MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Resolución Nº 539/2013
Bs. As., 12/11/2013
VISTO el Expediente Nº 13.709/2013 del Registro del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de
diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 544 de fecha 20 de
julio de 2012, las Resoluciones Nros. 39 de fecha 18 de marzo de 2010
de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y 190 de fecha 10 de mayo de 2013 del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 2098/08 se homologó el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP).
Que por la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION
PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el régimen de
Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
(SINEP).
Que por la decisión administrativa citada en el Visto se exceptuó al
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO de la prohibición contenida
en el Artículo 7° de la Ley Nº 26.728, a los efectos de posibilitar la
cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente.
Que por la Resolución Nº 190/13 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO se designaron a los integrantes del Comité de Selección para la
cobertura de VEINTISEIS (26) cargos vacantes y financiados, quienes
definieron las bases del concurso consignadas en el Acta Nº 1 de fecha
31 de octubre de 2013, según lo estipulado en el Artículo 10 del Anexo
I de la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION
PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que a los fines de proceder a la mencionada cobertura, resulta
necesaria la aprobación de las bases del concurso, de acuerdo a lo
previsto en el Artículo 15 del Anexo I de la Resolución Nº 39/10 de la
entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA y la SECRETARIA DE
COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL prestan conformidad al dictado
de la presente resolución.
Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta en el marco de las atribuciones
emergentes del Artículo 15 del Anexo I de la Resolución Nº 39 de fecha
18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Por ello,
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébanse las bases del concurso definidas por el Comité
de Selección para la cobertura de VEINTISEIS (26) cargos vacantes y
financiados, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo que forma parte
integrante de la presente resolución.
ARTICULO 2° — Llámese a concurso mediante convocatoria extraordinaria y
abierta, para la cobertura de VEINTISEIS (26) cargos vacantes y
financiados.
ARTICULO 3° — Fíjase el período de inscripción de postulantes entre los
días 29 de noviembre y 12 de diciembre de 2013 inclusive, para los
cargos mencionados en el artículo precedente.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 660/2013 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto B.O. 22/1/2014 se suspenden de conformidad con lo previsto en el Artículo
12 del Anexo I de la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA, modificada por la Resolución Nº 467/12 de la
SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA, durante los meses
de enero y febrero de 2014, el plazo previsto en el Artículo 42 del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), en los concursos convocados
por las Resoluciones Nros. 539/13 y 540/13, esta última modificada por
la Resolución Nº 597 de fecha 10 de diciembre de 2013, todas ellas del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO)
ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — HECTOR M. TIMERMAN, Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto.
ANEXO
BASES DEL CONCURSO
C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SELECCIONA
Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección Abierto
1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:
Denominación del puesto: Auxiliar de logística.
Códigos identificatorios:
2012-001441-MINREL-G-SI-X-E
2012-001442-MINREL-G-SI-X-E
Cantidad de cargos a cubrir: DOS (2)
Dedicación horaria semanal: 35 horas
Agrupamiento: General
Tramo: General
Nivel: E
Remuneración Bruta*: $ 4.680,65
Localización del puesto: Balcarce 290 piso 3 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013
2- SISTEMA DE SELECCION:
Abierto: podrá participar toda persona que reúna los requisitos mínimos exigidos.
3- ESCALA JERARQUICA:
Dirección Nacional del Antártico.
4- OBJETIVO DEL PUESTO:
Colaborar con las tareas de logística y mantenimiento en las Campañas Antárticas.
5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:
• Contribuir con las tareas de mantenimiento y reparación de motores, vehículos livianos y otros.
• Contribuir con las tareas de logística necesarias para el desarrollo de las Campañas Antárticas.
• Realizar la distribución y traslados de insumos.
• Participar en la instalación de las Bases.
• Colaborar con las tareas administrativas.
6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:
Supone responsabilidad por la correcta aplicación de los
procedimientos, métodos y rutinas así como el adecuado resultado de las
tareas individuales o grupales sujeto a instrucciones de su superior y
a normas de trabajo determinadas, con alternativas de simple elección
de medios para su desempeño.
7- REQUISITOS EXCLUYENTES:
• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de
Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad
prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”
• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de
Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante
fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley
Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).
• Estudios: Título de nivel secundario completo correspondiente a
orientaciones técnicas administrativas de ciclos de formación
superiores a CINCO (5) años; o
Título de nivel secundario completo con conocimientos y capacidades
básicas para las tareas mediante capacitación específica o experiencia
laboral afín de al menos SEIS (6) meses.
8- REQUISITOS DESEABLES:
• Participación en Campañas Antárticas.
9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:
Conocimiento básico de los siguientes ítems:
• Utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculo,
representadores gráficos, correo electrónico e Internet).
• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.
• Ley Nº 15.802 (Tratado Antártico y sus acuerdos complementarios)
• Ley Nº 24.051 (Residuos peligrosos)
• Decreto Nº 2316/90 (Política Nacional Antártica)
• Carta Iberoamericana de la Función Pública. Capítulos segundo y tercero.
10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:
Trabajo en equipo y cooperación:
• Contribuye a los esfuerzos del equipo y coopera para los objetivos comunes.
Proactividad:
• Reporta dificultades y actúa para resolver los problemas que se presentan en su trabajo.
• Está comprometido con la calidad del resultado de su trabajo.
Compromiso con el aprendizaje:
• Progresa consistentemente en sus conocimientos en el área de su competencia.
• Aprovecha la oferta de cursos y la red de trabajo de la organización para el aprendizaje continuo.
11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:
• Estudios: se podrá exigir título de nivel secundario completo y
conocimientos y capacidades básicas para las tareas mediante
capacitación específica, o experiencia laboral afín de al menos TRES
(3) meses (conforme lo previsto en el artículo 130 en el Acta Acuerdo
de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº
274/2013)
• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen
sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de
título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de
selección para la cobertura de cargos vacantes.
b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos
vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección,
siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera
consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las
jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo
personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las
diversas modalidades vigentes.
Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual
consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de
diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se
hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS
SESENTA (360) días.
• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el
artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de
Empleo Público – Decreto Nº 274/2013)
• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del
nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito
definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta
SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio
del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección.
En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el
cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la
jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en
carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para
obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el
régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia
especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen.
Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a
tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su
designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad
deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en
el que se agotara el término establecido.
En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA
(730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó
los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga
de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir
del vencimiento del término original.
El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su
inscripción y constará como condición en el acto de su designación en
el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.
12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:
Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)
Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)
Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)
Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)
Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:
Titular: Licenciada Da. Susana RUIZ (D.N.I. Nº 5.325.166)
Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)
Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de
Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de
Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción.
(www.cancilleria.gov.ar)
Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las
causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y
Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.
La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su
inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en
oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.
Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las
recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el
referido órgano se expida.
RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:
Art. 17.- Serán causas legales de recusación:
1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo
de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.
2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado
expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro
semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes,
procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.
3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.
4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.
5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el
recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la
iniciación del pleito.
6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos
de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte
Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.
7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido
opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o
después de comenzado.
8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.
9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.
10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se
manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación
por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a
conocer el asunto.
EXCUSACION:
Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas
de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo,
podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de
conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.
No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.
13- PROCESO DE SELECCION:
El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas
excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:
•
Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales:
Puntaje: CIEN (100), de los cuales TREINTA Y CINCO (35) puntos serán
destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los
restantes SESENTA Y CINCO (65) puntos a los Antecedentes Laborales.
Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA
(60) puntos.
•
Evaluación Técnica: se
realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA
(1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de
anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de
definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara
en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de
selección.
Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA
(50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el
Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados
todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá
a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de
cada persona. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al
menos SESENTA (60) puntos.
•
Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá
en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de
Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes
Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias
laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:
El primero dirigido a obtener información que complemente la
apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en
la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar
el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos
el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la
determinación que adopte.
El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.
Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes
hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100)
PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.
•
Evaluación del Perfil Psicológico: Se
evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las
características de personalidad vinculadas con el mejor logro del
desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por
un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la
calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada”
(Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).
14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:
Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.
La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:
• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 35%
• Evaluación Técnica: 60%.
• Evaluación Laboral: 5%.
El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la
Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este
Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.
El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.
El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el
expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden
de Mérito será notificado a los interesados.
Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo
podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos
Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº
1.759/72 (t.o. 1991).
15- CRONOGRAMA TENTATIVO:
La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto
constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la
siguiente información:
a)
Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.
b) Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de
noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.
c)
Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible
a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los
listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.
d)
Primera etapa de evaluación: Antecedentes
Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21
de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de
marzo de 2014.
e)
Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.
f)
Tercera etapa de evaluación:
se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de
Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9
de mayo.
g)
Cuarta etapa de evaluación:
Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la
finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.
h)
Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.
16- INFORMES E INSCRIPCION:
La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor
resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las
bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa
aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en
la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso—
y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
(www.cancilleria.gov.ar)
17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:
Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.
Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (
www.cancilleria.gov.ar)
El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de
usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera
ingresar.
Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.
El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la
carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y
GUARDAR para registrar la información.
Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá
postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa
INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los
cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al
finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.
Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la
documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por
CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.
- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.
- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.
- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.
18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:
Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción
deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones
generales establecidas por la normativa que regula el sistema de
selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.
Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:
1)
Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción”
debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante
presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser
firmado en todas sus hojas.
2)
DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas.
El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de
formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de
requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.
3)
Fotocopia de los certificados de
estudios y de la documentación que respalde toda otra información
volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción.
Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación
original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su
correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo
requerido o la falta de presentación de la documentación original
llevará a no considerar el antecedente declarado.
4)
Cuando el postulante no fuera
personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá
adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y
fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de
Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio
actualizado.
5)
Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164
y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO
COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL,
homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para
el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.
6)
Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”,
reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que
regula los procesos de selección en general, las condiciones
específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección
de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los
resultados respectivos y las Bases del Concurso.
Preinscripción electrónica: Desde
el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema
de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto,
www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”.
Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.
Inscripción Documental: Desde
el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en
Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de
inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar
el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto
la fecha del franqueo.
Recuerde que:
• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán
carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe
dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria
tanto en forma electrónica como impresa.
• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá
añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos
consignados.
• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del
postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo
las bases del concurso al cual se postula.
• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el
postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios
antes de su presentación al primer examen.
• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá
generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para
todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como
consecuencia del proceso de selección.
• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no
concurriera a las actividades previstas para la realización de las
etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica,
Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil
Psicológico).
• Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema
Nacional de Empleo Público deberá adjuntar, además, DOS (2) fotografías
recientes tipo carné, tamaño CUATRO POR CUATRO (4X4) cm. y fotocopia de
las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como
de aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.
BASES DEL CONCURSO
C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
SELECCIONA
Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección Abierto
1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:
Denominación del puesto: Auxiliar en construcción y mantenimiento de bases antárticas.
Código identificatorio:
2012-001443-MINREL-G-SI-X-E
2012-001444-MINREL-G-SI-X-E
2012-001445-MINREL-G-SI-X-E
Cantidad de cargos a cubrir: TRES (3)
Dedicación horaria semanal: 35 horas.
Agrupamiento: General
Tramo: General
Nivel: E
Remuneración Bruta*: $ 4.680,65
Localización del puesto: Balcarce 290 piso 3 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013
2- SISTEMA DE SELECCION:
Abierto: podrá participar toda persona que reúna los requisitos mínimos exigidos.
3- ESCALA JERARQUICA:
Dirección Nacional del Antártico
4- OBJETIVO DEL PUESTO:
Colaborar en el relevamiento y mantenimiento de las instalaciones antárticas.
5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:
• Auxiliar en el relevamiento de las condiciones edilicias de las bases y otras instalaciones antárticas.
• Asistir en tareas de mantenimiento edilicio preventivo y correctivo en las bases antárticas.
• Brindar asistencia en la confección de requerimientos de compras para
afrontar la realización de construcciones y/o mantenimiento de las
bases antárticas.
6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:
Supone responsabilidad por la correcta aplicación de los
procedimientos, métodos y rutinas así como el adecuado resultado de las
tareas individuales o grupales sujeto a instrucciones de su superior y
a normas de trabajo determinadas, con alternativas de simple elección
de medios para su desempeño.
7- REQUISITOS EXCLUYENTES:
• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de
Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad
prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”
• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de
Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante
fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley
Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).
• Estudios: Título de nivel secundario completo correspondiente a
orientaciones técnicas administrativas de ciclos de formación
superiores a CINCO (5) años; o
Título de nivel secundario completo con conocimientos y capacidades
básicas para las tareas mediante capacitación específica o experiencia
laboral afín de al menos SEIS (6) meses.
8- REQUISITOS DESEABLES:
• Participación en Campañas Antárticas.
• Experiencia en manejo de equipos e instrumental afín a la función.
9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:
Conocimiento básico de los siguientes ítems:
• Utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculo,
representadores gráficos, correo electrónico e Internet).
• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.
• Ley Nº 15.802 (Tratado Antártico y sus acuerdos complementarios)
• Ley Nº 24.051 (Residuos peligrosos)
• Decreto Nº 2316/90 (Política Nacional Antártica)
• Carta Iberoamericana de la Función Pública. Capítulos segundo y tercero.
10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:
Trabajo en equipo y cooperación:
• Contribuye a los esfuerzos del equipo y coopera para los objetivos comunes.
Proactividad:
• Reporta dificultades y actúa para resolver los problemas que se presentan en su trabajo.
• Está comprometido con la calidad del resultado de su trabajo.
Compromiso con el aprendizaje:
• Progresa consistentemente en sus conocimientos en el área de su competencia.
• Aprovecha la oferta de cursos y la red de trabajo de la organización para el aprendizaje continuo.
11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:
• Estudios: se podrá exigir título de nivel secundario completo y
conocimientos y capacidades básicas para las tareas mediante
capacitación específica, o experiencia laboral afín de al menos TRES
(3) meses (conforme lo previsto en el artículo 130 en el Acta Acuerdo
de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº
274/2013)
• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen
sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de
título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de
selección para la cobertura de cargos vacantes.
b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos
vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección,
siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera
consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las
jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo
personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las
diversas modalidades vigentes.
Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual
consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de
diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se
hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS
SESENTA (360) días.
• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el
artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de
Empleo Público - Decreto Nº 274/2013)
• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del
nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito
definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta
SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio
del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección.
En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el
cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la
jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en
carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para
obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el
régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia
especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen.
Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a
tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su
designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad
deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en
el que se agotara el término establecido.
En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA
(730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó
los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga
de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir
del vencimiento del término original.
El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su
inscripción y constará como condición en el acto de su designación en
el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.
12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:
Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)
Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)
Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)
Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)
Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:
Titular: Licenciada Da. Susana RUIZ (D.N.I. Nº 5.325.166)
Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)
Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de
Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de
Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (
www.cancilleria.gov.ar)
Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las
causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y
Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.
La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su
inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en
oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.
Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las
recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el
referido órgano se expida.
RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:
Art. 17.- Serán causas legales de recusación:
1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo
de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.
2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado
expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro
semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes,
procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.
3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.
4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.
5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el
recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la
iniciación del pleito.
6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos
de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte
Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.
7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido
opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o
después de comenzado.
8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.
9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.
10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se
manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación
por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a
conocer el asunto.
EXCUSACION:
Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas
de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo,
podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de
conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.
No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.
13- PROCESO DE SELECCION:
El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas
excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:
•
Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje:
CIEN (100), de los cuales TREINTA Y CINCO (35) puntos serán destinados
a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes
SESENTA Y CINCO (65) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a
la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.
•
Evaluación Técnica: se
realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA
(1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de
anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de
definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara
en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de
selección.
Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA
(50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el
Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados
todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá
a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de
cada persona. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al
menos SESENTA (60) puntos.
•
Evaluación Laboral mediante Entrevista:
Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará
una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los
Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás
competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2)
momentos:
El primero dirigido a obtener información que complemente la
apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en
la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar
el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos
el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la
determinación que adopte.
El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.
Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes
hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100)
PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.
•
Evaluación del Perfil Psicológico: Se
evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las
características de personalidad vinculadas con el mejor logro del
desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por
un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la
calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada”
(Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).
14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:
Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.
La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:
• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 35%.
• Evaluación Técnica: 60%.
• Evaluación Laboral: 5%.
El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la
Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este
Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.
El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.
El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el
expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden
de Mérito será notificado a los interesados.
Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo
podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos
Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº
1.759/72 (t.o. 1991).
15- CRONOGRAMA TENTATIVO:
La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto
constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la
siguiente información:
a)
Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.
b)
Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.
c)
Listado de admitidos y no admitidos al proceso:
disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la
inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3)
días.
d)
Primera etapa de evaluación: Antecedentes
Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21
de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de
marzo de 2014.
e)
Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.
f)
Tercera etapa de evaluación:
se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de
Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9
de mayo.
g)
Cuarta etapa de evaluación:
Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la
finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.
h)
Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.
16- INFORMES E INSCRIPCION:
La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor
resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las
bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa
aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en
la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso—
y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (
www.cancilleria.gov.ar)
17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:
Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.
Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página
Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
(www.cancilleria.gov.ar)
El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de
usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera
ingresar.
Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.
El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la
carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y
GUARDAR para registrar la información.
Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá
postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa
INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los
cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al
finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.
Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la
documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por
CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.
- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.
- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.
- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.
18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:
Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción
deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones
generales establecidas por la normativa que regula el sistema de
selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.
Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:
1)
Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción”
debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante
presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser
firmado en todas sus hojas.
2)
DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas.
El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de
formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de
requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.
3)
Fotocopia de los certificados de
estudios y de la documentación que respalde toda otra información
volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción.
Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación
original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su
correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo
requerido o la falta de presentación de la documentación original
llevará a no considerar el antecedente declarado.
4)
Cuando el postulante no fuera
personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá
adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y
fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de
Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio
actualizado.
5)
Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164
y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO
COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL,
homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para
el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.
6)
Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”,
reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que
regula los procesos de selección en general, las condiciones
específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección
de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los
resultados respectivos y las Bases del Concurso.
Preinscripción electrónica:
Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el
Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto,
www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”.
Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.
Inscripción Documental: Desde
el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en
Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de
inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar
el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto
la fecha del franqueo.
Recuerde que:
• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán
carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe
dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria
tanto en forma electrónica como impresa.
• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá
añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos
consignados.
• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del
postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo
las bases del concurso al cual se postula.
• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el
postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios
antes de su presentación al primer examen.
• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá
generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para
todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como
consecuencia del proceso de selección.
• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no
concurriera a las actividades previstas para la realización de las
etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica,
Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil
Psicológico).
• Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema
Nacional de Empleo Público deberá adjuntar, además, DOS (2) fotografías
recientes tipo carné, tamaño CUATRO POR CUATRO (4X4) cm. y fotocopia de
las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como
de aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.
BASES DEL CONCURSO
C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
SELECCIONA
Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección Abierto
1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:
Denominación del puesto: Cadete/Gestor
Código identificatorio:
2012-001420-MINREL-G-SI-X-E
2012-001678-MINREL-G-SI-X-E
Cantidad de cargos a cubrir: DOS (2)
Dedicación horaria semanal: 35 horas
Agrupamiento: General
Tramo: General
Nivel: E
Remuneración Bruta*: $ 4.680,65
Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013
2- SISTEMA DE SELECCION:
Abierto: podrá participar toda persona que reúna los requisitos mínimos exigidos.
3- ESCALA JERARQUICA:
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
4- OBJETIVO DEL PUESTO:
Diligenciar la documentación interna y externa del organismo de acuerdo a los requerimientos de las diversas áreas.
5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:
• Distribuir correspondencia y documentación a otras áreas o dependencias.
• Realizar diligencias y trámites.
• Organizar la recepción y derivación de la correspondencia y/o expedientes.
• Colaborar en las actividades administrativas del área.
6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:
Supone responsabilidad por la correcta aplicación de los
procedimientos, métodos y rutinas así como el adecuado resultado de las
tareas individuales o grupales sujeto a instrucciones de su superior y
a normas de trabajo determinadas, con alternativas de simple elección
de medios para su desempeño.
7- REQUISITOS EXCLUYENTES:
• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de
Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad
prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”
• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de
Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante
fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley
Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).
• Estudios: Título de nivel secundario completo correspondiente a
orientaciones técnicas administrativas de ciclos de formación
superiores a CINCO (5) años; o
Título de nivel secundario completo con conocimientos y capacidades
básicas para las tareas mediante capacitación específica o experiencia
laboral afín de al menos SEIS (6) meses.
8- REQUISITOS DESEABLES:
Capacitación y experiencia afín a la función.
9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:
Nivel inicial de:
• Utilitarios informáticos (procesador de textos, planillas de cálculo,
representadores gráficos, correo electrónico e Internet).
• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.
• Elaboración de documentación administrativa.
• Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los
proyectos de actos y documentación administrativa. Decreto Nº 333/1985.
• Estructura de la Administración Pública Nacional: Ministerios,
cantidad y denominación, niveles jerárquicos típicos. (Ver Mapa del
Estado:
http://www.sgp.gob.ar/dno/sitio/index.htm)
• Decreto Nº 759/66 Reglamento para Mesa de Entradas, Salidas y Archivo.
10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:
Trabajo en equipo y cooperación:
• Contribuye a los esfuerzos del equipo y coopera para los objetivos comunes.
Proactividad:
• Reporta dificultades y actúa para resolver los problemas que se presentan en su trabajo.
• Está comprometido con la calidad del resultado de su trabajo.
Compromiso con el aprendizaje:
• Progresa consistentemente en sus conocimientos en el área de su competencia.
• Aprovecha la oferta de cursos y la red de trabajo de la organización para el aprendizaje continuo.
11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:
• Estudios: se podrá exigir título de nivel secundario completo y
conocimientos y capacidades básicas para las tareas mediante
capacitación específica, o experiencia laboral afín de al menos TRES
(3) meses (conforme lo previsto en el artículo 130 en el Acta Acuerdo
de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº
274/2013)
• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen
sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de
título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de
selección para la cobertura de cargos vacantes.
b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos
vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección,
siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera
consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las
jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo
personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las
diversas modalidades vigentes.
Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual
consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de
diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se
hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS
SESENTA (360) días.
• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el
artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de
Empleo Público – Decreto Nº 274/2013)
• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del
nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito
definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta
SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio
del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección.
En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el
cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la
jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en
carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para
obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el
régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia
especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen.
Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a
tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su
designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad
deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en
el que se agotara el término establecido.
En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA
(730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó
los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga
de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir
del vencimiento del término original.
El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su
inscripción y constará como condición en el acto de su designación en
el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.
12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:
Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)
Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)
Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)
Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)
Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:
Titular: Licenciada Da. Susana RUIZ (D.N.I. Nº 5.325.166)
Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)
Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de
Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de
Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción. (
www.cancilleria.gov.ar)
Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las
causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y
Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.
La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su
inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en
oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.
Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las
recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el
referido órgano se expida.
RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:
Art. 17.- Serán causas legales de recusación:
1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo
de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.
2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado
expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro
semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes,
procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.
3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.
4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.
5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el
recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la
iniciación del pleito.
6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos
de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte
Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.
7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido
opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o
después de comenzado.
8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.
9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.
10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se
manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación
por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a
conocer el asunto.
EXCUSACION:
Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas
de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo,
podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de
conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.
No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.
13- PROCESO DE SELECCION:
El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas
excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:
•
Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje:
CIEN (100), de los cuales TREINTA Y CINCO (35) puntos serán destinados
a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes
SESENTA Y CINCO (65) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a
la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.
•
Evaluación Técnica: se
realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA
(1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de
anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de
definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara
en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de
selección.
Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA
(50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el
Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados
todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá
a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de
cada persona. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al
menos SESENTA (60) puntos.
•
Evaluación Laboral mediante Entrevista:
Consistirá en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará
una Guía de Entrevista para completar la apreciación de los
Antecedentes Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás
competencias laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2)
momentos:
El primero dirigido a obtener información que complemente la
apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en
la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar
el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos
el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la
determinación que adopte.
El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.
Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes
hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100)
PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.
•
Evaluación del Perfil Psicológico:
Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las
características de personalidad vinculadas con el mejor logro del
desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por
un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la
calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada”
(Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).
14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:
Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.
La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:
• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 35%.
• Evaluación Técnica: 60%.
• Evaluación Laboral: 5%.
El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la
Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este
Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.
El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.
El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el
expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden
de Mérito será notificado a los interesados.
Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo
podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos
Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº
1.759/72 (t.o. 1991).
15- CRONOGRAMA TENTATIVO:
La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto
constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la
siguiente información:
a)
Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.
b)
Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.
c)
Listado de admitidos y no admitidos al proceso:
disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la
inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3)
días.
d)
Primera etapa de evaluación:
Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de
marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a
partir del 25 de marzo de 2014.
e)
Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.
f)
Tercera etapa de evaluación:
se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de
Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9
de mayo.
g)
Cuarta etapa de evaluación: Evaluación
del perfil psicológico: será realizada a partir de la finalización de
la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.
h)
Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.
16- INFORMES E INSCRIPCION:
La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor
resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las
bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa
aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en
la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso—
y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (
www.cancilleria.gov.ar)
17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:
Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.
Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (
www.cancilleria.gov.ar)
El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de
usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera
ingresar.
Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.
El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la
carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y
GUARDAR para registrar la información.
Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá
postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa
INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los
cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al
finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.
Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la
documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por
CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.
- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.
- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.
- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.
18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:
Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción
deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones
generales establecidas por la normativa que regula el sistema de
selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.
Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:
1)
Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción”
debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante
presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser
firmado en todas sus hojas.
2)
DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas.
El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de
formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de
requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.
3)
Fotocopia de los certificados de
estudios y de la documentación que respalde toda otra información
volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción.
Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación
original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su
correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo
requerido o la falta de presentación de la documentación original
llevará a no considerar el antecedente declarado.
4)
Cuando el postulante no fuera
personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá
adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y
fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de
Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio
actualizado.
5)
Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164
y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO
COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL,
homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para
el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.
6)
Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”,
reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que
regula los procesos de selección en general, las condiciones
específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección
de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los
resultados respectivos y las Bases del Concurso.
Preinscripción electrónica:
Desde el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el
Sistema de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto,
www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”.
Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.
Inscripción Documental: Desde
el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en
Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de
inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar
el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto
la fecha del franqueo.
Recuerde que:
• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán
carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe
dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria
tanto en forma electrónica como impresa.
• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá
añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos
consignados.
• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del
postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo
las bases del concurso al cual se postula.
• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el
postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios
antes de su presentación al primer examen.
• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá
generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para
todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como
consecuencia del proceso de selección.
• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no
concurriera a las actividades previstas para la realización de las
etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica,
Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil
Psicológico).
• Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema
Nacional de Empleo Público deberá adjuntar, además, DOS (2) fotografías
recientes tipo carné, tamaño CUATRO POR CUATRO (4X4) cm. y fotocopia de
las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como
de aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.
BASES DEL CONCURSO
C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
SELECCIONA
Se llama a concurso mediante
Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección Abierto
1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:
Denominación del puesto: Auxiliar Administrativo.
Códigos identificatorios:
2012-001437-MINREL-G-SI-X-E
2012-001438-MINREL-G-SI-X-E
2012-001439-MINREL-G-SI-X-E
2012-001440-MINREL-G-SI-X-E
2012-001457-MINREL-G-SI-X-E
2012-001533-MINREL-G-SI-X-E
2012-001676-MINREL-G-SI-X-E
2012-001677-MINREL-G-SI-X-E
2012-001700-MINREL-G-SI-X-E
2012-001701-MINREL-G-SI-X-E
2012-001733-MINREL-G-SI-X-E
2012-001748-MINREL-G-SI-X-E
2012-001779-MINREL-G-SI-X-E
2012-001839-MINREL-G-SI-X-E
2012-001852-MINREL-G-SI-X-E
2012-001853-MINREL-G-SI-X-E
2012-001761-MINREL-G-SI-X-E *
2012-001675-MINREL-G-SI-X-E *
* ESTOS CARGOS SE ENCUENTRAN
RESERVADOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE REUNAN CONDICIONES DE
IDONEIDAD PARA LOS MISMOS, SEGUN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 8º DE LA
LEY Nº 22.431
Cantidad de cargos a cubrir: DIECIOCHO (18)
Dedicación horaria semanal: 35 horas.
Agrupamiento: General
Tramo: General
Nivel: E
Remuneración Bruta**: $ 4.680,65
Localización del puesto: Esmeralda 1212 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
** Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013.
2- SISTEMA DE SELECCION:
Abierto: podrá participar toda persona que reúna los requisitos mínimos exigidos.
3- ESCALA JERARQUICA:
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
4- OBJETIVO DEL PUESTO:
Contribuir al soporte administrativo para el efectivo funcionamiento de la unidad organizativa.
5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:
1 Transcribir textos con corrección ortográfica, formato establecido y en tiempo adecuado.
2 Imprimir o reproducir documentación.
3 Transmitir documentación y/o información a través del uso de medios de tele transmisión (fax, correo electrónico, etc.)
4 Recibir y distribuir la documentación que ingrese y egrese a la unidad organizativa.
5 Realizar tareas de armado general y foliatura de expedientes.
6 Archivar, recuperar y tramitar la documentación ingresada o salida.
7 Ubicar e informar la ubicación de expedientes o actuaciones según requerimiento.
8 Ingresar datos en las bases respectivas y operar planillas de cálculo ya establecidas por la administración.
9 Colaborar en la atención al público y a usuarios internos, sea
personal o telefónicamente, informando adecuadamente dentro de las
materias de su competencia y conocimiento o, cuando sea necesario,
haciendo las derivaciones pertinentes solicitando referencias para
comunicación posterior, y registrándolas adecuadamente.
10 Colaborar en la organización de eventos, reuniones, seminarios, congresos, etc.
11 Distribuir materiales, útiles y elementos para el desempeño de las tareas de otros empleados.
12 Colaborar con otros empleados en la ejecución de tareas administrativas.
6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:
Supone responsabilidad por la correcta aplicación de los
procedimientos, métodos y rutinas así como por el adecuado resultado de
las tareas individuales o grupales sujeto a instrucciones de su
superior y a normas de trabajo determinadas, con alternativas de simple
elección de medios para su desempeño.
7- REQUISITOS EXCLUYENTES:
a. Edad límite de ingreso: hasta la edad prevista en la Ley Previsional
para acceder al beneficio de la jubilación, según lo dispuesto en el
artículo 5º, inciso f) del Anexo de la Ley Nº 25.164”.
b. Nacionalidad: argentino nativo, naturalizado o por opción. El Jefe
de Gabinete de Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este
requisito mediante fundamentación precisa y circunstanciada (artículo 4
del Anexo a la Ley Nº 25.164).
c. Titulación:
1. Título de nivel secundario completo correspondiente a orientaciones
técnicas administrativas de ciclos de formación superiores a CINCO (5)
años; o
2. Título de nivel secundario completo con conocimientos y capacidades
básicas para las tareas mediante capacitación específica o experiencia
laboral afín de al menos SEIS (6) meses.
8- REQUISITOS DESEABLES:
• Acreditar experiencia laboral adicional a la requerida en una o varias actividades afines al puesto de trabajo.
• Certificar actividades de capacitación en redacción, uso del
computador, manejo de aplicativos informáticos para procesamiento de
textos, planilla de cálculo, presentaciones gráficas, navegación por
INTERNET, atención al público y archivo de documentación.
9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:
Se deberá demostrar conocimientos y capacidad para aplicarlos
adecuadamente en situaciones propias del Puesto de Trabajo, en las
siguientes materias y con nivel:
Inicial en:
• Manejo de procesador de textos, correo electrónico e Internet.
• Manejo de planilla de cálculo
• Conocimientos generales de programas para presentaciones gráficas.
• Gramática y ortografía aplicables.
• Archivo, clasificación y recuperación de documentos escritos y digitales.
• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.
• Norma para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los
proyectos de actos y documentación administrativa (Decreto Nº 333/1985).
• Reglamento para Mesa de Entradas, Salidas y Archivo (Decreto Nº 759/66).
• Normas para la atención al público (Decreto Nº 237/1988 y modificatorio).
• Nociones generales de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos
Administrativos y de su Decreto reglamentario Nº 1.759/1972 (t.o.
1991). Títulos I y III.
• Nociones generales de la estructura organizativa de la Jurisdicción
Ministerial o Entidad Descentralizada en la que se comprende el puesto.
• Nociones generales de la estructura organizativa de la Administración
Pública Nacional (ministerios), (Ley Nº 26.338 y Decreto Nº 357/2002 y
modificatorios).
• Nociones generales de la Ley Nº 25.164, Marco de Regulación de Empleo
Público Nacional y su Decreto reglamentario Nº 1.421/2002 y del
Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública
Nacional (Decreto Nº 214/2006) en lo concerniente a, Requisitos e
impedimentos para el ingreso, Derechos: estabilidad, Deberes y Prólogo
del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración
Pública Nacional y principios que orientan la carrera administrativa.
• Nociones generales sobre Etica Pública —Ley Nº 25.188-Capítulos I y
II— contenido y personas comprendidas, principales pautas de
comportamiento ético.
• Previsiones de la Constitución Nacional (Artículos: 14, 14 Bis y 16)
(estabilidad y otras garantías al trabajador e idoneidad).
• Nociones del Sistema Nacional de Empleo Público (Decreto Nº 2098/2008). Agrupamientos y Niveles Escalafonarios.
10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:
Trabajo en equipo y cooperación:
• Contribuye a los esfuerzos del equipo y coopera para los objetivos comunes.
• Mantiene un clima de cordialidad en el grupo contribuyendo al logro de una comunicación fluida entre sus integrantes
Proactividad:
• Reporta dificultades contribuyendo a la resolución los problemas que se presentan en su trabajo.
• Está comprometido con la calidad del resultado de su trabajo.
Compromiso con el aprendizaje:
• Progresa consistentemente en sus conocimientos en el área de su competencia.
Genera acciones de mejora personal a partir del conocimiento de sus fortalezas y debilidades.
Orientación al usuario:
Efectúa su trabajo buscando satisfacer la demanda de sus usuarios internos o externos.
Compromiso con la organización:
• Está comprometido con la estrategia del organismo y su realización exitosa.
• Planifica y realiza acciones que aseguren el cumplimiento de las metas y objetivos organizacionales.
11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:
• Estudios: se podrá exigir título de nivel secundario completo y
conocimientos y capacidades básicas para las tareas mediante
capacitación específica, o experiencia laboral afín de al menos TRES
(3) meses (conforme lo previsto en el artículo 130 en el Acta Acuerdo
de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº
274/2013)
• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen
sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de
título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de
selección para la cobertura de cargos vacantes.
b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos
vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección,
siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera
consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las
jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo
personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las
diversas modalidades vigentes.
Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual
consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de
diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se
hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS
SESENTA (360) días.
• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el
artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de
Empleo Público – Decreto Nº 274/2013)
• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del
nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito
definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta
SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio
del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección.
En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el
cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la
jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en
carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para
obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el
régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia
especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen.
Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a
tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su
designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad
deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en
el que se agotara el término establecido.
En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA
(730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó
los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga
de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir
del vencimiento del término original.
El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su
inscripción y constará como condición en el acto de su designación en
el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.
12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:
Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)
Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)
Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)
Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)
Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:
Titular: Licenciada Da. Susana RUIZ (D.N.I. Nº 5.325.166)
Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)
Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de
Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de
Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción.
(www.cancilleria.gov.ar).
Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las
causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y
Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.
La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su
inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en
oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.
Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las
recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el
referido órgano se expida.
RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:
Art. 17.- Serán causas legales de recusación:
1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo
de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.
2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado
expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro
semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes,
procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.
3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.
4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.
5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el
recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la
iniciación del pleito.
6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos
de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte
Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.
7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido
opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o
después de comenzado.
8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.
9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.
10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se
manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación
por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a
conocer el asunto.
EXCUSACION:
Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas
de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo,
podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de
conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.
No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.
13- PROCESO DE SELECCION:
El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas
excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:
•
Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales: Puntaje:
CIEN (100), de los cuales TREINTA Y CINCO (35) puntos serán destinados
a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los restantes
SESENTA Y CINCO (65) puntos a los Antecedentes Laborales. Accederán a
la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA (60) puntos.
•
Evaluación Técnica: se
realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA
(1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de
anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de
definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara
en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de
selección.
Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA
(50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el
Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados
todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá
a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de
cada persona. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al
menos SESENTA (60) puntos.
•
Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá
en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de
Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes
Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias
laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:
El primero dirigido a obtener información que complemente la
apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en
la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar
el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos
el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la
determinación que adopte.
El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.
Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes
hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100)
PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.
•
Evaluación del Perfil Psicológico:
Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las
características de personalidad vinculadas con el mejor logro del
desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por
un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la
calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada”
(Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).
14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:
Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.
La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:
• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 35%.
• Evaluación Técnica: 60%.
• Evaluación Laboral: 5%.
El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la
Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este
Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.
El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.
El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el
expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden
de Mérito será notificado a los interesados.
Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo
podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos
Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº
1.759/72 (t.o. 1991).
15- CRONOGRAMA TENTATIVO:
La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto
constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la
siguiente información:
a)
Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00 hs.
b)
Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.
c)
Listado de admitidos y no admitidos al proceso:
disponible a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la
inscripción. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3)
días.
d)
Primera etapa de evaluación: Antecedentes
Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de marzo y 21
de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a partir del 25 de
marzo de 2014.
e)
Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.
f)
Tercera etapa de evaluación: se
efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de Selección a
partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9 de mayo.
g)
Cuarta etapa de evaluación:
Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la
finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.
h)
Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.
16- INFORMES E INSCRIPCION:
La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor
resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las
bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa
aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en
la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso—
y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (
www.cancilleria.gov.ar)
17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:
Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.
Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (
www.cancilleria.gov.ar)
El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de
usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera
ingresar.
Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.
El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la
carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y
GUARDAR para registrar la información.
Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá
postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa
INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los
cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al
finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.
Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la
documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por
CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.
- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.
- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.
- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.
18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:
Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción
deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones
generales establecidas por la normativa que regula el sistema de
selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.
Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:
1)
Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción”
debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante
presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser
firmado en todas sus hojas.
2)
DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas. El
postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de
formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de
requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.
3)
Fotocopia de los certificados de
estudios y de la documentación que respalde toda otra información
volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción.
Los interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación
original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su
correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo
requerido o la falta de presentación de la documentación original
llevará a no considerar el antecedente declarado.
4)
Cuando el postulante no fuera
personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá
adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y
fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de
Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio
actualizado.
5)
Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164
y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO
COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL,
homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para
el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.
6)
Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”,
reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que
regula los procesos de selección en general, las condiciones
específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección
de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los
resultados respectivos y las Bases del Concurso.
Preinscripción electrónica: Desde
el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema
de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto,
www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”.
Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.
Inscripción Documental: Desde
el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en
Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de
inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar
el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto
la fecha del franqueo.
Recuerde que:
• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán
carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe
dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria
tanto en forma electrónica como impresa.
• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá
añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos
consignados.
• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del
postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo
las bases del concurso al cual se postula.
• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el
postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios
antes de su presentación al primer examen.
• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá
generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para
todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como
consecuencia del proceso de selección.
• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no
concurriera a las actividades previstas para la realización de las
etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica,
Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil
Psicológico).
• Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema
Nacional de Empleo Público deberá adjuntar, además, DOS (2) fotografías
recientes tipo carné, tamaño CUATRO POR CUATRO (4X4) cm. y fotocopia de
las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como
de aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.
BASES DEL CONCURSO
C.C.T.S. DECRETO Nº 2.098/08 – SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
SELECCIONA
Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria Sistema de Selección Abierto
1- IDENTIFICACION DEL PUESTO:
Denominación del puesto: Chofer
Código identificatorio:
2012-001762-MINREL-G-SI-X-E
Cantidad de cargos a cubrir: UNO (1)
Dedicación horaria semanal: 35 horas
Agrupamiento: General
Tramo: General
Nivel: E
Remuneración Bruta*: $ 4.680,65
Localización del puesto: Esmeralda 1212 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
* Remuneración vigente al 1º de agosto de 2013
2- SISTEMA DE SELECCION:
Abierto: podrá participar toda persona que reúna los requisitos mínimos exigidos.
3- ESCALA JERARQUICA:
Secretaría de Relaciones Exteriores.
4- OBJETIVO DEL PUESTO:
Brindar movilidad al superior del área y asistir en el mantenimiento del vehículo.
5- ACTIVIDADES A REALIZAR EN EL PUESTO:
• Asistir a las autoridades del organismo en sus desplazamientos oficiales.
• Asistir en la elaboración de propuestas para la optimización en el uso de la flota vehicular.
• Participar en la gestión y envío de documentación a las áreas externas a la Jurisdicción.
• Despachar trámites.
6- RESPONSABILIDAD DEL PUESTO:
Supone responsabilidad por la correcta aplicación de los
procedimientos, métodos y rutinas así como el adecuado resultado de las
tareas individuales o grupales sujeto a instrucciones de su superior y
a normas de trabajo determinadas, con alternativas de simple elección
de medios para su desempeño.
7- REQUISITOS EXCLUYENTES:
• Edad límite de ingreso: remitirse a la Ley Marco de Regulación de
Empleo Público Nacional Nº 25.164, art. 5 inc. F, “el que tenga la edad
prevista en la ley previsional para acceder al beneficio jubilatorio.”
• Nacionalidad: argentino nativo o por opción. El Jefe de Gabinete de
Ministros podrá exceptuar el cumplimiento de este requisito mediante
fundamentación precisa y circunstanciada (art. 4° inc. a de la Ley
Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164).
• Estudios: Título de nivel secundario completo correspondiente a
orientaciones técnicas administrativas de ciclos de formación
superiores a CINCO (5) años; o
Título de nivel secundario completo con conocimientos y capacidades
básicas para las tareas mediante capacitación específica o experiencia
laboral afín de al menos SEIS (6) meses.
• Licencia de conducir profesional.
8- REQUISITOS DESEABLES:
• Experiencia afín a la función
9- COMPETENCIAS TECNICAS Y LEGALES:
Conocimiento básico de los siguientes ítems:
• Redacción y comunicación de ideas y datos por escrito.
• Estructura de la Administración Pública Nacional: Ministerios,
cantidad y denominación, niveles jerárquicos típicos. (Ver Mapa del
Estado:
http://www.sgp.gob.ar/dno/sitio/index.htm)
• Ley Nº 24.449 - Ley de Tránsito.
• Nómina de direcciones y/o ubicaciones de edificios públicos- Administración Pública Nacional-.
• Carta Iberoamericana de la Función Pública. Capítulos segundo y tercero.
10- COMPETENCIAS INSTITUCIONALES:
Trabajo en equipo y cooperación:
• Contribuye a los esfuerzos del equipo y coopera para los objetivos comunes.
Proactividad:
• Reporta dificultades y actúa para resolver los problemas que se presentan en su trabajo.
• Está comprometido con la calidad del resultado de su trabajo.
Compromiso con el aprendizaje:
• Progresa consistentemente en sus conocimientos en el área de su competencia.
• Aprovecha la oferta de cursos y la red de trabajo de la organización para el aprendizaje continuo.
11- EXCEPCIONES TRANSITORIAS A CIERTOS REQUISITOS:
• Estudios: se podrá exigir título de nivel secundario completo y
conocimientos y capacidades básicas para las tareas mediante
capacitación específica, o experiencia laboral afín de al menos TRES
(3) meses (conforme lo previsto en el artículo 130 en el Acta Acuerdo
de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público – Decreto Nº
274/2013)
• a) El personal permanente designado oportunamente bajo el régimen
sustituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del Sistema Nacional de Empleo Público que no reuniera el requisito de
título del nivel educativo exigido podrá postularse en los procesos de
selección para la cobertura de cargos vacantes.
b) De la misma manera podrán hacerlo quienes mantuvieran contratos
vigentes al momento de su inscripción a este proceso de selección,
siempre que hubieran mantenido relación contractual de manera
consecutiva desde fecha anterior al 1° de diciembre de 2008, con las
jurisdicciones ministeriales y/o entidades descentralizadas cuyo
personal esté comprendido en el Convenio vigente mencionado, bajo las
diversas modalidades vigentes.
Se considerará cumplida la exigencia de la vinculación contractual
consecutiva si entre la primera contratación anterior al 1° de
diciembre de 2008 y la vigente al momento de la inscripción no se
hubiera producido desvinculación por término superior a TRESCIENTOS
SESENTA (360) días.
• En los supuestos a) y b) no será de aplicación lo establecido en el
artículo 130 del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de
Empleo Público – Decreto Nº 274/2013)
• Al postulante que no hubiera satisfecho el requisito de título del
nivel educativo secundario antes de la aprobación del orden de mérito
definitivo, le será reservado el cargo por un término de hasta
SETECIENTOS TREINTA (730) días corridos contados desde el día de inicio
del próximo ciclo lectivo a su inscripción en el proceso de selección.
En este supuesto, el Estado empleador arbitrará las medidas para que el
cargo sea considerado como integrante de la Planta Transitoria de la
jurisdicción ministerial, y el postulante será designado en el mismo en
carácter transitorio hasta tanto dé por cumplido las exigencias para
obtener ese título. En el supuesto de un agente que revistara bajo el
régimen de estabilidad, se le concederá sin más trámite, licencia
especial sin goce de haberes durante ese término en su cargo de origen.
Si vencido dicho término el designado no hubiera dado cumplimiento a
tales exigencias se considerará sin más trámite cancelada su
designación. El agente que revistiera bajo el régimen de estabilidad
deberá reintegrarse a su cargo de origen a partir del día siguiente en
el que se agotara el término establecido.
En caso que al finalizar el mencionado plazo de SETECIENTOS TREINTA
(730) días corridos, el agente acreditara que durante el mismo aprobó
los dos tercios del plan de estudios, se le otorgará una única prórroga
de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos contados a partir
del vencimiento del término original.
El interesado deberá manifestar por escrito al momento de su
inscripción y constará como condición en el acto de su designación en
el cargo de planta transitoria, el compromiso de completar sus estudios.
12- INTEGRANTES DEL COMITE DE SELECCION:
Doctor D. Juan LANDABURU (D.N.I. Nº 14.027.218)
Doctor D. Juan Carlos DEBARNOT (D.N.I. Nº 13.851.860)
Doctora Da. Hilda Mónica ALBORNOZ (D.N.I. Nº 13.735.230)
Licenciado D. Roberto CELIA (D.N.I. Nº 10.829.140)
Representantes de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS:
Titular: Licenciada Da. Susana RUIZ (D.N.I. Nº 5.325.166)
Suplente: Licenciado D. Víctor SCIANNAMEA (D.N.I. Nº 8.432.232)
Los Currículum Vitae de cada uno de los integrantes del Comité de
Selección se encuentran disponibles en la Dirección de Desarrollo de
Recursos Humanos y en la página Web de la Jurisdicción.
(www.cancilleria.gov.ar)
Sólo se admitirán recusaciones y excusaciones con fundamento en las
causales previstas en los artículos 17 y 30 del Código Procesal Civil y
Comercial de la Nación (Ley Nº 17.454 y modificatorios) respectivamente.
La recusación deberá ser deducida por el aspirante en el momento de su
inscripción y la excusación de los miembros del Comité de Selección, en
oportunidad del conocimiento de la lista definitiva de los inscriptos.
Si la causal fuere sobreviniente o conocida con posterioridad, las
recusaciones y excusaciones deberán interponerse antes de que el
referido órgano se expida.
RECUSACION CON EXPRESION DE CAUSA:
Art. 17.- Serán causas legales de recusación:
1) El parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo
de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados.
2) Tener el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado
expresado en el inciso anterior, interés en el pleito o en otro
semejante, o sociedad o comunidad con alguno de los litigantes,
procuradores o abogados, salvo que la sociedad fuese anónima.
3) Tener el juez pleito pendiente con el recusante.
4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las partes, con excepción de los bancos oficiales.
5) Ser o haber sido el juez autor de denuncia o querella contra el
recusante, o denunciado o querellado por éste con anterioridad a la
iniciación del pleito.
6) Ser o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos
de la ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte
Suprema hubiere dispuesto dar curso a la denuncia.
7) Haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes o emitido
opinión o dictamen o dado recomendaciones acerca del pleito, antes o
después de comenzado.
8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las partes.
9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato.
10) Tener contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se
manifieste por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación
por ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a
conocer el asunto.
EXCUSACION:
Art. 30.- Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas
de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse. Asimismo,
podrá hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de
conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o delicadeza.
No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes.
13- PROCESO DE SELECCION:
El Proceso de Selección consistirá en CUATRO (4) etapas, todas ellas
excluyentes en el orden sucesivo establecido a continuación:
•
Evaluación de Antecedentes Curriculares y Laborales:
Puntaje: CIEN (100), de los cuales TREINTA Y CINCO (35) puntos serán
destinados a la evaluación de los Antecedentes de Formación y los
restantes SESENTA Y CINCO (65) puntos a los Antecedentes Laborales.
Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al menos SESENTA
(60) puntos.
•
Evaluación Técnica: se
realizará UNA (1) prueba escrita de evaluación de conocimientos y UNA
(1) prueba escrita de aplicación práctica. Se utilizará un mecanismo de
anonimato que sólo permitirá individualizar al postulante luego de
definida la calificación. Importante: el postulante que se identificara
en la prueba escrita quedará automáticamente excluido del proceso de
selección.
Puntaje: CIEN (100) PUNTOS, de los cuales se distribuirán en CINCUENTA
(50) PUNTOS para cada una de las pruebas. Calificadas las pruebas, el
Comité de Selección celebrará un acto público, al cual serán invitados
todos los postulantes que las hubieran rendido, en el cual se procederá
a la apertura de los sobres sellados, conteniendo la identificación de
cada persona. Accederán a la siguiente etapa quienes hayan obtenido al
menos SESENTA (60) puntos.
•
Evaluación Laboral mediante Entrevista: Consistirá
en la realización de UNA (1) entrevista donde se utilizará una Guía de
Entrevista para completar la apreciación de los Antecedentes
Curriculares y Laborales, así como también evaluar demás competencias
laborales exigidas. La etapa se desarrollará en DOS (2) momentos:
El primero dirigido a obtener información que complemente la
apreciación de los Antecedentes de Formación y Laborales analizados en
la Primera Etapa. Del resultado, el Comité de Selección podrá ratificar
el puntaje asignado en la Primera Etapa o ajustarlo en más o en menos
el TREINTA POR CIENTO (30%), fundamentando específicamente la
determinación que adopte.
El segundo momento será utilizado para evaluar las demás competencias laborales exigidas en las Bases del Concurso.
Puntaje: CIEN (100) PUNTOS. Accederán a la siguiente etapa quienes
hayan obtenido al menos SESENTA (60) PUNTOS de un total de CIEN (100)
PUNTOS surgidos de la valoración del segundo momento de la Etapa.
•
Evaluación del Perfil Psicológico:
Se evaluará el perfil psicológico para ponderar la adecuación de las
características de personalidad vinculadas con el mejor logro del
desempeño laboral efectivo en el puesto de trabajo. Será efectuada por
un profesional matriculado quien elevará al Comité un informe con la
calificación de: “Muy Adecuada” (Coeficiente 1.10), “Adecuada”
(Coeficiente 1.05) o “Menos Adecuada” (Coeficiente 1.00).
14- FACTORES DE PONDERACION, CALIFICACION FINAL Y ORDEN DE MERITO:
Solamente integrarán el Orden de Mérito los aspirantes que aprueben todas las etapas del Proceso de Selección.
La calificación final es el producto de la sumatoria de los siguientes factores:
• Evaluación de los Antecedentes Curriculares y Laborales: 35%.
• Evaluación Técnica: 60%.
• Evaluación Laboral: 5%.
El puntaje obtenido se multiplicará por el coeficiente asignado a la
Evaluación del Perfil Psicológico. El orden de mérito resultará de este
Puntaje Final. El mayor puntaje a obtener es CIENTO DIEZ (110) PUNTOS.
El Comité de Selección elaborará el Orden de Mérito, dejando constancia en el Acta respectiva.
El Comité de Selección elevará al Sr. Ministro el Orden de Mérito en el
expediente que se constituya a tal efecto. Una vez aprobado, el Orden
de Mérito será notificado a los interesados.
Contra el acto administrativo que aprueba el Orden de Mérito Definitivo
podrán deducirse los recursos previstos en la Ley de Procedimientos
Administrativos Nº 19.549 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº
1.759/72 (t.o. 1991).
15- CRONOGRAMA TENTATIVO:
La página Web de la Jurisdicción y las carteleras habilitadas al efecto
constituyen los medios de notificación fehaciente a todo efecto, de la
siguiente información:
a)
Inscripción electrónica: desde el 18 de noviembre hasta el 12 de diciembre de 2013 a las 16:00hs.
b)
Presentación de la documentación solicitada: desde el 29 de noviembre al 12 de diciembre de 2013, en el horario de 11:00 a 16:00 hs.
c)
Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible
a partir del 6º día hábil posterior al cierre de la inscripción. Los
listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días.
d)
Primera etapa de evaluación:
Antecedentes Curriculares y Laborales: se efectuará entre los días 3 de
marzo y 21 de marzo de 2014. Los resultados estarán disponibles a
partir del 25 de marzo de 2014.
e)
Segunda etapa de evaluación: Técnica: se efectuará entre los días 7 y 11 de abril de 2014.
f)
Tercera etapa de evaluación:
se efectuará UNA (1) entrevista personal a cargo del Comité de
Selección a partir de la finalización de la etapa anterior y hasta el 9
de mayo.
g)
Cuarta etapa de evaluación:
Evaluación del perfil psicológico: será realizada a partir de la
finalización de la etapa anterior y hasta el 19 de mayo de 2014.
h)
Orden de Mérito: estará disponible en los medios de notificación estipulados a partir del 30 de mayo de 2014.
16- INFORMES E INSCRIPCION:
La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor
resguardo de los derechos de los postulantes, incluyendo copia de las
bases del concurso, actas de los Comités de Selección, normativa
aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en
la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos —Esmeralda 1212 4º piso—
y en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (
www.cancilleria.gov.ar)
17- PREINSCRIPCION ELECTRONICA:
Los postulantes deberán realizar en forma obligatoria la preinscripción electrónica mediante Internet.
Estará disponible el sistema de preinscripción electrónica en la página Web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. (
www.cancilleria.gov.ar)
El postulante deberá registrarse en el sistema, indicando un nombre de
usuario y contraseña, el cual le será requerido cada vez que quiera
ingresar.
Los datos de contacto que ingrese el postulante serán los utilizados por el sistema para el envío de notificaciones y avisos.
El sistema mostrará una serie de pantallas con instrucciones para la
carga de datos. Deberá hacer CLIC en ALTA para completar los campos y
GUARDAR para registrar la información.
Una vez completados todos los datos solicitados, el postulante podrá
postularse a los puestos que le interese, ingresando a la solapa
INSCRIBIRME. Allí encontrará los requerimientos del puesto elegido, los
cuales deberá cumplir a los efectos de completar la postulación. Al
finalizar, deberá ACEPTAR las bases y condiciones del concurso.
Los datos ingresados permitirán la conformación automática de la
documentación detallada a continuación, la cual deberá ser impresa por
CADA UNO DE LOS CARGOS a los que se postule.
- Formulario “Solicitud y Ficha de Inscripción”.
- Declaración Jurada y Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”.
- Constancia de Recepción de la Solicitud, Ficha de Inscripción y Documentación presentada.
18- PRESENTACION DE LAS POSTULACIONES:
Una vez realizada la preinscripción correspondiente, la inscripción
deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
La misma comporta que el aspirante conoce y acepta las condiciones
generales establecidas por la normativa que regula el sistema de
selección, y las condiciones y requisitos pautados en el proceso.
Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:
1)
Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción”
debidamente completado, cuyos datos volcados por el postulante
presentan carácter de declaración jurada. El formulario debe ser
firmado en todas sus hojas.
2)
DOS (2) currículum vitae actualizado y firmado en todas sus hojas.
El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de
formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de
requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.
3)
Fotocopia de los certificados de
estudios y de la documentación que respalde toda otra información
volcada en el Formulario de Solicitud y Ficha de Inscripción. Los
interesados deberán concurrir a la inscripción con la documentación
original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su
correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo
requerido o la falta de presentación de la documentación original
llevará a no considerar el antecedente declarado.
4)
Cuando el postulante no fuera
personal comprendido en el Sistema Nacional de Empleo Público deberá
adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carnet, tamaño 4x4 cm y
fotocopia de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de
Identidad así como aquella hoja en la que figure el domicilio
actualizado.
5)
Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley Nº 25.164
y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO
COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL,
homologado por el Decreto Nº 214/2006, así como aquellos previstos para
el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafonario al que se aspira.
6)
Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”,
reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que
regula los procesos de selección en general, las condiciones
específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección
de la página WEB en la que se divulgarán las informaciones, los
resultados respectivos y las Bases del Concurso.
Preinscripción electrónica: Desde
el 18 de noviembre al 12 de diciembre estará disponible en el Sistema
de Inscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto,
www.cancilleria.gov.ar en el link “Concursos Planta Permanente SINEP”.
Importante: esta preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Impresa o presentación de las postulaciones.
Inscripción Documental: Desde
el 29 de noviembre al 12 de diciembre en el horario de 11 a 16 horas en
Esmeralda 1231, Palacio San Martín, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Si se reside a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de
inscripción, podrá hacerse por correo postal siendo necesario adjuntar
el certificado de domicilio en el envío, considerándose a todo efecto
la fecha del franqueo.
Recuerde que:
• Todos los datos registrados en el trámite de inscripción tendrán
carácter de declaración jurada y cualquier inexactitud que se compruebe
dará lugar a la exclusión del postulante. La inscripción es obligatoria
tanto en forma electrónica como impresa.
• Una vez entregada la inscripción impresa, el interesado no podrá
añadir información o documentación adicional, ni modificar los datos
consignados.
• La inscripción deberá ser efectuada personalmente o por poder debidamente acreditado.
• La inscripción quedará invalidada por la falta de la firma del
postulante en la totalidad de la documentación presentada, incluyendo
las bases del concurso al cual se postula.
• En las inscripciones que se realicen por poder o por correo el
postulante deberá volver a firmar personalmente dichos formularios
antes de su presentación al primer examen.
• En caso de no disponer de una dirección de correo electrónico, podrá
generarse en forma gratuita por Internet. La misma será válida para
todas las notificaciones y comunicaciones que se produzcan como
consecuencia del proceso de selección.
• Quedará excluido del proceso de selección sin más trámite quien no
concurriera a las actividades previstas para la realización de las
etapas del presente proceso de selección (Evaluación Técnica,
Evaluación mediante Entrevista Laboral, Evaluación del Perfil
Psicológico).
• Cuando el postulante no fuera personal comprendido en el Sistema
Nacional de Empleo Público deberá adjuntar, además, DOS (2) fotografías
recientes tipo carné, tamaño CUATRO POR CUATRO (4X4) cm. y fotocopia de
las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como
de aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.
e. 14/11/2013 N° 92572/13 v. 14/11/2013