Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

PRESUPUESTO

Resolución 786/2013

Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2013 de la Administración General de Puertos Sociedad del Estado.

Bs. As., 18/11/2013

VISTO el Expediente Nº 2.256/2012 del Registro de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2013 formulado por la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2013 de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 2° — Estímanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL ($ 346.860.000) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL ($ 379.220.000) los gastos de operación y, como consecuencia de ello, apruébase el Resultado Operativo (PERDIDA DE OPERACION) estimado en PESOS TREINTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL ($ 32.360.000), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II que integran la presente medida.

Art. 3° — Estímanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL ($ 372.860.000), los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL ($ 379.220.000) los gastos corrientes y, como consecuencia de ello, apruébase el Resultado. Económico (DESAHORRO) estimado en PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL ($ 6.360.000), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II que integran la presente medida.

Art. 4° — Estímanse en la suma de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($ 9.800.000) los recursos de capital y fíjanse en la suma de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 128.371.350) los gastos de capital y, en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (DEFICIT) para el Ejercicio 2013 en PESOS CIENTO VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 124.931.350), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II que integran la presente resolución.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Hernán G. Lorenzino.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).