MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
Decisión Administrativa 1/2013
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.
Bs. As., 28/11/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0019740/2013 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, y la Decisión
Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que es menester modificar el Presupuesto vigente de la CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA DE LA NACION y del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA, ambos actuantes
en el ámbito del PODER JUDICIAL DE LA NACION, con el objeto de
solventar los haberes y las jubilaciones y pensiones correspondientes a
los meses de noviembre y diciembre, y sus gastos de funcionamiento.
Que dicho refuerzo se financia a través de la reducción de las
Aplicaciones Financieras correspondientes al citado Poder y a la
incorporación de recursos remanentes de ejercicios anteriores.
Que por los Decretos Nros. 246 de fecha 28 de febrero de 2013 y 854 de
fecha 28 de junio de 2013 se dispuso un incremento sobre los haberes
mensuales del personal de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la POLICIA
FEDERAL ARGENTINA, ambos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE
SEGURIDAD.
Que por los Decretos Nros. 245 de fecha 28 de febrero de 2013 y 855 de
fecha 28 de junio de 2013 se dispuso un incremento sobre los haberes
mensuales del Personal Militar de las Fuerzas Armadas.
Que por efecto de los decretos citados precedentemente se recomponen en
forma directa los haberes de los jubilados, retirados y pensionados de
las Fuerzas Armadas y de Seguridad.
Que resulta necesario reforzar el Presupuesto destinado a la atención
de las jubilaciones, retiros y pensiones del INSTITUTO DE AYUDA
FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, organismo
descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA, de la
CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL y de la
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, ambos organismos actuantes en el ámbito del
MINISTERIO DE SEGURIDAD y del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, organismo
actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que por el Decreto Nº 1.282 de fecha 29 de agosto de 2013 se incrementa
el límite máximo de ingreso para la percepción de las Asignaciones
Familiares.
Que por el Decreto Nº 614 de fecha 30 de mayo de 2013 se incrementa el
valor del Subsidio de Contención Familiar y el valor de las
prestaciones por hijo, hijo discapacitado, prenatal, nacimiento,
adopción, matrimonio y cónyuge.
Que el Decreto Nº 1.668 de fecha 12 de septiembre de 2012 dispuso en su
Artículo 6° que el personal que preste servicios bajo relación de
dependencia en el Sector Público Nacional percibirá las asignaciones
familiares en forma directa a través de la ADMINISTRACION NACIONAL DE
LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), organismo actuante en el ámbito de la
SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL.
Que por efecto de los decretos citados precedentemente resulta
necesario incrementar los créditos presupuestarios de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
Que por las Resoluciones Nros. 30 de fecha 7 de febrero de 2013 y 266
de fecha 15 de agosto de 2013, ambas de la ADMINISTRACION NACIONAL DE
LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), se establece el valor de la movilidad
prevista en el Artículo 32 de la Ley Nº 24.241.
Que el haber de los beneficiarios de pensiones no contributivas se
calcula a partir del haber mínimo del Sistema Integrado Previsional
Argentino (SIPA) por lo que corresponde reforzar el Presupuesto del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en la parte correspondiente a la
atención de los haberes de las Pensiones no Contributivas.
Que para el MINISTERIO DE SALUD se prevé otorgar un refuerzo en los
créditos con el objeto de afrontar erogaciones correspondientes a la
atención médica de los pensionados no contributivos.
Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones
del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido
por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.124 y del Artículo 9° de la Ley Nº
26.784.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2013, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas
Anexas al presente Artículo que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).