ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
Resolución Nº 44/2013
El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha
dictado en el Expediente Nº 1935-13 la Resolución ERAS Nº 44 de fecha
21/11/13, mediante la cual se aprueba el Reglamento de Contrataciones y
el Pliego de Bases y Condiciones Generales del ERAS y se deroga la
Resolución ERAS Nº 3/07 y sus modificatorias, transcribiendo a
continuación los artículos:
“ARTICULO 1°.- Apruébase el Reglamento de Contrataciones del ENTE
REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) que como Anexo I se adjunta a la
presente resolución.
ARTICULO 2°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Generales para
la Contratación de Obras, Servicios y Suministros del ENTE REGULADOR DE
AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) aplicable a las Licitaciones Públicas,
Licitaciones Privadas y Contrataciones Directas previstas en el
artículo 10, numerales 10.1 y 10.7 del Reglamento que se aprueba en el
artículo precedente; que como Anexo II se adjunta a la presente
resolución.
ARTICULO 3°.- Derógase la Resolución ERAS Nº 3/07 con sus respectivos
anexos, y sus modificatorias, Resoluciones ERAS Nº 26/12 y Nº 2/13.
ARTICULO 4°.- La presente Resolución comenzará a regir a partir del día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y será de
aplicación a los procedimientos de selección que a partir de esa fecha
se inicien.
ARTICULO 5°.- Establécese que los procedimientos de selección que al
dictado de la presente se encontraren en curso, continuarán sometidos
hasta la conclusión de la relación contractual que de ellos se derive,
a las normas que rigió la convocatoria.
ARTICULO 6°.- Instrúyese al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO a fin de
adoptar todas las medidas pertinentes en orden al cumplimiento y
ejecución de lo dispuesto por la presente resolución.
ARTICULO 7°.- Regístrese, tomen conocimiento las Gerencias y
Departamentos del ERAS, comuníquese —con remisión de copia de la
presente— al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, a la SUBSECRETARIA DE
RECURSOS HIDRICOS, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y a la
AUDITORIA GENERAL DE LA NACION; dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido,
archívese.” — Dr. CARLOS M. VILAS, Presidente.
(Nota Infoleg: las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")
e. 29/11/2013 N° 97389/13 v. 29/11/2013