren el cumplimiento de los requisitos de
capital, coberturas, garantías y demás normas prudenciales establecidas
en las normas vigentes.
3. Controlar y analizar las informaciones periódicas o extraordinarias
que deben remitir las entidades conforme lo establecido en las normas
reglamentarias del organismo y efectuar el seguimiento de situaciones
posteriores a las autorizaciones y registro.
4. Controlar y analizar la documentación contable remitida y evaluar el
cumplimiento de las normas legales y profesionales respecto de los
estados contables realizados por las entidades bajo su órbita de
control.
5. Asesorar a la Gerencia de Agentes y Mercados sobre la necesidad de
suspender la cotización de determinados valores negociables o de algún
mercado.
6. Analizar y proponer actualizaciones sobre los requisitos mínimos a
los que deben ajustarse las entidades bajo la órbita de control del
área y normativas tendientes a disminuir y monitorear el riesgo
sistémico.
7. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos
incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias
por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia,
con propuesta de inicio de investigación por intermedio de la Gerencia
de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando
el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.
8. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
SUBGERENCIA DE VERIFICACIONES DE AGENTES Y MERCADOS
ACCIONES
1. Elaborar el plan anual de inspecciones respecto de los mercados,
cámaras compensadoras, agentes de negociación, productores de agentes
de negociación, de corretaje, de liquidación y compensación, de
depósito colectivo, de custodia, registro y pago, y asesores de
mercado, bajo jurisdicción de la COMISION NACIONAL DE VALORES.
2. Coordinar y controlar la ejecución del plan anual de inspecciones,
con excepción de las correspondientes a las Gerencias de Inspecciones e
Investigaciones y de Prevención del Lavado de Dinero.
3. Ordenar, coordinar y supervisar las verificaciones que se dispongan,
así como todo otro procedimiento tendiente a determinar si el
comportamiento de los administrados se ajusta a las normas legales,
reglamentarias y estatutarias vigentes, y que su organización y
capacidad operativa es adecuada a las funciones y responsabilidades, en
cumplimiento del plan anual de inspecciones sobre los administrados
bajo la órbita de control de la Subgerencia.
4. Reportar por intermedio de la Gerencia de Agentes y Mercados a la
Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se esté en presencia
de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan presumir la
comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.
5. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos
incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias
por parte de los administrados sujetos al Gerencia de Inspecciones e
Investigaciones o de instrucción de sumario elevando el proyecto de
resolución de apertura de sumario correspondiente.
6. Requerir y examinar toda clase de información jurídica, financiera,
contable y técnica necesaria de los administrados, en el marco de una
inspección.
7. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
SUBGERENCIA DE AGENTES DE CALIFICACION DE RIESGO
ACCIONES
1. Tramitar las actuaciones referentes a la autorización, registro,
funcionamiento, control, supervisión, cancelación y regulación de los
agentes de calificación de riesgo y ejecutar todas las acciones que
correspondan en relación con estas materias.
2. Supervisar el debido cumplimiento de las disposiciones legales,
reglamentarias y estatutarias pertinentes por parte de los regulados,
exigiendo y examinando toda clase de información legal, financiera,
contable y técnica necesaria y desarrollando todas aquellas acciones
que correspondan con relación a esta función.
3. Confeccionar y mantener la actualización del Registro de los sujetos bajo la órbita de control del área.
4. Elevar los informes de antecedentes relacionados con los presuntos
incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y estatutarias
por parte de los administrados sujetos al control de la Subgerencia,
con propuesta de inicio de investigación por intermedio de la Gerencia
de Inspecciones e Investigaciones o de instrucción de sumario elevando
el proyecto de resolución de apertura de sumario correspondiente.
5. Reportar por intermedio de la Gerencia de Agentes y Mercados a la
Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se esté en presencia
de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan presumir la
comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.
6. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
GERENCIA DE INSPECCIONES E INVESTIGACIONES
SUBGERENCIA DE FISCALIZACION JURIDICA
ACCIONES
1. Colaborar con la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones en la
definición de la estrategia técnico-jurídica, el alcance de los cursos
de acción a seguir en las labores de investigación encomendadas y en
las estimaciones de recursos y plazos necesarios para su ejecución.
2. Realizar investigaciones de oficio o sobre la base de denuncias formuladas a la COMISION NACIONAL DE VALORES.
3. Tramitar las actuaciones vinculadas con el control del cumplimiento
de todo aspecto técnico-jurídico, económico o financiero contenido en
las normas legales y reglamentarias vigentes por parte de los
administrados en las concretas situaciones que le sean derivadas por la
Gerencia.
4. Requerir y examinar toda clase de información jurídica y técnica
necesaria de los administrados, en el marco de una investigación.
5. Ejecutar, en su caso, en el marco de las tareas de investigación del
área, verificaciones a los regulados bajo la órbita del organismo,
previa puesta en conocimiento del área competente de la ejecución del
plan de inspecciones a efectos de evitar superposiciones en la
ejecución de las mismas.
6. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
SUBGERENCIA DE FISCALIZACION CONTABLE
ACCIONES
1. Colaborar con la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones en la
definición de la estrategia técnico-contable, el alcance de los cursos
de acción a seguir en las labores de investigación encomendadas y en
las estimaciones de recursos y plazos necesarios para su ejecución.
2. Realizar investigaciones de oficio o sobre la base de denuncias formuladas a la COMISION NACIONAL DE VALORES.
3. Tramitar las actuaciones vinculadas con el control del cumplimiento
de todo aspecto técnico-contable, económico o financiero contenido en
las normas legales y reglamentarias vigentes por parte de los
administrados en las concretas situaciones que le sean derivadas por la
Gerencia.
4. Requerir y examinar toda clase de información financiera, contable y
técnica necesaria de los administrados, en el marco de una
investigación.
5. Ejecutar, en su caso, en el marco de las tareas de investigación del
área, verificaciones a los regulados bajo la órbita del organismo,
previa puesta en conocimiento del área competente de la ejecución del
plan de inspecciones a efectos de evitar superposiciones en la
ejecución de las mismas.
6. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
SUBGERENCIA DE INSPECCIONES
ACCIONES
1. Elaborar el plan anual de inspecciones de las personas físicas o
jurídicas sujetas al control y fiscalización de la COMISION NACIONAL DE
VALORES, con excepción de aquéllas bajo fiscalización de las Gerencias
de Agentes y Mercados, y de Prevención del Lavado de Dinero.
2. Coordinar y controlar la ejecución del plan anual de inspecciones
respecto de las personas físicas o jurídicas sujetas al control y
fiscalización de la COMISION NACIONAL DE VALORES, con excepción de
aquéllas bajo fiscalización de la Gerencia de Agentes y Mercados.
3. Ordenar, coordinar y supervisar las inspecciones que se dispongan,
así como todo otro procedimiento tendiente a determinar si el
comportamiento de los administrados bajo esta Subgerencia se ajusta a
las normas legales, reglamentarias y estatutarias vigentes.
4. Reportar por intermedio de la Gerencia de Inspecciones e
Investigaciones a la Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando
se esté en presencia de hechos, actos, operaciones u omisiones que
puedan presumir la comisión de delitos de lavado de activos y
financiación del terrorismo.
5. Elevar a la Gerencia los informes de antecedentes relacionados con
los presuntos incumplimientos de las normas legales, reglamentarias y
estatutarias por parte de los administrados sujetos al control de la
Subgerencia, con propuesta de inicio de investigación o de instrucción
de sumario elevando el proyecto de resolución de apertura de sumario
correspondiente.
6. Requerir y examinar toda clase de información jurídica, financiera,
contable y técnica necesaria de los administrados, en el marco de una
inspección.
7. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
SUBGERENCIA DE MONITOREO DE MERCADOS
ACCIONES
1. Controlar la operatoria de los mercados para determinar, a partir de
bruscas oscilaciones en los volúmenes negociados, en los precios de
cotización, datos de publicaciones periodísticas u otras alarmas que
específicamente se implementen, la necesidad de investigar si se ha
violado la normativa vigente.
2. Colaborar con la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones en la
definición del plan estratégico y los recursos necesarios para el
monitoreo de las operaciones de mercado, con el objetivo de detectar
presuntas violaciones a la normativa vigente, incluyendo aquélla en
materia de prevención del lavado de activos de origen delictivo.
3. Controlar, analizar y administrar las comunicaciones remitidas, en
cumplimiento del deber de informar las tenencias en valores negociables
por parte de las sociedades cuyas acciones se encuentran admitidas al
régimen de la oferta pública, así como sobre las compras de acciones
propias que lleven a cabo las mismas.
4. Informar de inmediato a la Gerencia de Agentes y Mercados cualquier
irregularidad o incumplimiento de normas o reglamentaciones que se
observen en los precios y volúmenes negociados en valores negociables o
en derivados, a fin de que la misma promueva las investigaciones
correspondientes; como asimismo reportar por su intermedio a la
Gerencia de Prevención del Lavado de Dinero cuando se esté en presencia
de hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan presumir la
comisión de delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.
5. Suministrar a las demás Gerencias la información que éstas requieran
en el cumplimiento de sus respectivas responsabilidades primarias.
6. Confeccionar y mantener o asegurar la actualización de los registros
y bases de datos que le fije la reglamentación, incluyendo lo
pertinente a la información de carácter público que deba incluirse en
el sitio web del organismo.
7. Exigir y examinar toda clase de información legal, financiera,
contable y técnica a fin de verificar el cumplimiento de las normas
legales, reglamentarias y estatutarias pertinentes en el marco de sus
tareas de control.
8. Coordinar con la Gerencia de Inspecciones e Investigaciones los
aspectos legales, técnico-contables y operativos de las actividades a
desarrollar con el soporte de la Subgerencia de Informática y
Organización, en materia de investigaciones, inspecciones, pericias y
auditorías de naturaleza informática.
9. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
GERENCIA DE PREVENCION DEL LAVADO DE DINERO
SUBGERENCIA DE INVESTIGACION DE OPERACIONES SOSPECHOSAS
ACCIONES
1. Realizar investigaciones de oficio o sobre la base de denuncias
formuladas a la COMISION NACIONAL DE VALORES en materia de su
competencia.
2. Tramitar las actuaciones vinculadas con la prevención del lavado de
dinero y financiamiento del terrorismo contenido en las normas legales
y reglamentarias vigentes por parte de los administrados en las
concretas situaciones que le sean derivadas por la Gerencia.
3. Requerir y examinar toda clase de información legal, financiera,
contable y técnica necesaria de los administrados, en el marco de las
tareas de control del área.
4. Diseñar, desarrollar y administrar una matriz de riesgos que
segmente el mercado de acuerdo con la naturaleza específica de las
operaciones, el perfil de los clientes, las características del
mercado, las clases del producto o servicio, como así también cualquier
otro criterio que resulte adecuado para generar señales de alerta
cuando las operaciones de los clientes se aparten de los parámetros
considerados como normales, con el fin de direccionar las acciones de
investigación en materia de lavado de dinero y financiamiento del
terrorismo.
5. Colaborar con la elaboración del plan anual de inspecciones respecto
de las personas físicas o jurídicas sujetas al control y fiscalización
de la COMISION NACIONAL DE VALORES en el ámbito de la competencia de la
Subgerencia, sobre la base de la matriz de riesgos mencionada en el
punto anterior y acorde con los lineamientos y recursos determinados
por la Gerencia General.
6. Coordinar y controlar la ejecución del plan anual de inspecciones
respecto de las personas físicas o jurídicas sujetas al control y
fiscalización de la COMISION NACIONAL DE VALORES, en el ámbito de su
competencia.
7. Ejecutar las pericias y verificaciones necesarias en el marco del
cumplimiento de las investigaciones tramitadas en la Gerencia, como así
también otros mecanismos que considere conducentes para prevenir y
detectar operaciones de lavado de activos y financiación del terrorismo.
8. Intervenir en los grupos de trabajo interdisciplinarios que actúen
en las investigaciones bajo dependencia directa de la Gerencia de
Inspecciones e Investigaciones y en las realizadas de manera conjunta
con otros organismos de contralor.
9. Proponer a las autoridades superiores la instrucción de sumarios
administrativos por posibles infracciones a las normas legales y
reglamentarias cuya aplicación le compete a la COMISION NACIONAL DE
VALORES, elevando los expedientes con dictamen de cargo.
10. Participar en las evaluaciones del GRUPO DE ACCION FINANCIERA
INTERNACIONAL (GAFI), del GRUPO DE ACCION FINANCIERA DE SUDAMERICA
(GAFISUD) y participar y coordinar las reuniones celebradas por la
“COMISION DE PREVENCION DEL LAVADO DE DINERO Y DE FINANCIAMIENTO DEL
TERRORISMO” en el ámbito del MERCOSUR.
11. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
SUBGERENCIA DE ANALISIS Y REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS
ACCIONES
1. Coordinar y supervisar la base de datos relativa a las
investigaciones e inspecciones llevadas a cabo por la Gerencia, así
como también de aquellas operaciones inusuales o sospechosas detectadas
en los términos de la Ley Nº 25.246 y modificatorias.
2. Oficiar como responsable de enlace entre el organismo y la UNIDAD DE
INFORMACION FINANCIERA, a fin de atender las consultas y coordinar
aquellas actividades que fueran necesarias para el organismo.
3. Analizar la información recabada en las actuaciones de la Gerencia
que permita detectar operaciones inusuales y sospechosas y elevar a la
Gerencia dictamen fundado proponiendo o no su reporte a la UNIDAD DE
INFORMACION FINANCIERA.
4. Reportar operaciones sospechosas a la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA conforme lo resuelto por el Directorio del organismo.
5. Entender en la implementación de normas o recomendaciones de
carácter internacional en materia de prevención de lavado de dinero de
origen delictivo y financiamiento del terrorismo.
6. Participar en las evaluaciones del GRUPO DE ACCION FINANCIERA
INTERNACIONAL (GAFI), del GRUPO DE ACCION FINANCIERA DE SUDAMERICA
(GAFISUD) y participar y coordinar las reuniones celebradas por la
“COMISION DE PREVENCION DEL LAVADO DE DINERO Y DE FINANCIAMIENTO DEL
TERRORISMO” en el ámbito del MERCOSUR.
7. Participar en campañas, cursos, seminarios, mesas redondas,
conferencias y mecanismos de difusión para la adecuada información de
los inversores y otros actores del mercado y, en su caso, para la
formación y perfeccionamiento del personal de la COMISION NACIONAL DE
VALORES.
8. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS
SUBGERENCIA DE ASESORAMIENTO LEGAL
ACCIONES
1. Asesorar y asistir en toda materia jurídica ligada a la actividad que le sea requerida.
2. Producir los dictámenes jurídicos solicitados por las distintas áreas de acuerdo con la normativa legal y reglamentaria.
3. Administrar, coordinar y supervisar toda actividad de defensa, representación judicial y patrocinio del organismo.
4. Dar respuesta a los requerimientos de información formulados a la
COMISION NACIONAL DE VALORES por funcionarios de cualquiera de los
poderes y jurisdicción territorial del Estado, e intervenir en toda
respuesta a personas físicas o jurídicas a requerimiento de las
autoridades superiores.
5. Ejercer el patrocinio letrado y tomar a su cargo la representación
judicial y administrativa de la COMISION NACIONAL DE VALORES en todos
aquellos procesos judiciales y procedimientos administrativos ante
otros entes públicos o privados ya sea por indicación del Directorio,
la Gerencia General o de oficio, sea como parte actora, demandada,
denunciante, querellante o en cualquier otro carácter.
6. Mantener un registro actualizado de la jurisprudencia nacional y
extranjera en materias propias del organismo, así como de las
decisiones de éste.
7. Intervenir con carácter previo en la suscripción de acuerdos con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
8. Prestar colaboración sobre interpretación jurídica de normas a otros sectores de la COMISION NACIONAL DE VALORES.
9. En los casos en que se planteen recursos administrativos o reclamos
contra resoluciones de la COMISION NACIONAL DE VALORES, dictaminar
sobre ellos y elevar, en su caso, proyectos de resolución haciendo
lugar o bien desestimando o rechazando la pretensión recursiva.
10. En los recursos que planteen los administrados, elevar las
actuaciones a la Cámara de Apelaciones que resulte competente y
efectuar su seguimiento.
11. Plantear, intervenir y efectuar el seguimiento de la vía ejecutiva
y la interposición de medidas precautorias en caso de corresponder.
12. Intervenir en toda actuación administrativa de la que surjan hechos
que puedan constituir ilícitos penales, a efectos de aconsejar la
formulación de la pertinente denuncia o querella y la presentación ante
la justicia competente. Efectuar el seguimiento de las causas así
iniciadas.
13. Realizar las tramitaciones extrajudiciales y judiciales tendientes
a la percepción de las tasas y aranceles que percibe y de las multas
que aplica la COMISION NACIONAL DE VALORES.
14. Elaborar la respuesta de los oficios remitidos a la COMISION
NACIONAL DE VALORES, por funcionarios de cualquiera de los poderes y
jurisdicción territorial del Estado.
15. Controlar la legalidad de gastos interviniendo en los expedientes
administrativos de contratación en que se encuentre comprometido el
presupuesto de la COMISION NACIONAL DE VALORES e intervenir en las
impugnaciones que planteen los oferentes.
16. Emitir los actos administrativos que correspondan por delegación expresa del Directorio.
17. Mantener las relaciones de la COMISION NACIONAL DE VALORES con la
PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION en su carácter de órgano rector de
los cuerpos jurídicos permanentes del ESTADO NACIONAL.
18. Participar con la Subgerencia de Informática y Organización en la
emisión de credenciales de operadores y firmantes para la AUTOPISTA DE
LA INFORMACION FINANCIERA.
19. Coordinar con la Subgerencia de Informática y Organización lo
pertinente a la información de carácter público que deba incluirse en
el sitio “Web” del organismo con relación a las tramitaciones señaladas
en el punto precedente.
20. Colaborar estrechamente con las autoridades superiores del
organismo en el logro de las metas y objetivos institucionales
ejecutando las instrucciones y actividades que se le encomienden y las
derivadas de las disposiciones legales y reglamentarias.
SUBGERENCIA DE SUMARIOS
ACCIONES
1. Instruir a solicitud del Directorio y conforme al debido proceso los
sumarios administrativos internos correspondientes a los agentes del
organismo, aconsejando al Directorio la aplicación de sanciones o el
sobreseimiento de los agentes, controlar el debido cumplimiento de las
sanciones impuestas y mantener su registro.
2. Sustanciar, a requerimiento del Directorio y en los casos en que en
la etapa de investigación y/o fiscalización se hayan advertido posibles
infracciones a las normas legales, reglamentarias o estatutarias de
aplicación por la COMISION NACIONAL DE VALORES, sumarios
administrativos a las emisoras, mercados, cámaras compensadoras,
asesores de mercado, agentes registrados por el organismo, Fiduciarios
Financieros, Fiduciarios no Financieros y en general, a todo
administrado sujeto al régimen de oferta pública de valores, sobre la
base de los expedientes que con dictamen de cargo le sean girados por
las distintas Gerencias del organismo, previa intervención del
Directorio.
3. Confeccionar y mantener la actualización de los registros de las actuaciones y sujetos sumariados.
4. Coordinar con la Subgerencia de Informática y Organización lo
pertinente a la información de carácter público que deba incluirse en
el sitio “Web” del organismo con relación a las tramitaciones señaladas
en el punto precedente.
5. Formular denuncia o querella y su presentación ante la justicia
competente en los casos en que durante la tramitación del sumario
surjan hechos que puedan constituir ilícitos penales.
6. Colaborar estrechamente con las autoridades superiores del organismo
en el logro de las metas y objetivos institucionales, ejecutando las
instrucciones y actividades que se le encomienden y las derivadas de
las disposiciones legales y reglamentarias.
GERENCIA DE DESARROLLO Y PROTECCION AL INVERSOR
SUBGERENCIA DE DESARROLLO Y ESTUDIOS DEL MERCADO DE CAPITALES
ACCIONES
1. Participar en la elaboración de las políticas en materia de oferta
pública de valores negociables y demás funciones que, conforme al marco
legal y reglamentario, sean de competencia del organismo.
2. Dirigir la elaboración de estudios cuantitativos acerca del
comportamiento de los mercados de capitales y de productos derivados, y
efectuar el análisis micro y macroeconómico tendiente a medición del
impacto que produciría la introducción de nuevos instrumentos, formas
de inversión y operatorias.
3. Evaluar propuestas de introducción de cambios en la conformación del
mercado, con el objetivo de lograr su desarrollo tanto en volumen,
profundidad, liquidez, tamaño y diversificación, así como la reducción
del riesgo sistémico.
4. Elaborar el Informe Mensual y Anuario del Mercado de Capitales que
elabora el organismo, así como todo otro informe estadístico o
mesoeconómico que le sea requerido al organismo por autoridades
nacionales.
5. Evaluar de manera permanente la evolución y adopción de estándares
internacionales en materia de regulación de mercados de capitales,
presentando propuestas de mejoramiento, implementación y adecuación del
sistema a los compromisos que asuma la REPUBLICA ARGENTINA ante foros
internacionales.
6. Colaborar con la Subgerencia de Asuntos Internacionales y coordinar
con otras áreas del organismo aquellas actividades necesarias para
generar informes sobre el grado de cumplimiento del mercado de
capitales argentino respecto de estándares y/o principios
internacionales en materia de regulación de los mercados financieros,
ante requerimientos de organismos nacionales, regionales o mundiales.
7. Proponer mecanismos tendientes a la integración de los mercados de
valores nacionales entre sí, como así también con relación a los
mercados regionales e internacionales.
8. Participar en campañas, cursos, seminarios, mesas redondas,
conferencias y mecanismos de difusión para la adecuada información de
los inversores y otros actores del mercado y, en su caso, para la
formación y perfeccionamiento del personal de la COMISION NACIONAL DE
VALORES.
9. Colaborar en la formación del personal del organismo mediante
actividades de capacitación y participar en seminarios y conferencias
organizados por la COMISION NACIONAL DE VALORES.
SUBGERENCIA DE PROTECCION AL INVERSOR Y EDUCACION FINANCIERA
ACCIONES
1. Participar en la elaboración y aplicación de normas, políticas y
procedimientos en materia de protección del público inversor.
2. Analizar y proponer actualizaciones sobre los contenidos mínimos que
deben comprender los programas de capacitación que permitan acreditar
idoneidad.
3. Tramitar las solicitudes de inscripción de los programas de
capacitación que permitan acreditar idoneidad para su incorporación en
el Registro de Programas de Capacitación a cargo de esta Subgerencia.
4. Supervisar la Oficina de Atención al Inversor con la finalidad de evacuar consultas, orientar e informar al público inversor.
5. Elevar propuestas para el desarrollo de Programas de Capacitación
vinculados con la difusión del mercado de capitales, dirigiendo y
coordinando su ejecución.
6. Elaborar proyectos de educación que permitan el desarrollo y
conocimiento de mercado de capitales. Asimismo, gestionar los acuerdos
que se consideren necesarios a tal fin.
7. Participar en campañas, cursos, seminarios, mesas redondas,
conferencias y mecanismos de difusión para la adecuada información de
los inversores y otros actores del mercado y, en su caso, para la
formación y perfeccionamiento del personal de la COMISION NACIONAL DE
VALORES.
GERENCIA DE SERVICIOS CENTRALES
SUBGERENCIA DE INFORMATICA Y ORGANIZACION
ACCIONES
1. Desarrollar las actividades vinculadas con la planificación,
administración y ejecución de los servicios relacionados con las redes
de voz, datos y servicios de informática, en lo referente a su diseño,
instalación o implementación, mantenimiento, seguridad, uso,
administración, correcta operación y buen funcionamiento de todos los
equipos y enlaces (redes) de telecomunicaciones de voz y datos del
organismo, y de todos los proyectos y sistemas informáticos (hardware y
software de base y aplicativos) del mismo, tanto internos como externos.
2. Asegurar la continuidad en la prestación de los servicios
mencionados a través de la administración de los recursos materiales y
humanos y de la elaboración de adecuadas políticas, normas de seguridad
y de resguardo de la información.
3. Coordinar y supervisar las actividades en materia de informática y
tecnología de la información vinculada con los dictámenes que sobre
dichos aspectos sean solicitados por otras áreas del organismo, el
diseño u optimización de sistemas y la investigación de nuevas
tecnologías que permitan optimizar el funcionamiento del organismo, el
soporte y la asistencia técnica a los usuarios.
4. Conducir, coordinar, asistir, evaluar técnicamente en materia de
recursos humanos o materiales y coordinar las actividades en materia de
análisis de tareas, sistemas administrativos, métodos y medición de
trabajo administrativo, análisis y diseño de normas, procedimientos,
formularios y sistemas informáticos de soporte.
5. Colaborar estrechamente con las autoridades del organismo en el
logro de las metas y objetivos institucionales, ejecutando las
instrucciones y actividades que se le encomienden y las derivadas de
las disposiciones legales y reglamentarias.
SUBGERENCIA DE PERSONAL
ACCIONES
1. Administrar los recursos humanos del organismo en el marco de las normas legales vigentes.
Participar en las políticas en la materia, aplicar y ejecutar las
normas relativas a la administración y capacitación del personal de la
COMISION NACIONAL DE VALORES.
2. Intervenir en las designaciones, movimientos y cese del personal.
3. Administrar los legajos del personal y emitir las certificaciones de servicios.
4. Intervenir en los procesos de la liquidación de haberes del personal
de planta, indemnizaciones o cualquier otro concepto, como así también
las liquidaciones de contratos de locación de servicios y las de todo
personal que cumpla funciones en el organismo por medio de convenios
celebrados con terceros.
5. Formular los planes de capacitación del organismo, coordinando la
oferta y demanda de la misma en función de los requerimientos de las
autoridades superiores y de las áreas de la COMISION NACIONAL DE
VALORES, gestionando las acciones que correspondan y evaluando los
resultados.
6. Intervenir en el diseño y gestión de proyectos y propuestas de
modificación de estructuras y dotación del organismo, con el fin de
lograr a una mayor eficiencia en la organización y desempeño de los
recursos humanos.
7. Entender en la formulación y gestión de las normas relacionadas con el encuadramiento laboral del personal del organismo.
8. Participar en el diseño de proyectos y propuestas de organización y de sistemas administrativos del organismo.
9. Asistir a la Subgerencia de Administración en las actividades
vinculadas con la distribución interna de los espacios físicos, en los
aspectos relacionados con la aplicación de normas laborales y en
especial las que hacen a seguridad e higiene.
10. Promover dentro de la COMISION NACIONAL DE VALORES una conciencia
acorde a la imagen que se desea transmitir hacia terceros, creando un
ambiente que promueva el sentido de pertenencia, fortalezca los
vínculos entre los integrantes del organismo y estimule el cumplimiento
de tareas eficiente y eficazmente.
SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION
ACCIONES
1. Administrar los recursos relacionados con la gestión contable,
económico-financiera, patrimonial y de servicios generales del
organismo, programando, ejecutando y controlando los actos vinculados
con las mismas.
2. Elaborar los registros de contabilidad y administrar el ingreso,
egreso y custodia de fondos, valores o documentos que los representen.
3. Percibir el cobro de la tasa de fiscalización y todo otro recurso
por aranceles, multas y eventuales prestaciones a los administrados.
4. Entender en todo lo relativo a la liquidación de facturas de
proveedores, pagos al personal, indemnizaciones y cualquier otra
erogación del organismo, y ejecutar lo relativo a las rendiciones de
cuentas de Fondo Rotatorio, Fijo y/o Caja Chica.
5. Atender en forma coordinada con la Subgerencia de Personal los
procesos de liquidación de haberes del personal de planta por todo
concepto, como así también las liquidaciones de contratos de servicios
y las de todo personal que cumpla funciones en el organismo por medio
de convenios celebrados con terceros.
6. Efectuar el estudio y elaboración del proyecto de presupuesto de
gastos e inversiones del organismo, asesorar en el diseño de programas,
políticas y actividades en el aspecto económico financiero y
administrar el proceso de ejecución presupuestaria, coordinando su
control de ejecución por las áreas del organismo.
7. Efectuar análisis evaluativos sobre la base de la ejecución de la
programación presupuestaria y elaborar estudios y trabajos comparativos
sobre indicadores físicos y financieros.
8. Ejecutar las acciones relativas a los procedimientos de
adquisiciones del organismo incluyendo las correspondientes a la
registración y control patrimonial de sus bienes. Realizar
centralizadamente la gestión de compras, contrataciones, suministros y
mantenimiento de los bienes y servicios requeridos por las áreas de la
COMISION NACIONAL DE VALORES.
9. Entender, en el ámbito de su competencia, en la elaboración y
ejecución de planes tendientes a la prevención, control y solución de
los problemas edilicios, instrumentando, a través de los medios más
convenientes, las tareas de mantenimiento y reparación correspondientes.
10. Participar en la coordinación de la distribución interna de los
espacios físicos y atender la correcta asignación, resguardo y uso de
los bienes patrimoniales, manteniendo actualizado el sistema de
información respectivo.
11. Asegurar la recepción y despacho de la documentación administrativa
proveniente de otras jurisdicciones, organismos o entidades o dirigidas
a los mismos, efectuando el seguimiento de los trámites y cumpliendo y
haciendo cumplir las normas relativas a procedimientos administrativos.
12. Coordinar el registro de movimiento de expedientes y de todo otro
tipo de documentación que ingrese o egrese del organismo, efectuar su
distribución y administrar el material bibliográfico y el archivo
general.
13. Efectuar la protocolización, registro y archivo de los actos administrativos producidos por la autoridad competente.
e. 08/11/2013 N° 89699/13 v. 08/11/2013