MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE ENERGIA
Resolución Nº 486/2013
Bs. As., 9/9/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0084557/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que la redeterminación de canon o precio de una Ampliación de
Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión se rige por lo
dispuesto por el Decreto Nº 634 de fecha 21 de agosto de 2003 que se
complementa con las resoluciones de la SECRETARIA DE ENERGIA del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nros
948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1.205 de fecha 30 de agosto de 2006.
Que oportunamente, el COMITE DE EJECUCION ADMINISTRACION DEL FONDO
FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (CAF) suscribió el
respectivo contrato de Construcción con ELECNOR DE ARGENTINA SOCIEDAD
ANONIMA - ISOLUX INGENIERIA SOCIEDAD ANONIMA (UTE), adjudicataria de la
Licitación Pública Nacional Nº 09/2010, y a su vez ésta, en la misma
fecha y de acuerdo a las normas licitatorias suscribió el Contrato de
Provisión de Transformador con el alcance que se fija en él, con la
Empresa Faraday, que resultó la firma adjudicataria de la Licitación
Pública Nacional Nº 05/2010 firmándose el correspondiente contrato el
día 22 de octubre de 2011.
Que el contrato mencionado anteriormente prevé la redeterminación de
los precios y para ello la aplicación de lo establecido por el Decreto
Nº 634/2003, las resoluciones Nros 948/2005 y 1.205/2006, ambas de la
SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en los
respectivos Pliegos de Bases y Condiciones para la Contratación.
Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto Nº
634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3° de la
Resolución Nº 948/2005 y por el Artículo 7° de la Resolución Nº
1.205/2006 ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se han
cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para
establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones
específicas establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones para la
Contratación, los coeficientes de ponderación de la participación de
los Insumos en el Rubro Principal que corresponde, en un todo de
acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.
Que el contratista del respectivo contrato ha presentado senda nota
(NP-SC1-0155), solicitando la aplicación de la redeterminación según lo
establecido en el pliego.
Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación
promedio de costos de los rubros principales que componen cada
provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta
una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ
POR CIENTO (10%), quedando habilitada la aplicación de la
redeterminación de los mismos en las condiciones establecidas por el
Decreto Nº 634/2003.
Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a
la redeterminación de los precios del contrato, aplicando para ello las
fórmulas especificadas en el mencionado Decreto Nº 634/2003, con el
procedimiento y los factores de ponderación de participación de Insumos
definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación
de los oferentes expuesta anteriormente.
Que los precios de los contratos redeterminados resultan los que se
indican en los Cuadros que como ANEXO forma parte integrante de la
presente.
Que mediante Nota CAF Nº 1112 de fecha 22 de abril de 2013 el COMITE DE
EJECUCION ADMINISTRACION DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE
ELECTRICO FEDERAL (CAF) manifiesta la existencia de fondos que permiten
asegurar el financiamiento de todas las erogaciones derivadas del
Contrato.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la
SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARIA DE ENERGIA se encuentra facultada para el dictado del
presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 634 de fecha
21 de agosto de 2003.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la redeterminación de precios del Contrato de
Provisión de Transformadores de Potencia de la Ampliación 132kV SANTA
CRUZ NORTE - CALETA OLIVIA, suscripto entre la empresa ELECNOR DE
ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA - ISOLUX INGENIERIA SOCIEDAD ANONIMA (UTE),
adjudicataria de la Licitación Pública Nacional Nº 09/2010 y la Empresa
FARADAY SOCIEDAD ANONIMA adjudicataria de la Licitación Pública
Nacional Nº 05/2010 para suministro de transformadores.
ARTICULO 2° — Determínase que el monto total del contrato cuya
redeterminación de precios al mes de octubre de 2011 se aprueba en el
artículo 1°, asciende a PESOS SEIS MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL
OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES CON VEINTE CENTAVOS ($ 6.197.843,20)
resultando el monto neto de la redeterminación a aprobar PESOS
SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES CON VEINTE
CENTAVOS ($ 637.843,20), según detalle del Cuadro que como ANEXO forma
parte integrante de la presente resolución, no contemplando este monto
el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
ARTICULO 3° — La presente resolución, entrará en vigencia el día de su
publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL O. CAMERON, Secretario de
Energía.
ANEXO
MONTOS REDETERMINADOS DEL CONTRATO PARA LA PROVISION DE
TRANSFORMADOR TRIFASICO DE POTENCIA DE LA AMPLIACION 132kV SANTA
CRUZ NORTE - CALETA OLIVIA
(Los valores que se indican son en pesos y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado)
Proveedor Nominado FARADAY | Montos Contractuales (Octubre de 2011) | 1a Redeterminación (a Octubre 2011) |
ELECNOR S.A. - ISOLUX INGENIERIA S.A. | 5.560.000,00 | 6.197.843,20 |
e. 12/11/2013 Nº 90633/13 v. 12/11/2013