MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Resolución Nº 540/2013

Bs. As., 12/11/2013

VISTO el Expediente Nº 33.302/2012 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 544 de fecha 20 de julio de 2012, las Resoluciones Nros. 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, 192 de fecha 15 de mayo de 2013 y 520 de fecha 24 de octubre de 2013 ambas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 2098/08 se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que por la decisión administrativa citada en el Visto se exceptuó al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO de la prohibición contenida en el Artículo 7° de la Ley Nº 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente.

Que por las Resoluciones Nros. 192/13 y 520/13 ambas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO se designaron a los integrantes del Comité de Selección para la cobertura de CINCUENTA Y CINCO (55) cargos vacantes y financiados, quienes definieron las bases del concurso consignadas en el Acta Nº 1 de fecha 31 de octubre de 2013, según lo estipulado en el Artículo 10 del Anexo I de la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que a los fines de proceder a la mencionada cobertura, resulta necesaria la aprobación de las bases del concurso, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 15 del Anexo I de la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA y la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL prestan conformidad al dictado de la presente resolución.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la COMISION PERMANENTE DE INTERPRETACION Y CARRERA (Co.P.I.C) han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en el marco de las atribuciones emergentes del Artículo 15 del Anexo I de la Resolución Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Por ello,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébanse las bases del concurso definidas por el Comité de Selección para la cobertura de CINCUENTA Y CINCO (55) cargos vacantes y financiados, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2° — Llámese a concurso mediante convocatoria extraordinaria y general, para la cobertura de CINCUENTA Y CINCO (55) cargos vacantes y financiados.

(Artículo sustituido por art. 1° de la Resolución N° 597/2013 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto B.O. 17/12/2013)

ARTICULO 3° — Fíjase el período de inscripción de postulantes entre los días 29 de noviembre y 12 de diciembre de 2013 inclusive, para los cargos mencionados en el artículo precedente.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 660/2013 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto B.O. 22/1/2014 se suspenden de conformidad con lo previsto en el Artículo 12 del Anexo I de la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA, modificada por la Resolución Nº 467/12 de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA, durante los meses de enero y febrero de 2014, el plazo previsto en el Artículo 42 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), en los concursos convocados por las Resoluciones Nros. 539/13 y 540/13, esta última modificada por la Resolución Nº 597 de fecha 10 de diciembre de 2013, todas ellas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO)

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — HECTOR M. TIMERMAN, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

ANEXO

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESY CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Asistente de protocolo y ceremonial.

Código identificatorio:

2012-001456-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: UNO (1)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Unidad Ministro

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Asistir en la organización del protocolo y ceremonial.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Asistir en la organización de reuniones, visitas oficiales, conferencias, talleres temáticos, almuerzos con delegaciones extranjeras, a requerimiento de las autoridades de la Jurisdicción.

• Programar reuniones, en coordinación con otras unidades organizativas.

• Asistir a autoridades nacionales y extranjeras.

• Asistir al responsable del acondicionamiento de los diversos salones del Palacio San Martín.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art.5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

• Capacitación y experiencia afín a la función.

• Conocimiento en la organización y ejecución de eventos en el ámbito público.

• Manejo de grupo, de recursos en materia de logística de transporte, alojamiento hotelero, elementos para la ambientación del espacio, acreditaciones, iluminación y sonido.

• Experiencia en la organización de viajes según las normas de protocolo y de tránsito internacional, de acuerdo con el programa de actividades previsto.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Elaboración de informes y documentación administrativa.

• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.

• Reglas básicas de ceremonial y protocolo.

• Tratamiento de huéspedes oficiales y orden de precedencia.

• Decreto Nº 2072/1993- Ordenamiento general de precedencia protocolar.

• Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación administrativa (Decreto Nº 333/85).

• Utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculos, representadores gráficos, correo electrónico e Internet.)

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nº 25.164.

• Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por Decreto Nº 214/06.

• Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08 y normas complementarias.

• Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

• Estructura organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Decretos Nº 878/2008, 2085/2011, 924/2011, 901/2012 - Decisiones Administrativas Nº 10/2002, 409/2012).

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

-Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Asistente en cooperación técnica internacional.

Código identificatorio:

 2012-001496-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: UNO (1)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional

Dirección General de Cooperación Internacional

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Colaborar en las tramitaciones administrativas que requieran los procedimientos de aplicación de los programas de cooperación internacional

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Supervisar el trámite de toda la documentación relacionada con las actividades en ejecución de los programas de cooperación técnica para el cumplimiento de la normativa vigente en la materia.

• Supervisar la actualización de los sistemas de archivos (convencionales e informatizados) que contengan antecedentes normativos respecto a las negociaciones de los tratados y celebración de convenios de cooperación técnica internacional.

• Participar en la elaboración de informes, publicaciones y reseñas de las principales actividades de cooperación horizontal y cooperación sur- sur, en el marco de la estrategia nacional de cooperación argentina al desarrollo.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

Capacitación y experiencia afín a la función.

Nivel intermedio de idioma inglés.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Elaboración de informes y documentación administrativa.

• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.

• Recursos metodológicos para la elaboración de proyectos de cooperación internacional, en particular proyectos de Cooperación Sur- Sur.

• Metodología de implementación de Fondos de Cooperación Internacional, especialmente aquellos que desarrollan cooperación Sur-Sur.

• Antecedentes de Cooperación Técnica para el Desarrollo y su evolución en el ámbito Multilateral. Principales foros de debate.

• Conocimiento metodológico para el desarrollo de proyectos de Cooperación Descentralizada.

• Utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculos, representadores gráficos, correo electrónico e Internet.)

• Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación administrativa (Decreto Nº 333/85).

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nº 25.164.

• Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por Decreto Nº 214/06.

• Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08 y normas complementarias.

• Estructura Organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Decretos Nº 878/2008, 2085/2011, 924/2011, 901/2012 - Decisiones Administrativas Nº 10/2002, 409/2012).

• Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72.

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

• Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Responsable de área administrativa.

Códigos identificatorios:

Cantidad de cargos a cubrir: TREINTA Y CUATRO (34)

2012-001423-MINREL-G-SI-X-C

2012-001424-MINREL-G-SI-X-C

2012-001462-MINREL-G-SI-X-C

2012-001463-MINREL-G-SI-X-C

2012-001489-MINREL-G-SI-X-C

2012-001554-MINREL-G-SI-X-C

2012-001555-MINREL-G-SI-X-C

2012-001556-MINREL-G-SI-X-C

2012-001600-MINREL-G-SI-X-C

2012-001601-MINREL-G-SI-X-C

2012-001602-MINREL-G-SI-X-C

2012-001603-MINREL-G-SI-X-C

2012-001627-MINREL-G-SI-X-C

2012-001628-MINREL-G-SI-X-C

2012-001629-MINREL-G-SI-X-C

2012-001652-MINREL-G-SI-X-C

2012-001653-MINREL-G-SI-X-C

2012-001703-MINREL-G-SI-X-C

2012-001741-MINREL-G-SI-X-C

2012-001744-MINREL-G-SI-X-C

2012-001751-MINREL-G-SI-X-C

2012-001767-MINREL-G-SI-X-C

2012-001788-MINREL-G-SI-X-C

2012-001809-MINREL-G-SI-X-C

2012-001810-MINREL-G-SI-X-C

2012-001820-MINREL-G-SI-X-C

2012-001830-MINREL-G-SI-X-C

2012-001840-MINREL-G-SI-X-C

2012-001841-MINREL-G-SI-X-C

2012-001842-MINREL-G-SI-X-C

2012-001843-MINREL-G-SI-X-C

2012-001844-MINREL-G-SI-X-C

2012-001877-MINREL-G-SI-X-C

2012-001878-MINREL-G-SI-X-C

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Asegurar la gestión y provisión integral de los servicios de asistencia administrativa para contribuir al efectivo funcionamiento de la unidad organizativa así como a la relación con sus usuarios internos y externos y, cuando corresponda, la comprobación de las tareas de asistentes, auxiliares o gestores administrativos.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

1. Planificar y organizar las tareas de la unidad organizativa de referencia, estableciendo criterios de prioridad respecto de las actividades, de las tareas de personal en general y del procesamiento de las actuaciones ingresadas y egresadas.

2. Organizar, coordinar y comprobar el efectivo funcionamiento de la Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de la unidad organizativa, utilizando los sistemas operativos y de archivo de uso habitual en su ámbito.

3. Registrar y tramitar actuaciones, expedientes, notas y demás documentación que ingrese y egrese de la unidad, verificándolos sistemas de archivos (convencionales e informatizados) asegurando su correcta utilización.

4. Organizar y coordinar el mantenimiento del sistema de gestión documental garantizando su trazabilidad, vigencia y unicidad en los documentos y formularios.

5. Coordinar la distribución de la documentación.

6. Resolver los problemas de tramitación que surgen en etapas relevantes del procedimiento administrativo.

7. Efectuar las tramitaciones correspondientes a las contrataciones de personal, asegurando el cumplimiento de la normativa laboral o contractual.

8. Brindar soporte técnico en la elaboración de informes y verificar que se realicen cumpliendo las normas ortográficas y sintácticas utilizadas y según normativa aplicable.

9. Revisar la producción o elaboración de las tareas del personal asistente o auxiliar administrativo.

10. Actualizar la agenda de las autoridades administrativas.

11. Colaborar con la gestión del control interno de la asistencia e incidencias del personal, de las rendiciones de fondos, si los hubiera, del aprovisionamiento de insumos requeridos para el funcionamiento respectivo y/o con la tramitación de pasajes y viáticos cuando corresponda.

12. Interpretar la normativa sobre protección de datos y conservación de documentos establecidos para las instituciones públicas.

13. Atender y/o asegurar la atención al público y usuarios internos, sea personal o telefónicamente, informando adecuadamente dentro de las materias de su competencia y conocimiento o, cuando sea necesario, haciendo las derivaciones pertinentes solicitando referencias para comunicación posterior y registrando adecuadamente las mismas.

14. Colaborar en la asistencia técnico administrativa y logística en la organización de citas, entrevistas, eventos, reuniones, congresos, etc.

15. Comprobar el funcionamiento básico de los componentes que forman el equipamiento informático del área administrativa y tramitar los requerimientos establecidos para permitir su operatividad.

16. Solicitar el adecuado suministro de útiles y materiales necesarios para la Unidad, verificar su distribución y asegurar la existencia constante y guarda segura de los mismos.

17. Brindar colaboración en materia administrativa a otros integrantes del área.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad sobre resultados de procedimientos y tareas individuales y del personal respectivo de la unidad organizativa, con sujeción a objetivos normas o procedimientos jurídicos y técnicos y métodos específicos con relativa autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas y técnicas apropiadas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

a. Edad límite de ingreso: hasta la edad prevista en la Ley Previsional para acceder al beneficio de la jubilación, según lo dispuesto en el artículo 5º, inciso f) del Anexo de la Ley Nº 25.164”.

b. Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (artículo 4 del Anexo a la Ley Nº 25.164).

c. Titulación:

Título de nivel secundario completo.

d. Experiencia Laboral:

Acreditar experiencia atinente a la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

• Acreditar actividades de capacitación o entrenamiento específico en gestión de tareas administrativas, mesa de entradas y salidas, archivo y manejo de documentación, y de procedimiento administrativo.

• Acreditar experiencia laboral adicional a la requerida en tareas afines al puesto de trabajo.

• Certificar buen manejo y/o actividades de capacitación en redacción, uso del computador, manejo de aplicativos informáticos para procesamiento de textos, planilla de cálculo, presentaciones gráficas, navegación por INTERNET y bases de datos.

• Demostrar experiencia y/o capacitación en atención al público.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Se deberá demostrar conocimientos y capacidad para aplicarlos adecuadamente en situaciones propias del Puesto de Trabajo, en las siguientes materias y con nivel:

Avanzado en:

• Manejo de procesador de textos, planilla de cálculo y representadores gráficos, correo electrónico e Internet.

• Gramática y ortografía aplicables.

• Archivo, clasificación y recuperación de documentos escritos y digitales.

• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.

• Norma para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación administrativa (Decreto Nº 333/1985).

• Reglamento para Mesa de Entradas, Salidas y Archivo (Decreto Nº 759/66).

• Normas para la conservación de documentos (Decreto Nº 1571/1981 y Ley Nº 15.930, artículo 3° incisos d y e).

• Normas para la atención al público (Decreto Nº 237/1988 y modificatorio).

• Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos y de su Decreto reglamentario Nº 1.759/1972 (t.o. 1991). Específicamente: Ambito. Acto y Procedimiento Administrativo, elementos, principios y características, Plazos y conclusión del procedimiento. Del expediente y su gestión integral. Tipos de Recursos.

Intermedio en:

• Manejo de bases de datos.

• Nociones de la estructura organizativa hasta nivel de Dirección Nacional o General de la Jurisdicción Ministerial o Entidad Descentralizada en la que se comprende el puesto, y

• Nociones generales de la estructura organizativa de la Administración Pública Nacional (ministerios). (Ley Nº 26.338 y Decreto Nº 357/2002 y modificatorios). Conformación de la Administración (artículo 8° de la Ley Nº 24.156).

• Nociones de la Ley Nº 25.164, Marco de Regulación de Empleo Público Nacional y su Decreto reglamentario Nº 1.421/2002 y del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional (Decreto Nº 214/2006) en lo concerniente a Ambito, Autoridad de Aplicación, Requisitos e impedimentos para el ingreso, Derechos, Deberes Obligaciones, Prohibiciones y Causales de Egreso.

• Decreto N 491/02- Autoridades facultadas para designar y contratar-

• Nociones del Régimen sobre Etica en el ejercicio de la Función Pública (Ley Nº 25.188 –Capítulos I, II y III). Objeto y Sujetos - Pautas y deberes de comportamiento ético, régimen de declaraciones juradas.

• Previsiones de la Constitución Nacional sobre estabilidad, otras garantías para el empleo e idoneidad y sobre ética pública.

• Sistema Nacional de Empleo Público (Decreto Nº 2098/2008). Agrupamientos y Niveles Escalafonarios, Régimen de promoción y retributivo.

• Tramitación administrativa correspondiente a contratación de personal en cumplimiento de la normativa laboral y contractual (completar normativa y Circular SLyT).

• Prólogo, Principios y Régimen de Carrera y Organos Paritarios y sus funciones del Convenio Colectivo.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

Trabajo en equipo y cooperación:

• Contribuye a los esfuerzos del equipo y coopera para los objetivos comunes.

• Mantiene un clima de cordialidad en el grupo promoviendo una comunicación fluida entre sus integrantes.

Proactividad:

• Busca nuevas oportunidades para lograr mejores resultados y propone planes para llevarlos a cabo.

• Se anticipa a las situaciones, identifica posibles amenazas y oportunidades y actúa en consecuencia.

• Está comprometido con la calidad del resultado de su trabajo.

Compromiso con la organización:

• Está comprometido con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

• Planifica y realiza acciones que aseguren el cumplimiento de las metas y objetivos organizacionales.

Orientación al usuario:

• Efectúa su trabajo buscando satisfacer la demanda de sus usuarios internos o externos.

• Reconoce y alerta sobre oportunidades para dar ayuda adicional o valor agregado a los usuarios de sus servicios.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Responsable de Secretaría Privada.

Códigos identificatorios:

2012-001464-MINREL-G-SI-X-C

2012-001557-MINREL-G-SI-X-C

2012-001694-MINREL-G-SI-X-C

2012-001725-MINREL-G-SI-X-C

2012-001831-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: CINCO (5)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Coordinar y supervisar la secretaría privada.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Organizar y controlar la agenda de compromisos de la autoridad de la cual depende.

• Planificar y organizar reuniones oficiales y eventos, definir y concertar citas y entrevistas.

• Aplicar criterios de prioridad en la clasificación y distribución de correspondencia y documentación confidencial.

• Atender a autoridades nacionales y extranjeras y demás usuarios externos.

• Confeccionar informes periódicos para el seguimiento del circuito de firmas de los proyectos de actos administrativos.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

Capacitación y experiencia afín a la función.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Elaboración de documentación administrativa.

• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.

• Utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculos, representadores gráficos, correo electrónico e Internet.)

• Reglas básicas de protocolo.

• Decreto Nº 759/66 Reglamento para Mesa de Entradas, Salidas y Archivo.

• Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

• Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación administrativa (Decreto Nº 333/85).
Conocimiento inicial de los siguientes ítems:

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nº 25.164. Capítulo I Marco Normativo y autoridad de aplicación y Capítulo V Deberes.

• Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por Decreto Nº 214/06. Prólogo y Capítulo VI Carrera del Personal.

• Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08 y normas complementarias. Capítulo II artículo 13 De los Niveles Escalafonarios, específicamente lo relativo al nivel concursado.

• Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

• Estructura organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Decretos Nº 878/2008, 2085/2011, 924/2011, 901/2012 – Decisiones Administrativas Nº 10/2002, 409/2012).

• Estructura de la Administración Pública Nacional: Ministerios, cantidad y denominación, niveles jerárquicos típicos. (Ver Mapa del Estado: http://www.sgp.gob.ar/dno/sitio/index.htm).

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

• Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Asistente de comunicación y prensa institucional.

Código identificatorio:

2012-001712-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: UNO (1)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Secretaría de Relaciones Económicas Internacionales.

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Colaborar en la adecuada difusión pública de las actividades comerciales.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Asistir en la difusión de oportunidades comerciales, brindando especificaciones técnicas de los mercados potenciales a través de la elaboración de trípticos, gacetillas y boletines informativos.

• Participar en el desarrollo de herramientas informáticas para un acceso más dinámico y actualizado a la información del sector exportador.

• Mantener un registro actualizado con información de prensa institucional de las ferias y misiones comerciales internacionales, por mercado y producto.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

Capacitación y experiencia afín a la función.

Formación en redacción de publicaciones económicas y comerciales.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Elaboración de comunicados de prensa y cables de información institucional.

• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.

• Utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculos, representadores gráficos, correo electrónico e Internet.)

• Decreto Nº 1172/2003- Acceso a la información pública.

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nº 25.164.

• Estructura Organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Decretos Nº 878/2008, 2085/2011, 924/2011, 901/2012 - Decisiones Administrativas Nº 10/2002, 409/2012).

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

• Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Asistente de inversión comercial.

Código identificatorio:

2012-001713-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: UNO (1)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Secretaría de Relaciones Económicas Internacionales.

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Colaborar en el análisis y diagnóstico de la evolución de la inversión extranjera directa y de la internacionalización productiva de las empresas argentinas.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Elaborar informes periódicos y cuadros estadísticos para actualizar la información disponible en materia de promoción de inversiones.

• Actualizar la información disponible y los materiales de apoyo, en materia de identificación de oportunidades y necesidades de inversión, para la promoción del país como destino de la inversión extranjera directa.

• Atender las consultas de los potenciales inversores y destinatarios, con el objeto de contribuir a la expansión productiva internacional de las empresas.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

Capacitación y experiencia afín a la función.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Elaboración de estadísticas y bases de datos.

• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nº 25.164.

• Marco jurídico del Comercio Internacional y promoción de inversiones: Acuerdo sobre las Medidas en materia de Inversiones relacionadas con el Comercio. (OMC).

• Estrategias de Promoción de Inversiones e Incentivos. (www.inversiones.gov.ar).

• Estructura organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Decretos Nº 878/2008, 2085/2011, 924/2011, 901/2012 - Decisiones Administrativas Nº 10/2002, 409/2012).

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

• Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.
El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Asistente de demarcación de límites internacionales.

Códigos identificatorios:

2012-001837-MINREL-G-SI-X-C

2012-001838-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: DOS (2)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Juncal 851 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Secretaría de Relaciones Exteriores.

Subsecretaría de Política Latinoamericana.

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Brindar asistencia en la demarcación de límites internacionales.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Determinar puntos base, realizar la materialización y cálculo de terreno.

• Realizar tareas de medición en terreno y cálculo post proceso.

• Asistir en la elaboración de cartografía en base a imágenes satelitales.

• Colaborar en la interpretación de la documentación técnica de las mediciones en terreno.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

Capacitación y experiencia afín a la función.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Elaboración de informes y documentación administrativa.

• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.

• Conocimientos cartográficos, geodésicos, topográficos, de levantamientos aerofotogramétricos y de cálculos.

• Manejo de instrumental clásico (teodolitos, estaciones totales, niveles, etc.) y equipos de posicionamiento global (GPS), geodésicos y navegadores.

• Programas para la obtención de cartografía en base a imágenes satelitales y representación altimétrica por radar.

Conocimiento inicial de los siguientes ítems:

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nº 25.164.

• Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional. Decreto Nº 214/2006.

• Estructura Organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Decretos Nº 878/2008, 2085/2011, 924/2011, 901/2012 - Decisiones Administrativas Nº 10/2002, 409/2012).

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

• Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Asistente de coordinación de vuelos.

Código identificatorio:

2012-001532-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: UNO (1)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional.

Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa.

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Colaborar para una adecuada gestión del sistema de reservas de vuelos y la asistencia en viajes a los funcionarios de la Jurisdicción.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Asistir en la tramitación de las solicitudes y confecciones de reservas.

• Brindar a las áreas competentes información relacionada con servicios de vuelo y asistencia en viajes.

• Confeccionar bases de datos para la actualización de las solicitudes.

• Mantener un registro actualizado de las solicitudes de trámites que ingresen al área.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

Capacitación y experiencia afín a la función.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Elaboración de informes y documentación administrativa.

• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.

• Utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculos, representadores gráficos, correo electrónico e Internet.)

• Manual del Agente de Viajes, Edición Resolución 818g válido a partir del 1º de junio de 2011.

• Manejo del Sistema Amadeus (distribución global de viajes).

Conocimiento inicial de los siguientes ítems:

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nº 25.164.

• Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

• Ley Nº 25.188, Decreto Nº 862/01 y modificatorios (Etica en el ejercicio de la Función Pública).

• Estructura organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Decretos Nº 878/2008, 2085/2011, 924/2011, 901/2012 - Decisiones Administrativas Nº 10/2002, 409/2012).

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

• Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos- Esmeralda 1212 4º piso- y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

-Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Asistente de gestión de actividades e inversiones turísticas.

Código identificatorio:

2012-001732-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: UNO (1)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Secretaría de Relaciones Económicas Internacionales.

Subsecretaría de Desarrollo de Inversiones y Promoción Comercial.

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Colaborar en la formulación de estrategias de promoción de inversiones relacionadas al turismo.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Actualizar las bases de datos que contengan información cualitativa y estadística referente a la evolución de turismo e inversiones.

• Asistir a usuarios internos y externos, tomando como eje las políticas turísticas nacionales para el desarrollo de inversiones turísticas.

• Participar en la elaboración de propuestas para emprendimientos turísticos.

• Participar en la organización de seminarios, conferencias, ferias y cursos relacionados a la diversidad de oportunidades y proyectos de inversiones turísticas, en donde se brinde asistencia respecto a los marcos legales, fiscales y laborales de cumplimiento obligatorio.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

Capacitación y experiencia afín a la función.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Elaboración de estadísticas y bases de datos.

• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nº 25.164.

• Programa Nacional de Inversiones Turísticas (Ley Nº 25.997, reglamentada mediante el Decreto Nº 1.297/2006.

• Ley Nacional de Turismo, Inversión pública en Turismo, en el marco del Plan Federal Estratégico de Turismo Sustentable 2016).

• Estructura Organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Decretos Nº 878/2008, 2085/2011, 924/2011, 901/2012 - Decisiones Administrativas Nº 10/2002, 409/2012).

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

• Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Asistente de contabilidad de rendición de cuentas.

Código identificatorio:

2012-001582-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: UNO (1)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional.

Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa.

Dirección General de Administración.

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Garantizar el control efectivo de las cuentas de las Representaciones argentinas en el exterior.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Supervisar la carga de las rendiciones de cuentas en el Sistema Local Unificado (SLU).

• Efectuar el seguimiento del movimiento de fondos en materia de viáticos liquidados y rendidos.

• Realizar reclamos ante saldos pendientes de rendición.

• Elaborar informes periódicos para el relevamiento de las operaciones y registros contables en materia de rendición de cuentas.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

Capacitación y experiencia afín a la función.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Elaboración de informes y documentación administrativa.

• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.

• Utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculos, representadores gráficos, correo electrónico e Internet).

• Ley Nº 24.156 (Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su reglamento).

• Resolución Ministerial Nº 3106/1999- “Normas generales a que deben ajustar su gestión las Representaciones en materia de gastos” Título I; Título II: Cap. 1, 2 y 6; Título III; Título IV; Título V; Título VI.

• Decreto Nº 280/1995 y sus modificatorios y complementarios (Régimen al que se ajustarán los viajes al exterior).

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nº 25.164.

• Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional. Decreto Nº 214/2006.

• Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público. Decreto Nº 2098/2008.

• Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

• Estructura organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Decretos Nº 878/2008, 2085/2011, 924/2011, 901/2012 - Decisiones Administrativas Nº 10/2002, 409/2012).

• Manejo del Sistema Local Unificado (SLU).

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

• Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Asistente de gestión presupuestaria.

Código identificatorio:

2012-001583-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: UNO (1)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional.

Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa.

Dirección General de Administración.

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Asistir en la elaboración del plan de acción y presupuesto anual de gastos y cálculo de recursos del organismo.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Actualizar la información relacionada con la previsión de gastos y ajustes realizados en el presupuesto anual de gastos.

• Efectuar las imputaciones presupuestarias, constatando el respaldo documental de las transacciones.

• Conciliar los estados de ejecución del presupuesto con los emitidos por el órgano rector del sistema contable de la Administración Pública Nacional.

• Elaborar informes periódicos de los movimientos de las unidades ejecutoras de presupuestos.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

Capacitación y experiencia afín a la función.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Elaboración de informes y documentación administrativa.

• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.

• Utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculos, representadores gráficos, correo electrónico e Internet).

• Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación administrativa (Decreto Nº 333/85).

• Ley Nº 24.156 (Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional y su reglamento).

• Manual de formulación presupuestaria de la Administración Pública Nacional.

• Manual de clasificaciones presupuestarias para el Sector Público Nacional.

• Manejo del Sistema Local Unificado (SLU).

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

• Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Asistente de gestión consular.

Código identificatorio:

2012-001778-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: UNO (1)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Secretaría de Relaciones Exteriores.

Dirección General de Asuntos Consulares.

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Gestionar trámites y responder consultas en materia de asuntos consulares.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Gestionar trámites relativos a intervenciones consulares en documentación comercial y fiscal.

• Asistir a usuarios internos y externos en la aplicación del Reglamento Consular.

• Participar en la implementación y capacitación del sistema informático integral consular.

• Elaborar informes periódicos para el seguimiento de las rendiciones de cuentas enviadas por las oficinas consulares.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

Capacitación y experiencia afín a la función.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Elaboración de informes y actos administrativos.

• Utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculos, representadores gráficos, correo electrónico e Internet).

• Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72.

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nº 25.164.

• Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

• Reglamento Consular (Decreto Nº 8714/63).

• Reglamento para las Representaciones Diplomáticas de la República Argentina (Decreto Nº 7743/63).

• Estructura organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Decretos Nº 878/2008, 2085/2011, 924/2011, 901/2012 - Decisiones Administrativas Nº 10/2002, 409/2012).

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

• Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Asistente de administración de personal.

Código identificatorio:

2012-001669-MINREL-G-SI-X-C

2012-001670-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: DOS (2)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional.

Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa.

Dirección General de Recursos Humanos y Planeamiento Organizacional.

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Brindar asistencia para el desarrollo de programas y procedimientos de administración de la gestión de personal.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Asistir en el cumplimiento de las normas que regulan el empleo público, en materia de contrataciones de personal, licencias, actualización de legajos, presentación de declaraciones juradas patrimoniales, movimientos de personal y liquidación de sueldos.

• Participar en el desarrollo e incorporación de herramientas de gestión para el mejoramiento en la organización del trabajo en materia de movimientos de personal local de las Representaciones Diplomáticas y Consulares de la República.

• Asegurar la actualización de los sistemas de información de recursos humanos para optimizar la administración de personal.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

Capacitación y experiencia afín a la función.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72.

• Utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculos, representadores gráficos, correo electrónico e Internet.)

• Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación administrativa (Decreto Nº 333/85).

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nº 25.164.

• Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional. Decreto Nº 214/2006.

• Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08 y normas complementarias.

• Estructura Organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Decretos Nº 878/2008, 2085/2011, 924/2011, 901/2012 - Decisiones Administrativas Nº 10/2002, 409/2012).

• Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias (Decreto Nº 3413/79).

• Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

• Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Asistente de gestión del régimen de evaluación de desempeño del personal.

Código identificatorio:

2012-001671-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: UNO (1)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional.

Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa.

Dirección General de Recursos Humanos y Planeamiento Organizacional.

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Asistir en la gestión de los recursos humanos en el marco del Sistema Nacional de Empleo Público.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Participar en la administración del sistema de evaluación de desempeño de todos los agentes del organismo pertenecientes al Sistema Nacional de Empleo Público, en materia de implementación, ejecución y seguimiento del proceso.

• Asegurar la distribución y difusión de la documentación necesaria para garantizar el cumplimiento homogéneo del proceso de evaluación en todas las dependencias, de acuerdo a las normativas aplicables.

• Brindar asistencia a los miembros de los Comités de Evaluación para el cumplimiento en tiempo y forma de las fases del proceso.

• Mantener actualizado el cronograma de actividades de las fases del proceso de evaluación de desempeño, incluyendo la instancia de las reuniones de los Comités de Evaluación.

• Efectuar un seguimiento de las modificaciones en la situación de carrera del personal perteneciente al Sistema Nacional de Empleo Público, en materia de evaluaciones de desempeño.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

Capacitación y experiencia afín a la función.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Elaboración de informes y documentación administrativa.

• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.

• Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1.759/72.

• Utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculos, representadores gráficos, correo electrónico e Internet.)

• Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación administrativa (Decreto Nº 333/85).

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nº 25.164.

• Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por Decreto Nº 214/06.

• Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08.

• Resolución de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA Nº 021/93 y modificatorias (Subsistema de Evaluación de Desempeño).

• Estructura Organizativa del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Decreto Nº 878/2008, 2085/2011, 924/2011, 901/2012 - Decisiones Administrativas Nº 10/2002, 409/2012).

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

• Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Asistente de compras.

Código identificatorio:

2012-001429-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: UNO (1)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Balcarce 290 piso 3 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Dirección Nacional del Antártico.

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Colaborar en la ejecución del Plan Anual Antártico para la adquisición de materiales, suministros, máquinas y equipos.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Supervisar la tramitación de documentación administrativa para la gestión de las compras de insumos en el marco de la ejecución del Plan Anual Antártico, según las disposiciones legales vigentes.

• Colaborar en el seguimiento de actos licitatorios, vinculados con la gestión presupuestaria del Plan Anual Antártico.

• Mantener un registro actualizado de la distribución de bienes y servicios adquiridos, para una gestión y disponibilidad eficiente de los mismos.

• Controlar los registros contables de las operaciones y movimientos de fondos.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

Capacitación y experiencia afín a la función.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Elaboración de informes y documentación administrativa.

• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.

• Utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculos, representadores gráficos, correo electrónico e Internet.)

• Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación administrativa (Decreto Nº 333/85).

• Ley Nº 15.802 (Tratado Antártico y sus acuerdos complementarios).

• Ley Nº 18.513 (Bases jurídicas, orgánicas y funcionales para el planeamiento, programación, dirección, ejecución, coordinación y control de la actividad antártica argentina).

• Decreto Nº 2316/90 (Política Nacional Antártica).

• Decreto Nº 1023/01 Régimen de contrataciones de la Administración Nacional y su Decreto Reglamentario Nº 893/2012.

• Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nº 25.164.

• Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional. Decreto Nº 214/2006.

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

• Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).

BASES DEL CONCURSO

C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SELECCIONA

Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección General

1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:

Denominación del puesto: Asistente en oceanografía física de la Antártida

Código identificatorio:

2012-001436-MINREL-G-SI-X-C

Cantidad de cargos a cubrir: UNO (1)

Dedicación horaria semanal: 40 horas

Agrupamiento: General

Tramo: General

Nivel: C

Remuneración Bruta*: $ 6.681,35

Localización del puesto: Balcarce 290 piso 3 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013

2- SISTEMA DE SELECCION:

General: podrá participar únicamente el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, de planta permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164.

3- ESCALA JERARQUICA:

Dirección Nacional del Antártico.

4- OBJETIVO DEL PUESTO:

Colaborar para el adecuado mantenimiento del equipamiento científico utilizado para las investigaciones de oceanografía física.

5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:

• Colaborar en la planificación de la disponibilidad de equipamiento técnico destinado a la obtención de datos de oceanografía física en la Antártida.

• Asistir en el desarrollo, reparación y/o calibración del instrumental científico, hardware y software específico, para el desarrollo de los programas del área.

• Brindar asistencia al personal científico en las tareas generales del proyecto.

• Procesar datos de las muestras obtenidas.

6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:

Supone responsabilidad por el cumplimiento o materialización de las metas y los resultados encomendados con sujeción a normas y procedimientos jurídicos, profesionales o técnicos específicos, con autonomía para aplicar la iniciativa personal en la resolución de problemas dentro de las pautas establecidas.

7- REQUISITOS EXCLUYENTES:

• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”

• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).

• Estudios: título de nivel secundario completo.

• Experiencia laboral: se deberá acreditar experiencia laboral concreta para la función que corresponda al cargo atinente por un término no inferior a DIEZ (10) años.

8- REQUISITOS DESEABLES:

Participación en Campañas Antárticas desarrollando actividades de apoyo de campo a grupos de investigación científica relacionadas con el cargo.
Idioma Inglés: nivel básico.

9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:

Conocimiento medio de los siguientes ítems:

• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.

• Manejo de herramientas informáticas: procesador de texto, planilla de cálculo.

• Ley Nº 15.802 (Tratado Antártico y sus acuerdos complementarios).

• Ley Nº 18.513 (Bases jurídicas, orgánicas y funcionales para el planeamiento, programación, dirección, ejecución, coordinación y control de la actividad antártica argentina).

• Ley Nº 24.216 (Tratado Antártico - Protección del Medio Ambiente).

• Ley Nº 25.260 (Aprobación del Anexo V del Protocolo al Tratado Antártico sobre protección del Medio Ambiente).

• Decreto Nº 2316/90 (Política Nacional Antártica).

• Ley Nº 22.584 (Convención sobre conservación de los recursos vivos marinos antárticos).

• Carta Iberoamericana de la Función Pública.

10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:

• Compromiso con el aprendizaje: Utiliza eficazmente los recursos disponibles para el aprendizaje continuo.

• Flexibilidad: Adapta las acciones a la situación o a las reacciones de los demás, efectuando cambios inmediatos y evaluando el riesgo de su aplicación.

• Compromiso con la organización: Se compromete con la estrategia del organismo y su realización exitosa.

11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:

• Experiencia laboral: se podrá acreditar experiencia laboral atinente a las funciones a desempeñar por un término no inferior a CINCO (5) años (conforme lo previsto en el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes.

b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección, siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las diversas modalidades vigentes.

Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS SESENTA (360) días.

• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº 274/2013).

• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección. En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen. Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en el que se agotara el término establecido.

En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir del vencimiento del término original.

El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su inscripción y constará como condición en el acto de su designación en el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.

12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:

Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)

Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)

Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)

Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)

Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:

Titular: Licenciada Da. Susana Elena RUIZ (D.N.I. Nº 5.235.166)

Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)

Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (www.cancilleria.gov.ar).

Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.

La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.

Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el referido órgano se expida.

RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:

Art. 17.- Serán causas legales de recusación:

1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.

2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.

3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.

4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.

5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito.

6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.

7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.

8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.

9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.

10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a conocer el asunto.

EXCUSACION:

Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo, podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.

No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.

13- PROCESO DE SELECCION:

El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:

• Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje: CIEN (100), de los cuales CUARENTA (40) puntos serán destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes SESENTA (60) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Técnica: se realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA (1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de selección.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA (50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de cada persona. Accederán a la siguiente etapa quiénes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.

• Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:

El primero dirigido a obtener información que complemente la apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la determinación que adopte.

El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.

Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100) PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.

• Evaluación del Perfil Psicológico: Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las características de personalidad vinculadas con el mejor logro del desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada” (Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).

14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:

Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.

La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:

• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 30%.

• Evaluación Técnica: 60%.

• Evaluación Laboral: 10%.

El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.

El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.

El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden de Mérito será notificado a los interesados.

Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991).

15- CRONOGRAMA TENTATIVO:

La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la siguiente información:

a) Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.

b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.

c) Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.

d) Primera etapa de evaluación: Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de marzo de 2014.

e) Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.

f) Tercera etapa de evaluación: se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.

g) Cuarta etapa de evaluación: Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.

h) Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.

16- INFORMES E INSCRIPCION:

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso— y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:

Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.

Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (www.cancilleria.gov.ar).

El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera ingresar.

Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.

El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y GUARDAR para registrar la información.

Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.

Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.

- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.

- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.

- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.

18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:

Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado. La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones generales establecidas por la normativa que regula el sistema de selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

1) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas.

2) DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

3) Fotocopia de los certificados de estudios y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevará a no considerar el antecedente declarado.

4) Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

5) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.

6) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

Preinscripción electrónica: Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”. Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: Desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo.

Recuerde que:

• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria tanto en forma electrónica como impresa.

• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos consignados.

• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.

• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo las bases del concurso al cual se postula.

• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios antes de su presentación al primer examen.

• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como consecuencia del proceso de selección.

• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no concurriera a las actividades previstas para la realización de las etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica, Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil Psicológico).