DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 1844/1976

Bs. As., 31/8/1976

VISTO lo dispuesto por el Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional y,

CONSIDERANDO:

Que por la naturaleza de las funciones impuestas a los integrantes de la Junta Militar, los mismos deben atender el ceremonial que el cumplimiento de las misiones emanadas del citado Estatuto, Constitución Nacional y/o Leyes especiales, les encomienden.

Que en consecuencia es necesario implementar las normas que permitan proceder a una correcta aplicación de esas medidas en dicho ámbito.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Inclúyese en los alcances del artículo 4° del Decreto N° 1.343/74 y en nivel similar al de Secretario de Estado a los Comandantes Generales del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.

Art. 2° — Las erogaciones que resulten de su aplicación serán atendidas con partidas de las respectivas Jurisdicciones.

Art. 3° — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.