MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decisión Administrativa 1/2013


Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.


Bs. As., 28/11/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0019740/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que es menester modificar el Presupuesto vigente de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION y del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA, ambos actuantes en el ámbito del PODER JUDICIAL DE LA NACION, con el objeto de solventar los haberes y las jubilaciones y pensiones correspondientes a los meses de noviembre y diciembre, y sus gastos de funcionamiento.

Que dicho refuerzo se financia a través de la reducción de las Aplicaciones Financieras correspondientes al citado Poder y a la incorporación de recursos remanentes de ejercicios anteriores.

Que por los Decretos Nros. 246 de fecha 28 de febrero de 2013 y 854 de fecha 28 de junio de 2013 se dispuso un incremento sobre los haberes mensuales del personal de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, ambos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que por los Decretos Nros. 245 de fecha 28 de febrero de 2013 y 855 de fecha 28 de junio de 2013 se dispuso un incremento sobre los haberes mensuales del Personal Militar de las Fuerzas Armadas.

Que por efecto de los decretos citados precedentemente se recomponen en forma directa los haberes de los jubilados, retirados y pensionados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

Que resulta necesario reforzar el Presupuesto destinado a la atención de las jubilaciones, retiros y pensiones del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, ambos organismos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD y del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que por el Decreto Nº 1.282 de fecha 29 de agosto de 2013 se incrementa el límite máximo de ingreso para la percepción de las Asignaciones Familiares.

Que por el Decreto Nº 614 de fecha 30 de mayo de 2013 se incrementa el valor del Subsidio de Contención Familiar y el valor de las prestaciones por hijo, hijo discapacitado, prenatal, nacimiento, adopción, matrimonio y cónyuge.

Que el Decreto Nº 1.668 de fecha 12 de septiembre de 2012 dispuso en su Artículo 6° que el personal que preste servicios bajo relación de dependencia en el Sector Público Nacional percibirá las asignaciones familiares en forma directa a través de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), organismo actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que por efecto de los decretos citados precedentemente resulta necesario incrementar los créditos presupuestarios de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).

Que por las Resoluciones Nros. 30 de fecha 7 de febrero de 2013 y 266 de fecha 15 de agosto de 2013, ambas de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), se establece el valor de la movilidad prevista en el Artículo 32 de la Ley Nº 24.241.

Que el haber de los beneficiarios de pensiones no contributivas se calcula a partir del haber mínimo del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) por lo que corresponde reforzar el Presupuesto del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en la parte correspondiente a la atención de los haberes de las Pensiones no Contributivas.

Que para el MINISTERIO DE SALUD se prevé otorgar un refuerzo en los créditos con el objeto de afrontar erogaciones correspondientes a la atención médica de los pensionados no contributivos.

Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.124 y del Artículo 9° de la Ley Nº 26.784.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente Artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).